{"id":2754,"date":"2000-01-21T00:14:22","date_gmt":"2000-01-20T22:14:22","guid":{"rendered":"https:\/\/ph.yhb.org.il\/es\/?p=2754"},"modified":"2017-10-31T10:30:53","modified_gmt":"2017-10-31T08:30:53","slug":"01-21-14","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ph.yhb.org.il\/es\/01-21-14\/","title":{"rendered":"14 – Joyas"},"content":{"rendered":"
Tal como aprendimos, la regla indica que la prohibici\u00f3n de \u00abtransportar\u00bb no aplica a objetos secundarios al cuerpo por lo que se puede salir al \u00abdominio p\u00fablico\u00bb con todo tipo de vestimentas. Seg\u00fan este criterio, en el caso de las joyas que adornan a la persona, mientras est\u00e9n puestas en o sobre el cuerpo o pendan de la ropa, se las considera secundarias respecto a este y al portarlas en el \u00abdominio p\u00fablico\u00bb no se trasgrede la prohibici\u00f3n de \u00abtransportar\u00bb.<\/p>\n
Sin embargo, los sabios temieron que una mujer quiera mostrar a su amiga una de las joyas que lleva puesta, se la quite, la sostenga con la mano y por distracci\u00f3n camine cuatro codos en el \u00abdominio p\u00fablico\u00bb trasgrediendo as\u00ed la prohibici\u00f3n de la Tor\u00e1. Por lo tanto, prohibieron llevar en Shabat todo tipo de joyas que puedan ser quitadas para mostrar, entre ellas, aritos, pulseras, anillos cadenitas y vinchas.<\/p>\n
Sin embargo, ya en d\u00edas de los sabios medievales (rishonim) las mujeres acostumbraban a salir en Shabat portando sus joyas. Los juristas debatieron respecto de esta costumbre; unos opinaban que desde el punto de vista de la norma se trata de una prohibici\u00f3n rab\u00ednica, empero, estos no protestaron ya que la praxis se extendi\u00f3 por todo el pueblo de Israel y calcularon que de expresar reserva no ser\u00edan escuchados. Esto los llev\u00f3 a preferir no publicar la prohibici\u00f3n ya que es mejor que las mujeres trasgredan involuntariamente a que lo hagan con intenci\u00f3n.<\/p>\n
Hay juristas que hablaron en favor de esta pr\u00e1ctica y explican que la prohibici\u00f3n de los sabios obedece al temor de que las mujeres carguen las joyas cuatro codos en el \u00abdominio p\u00fablico\u00bb trasgrediendo as\u00ed la prohibici\u00f3n de la Tor\u00e1. Empero, hoy d\u00eda, que muchos juristas consideran que el \u00abdominio p\u00fablico\u00bb tal como est\u00e1 definido no coincide con el criterio de la Tor\u00e1, aunque se carguen las joyas no se trasgrede una prohibici\u00f3n por parte de ella. Por ende no hay lugar para decretar otra limitante rab\u00ednica, siguiendo la regla de que no se decreta una prohibici\u00f3n rab\u00ednica sobre otra ya existente (\u00abein gozrin gzeir\u00e1 ligzeir\u00e1\u00bb).<\/p>\n
Otros juristas opinan que hoy d\u00eda las joyas son m\u00e1s comunes y no cabe temer que una mujer que va por la calle se quite una para mostr\u00e1rsela a su\u00a0 amiga por lo que se puede salir con estas inclusive en un \u00e1rea que se defina como \u00abdominio p\u00fablico\u00bb seg\u00fan la Tor\u00e1.<\/p>\n
Dado que el fundamento de la prohibici\u00f3n se origina en los sabios, se puede confiar en la opini\u00f3n m\u00e1s flexible. Es as\u00ed que las mujeres acostumbran a salir con joyas en \u00e1reas que carecen de \u00abEruv\u00bb.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"
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