A los efectos de la sentencia de la halajá, se considera definirla conforme la opinión de quienes detentan una actitud flexible, por la cual no se debe revisar y buscar sheratzim diminutos que los seres humanos no pueden percibir a simple vista. Esto se asienta en cinco principios fundamentales sobre cada uno de los cuales es posible definir la halajá de acuerdo con la opinión flexible, y cuánto más aun cuando los cinco se presentan conjuntamente.
1) Se trata de un debate respecto de una prohibición rabínica, ya que según la Torá mientras no se perciba el sabor de los sheratzim -estos son secundarios al alimento en el cual se encuentran. Los sabios son quienes adoptaron una actitud más estricta y establecieron que un ser vivo entero (briá) no se anula ni siquiera en mil partes, y por ende, en caso de discusión sobre si resulta necesario o no revisar los sheratzim es preciso dictar la halajá según la opinión más flexible.
2) Aunque sigamos la opinión estricta que requiere revisar para ver si hay en los alimentos sheratzim diminutos, en opinión de varias de las grandes eminencias medievales, si hay mil veces más alimentos que sheratzim, estos resultan anulados. Esto así dado que la medida estricta de los sabios indica que una briá no se anula en sesenta, pero en cerca de mil sí lo hace. Y algunas de las grandes eminencias de las últimas generaciones escribieron que en caso de necesidad se puede confiar en esta opinión. Cuánto más cuando se trata de sheratzim diminutos carentes de importancia.
3) Dado que existe una discusión en torno al estatus de los sheratzim diminutos, en todo lo relacionado a mi’ut matzui o una minoría común que es dable encontrar, es preciso proceder según la opinión más flexible, y de todas maneras, por lo general no se encuentran sheratzim en una cantidad de mi’ut matzui, por lo que no resulta necesario revisarlos puesto que se va según la mayoría de las opiniones.
4) Resulta que una prohibición de ingestión prescrita por la Torá no puede recaer sobre un alimento que cuando se lo ingiere es imposible sentir su sabor ni percibir su presencia al tragarlo. En la práctica, resulta imposible sentir el sabor de sheratzim diminutos tales como los tisanópteros y los ácaros o percibirlos al tragarlos. En efecto, vemos que una persona que los ve e igualmente se los come transgrede una prohibición rabínica, pero mientras no los perciba, no incurre en prohibición alguna.
5) Incluso si se trata de un sheretz que quien lo ingiere, en caso de concentrarse, puede sentir su sabor y percibirlo al tragarlo, y por ende transgrede una prohibición de la Torá, cuando se duda si se encuentra en otro alimento y al ingerirlo resulta imposible sentir el sabor del sheretz, su ingestión no estará prohibida, ya que en cada bocado que come no sabe si en efecto también comió o no un sheretz, y por ende se trata de una acción de la que el individuo no tiene la intención de disfrutar (davar sheeinó mitkavén).