Pninei Halajá

08. Los preceptos requieren de intención («kavaná») para su cumplimiento.

Tanto los amoraítas como los juristas medievales, debatieron respecto de si los preceptos requieren o no de intención para su cabal cumplimiento. Esto es, cuando la Torá nos exige cumplir un precepto determinado, ¿alcanza con la realización de la acción concreta? o ¿es necesario pensar también en que se trata de efectivizar un mandato del Creador?. La sentencia halájica final es que los preceptos requieren de intención para su cumplimiento. Se puede fundamentar esto diciendo que así como el hombre tiene cuerpo y alma de modo tal que sin uno de estos no puede vivir, de la misma forma el precepto requiere de cuerpo y alma, el primero es la acción concreta y la intención que lo acompaña es el alma.

Por lo tanto, una persona que lee la Torá en la porción de lectura semanal de  «Vaetjanán» (Devarim 5) donde figura el texto del «Shemá» y al llegar el horario de su recitado, si puso intención de cumplir con el precepto de recitar el «Shemá» cumplió con su deber. Empero si leyó como de costumbre sin poner la intención de cumplir con el precepto, no cumplió con su deber (Talmud Babilonio Tratado de Berajot 13(A), Shulján Aruj 60:4).

Vemos entonces que a la hora de recitar el «Shemá» debemos prestar atención a dos intenciones: la primera que es común a todos los preceptos, en cuanto a que mediante la acción en cuestión cumplimos con un precepto de D´s. La segunda, específica del recitado del «Shemá«, de estar atentos al significado de las palabras que se pronuncian. Dado que el aspecto central del recitado del «Shemá» es la aceptación del Yugo Celestial, se torna indispensable estar conscientes del significado de lo que se pronuncia. Ya vimos (halajá 6) que si no se estuvo concentrado en el significado de las palabras del versículo que inicia con «Shemá Israel» no se cumplió con el deber y es necesario volver a recitarlo, pero esta vez en estado de concentración.

Volvamos a la intención general que debemos tener ante el cumplimiento de todos los preceptos. A veces existe una suerte de intención o concentración latente que a posteriori es suficiente. Por ejemplo, una persona que asiste a la sinagoga para rezar y durante el servicio recita el «Shemá» aunque no puso intención específica de cumplir con el precepto de recitarlo, completó su deber. Esto se debe a que si le preguntamos por qué recitó la porción del Shemá nos respondería de inmediato: para cumplir el precepto, por lo que en su recitado subyace una intención latente. De igual manera quien se coloca los tefilín y se recubre en su talit, aunque no haya tenido la intención manifiesta de cumplir con el precepto en cuestión, queda claro que se lo ha propuesto y por cuanto que hay una intención subyacente o latente consideramos que el deber está cumplido (Talmud Jerosolimitano Tratado de Pesajim 10:3, Jaié Adam 69:9, Mishná Berurá 60:10).

Muchos desconocen que la razón central de que se recite la porción de «Vaiomer» es la de mencionar la salida de Egipto. Todos aquellos que lo ignoran no cumplen con su deber. Esto se debe a que si les preguntamos por qué recitaron dicha porción, no nos habrán de responder: para recordar el Éxodo. Queda claro en este caso, que no hubo siquiera intención subyacente o latente. Por esta razón es necesario enseñar en público que se recita la porción de «Vaiomer» para recordar la salida de Egipto.

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