{"id":2866,"date":"2000-01-26T00:01:30","date_gmt":"2000-01-25T22:01:30","guid":{"rendered":"https:\/\/ph.yhb.org.il\/es\/?p=2866"},"modified":"2017-10-31T13:09:26","modified_gmt":"2017-10-31T11:09:26","slug":"01-26-01","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ph.yhb.org.il\/es\/01-26-01\/","title":{"rendered":"01 – Reglas referentes a la prohibici\u00f3n de obtener beneficio de labores realizadas en Shabat"},"content":{"rendered":"
La Tor\u00e1 nos orden\u00f3 abstenernos de realizar labores en Shabat, y los sabios agregaron a esta prohibici\u00f3n la limitante de abstenerse de obtener beneficio de una labor realizada el d\u00eda s\u00e1bado pues no corresponde disfrutar en Shabat de algo que se lleva a cabo profanando el sagrado d\u00eda. No hay diferencia alguna si la labor es realizada voluntaria o involuntariamente[1]<\/a><\/sup>y ning\u00fan jud\u00edo puede disfrutar de esta durante todo el d\u00eda s\u00e1bado. Hay juristas que entienden que si la labor fue realizada involuntariamente se puede disfrutar de la misma y hay quienes se basan en esta opini\u00f3n para casos de gran necesidad (tal como se estudiar\u00e1 en la halaj\u00e1 siguiente).<\/p>\n Al concluir el Shabat, todo jud\u00edo tiene permitido disfrutar de la labor realizada durante este d\u00eda a menos que se haya efectuado voluntariamente. En este caso la prohibici\u00f3n se mantiene por siempre (Shulj\u00e1n Aruj<\/em> 318:1, tal como se explica m\u00e1s adelante\u00a0 en la halaj\u00e1 7).<\/p>\n Si un ni\u00f1o peque\u00f1o hace una labor en Shabat en beneficio de un adulto estar\u00e1 prohibido disfrutar de la misma, tanto durante el d\u00eda s\u00e1bado como despu\u00e9s de concluido el mismo y hasta que transcurra el per\u00edodo de tiempo necesario para la realizaci\u00f3n de la misma. Si el infante realiza la labor para su propio beneficio, un adulto podr\u00e1 disfrutar de la misma durante el d\u00eda s\u00e1bado (ver arriba 24:4).<\/p>\n Si en Shabat un gentil lleva a cabo una labor para un jud\u00edo, estar\u00e1 prohibido disfrutar de la misma hasta que concluya el d\u00eda y transcurra el lapso de tiempo necesario para su realizaci\u00f3n. Esta medida tiene por objetivo evitar que se tenga beneficio de la labor sab\u00e1tica del gentil y adem\u00e1s que esta no implique ganancia alguna para el jud\u00edo (arriba 25:1). Si el gentil en cuesti\u00f3n realiz\u00f3 una labor en su propio beneficio – un jud\u00edo podr\u00e1 disfrutar de la misma (arriba 25:2). Hay casos en los cuales est\u00e1 permitido insinuarle a un no jud\u00edo que realice una labor en Shabat y las reglas que rigen este permiso est\u00e1n detalladas arriba (25:3). Se permite pedir a un gentil que realice una labor prohibida rab\u00ednicamente, en caso de que sea a los efectos de cumplir con un precepto o evitar una p\u00e9rdida econ\u00f3mica importante\u00a0 (25:4).<\/p>\n