Pninei Halajá

10 – La plegaria de «Anenu».

Nuestros sabios establecieron, que en la repetición del rezo de Shajarit y Minjá, el oficiante debe agregar entre la bendición de «Redentor de Israel» (séptima de diecinueve) y la de «Sánanos» (octava de diecinueve) una plegaria especial relativa al ayuno que se llama «Anenu» (respóndenos), y se recita a condición de que entre los que oran se encuentren seis que ayunan, debiendo el oficiante ser uno de éstos (Shulján Aruj 556:5).

Empero en el recitado de la amidá en silencio no se agrega «Anenu» como una bendición en sí misma, sino que se agrega en el marco de la bendición «Escucha nuestras plegarias» (la dieciséis de diecinueve) (Tratado de Ta´anit 13(B)). Hay diferentes tradiciones respecto a cuáles son los servicios en los que se agrega la plegaria de «Anenu». Hay quienes opinan que se debe adicionar en los tres servicios del día de ayuno, y aunque por la noche no se ayune por cuanto que el tiempo del día es llamado ‘día de ayuno’, corresponde agregar “Anenu” desde Arvit. Así acostumbran los judíos yemenitas y algunos sefaradíes. La mayoría de los sefaradíes acostumbra a recitar «Anenu» en el tiempo que ayunan, por lo que en los ayunos menores lo adicionan en Shajarit y en Minjá, mientras que en el nueve de Av lo recitan también en Arvit (de acuerdo con Rabeinu Zerajiá Haleví, Kaf Ha Jaím 565: Tov?….). De acuerdo con la tradición de los judíos ashkenazíes se recita «Anenu» únicamente en Minjá, pues se teme que quien lo recite en Shajarit se debilite a lo largo del día, rompa el ayuno y resulte que mintió cuando dijo a la mañana «en el día de nuestro ayuno». Por esta razón acostumbran a recitar «Anenu» únicamente en el servicio de Minjá, pues si ayunó hasta esa hora es razonable suponer que habrá de cumplir con el ayuno en su totalidad (De acuerdo con los Gueonitas y Rashí, Ramá 565:3). Cada quien que continúe con la tradición de sus ancestros.

Quien comió o bebió durante un ayuno menos que la cantidad mínima estipulada (29 gramos de sólidos y 86 mililitros de líquidos), no se considera que rompió el ayuno y por lo tanto habrá de recitar «Anenu». Si comió o bebió más del mínimo fijado, por cuanto que rompió el ayuno no habrá de recitar «Anenu». (De todas maneras debe seguir ayunando hasta el final del día, ver arriba inciso 6).

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