Pninei Halajá

12 – Solteros independizados.

En términos generales sobre los solteros independizados recaen las mismas reglas que sobre las familias constituidas (ver arriba inciso 9). Por lo tanto, muchachos o chicas que viven en sus propias casas, tanto sean estas propias o alquiladas, deben encender allí las velas. Si están de visita en casas de amigos o familiares a la hora del encendido de velas y no pernoctarán allí, deberán encender velas al regresar a sus casas (ver arriba incisos 6-8 cuándo es el horario de encendido de velas a priori y a posteriori).

En caso de que un soltero independizado se hospede por la noche en casa ajena, deberá darles unos centavos («prutá») a sus anfitriones o éstos habrán de adjudicarle parte de la vela para cumplir con el precepto del encendido. Según la tradición ashkenazi, es bueno que encienda sus propias velas recitando las bendiciones, para así cumplir con dos grados de excelencia («mehadrín min hamehadrín»). En el caso de que los anfitriones lo hospeden en un apartamento separado, según todas las tradiciones allí es donde deberán encender velas.

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