Pninei Halajá

14 – ¿Se permite recibir asistencia en Shabat de un médico no observante?

En el caso de un enfermo que no reporta peligro de vida y necesita ir al médico para ser revisado y tratado, debe procurar atenderse con un médico temeroso del Cielo que sabrá tener cuidado de no realizar labores prohibidas por la Torá en Shabat. Si el paciente se ha de atender con un médico acostumbrado a profanar el Shabat se teme que le haga trasgredir prohibiciones, por ejemplo, que encienda la luz para revisarlo o escriba sus datos personales o una receta médica. Ya vimos anteriormente que por un enfermo que no tiene riesgo de vida se permiten flexibilizar únicamente las prohibiciones sabáticas de origen rabínico pero las de la Torá permanecen en su status de prohibición grave. Asimismo se debe procurar recibir asistencia en un hospital que cuida la halajá ya que en uno que no lo hace es muy probable que para brindarle asistencia se profanen prohibiciones de Shabat originadas en la Torá.

De no mediar la posibilidad de consultar un médico observante o recibir asistencia en un hospital que se guía por la halajá, se puede recurrir a uno no observante a condición de que se le pida que no profane prohibiciones sabáticas de la Torá  para atenderle. Si el médico insiste en escribir del modo habitual o realizar labores prohibidas por la Torá en Shabat,  se puede renunciar a la atención médica para no ser cómplice de una profanación. En caso de gran necesidad, cuando la revisación y el tratamiento son muy necesarios se puede confiar  en la opinión de los juristas más flexibles que permiten recibir la atención médica en cuestión.

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