Pninei Halajá

24. Leyes referentes a los niños pequeños («Dinei katán»)

01 – El precepto de educar al niño

Es preceptivo enseñar Torá a los niños, tal como está escrito (Devarim 11:19): «Y las enseñarás a vuestros hijos». El primer cometido del estudio debe ser cuidar y cumplir con todos los mandatos de la Torá, tal como está escrito (ídem 5:1): «para que los aprendáis y cumpláis». Por lo tanto, nuestros sabios dijeron que junto con el precepto de enseñar Torá a los niños se les debe también instruir en el cumplimiento de los preceptos, pues ¿cómo se les puede enseñar Torá sin que se acostumbren a cumplirla en la práctica? Resulta entonces que según la Torá es preceptivo enseñársela a los pequeños así como acostumbrarlos en términos generales, al cumplimiento de los preceptos; empero, el modo específico de cumplir cada uno de estos fue estipulado por los sabios.

¿Desde cuándo se comienza a educar al niño pequeño en el cumplimiento de los preceptos positivos? Desde el momento en el cual es capaz de comprender sus reglas generales y cumplirlos cabalmente; cada mandato de acuerdo a la complejidad y dificultad que encierra su cumplimiento. Por ejemplo, el precepto del «tzitzit», se le enseña al niño desde el momento en que es capaz de envolverse en este, dejar dos flecos hacia adelante y dos hacia atrás y recitar la bendición. Empero, en el caso de los «tefilín», dado que se debe tener cuidado de colocarlos con el cuerpo limpio y sin que medie distracción, esto se comienza a hacer únicamente próximo a la edad de Bar Mitzvá (Talmud Babilonio Tratado de Sucá 42(A), Mishná Berurá 343:3).

Lo que se dice en cuanto a que la edad de enseñar a cumplir los preceptos («guil jinuj») es en torno  a la edad de seis o siete años, se refiere a que en esa etapa se comienza a enseñarle al niño Torá de modo serio, y por lo tanto el niño puede comenzar a cumplir la mayor parte de los preceptos conforme a sus reglas. Lo mismo ocurre en lo relativo al rezo y al recitado de bendiciones, pues entonces la mayor parte de los niños pueden comenzar a aprender a cumplir con estos como corresponde. Empero, se comienza a acostumbrarlos a recitar bendiciones y algunos rezos a partir de los tres años, que es la edad en que se comienza a enseñarles algo de Torá (Talmud Babilonio Tratado de Baba Batra 21(A), ídem Tratado de Sucá 42(A), Shulján Aruj Ioré Deá 245:5).

Otro tanto ocurre respecto al kidush y la havdalá; se acostumbra a los niños a escucharlos a partir de los tres años de edad. Desde el  momento en el cual el niño pequeño es capaz de entender el tema del Shabat y puede cumplir cabalmente con el Kidush y la havdalá como corresponde, se pone hincapié en que los escuche en su totalidad. Y si no se encontraba presente cuando se recitaron, deberá hacerlo por sí mismo.

02 – Educar en el cumplimiento de los preceptos restrictivos.

Es preceptivo acostumbrar al niño a alejarse de las prohibiciones a partir del momento en que comienza a comprender que hay cosas permitidas y otras prohibidas. Esto es, no alcanza con que comprenda que debe cesar en su accionar cuando se le dice «no», sino que nos referimos a que el niño comprenda que determinada acción está prohibida siempre. La mayor parte de los niños comienza a desarrollar esta capacidad a los tres años, y a partir de esta edad, si se ve que trasgrede una prohibición, por ejemplo comer algo no kasher o si mezcla carne con leche, o enciende la luz en Shabat, se le debe alejar de esa práctica (Mishná Berurá 343:3). Al llegar el niño a la edad de «jinuj» en la que se le comienza a enseñar Torá, o sea a los seis o siete años,  se comienza a explicarle más profundamente las reglas referidas a las prohibiciones para que sepa cumplir correctamente con los mandatos restrictivos.

