{"id":6174,"date":"2019-01-15T01:00:24","date_gmt":"2019-01-14T23:00:24","guid":{"rendered":"https:\/\/ph.yhb.org.il\/es\/?p=6174"},"modified":"2025-05-20T14:45:10","modified_gmt":"2025-05-20T11:45:10","slug":"17-34-01","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ph.yhb.org.il\/es\/17-34-01\/","title":{"rendered":"01 \u2013 Generalidades"},"content":{"rendered":"
Hay dos reglas b\u00e1sicas en lo referente a alimentos prohibidos que se mezclan con alimentos permitidos. La primera es la anulaci\u00f3n en sesenta<\/strong>, esto es, si un alimento prohibido se mezcla en un volumen sesenta veces mayor de alimento permitido, su sabor resulta imperceptible y por lo tanto la mezcla puede comerse. Esto es as\u00ed, ya que nuestros sabios calcularon que, si el alimento permitido es sesenta veces mayor que el prohibido, es sabido que el sabor del prohibido resultar\u00e1 anulado, porque incluso los alimentos poseedores del m\u00e1s fuerte de los sabores, por ejemplo, la cebolla, no confieren sabor a un volumen de comida mayor a sesenta veces el suyo propio (Tratado de Jul\u00edn 97(B), Rabenu Nisim y Rab\u00ed Eliezer ben Yoel Halev\u00ed).<\/p>\n La segunda regla es la anulaci\u00f3n en la mayor\u00eda<\/strong>, esto es, si el alimento prohibido no confiere sabor a la mezcla \u2013se procede seg\u00fan el alimento que sea mayoritario. Por ejemplo, un trozo de carne taref que se mezcl\u00f3 con dos trozos de carne kasher similares, se anula por mayor\u00eda, tal como fue dicho (Shemot-\u00c9xodo 23:2): \u201cEn pos de los numerosos se habr\u00e1 de propender\u201d<\/em> (Shulj\u00e1n Aruj 109:1, ver adelante 8).<\/p>\n A los efectos de que el alimento prohibido confiera sabor al permitido es preciso que se cumplan dos condiciones. La primera, que la mezcla sea de dos especies diferentes (min beshein\u00f3 min\u00f3<\/em>), o sea, que el sabor de lo prohibido sea diferente al del permitido, y por tanto pueda sentirse. La segunda, que la mezcla sea de dos alimentos h\u00famedos (laj belaj<\/em>) pues entonces el sabor prohibido se incorpora a la mezcla. Por ejemplo, cuando leche se mezcla en una sopa c\u00e1rnica, su sabor se expande en el caldo. Asimismo, cuando un trozo de carne taref se cocina con verduras, el sabor no kasher se mezcla en los vegetales.<\/p>\n Sin embargo, si una de las dos condiciones no se cumple, a pesar de que el alimento prohibido y el permitido est\u00e9n mezclados, el sabor prohibido no se expande en el alimento permitido. Por ejemplo, si se mezcl\u00f3 un trozo de carne prohibida con dos trozos de carne permitida de sabor diferente, aunque se trate de una mezcla de dos especies diferentes (min besheein\u00f3 min\u00f3<\/em>), dado que se trata de una mezcla entre alimentos secos (iavesh beiavesh<\/em>), el sabor prohibido no pasa a los alimentos permitidos, y por lo tanto, seg\u00fan la Tor\u00e1 el alimento prohibido se anula en la mayor\u00eda. Otro tanto ocurre cuando se mezcla salsa de carne taref con salsa de carne kasher, a pesar de que se trata de una mezcla de dos alimentos h\u00famedos o l\u00edquidos (laj belaj<\/em>) y el prohibido se mezcl\u00f3 con el permitido, dado que el sabor prohibido es semejante al permitido, no le confiere gusto, y por lo tanto, seg\u00fan la Tor\u00e1 el alimento prohibido se anula en la mayor\u00eda (batel berov<\/em>).<\/p>\n Sin embargo, los sabios establecieron un cerco alrededor de la Tor\u00e1 y prescribieron que, aunque solo una de las condiciones que permiten la transferencia de sabor se cumpla, esto es: que se trate de una mezcla de dos alimentos h\u00famedos o con l\u00edquidos (laj belaj<\/em>), o que se trate de una mezcla de especies diferentes (min besheein\u00f3 min\u00f3<\/em>) -la prohibici\u00f3n no se anula en la mayor\u00eda, sino que se requiere de un volumen permitido sesenta veces mayor que el prohibido para anular a este \u00faltimo (Rashb\u00e1 y Rosh).<\/p>\n En su decreto, nuestros sabios persegu\u00edan tambi\u00e9n otro objetivo y era el de igualar las proporciones, esto es, que se aplique la misma norma de anulaci\u00f3n en sesenta para todas las mezclas que se asemejen a una en la cual el alimento prohibido puede conferirle sabor (Rabenu Nisim). Por lo tanto, incluso cuando la base de la prohibici\u00f3n es por prescripci\u00f3n rab\u00ednica, no se dice que resulta innecesario establecer el cerco protector, sino que se precisa de sesenta veces el volumen para poder anularlo, porque los sabios igualaron sus proporciones (Beit Yosef y Ram\u00e1 109:1).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":" Hay dos reglas b\u00e1sicas en lo referente a alimentos prohibidos que se mezclan con alimentos permitidos. La primera es la anulaci\u00f3n en sesenta, esto es, si un alimento prohibido se mezcla en un volumen sesenta veces mayor de alimento permitido, su sabor resulta imperceptible y por lo tanto la mezcla puede comerse. Esto es as\u00ed, […]<\/p>\n","protected":false},"author":64,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[263],"tags":[],"class_list":["post-6174","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-17-34"],"yoast_head":"\n