{"id":2752,"date":"2000-01-21T00:13:42","date_gmt":"2000-01-20T22:13:42","guid":{"rendered":"https:\/\/ph.yhb.org.il\/es\/?p=2752"},"modified":"2017-10-31T10:30:16","modified_gmt":"2017-10-31T08:30:16","slug":"01-21-13","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ph.yhb.org.il\/es\/01-21-13\/","title":{"rendered":"13 – Bast\u00f3n, perro gu\u00eda y silla de ruedas."},"content":{"rendered":"
Una persona renga que para caminar necesita ayudarse de un bast\u00f3n puede andar con \u00e9ste por el \u00abdominio p\u00fablico\u00bb pues este es considerado como sus propios calzados ya que sin \u00e9l no puede andar. Sin\u00a0 embargo, si la persona puede caminar sin bast\u00f3n aunque sea con gran dificultad, no podr\u00e1 salir con este al \u00abdominio p\u00fablico\u00bb (Shulj\u00e1n Aruj<\/em> 301:17).<\/p>\n En el caso de un no vidente que usa bast\u00f3n en los d\u00edas de la semana, si puede prescindir de este, se transforma para \u00e9l en carga y no puede llevarlo por sitios que carecen de \u00abEruv\u00bb (Shulj\u00e1n Aruj<\/em> 301:18). En caso de que no pueda caminar sin bast\u00f3n, entre otros motivos por no conocer el sitio donde se dirige, podr\u00e1 salir con el mismo (Aruj Hashulj\u00e1n<\/em> 301:72).<\/p>\n Se permite a un ciego salir al \u00abdominio p\u00fablico\u00bb con un perro gu\u00eda, y\u00a0 a pesar de que sostiene la correa que va amarrada al collar del canino, no hay prohibici\u00f3n porque la correa siempre va aferrada al perro y es secundaria a su cuerpo – por lo que no se \u00abcarga\u00bb (Igrot Mosh\u00e9 Oraj Ja\u00edm<\/em> 1:45, Menujat Ahav\u00e1<\/em> III 27:49, ver Shmirat Shabat Kehiljat\u00e1<\/em> 18 observaci\u00f3n 62, y arriba 20:2).<\/p>\n En el caso de una persona minusv\u00e1lida que anda en silla de ruedas a la que impulsa mediante sus manos, puede salir en esta al \u00abdominio p\u00fablico\u00bb pues la silla es considerada como si fuera su calzado (Shulj\u00e1n Aruj<\/em> 301:16-17, Igrot Mosh\u00e9<\/em> Oraj Ja\u00edm<\/em> 4:90). Sin embargo, si un minusv\u00e1lido no puede impulsar su silla por sus propios medios, est\u00e1 prohibido llevarlo, tal como se proh\u00edbe llevar o cargar un beb\u00e9 que no puede andar solo por el \u00abdominio p\u00fablico\u00bb o \u00abcarmelit\u00bb (Mishn\u00e1 Berur\u00e1<\/em> 308:153). A los efectos de cumplir un precepto o en caso de gran necesidad, se le puede pedir a un no jud\u00edo que lleve al minusv\u00e1lido en su silla (arriba 9:11).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":" Una persona renga que para caminar necesita ayudarse de un bast\u00f3n puede andar con \u00e9ste por el \u00abdominio p\u00fablico\u00bb pues este es considerado como sus propios calzados ya que sin \u00e9l no puede andar. Sin\u00a0 embargo, si la persona puede caminar sin bast\u00f3n aunque sea con gran dificultad, no podr\u00e1 salir con este al \u00abdominio […]<\/p>\n","protected":false},"author":10,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[111],"tags":[],"class_list":["post-2752","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-01-21"],"yoast_head":"\n