Si un niño no llegó aún a la edad de tres años, no es preceptivo comenzar a educarlo a cuidarse de las prohibiciones. Por lo tanto, si encuentra por ahí alimentos no kasher y los quiere ingerir – no se debe apartarlo de ellos. Si enciende o apaga la luz en Shabat, o si un niño cohen ingresa a un área de impureza, no se lo debe alejar de ellos pues no entiende el tenor de la prohibición.

Todo esto aplica cuando el niño realiza la trasgresión por su propia cuenta, empero, si se trata de un adulto que lo pone en situación de trasgredir, aunque se trate de un recién nacido en su primer día de vida, el adulto en cuestión trasgrede una prohibición de la Torá. Ella nos ordenó no hacer trasgredir a niños pequeños, por ejemplo, no alimentarlos con animales prohibidos o con sangre, o no impurificar un bebé cohen (Talmud Babilonio Tratado de Ievamot 114(A), Mishná Berurá 343:4). Tampoco se puede dar de comer a un niño pequeño alimentos prohibidos rabínicamente (Shulján Aruj 343:1).

Sin embargo, no está prohibido dar al pequeño en Shabat un objeto con el que probablemente trasgreda una prohibición, por ejemplo papel, pues si bien es probable que lo rompa o borre alguna de sus letras, dárselo en la mano no se considera que implique la orden de rasgarlo. Empero, quien le da en la mano un alimento no kasher se considera como si lo hubiese alimentado en sus propios brazos, pues ese es el modo habitual de alimentarlo (Maguén Abraham, Mishná Berurá 340:14).

En Shabat tenemos una prohibición suplementaria  y es la de no realizar una labor mediante niños pequeños, tal como está escrito (Shemot 20:10):»pero el día séptimo, sábado, lo consagrarás al Eterno Tu D´s, y ese día no harás labor alguna ni tú, ni tu hijo ni tu hija…» Resulta que cuando el niño enciende la luz porque piensa que es lo que sus padres quieren, y los padres sabiendo esto no le hicieron observación alguna, no sólo que estos padres dejaron sin efecto el precepto rabínico de educar a los hijos en el cumplimiento de los preceptos («mitzvat jinuj»), sino que además trasgredieron el precepto de la Torá de no realizar labores mediante un hijo. Si el niño enciende la luz para otro judío que al verlo no le hizo ninguna observación, ese judío trasgrede un precepto rabínico (Shaar Hatziún 334:54).

Si bien aprendimos que está prohibido alimentar a un niño pequeño con alimentos prohibidos, si el pequeño tiene hambre o sed antes del Kidush o de la havdalá o en tiempo de ayuno público, se le puede dar de comer y beber aunque ya haya pasado la edad de «jinuj». Esto obedece a que no se permite alimentar al niño con alimentos no kasher, pero sí se permite alimentarlo con comida kasher en momentos no apropiados para comer, y dado que el pequeño está hambriento o sediento – se le puede dar de comer o beber (Mishná Berurá 269:1, arriba 6:9).

03 – ¿Quién está obligado a educar y a reprender o regañar?

Hay juristas que consideran que el deber de la educación del niño recae tanto sobre el padre como sobre la madre en forma igualitaria (Terumat HaDeshen). Sin embargo, la mayoría de los juristas considera que el deber de educar a los hijos en el cumplimiento de los preceptos recae únicamente sobre el padre, esto es, regañarlos u observarles cada vez que trasgreden una prohibición y exigirles que cumplan con los deberes religiosos. Este deber se deriva del  mandato de enseñarles Torá, el cual también recae sobre el padre. De todas maneras, es claro que la madre tiene el deber  general de educar a sus hijos en el cumplimiento de la Torá y sus preceptos, pues el mandato de amar a D´s y la búsqueda de la verdad hacen que toda madre forme a sus hijos en el apego a la sagrada Torá y a cuidar sus mandatos, empero, la responsabilidad por la enseñanza pormenorizada de estos recae sobre el padre (Rabí Itzjak, Maharam, Hagaot Maimoniot). En caso de no haber un padre que pueda educar, tanto sea por deceso como por abandono del hogar, la madre tiene el deber de educar a sus hijos en el detallado cumplimiento de la Torá y los preceptos (Eliahu Rabá 640, Kaf HaJaím 343:9).

