Pninei Halajá

11 – Quien sale del «área sabática» («tjum Shabat») y objetos que arriban desde el exterior de la misma.

Quien sale del «área sabática», tanto sea por descuido o desconocimiento («shogueg») como a sabiendas o voluntariamente («mezid») perdió la posibilidad de generar un área y dispone únicamente de cuatro codos (Shulján Aruj 405:1). Si precisa evacuar, se le permite caminar hasta un sitio  donde pueda hacerlo discretamente y luego podrá alejarse del mismo lo suficiente como para no percibir más malos olores, de modo tal que pueda recitar cuestiones referentes a la santidad. De allí no habrá de alejarse más que cuatro codos (ídem 406:1).

Si la persona en cuestión sale de su «área sabática» y llega a un sitio rodeado por tabiques o por un «Eruv», en caso de haber salido a sabiendas o  voluntariamente no dispone sino de cuatro codos. Si salió por descuido o desconocimiento puede andar por toda la zona rodeada (ídem 405:6, Beur Halajá ‘אבל’).

Empero, quien sale de su «área sabática» a los efectos de salvar una vida, una vez que concluya la labor de rescate, desde donde se encuentre, los sabios dispusieron que dispone de dos mil codos en cada dirección. Si su nueva área coincide con la anterior, puede retornar a su lugar y dispone del área anterior como si nunca hubiese salido (Talmud Babilonio Tratado de Eruvín 44(B), a veces los sabios flexibilizaron la norma permitiéndole al rescatista volver su lugar, tal como se explicó arriba 27:10).

En el caso de quien sufrió un contratiempo y aterrizó en un aeropuerto después de iniciado el Shabat, su «área sabática» se establece al momento de descender y no puede alejarse de allí más de dos mil codos en cada dirección. Dado que por lo general los aeropuertos están cercados por una valla y poseen sitios destinados para alojarse, se lo considera en su totalidad como un área de cuatro codos por lo que está permitido alejarse del aeropuerto dos mil codos en cada dirección. Cuando el aeropuerto no está rodeado de una cerca, el sitio de la persona se fija a partir del punto de contacto de las ruedas del tren de aterrizaje con el suelo. Si el avión continúa carreteando sobre la pista dos mil codos la persona habrá salido de su «área sabática», no podrá caminar más de cuatro codos y deberá permanecer en la aeronave hasta concluir el Shabat. Si se le exige salir de esta o si precisa hacerlo para ir al baño, podrá dejar la aeronave. Si llega a un sitio rodeado por tabiques podrá andar por toda esa área ya que salió de su «área sabática» por causas de fuerza mayor (Shulján Aruj 405:6). Si su viaje tenía como propósito el cumplimiento de un precepto, aunque el avión viajó a lo largo de la pista un kilómetro completo y esa área no está rodeada por una cerca o valla, podrá caminar dos mil metros desde la puerta del avión (Shulján Aruj 248:4, Mishná Berurá 32).

Quien arriba a un puerto marítimo en Shabat, podrá descender de la nave y caminar dos mil codos en cualquier dirección, pues hasta su arribo la persona se encontraba diez palmos por encima del fondo del mar y no se aplican sobre él las reglas del «área sabática». Solamente una vez que  desciende a tierra se fija su sitio. Si el puerto está rodeado por una cerca, se podrá medir dos mil codos allende esta (Shulján Aruj 404:1).

En el caso de quien salió de su «área sabática» y por descuido o desconocimiento («shogueg») o fuerza mayor retornó a esta, puede andar libremente dentro de ella (ídem 406:1). Si salió del área adrede o a sabiendas («mezid»), aunque haya retornado por descuido o desconocimiento, perdió su área, empero puede caminar por toda su ciudad (ídem 406:8).

Así como se prohíbe a una persona abandonar su área sabática en Shabat, también tiene prohibido sacar sus objetos o enseres de la misma. Si por error se sacaron frutas de su «área sabática», a pesar de que está prohibido cargarlas allende ésta más de cuatro codos, se podrán comer. Si se las sacó adrede o a sabiendas no se podrán comer (Shulján Aruj 405:9, Mishná Berurá 52).

Si un gentil trajo frutas de fuera del «área sabática» y lo hizo  para sí o para otro gentil – cualquier judío puede comer de ellas pero no las podrá cargar más allá de cuatro codos. Si el gentil trajo las frutas a una casa o a un  área cercada por una valla o un «Eruv», un judío puede cargarlas en toda el área rodeada. Si el gentil trajo las frutas para un judío, estas estarán prohibidas para él y todos los miembros de su hogar el tiempo que le demandaría a ese gentil traerlas hasta la casa del judío a la salida del Shabat (Shulján Aruj 325:8).

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