Pninei Halajá

05 – Permisos especiales para situaciones de gran necesidad o momentos de apremio.

En caso de gran necesidad se le puede decir a un niño que haga algo prohibido rabínicamente, mas no se le puede indicar que haga algo prohibido por la Torá, pues ésta advierte que no se haga trasgredir una prohibición sabática a un niño (Shemot 20:10): «y ese día no harás labor alguna ni tú, ni tu hijo ni tu hija». Pasemos a explicar en qué situación se le puede pedir a un niño que trasgreda una prohibición rabínica.

En opinión de Rashbá y Ran se le puede decir a un niño que realice una labor prohibida rabínicamente para su propio beneficio. Si bien para la mayoría de los juristas medievales (Rambám, Tosafot, Shulján Aruj 343:1) esto está prohibido, en caso de gran necesidad nos respaldamos en quienes lo autorizan (Rabí Akiva Eiguer, Beur Halajá 343:1.( ‘מדברי’  Por lo tanto, si se encendió por error una luz en la habitación del niño y le cuesta conciliar el sueño, en caso de gran necesidad se le puede indicar que la apague pues esta acción está prohibida rabínicamente. Es mejor que esto lo haga un niño menor de seis años, y si ya tiene esta edad es mejor que lo haga de un modo diferente al habitual.

En caso de gran necesidad se le puede decir a un niño que realice una labor prohibida rabínicamente aunque el niño no tenga beneficio de ello. Tal como ya aprendimos (9:11) que los sabios permitieron «shvut deshvut» (cuando se suman dos prohibiciones rabínicas n. de t.) para cumplir con una mitzvá o en caso de gran necesidad. Dado que la obligación de los niños de cumplir con los preceptos es rabínica, si trasgrede una prohibición rabínica estamos ante un caso de «shvut deshvut». En un caso así se puede adoptar una postura más flexible, pero solamente si se trata de una eventualidad o situación casual, pues de esta manera no se teme que el niño se acostumbre a no honrar el Shabat (Mordeji, Turei Zahav 346:6, Shulján Aruj HaRav 343:6, Leviat Jen 124).

Si se apagó la luz en Shabat en un sitio donde esta es necesaria, de haber allí un niño pequeño de más o menos un año de edad que todavía no entiende que sus padres tiene interés en que se encienda nuevamente, y si se lo ubica junto al interruptor jugará con éste sin entender si su accionar es beneficioso o no; en caso de gran necesidad se lo puede sostener junto al interruptor y ni bien encienda la luz sacarlo de allí. Dado que el niño no comprende la significación del encendido o el apagado, su acción no implica trasgredir una prohibición sino que se lo considera como quien toca algo casualmente («mit´asek») (Rashbá Ievamot 114(A), Orjot Shabat 24:7-8).

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