Por lo tanto, si el niño llega a la «edad de jinuj», esto es, a los seis o siete años de edad, y está absorbido por sus juegos y no quiere acercarse a escuchar Kidush o Havdalá o recitar Birkat Hamazón, el padre debe llamarle la atención y educarlo a cumplir con estos preceptos. Empero, la madre tiene la prerrogativa de pasar a veces por alto la situación para mantener la atmósfera agradable del hogar. En caso de que el padre haya fallecido o abandonado el hogar, la madre debe ocupar su lugar y cuidar que sus hijos se habitúen en el cumplimiento de los preceptos.

Cuando los padres descuidan la educación del niño y no le llaman la atención cuando trasgrede prohibiciones de la Torá, el tribunal rabínico o los representantes públicos encargados de la educación deben llamar al orden al padre. Empero, si los padres descuidaron la educación del niño en el cumplimiento de los preceptos rabínicos, no es necesario llamarle la atención al progenitor.

Los juristas debatieron qué hacer cuando se ve al hijo de un amigo que ya llegó  a la «edad de jinuj» trasgrediendo una norma, por ejemplo, profanando el Shabat o comiendo alimentos no permitidos. Hay quienes opinan que la responsabilidad de llamar la atención es exclusivamente del padre y que otras personas no están obligadas a separar al niño de la mala acción (Rambám, Shulján Aruj 343:1). Otros juristas consideran que se debe evitar que niños que llegaron a la «edad de jinuj» cometan trasgresiones (Tosafot, Rosh, Ramá). Algunos de los juristas de las últimas generaciones (Ajronim) definieron, a los efectos prácticos, que si un adulto ve a un niño cometer una trasgresión a la Torá, por ejemplo, encender luz  o lavar la ropa con agua en Shabat, o comer alimentos prohibidos por la Torá, debe actuar a los efectos de apartarlo de la prohibición. Sin embargo, si un adulto ve a un niño trasgredir una prohibición rabínica, por ejemplo, si desea comer pollo con leche o jugar con «Muktzé» en Shabat, no es necesario que intervenga (Jaiéi Adam, Mishná Berurá 343:7). Consideramos que si un niño pequeño trasgrede reiteradamente una prohibición, aunque esta sea rabínica, es correcto llamar la atención de sus padres al respecto.

Si un niño pequeño está por dañar a alguien o causar un daño material, se lo debe detener en su accionar para evitar el daño o el perjuicio, ya que es  preceptivo devolver un objeto extraviado, tal como está escrito (Devarim 22:2): «y se lo habrás de retornar», de lo que se deduce que es preceptivo evitar el daño a la propiedad del prójimo. Asimismo, aprendimos (Vaikrá 19:16): «no serás indiferente a la sangre de tu prójimo» de lo cual dedujeron nuestros sabios (Sifra) que se debe también salvar su propiedad.

Es importante destacar que el precepto de educar a los pequeños se debe realizar de un modo que sea bien recibido por sus corazones, por lo que a la edad de seis o siete años no se los debe obligar a comenzar a cumplir con los preceptos y los rezos en su totalidad. Los años de la infancia están destinados a que el niño se vaya acostumbrando y avanzando en el cumplimiento de los preceptos y los rezos hasta que llegue a la edad de Bar Mitzvá, en la cual ya será capaz de cumplir con todos en su completitud.

04 – La prohibición de que un niño encienda o apague la luz.

Si un niño ve que se apagó la luz en su casa y entiende que sus padres verán con buenos ojos que la vuelva a encender, estos deberán advertirle que no lo haga. Ya vimos que es deber de los padres educar a los niños pequeños en el cumplimiento de los preceptos, lo cual incluye evitar que realicen trasgresiones. Aunque un niño no haya llegado a la edad de tres años, en la que se comienza a enseñarle a apartarse de las trasgresiones, dado que se trata de Shabat – la norma es más estricta. Mientras el tierno infante entienda que la acción en cuestión es beneficiosa para sus padres, resulta que la hace para ellos, lo cual se debe evitar, tal como está escrito (Shemot 20:10): «…y ese día no harás labor alguna ni tú, ni tu hijo ni tu hija…». Por lo tanto, se nos ordenó no realizar labores mediante los niños pequeños. Y en caso de que se haya apagado la luz en la casa de los vecinos y el niño va a la suya para encenderla, es su deber advertirle que no haga una labor para ellos.

