Pninei Halajá

11- Cocción posterior al horneado y similares.

Tal como vimos arriba en el inciso 3, está permitido calentar en Shabat un alimento completamente cocinado pues la prohibición sabática es de transformar un alimento crudo en cocido, pero una vez que está preparado se lo puede calentar. Sin embargo, nos falta aún dilucidar si en Shabat se puede asar un alimento previamente cocido o cocinar un alimento previamente horneado etc. Por ejemplo, ¿se puede tomar carne ya asada y agregarla en Shabat a la olla del Jamín? Por una parte la carne ya no está cruda y fue completamente asada y por la otra el ingreso a la olla lo transformará de asada en cocida.

Según Rabí Eliezer ben Ioel, el Mordejai y la mayoría de los sabios medievales, no está prohibido hacerlo. Esto se debe a que como por medio del calor producido por el fuego el alimento en cuestión ya pasó de estado crudo a cocido, horneado o asado – ya no recae sobre éste la prohibición de cocinar. El transformar un alimento de asado a cocido o viceversa no se considera cocinar sino adjudicarle un sabor suplementario, y esto no está prohibido. Asimismo esta es la opinión de algunos de los juristas sefaradíes (Iejavé Da´at 2:44, Meno´am Elimelej II 10:26).

Sin embargo, en opinión de Rabí Eliezer de Metz (Iereim 274), si bien en Shabat se puede calentar un alimento previamente cocido, horneado o asado – no se puede cambiar su carácter de asado en cocido o viceversa pues se considera que estamos ante una nueva cocción. Asimismo está prohibido tomar pan horneado y agregarlo a una olla con guisado, pues se transforma así al pan de horneado en cocido. Aunque la sopa caliente esté en un segundo recipiente se ha de temer que el pan sea un alimento «de fácil cocción» que se puede cocinar en éste. La tradición ashkenazí es de ser estrictos en esta cuestión (Ramá 318:5) junto a la opinión de muchos juristas sefaradíes que coinciden en cuanto a que, a priori, se debe ser estricto en esto (Ben Ish Jai Parashat Bó 6, Or leTzión II 30:6).

Sin embargo, quienes acostumbran a ser estrictos en esta cuestión coinciden en que a posteriori, si se coció un alimento previamente horneado o se horneó un alimento previamente cocido se permitirá ingerirlo, puesto que se puede confiar en la opinión de quienes lo autorizan (Mishná Berurá 318:46).

De acuerdo a la costumbre más extendida en el Pueblo de Israel, se actúa de modo estricto en esta cuestión, por lo que quien quiera mojar una galleta en el té o el café debe cerciorarse de que las bebidas se encuentran en un tercer recipiente que no cocina en absoluto. Quien quiera mojar pan en la sopa, podrá flexibilizar considerando al cucharón con el que se sirvió de la olla en el plato como un segundo recipiente y así al plato hace de  tercero (Mishná Berurá 318:45).

10. Cocinar.
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