Pninei Halajá

13 – El uso del portero eléctrico, la pantalla y el timbre a la entrada de un edificio.

En algunos edificios hay un portero que cuida la entrada cuya labor es ver por pantalla de circuito cerrado de televisión quién entra o sale del predio y si son residentes o sus invitados. Para permitir el ingreso de estos, oprime el botón que activa el mecanismo eléctrico que permite abrir la puerta. Dado que el judío tiene beneficio de que el cuidador lo vea en la pantalla, no puede pararse en un sitio en el cual su rostro sea visible para el primero. Asimismo, un judío que quiere entrar a un edificio tiene prohibido oprimir el botón del timbre del intercomunicador para así pedir al portero que le abra, pues ya aprendimos que activar cualquier aparato eléctrico en Shabat está prohibido.

Por lo tanto, se debe tener cuidado de que la ubicación del portero no sea lejos de la puerta, tal que cuando un judío quiera entrar pueda pararse en un lugar que no sea filmado por la cámara y pueda golpear la puerta con la mano. Entonces, el no judío habrá de identificarlo y le abrirá. Si el no judío decide abrirle la puerta mediante el botón que activa la apertura eléctrica, el judío no está ante una prohibición ya que el primero podría haber abierto la puerta con la mano, y al hacerlo por medio de la electricidad, lo hace por su comodidad y no para la del judío.

En caso de que haya un no judío que esté ingresando al edificio, si bien activa un mecanismo eléctrico a esos efectos, lo hace para sí, en su propio beneficio, por lo que un judío puede ingresar junto a él. Si un judío activó indebidamente mecanismos eléctricos para ingresar al edificio, no se puede entrar junto a él porque no se puede disfrutar de una labor que implicó la trasgresión del Shabat, y además hacerlo implica profanar el Nombre Divino. Si bien hay juristas que son flexibles a este respecto, lo correcto aquí es optar por la opinión estricta. Solamente en caso de gran necesidad, si no hay otra manera de hacerlo, se puede, a posteriori, actuar conforme a la opinión flexible (ver arriba halajá 11).

En caso de que los golpes y llamados de quien quiere entrar no son escuchados por el portero y sólo si se oprime el botón del timbre eléctrico se percatará de su presencia y le abrirá, hay juristas que consideran que en caso de gran necesidad se puede oprimir el botón de un modo diferente al habitual y hay otros que consideran que aún así esto estará prohibido. En caso de gran necesidad, de no mediar otra solución, quien quiera respaldarse en la opinión flexible podrá hacerlo, a condición de que implemente esta autorización de modo excepcional pues de no ser así se trata de una falta de respeto al Shabat.

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