Asimismo, si estalla un incendio en Shabat y un niño pequeño viene a extinguirlo, se trate de la casa de sus padres o la de otros, se debe evitar que lo haga, pues entiende que los adultos tienen interés en que el fuego sea apagado por lo que si lo hace será para ellos,  y entonces  es su deber advertirle que se abstenga de hacerlo (Talmud Babilonio Tratado de Shabat121(A), Shulján Aruj 334:25, Mishná Berurá 66). De esto se deduce que está prohibido decirle expresamente a un niño que encienda la luz o apague un incendio, pues ya vimos que un adulto tiene prohibido hacer trasgredir a un pequeño (Talmud Babilonio Tratado de Ievamot 114(A)).

Es obvio que si un niño pequeño apaga la luz en Shabat por error no se lo debe rezongar pues entonces él entiende que debe reparar su equivocación y procederá a encenderla. Y si espontáneamente, por iniciativa propia quiere  volverla a encender para sus padres, se le debe de advertir que no lo haga.

Si un niño pequeño realizó una labor prohibida en Shabat por equivocación, por ejemplo encender la luz, si lo hizo para un adulto no se puede disfrutar de ella y si lo hizo para sí, se puede (Beur Halajá 325:10  .( ‘אינו יהודי’ .

05 – Permisos especiales para situaciones de gran necesidad o momentos de apremio.

En caso de gran necesidad se le puede decir a un niño que haga algo prohibido rabínicamente, mas no se le puede indicar que haga algo prohibido por la Torá, pues ésta advierte que no se haga trasgredir una prohibición sabática a un niño (Shemot 20:10): «y ese día no harás labor alguna ni tú, ni tu hijo ni tu hija». Pasemos a explicar en qué situación se le puede pedir a un niño que trasgreda una prohibición rabínica.

En opinión de Rashbá y Ran se le puede decir a un niño que realice una labor prohibida rabínicamente para su propio beneficio. Si bien para la mayoría de los juristas medievales (Rambám, Tosafot, Shulján Aruj 343:1) esto está prohibido, en caso de gran necesidad nos respaldamos en quienes lo autorizan (Rabí Akiva Eiguer, Beur Halajá 343:1.( ‘מדברי’  Por lo tanto, si se encendió por error una luz en la habitación del niño y le cuesta conciliar el sueño, en caso de gran necesidad se le puede indicar que la apague pues esta acción está prohibida rabínicamente. Es mejor que esto lo haga un niño menor de seis años, y si ya tiene esta edad es mejor que lo haga de un modo diferente al habitual.

En caso de gran necesidad se le puede decir a un niño que realice una labor prohibida rabínicamente aunque el niño no tenga beneficio de ello. Tal como ya aprendimos (9:11) que los sabios permitieron «shvut deshvut» (cuando se suman dos prohibiciones rabínicas n. de t.) para cumplir con una mitzvá o en caso de gran necesidad. Dado que la obligación de los niños de cumplir con los preceptos es rabínica, si trasgrede una prohibición rabínica estamos ante un caso de «shvut deshvut». En un caso así se puede adoptar una postura más flexible, pero solamente si se trata de una eventualidad o situación casual, pues de esta manera no se teme que el niño se acostumbre a no honrar el Shabat (Mordeji, Turei Zahav 346:6, Shulján Aruj HaRav 343:6, Leviat Jen 124).

Si se apagó la luz en Shabat en un sitio donde esta es necesaria, de haber allí un niño pequeño de más o menos un año de edad que todavía no entiende que sus padres tiene interés en que se encienda nuevamente, y si se lo ubica junto al interruptor jugará con éste sin entender si su accionar es beneficioso o no; en caso de gran necesidad se lo puede sostener junto al interruptor y ni bien encienda la luz sacarlo de allí. Dado que el niño no comprende la significación del encendido o el apagado, su acción no implica trasgredir una prohibición sino que se lo considera como quien toca algo casualmente («mit´asek») (Rashbá Ievamot 114(A), Orjot Shabat 24:7-8).

06 – El niño pequeño es considerado como una persona enferma.

Los sabios prohibieron que un judío pida a un no judío en Shabat que realice para él una labor, empero, si hay un niño pequeño muy necesitado de algo específico entra en la categoría de enfermo por quien se permite pedir a un no judío que realice una labor. Por ejemplo, si el niño carece de comida y está hambriento se le puede pedir a un no judío que cocine para él. Si es muy necesario encenderle la luz – se le puede pedir a un no judío que lo haga (Ramá 276:1, Mishná Berurá 6, ver adelante 28:2). Normalmente, cuando se trata de bebés es necesario flexibilizar la norma en estas cuestiones, pero también en edades más avanzadas, si los niños están muy necesitados se puede flexibilizar para ellos igual que con un enfermo.

Un niño que aún no llegó a la edad de mitzvot (trece o doce) y sufre de un dolor o malestar, aunque este no sea muy intenso, se le pueden administrar medicinas pues tal como el decreto de no tomar medicinas no aplica sobre las personas enfermas, del mismo modo no lo hace sobre niños. En el marco de esta normativa, en caso de necesidad, se permite aplicar pomada sobre la piel del bebé a condición de que no se la esparza sino que se la deje sobre la piel tal cual salió del tubo. Si más tarde, por efecto del contacto con el pañal la pomada se esparce sola, esto no implica una acción prohibida ya que no se la desparramó para alisarla (ver adelante 28:8).

07 –  Juegos recreativos permitidos y prohibidos en Shabat.

Es preceptivo educar a los niños a fin que aumenten su estudio de Torá en Shabat y no se habitúen a malgastar el precioso tiempo sabático en actividades comunes. Cuanto más se acercan los niños a la edad de cumplimiento de los preceptos más se los debe estimular a que se dediquen a la Torá y reduzcan el tiempo de juegos. Es bueno que los padres enseñen a sus hijos y cumplan  de ese modo con el precepto (Devarim 11:19): «y las enseñareis a vuestros hijos hablando acerca de ellas». Es bueno que cada comunidad establezca clases para los niños en Shabat. Sin embargo, los niños tienen permitido jugar, por lo tanto, todas las reglas que desarrollaremos a continuación aplican para quienes aún no llegaron a la edad de cumplimiento de preceptos. Empero, las normas para los adultos son diferentes, primeramente porque corresponde, a priori, que actúen conforme a aquellos juristas que consideran que todos los juegos están prohibidos para mayores de edad en Shabat (arriba 22:13). En segundo término, también en opinión de aquellos que permiten a los adultos jugar, hay juegos que despiertan controversia, y si bien con los niños que deben cuidar Shabat sólo como parte de su educación en los preceptos se adopta una actitud más flexible; en el caso de los mayores que deben hacerlo como mandato de la Torá se adopta una actitud más estricta. A continuación expondremos las reglas que recaen sobre los niños, y cuando los mayores deben optar por una conducta más estricta, incluyendo los casos en que hay opiniones,  que les permiten jugar en Shabat, lo mencionaremos explícitamente:

Se permite jugar ajedrez, damas y distintos juegos de memoria. Asimismo, se permite jugar con dados o perinola. Empero, si se trata de un juego en el cual el vencedor obtiene un beneficio concreto bajo la forma de dinero o alimentos, está prohibido jugarlo. Asimismo, está prohibido jugar a juegos en los que se acostumbra a escribir (Shulján Aruj 338:5, 322:6, Jaiéi Adam 38:11).

Hay juristas que consideran que es bueno abstenerse de jugar «Monopolio» o «Banquero» y demás juegos que implican ganancias económicas imaginarias, mas si los niños quieren jugarlo pueden hacerlo (Shmirat Shabat Kehiljatá 16:33). Sin embargo, es correcto ser más estricto con los adultos.

Todo juego que implica escribir, adherir, rasgar o trenzar está prohibido en Shabat. Sin embargo, los niños tienen permitido armar rompecabezas o formar palabras uniendo letras entre sí o sobre un tablero. Si bien corresponde que los adultos sean más estrictos en esto, los pequeños pueden respaldarse en las opiniones flexibles que consideran que esto no implica trasgredir la prohibición de «escribir», pues todas las letras y formas ya estaban listas y solamente se las acerca unas a otras de modo temporario (arriba 18:4).

Está prohibido construir aviones o barcos piezas de plástico, lo cual requiere de gran exactitud y están destinados a durar largo tiempo.

Se permite a los niños jugar con piezas de «lego», armar y desarmar con estas diferentes formas, pero en el caso de los adultos corresponde ser más estricto. Asimismo, se permite a los niños hacer diferentes figuras de papel tales como aviones y barcos, empero el plegado profesional de papel («origami») está prohibido (ver arriba15:7).

Los sabios prohibieron hacer una tienda temporaria en Shabat, pero si se cambia el orden, se permite. Por lo tanto, los niños tienen prohibido extender sábanas sobre sillas para así formar una especie de tienda para agruparse bajo esta. Empero, si se extiende primeramente la manta en el aire y luego se entran las sillas que la habrán de sostener, se puede. Con el mismo principio de base, está prohibido construir con piezas de «lego» una casa o un estacionamiento que tiene un espacio interior de un palmo por un palmo, empero si primeramente se sostiene el techo y luego se le unen las paredes por debajo, se permite (arriba 15:5).

Se permite hacer cadenitas no permanentes en el marco de un juego empero se deberá tener cuidado de no anudar el hilo al final sino hacerle una especie de moña (Shmirat Shabat Kehiljatá 16:22).

Está prohibido separar dos tipos de juego cuyos cubos o cartas se mezclaron pues implica realizar la labor de «seleccionar» («Borer»). Sin embargo, si se quiere jugar con uno de los dos, se pueden retirar del montón las cartas de uno de ellos, ya que en ese caso la selección no se realiza de un modo que implique la  labor prohibida sino en el marco de un juego, al inicio del cual se toman los cubos o naipes necesarios (arriba 11:16).

Está prohibido hacer formas con plastilina por tratarse de la acción  de «esparcir» (Shulján Aruj 314:11), y si se decide darle una forma significativa implica también trasgredir la prohibición de escribir (Jaiéi Adam Iom Tov 92:3). La plastilina y semejantes son «Muktzé».

08 – Otros entretenimientos y los juegos de patio.

Se permite estirar el resorte de un autito de juguete para que se desplace un poco, a condición de que no haga sonar ninguna bocina ni encienda luces (arriba 15:8). Asimismo está prohibido jugar con cualquier juego que esté activado con baterías (arriba 17:2).

Está prohibido inflar un globo para evitar que se lo ate o amarre. Empero, si se trata de un globo que se acostumbra a cerrar con un tapón sin necesidad de amarrarlo y ya se lo infló anteriormente aunque sea una vez, se lo podrá inflar (arriba 15:8).

Los niños pequeños tienen prohibido jugar en Shabat con juguetes que fungen como instrumentos musicales, por ejemplo trompetas, pianos, campanas y matracas. Estos juguetes son «Muktzé». Sin embargo, se permite dar al bebé un juguete que genera sonido cuando se lo mueve o se lo presiona, pero un mayor de edad no puede hacerlos sonar (Mishná Berurá 338:1, Beur Halajá ‘אבל’, Shmirat Shabat Kehiljatá 16:2-3).

Arena es «Muktzé», pero si se la preparó para entretenimiento de los niños no lo es (arriba 23:3). Se permite jugar con esta a condición de que sea fina y seca y no se puede construir con ella figuras. Empero, si la arena está húmeda, dado que se puede hacer en ella hoyos o emparejarlos, no se puede jugar con esta porque se incurriría en la labor de «construir». Está prohibido humedecer arena para no incurrir en la prohibición de «amasar» (arriba 15:2).

No se permite jugar con canicas o bolitas sobre la tierra para evitar emparejar hoyos a los efectos de que estas giren derechas. Asimismo, se prohíbe jugar sobre tierra cualquier juego que requiera que esta esté lisa para evitar que se emparejen hoyos. Inclusive si el suelo está embaldosado, no se permite jugar a ese juego no sea que después se continúe sobre suelo no embaldosado  y se empareje el terreno. Empero, se permite jugar sobre el piso interior de la casa ya que hoy día todas tienen piso de baldosa y no se teme que se continúe jugando afuera en un sitio carente de baldosas (arriba 15:2).

Se permite jugar con carozos de damasco tal como acostumbran a hacerlo los niños, ya que ellos los destinaron para ese fin con anterioridad y por lo tanto no se los considera «Muktzé» como el resto de las semillas o carozos de frutas. Asimismo, los carozos extraídos de un damasco en Shabat tampoco son «Muktzé» ya que es muy común jugar con estos (ver Shmirat Shabat Kehiljatá 16 observación 33).

Está permitido hamacarse en columpios, pero si están pendiendo de un árbol aunque sea sólo de uno de sus lados – estará prohibido. Esto se permite si el columpio pende de una estaca  clavada en el árbol, (arriba 19:7).

09 – Juegos con pelota y de correr.

No se permite que niños jueguen al fútbol o al basquetbol en Shabat ya que estos deportes requieren de una importante organización y poseen numerosas reglas, por lo que se los prohíbe por tratarse de cuestiones de días comunes («ovadín dejol»). Además, a veces estos juegos implican trasgredir otras prohibiciones, por ejemplo, preparar el terreno para el juego, viajar al lugar del juego, inscribirse y comprar o vender. Asimismo, está prohibido mirar personas que juegan fútbol o basquetbol en Shabat por tratarse de acciones de días comunes («ovadín dejol»). Se prohíbe jugar con estos tipos de pelota inclusive dentro de la casa o el patio de la misma pues son «Muktzé» y cuestiones de días comunes («ovadín dejol»). Se prohíbe también jugar al tenis por tratarse de un juego de adultos que requiere gran organización.

Se permite a los niños jugar diferentes tipos de carreras por placer, pero no se permite dar una clase de gimnasia (arriba 22:8).

Se permite a los niños jugar con pelotas que suelen usar los pequeños a condición de que lo hagan en la casa o el patio de la misma sobre piso embaldosado. Empero, no se debe jugar sobre tierra o césped para evitar emparejar hoyos. Se permite a los niños jugar ping-pong amateur, pues se acostumbra a hacerlo en la casa. No se debe temer que por jugar de pequeños a la pelota en la casa se acostumbrarán a hacerlo de grandes, pues todo el permiso ronda en torno a la pelota que suelen usar los niños y con la  que los adultos de todas maneras no juegan.

Una pelota que cayó sobre la copa de un árbol no se la puede bajar ni con la mano ni con un palo, pues está prohibido ocuparse con algo que está sobre un árbol para evitar que se termine cortando una rama. Si la pelota se cae de allí sola, se puede jugar con ella (arriba 19:7, Shmirat Shabat Kehiljatá 16:8).

10 – Bicicleta, monopatín y tabla de patinar («skate»).

Se prohíbe andar en bicicleta común de dos ruedas por tratarse de una acción que corresponde a días de la semana («ovadín dejol») (arriba 22:8). Aún si cuentan con dos ruedas auxiliares esto estará prohibido. Sin embargo, niños pequeños pueden andar en triciclo pues estos son únicamente para las edades más tempranas y entre este y la bicicleta hay una gran diferencia – por lo que jugar con él no implica una acción de día de la semana («ovadín dejol»).

Hay juristas que permiten a los niños andar en monopatín o tabla de patinar en Shabat pues consideran que así como les está permitido correr también pueden andar en estos dispositivos. Otros juristas entienden que no se debe andar en estos puesto que los sabios permitieron únicamente correr por placer con las piernas específicamente – pero no mediante aparatos que transforman el correr en más veloz y más profesional tal que se transforme en una actividad de día de la semana.

Si bien a posteriori quienes quieran adoptar la actitud más flexible tienen en quien respaldarse, es correcto adoptar la postura más estricta pues esta opinión nos parece más acertada; y así como los judíos acostumbraron a prohibir andar en bicicleta por tratarse de una actividad acorde a los días de la semana («ovadín dejol») y hacerlo altera el espíritu sabático, corresponde extender este criterio a monopatines y tablas de patinar. Además, al limitar a los niños pequeños a juegos más sencillos, los niños más grandes aprenderán a dedicar el Shabat al estudio de la Torá y al descanso.

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