Pninei Halajá

Pesaj

Prólogo del Rabino Eliezer Melamed

Agradezco a D´s que me concedió el mérito de poder estudiar y enseñar Torá tanto en la Yeshivá como en la localidad de Har Berajá. Su generosidad para conmigo ha sido especialmente notoria ya que a pesar de las dificultades y la tensión que nos rodean, amén de los ataques de que somos objeto por parte de nuestros enemigos, me ha otorgado las energías para continuar en mi esfuerzo del estudio de la sagrada Torá, su enseñanza, su pública difusión y la escritura de sus diferentes halajot.

(el siguiente párrafo lo omití porque nosotros no traducimos las notas al pie de página)

Tengo una gran gratitud para con mi padre y maestro, el Rabino Zalman Baruj Melamed Shelit»a decano de la Yeshivá de Bet El y rabino de esa localidad, hacia mi madre y maestra y a mi querida esposa. Quiera D´s que las palabras de la Torá no se aparten nunca de nuestras bocas ni de las de nuestros hijos. Un agradecimiento suplementario al Rabino Yaakov Katz («Kátzale») director general de las instituciones de Bet El, Har Berajá y Arutz Sheva; y junto a él quiero agradecer también al director de la Yeshivá de Har Berajá el Rabino David Saada. D´s les prodiga en vigor para que tengan éxito y colme los deseos de sus corazones para bien.

Quiero asimismo agradecer a los residentes de Har Berajá y a los alumnos de la yeshivá ya que a lo largo de las clases que compartimos junto a ellos se fueron elaborando y decantando los diferentes temas que son objeto del presente libro, por lo que ellos también son partícipes de su redacción. Quiero mencionar también la labor del Rabino Shlomi Badash y su esposa Avital, del Rabino Sultanovich, del Rabino Ionadav Zer, del Rabino Gad Aloí y Gur Galón que revisaron el libro y realizaron sus pertinentes y sabias observaciones.

En virtud de lo propuesto por quienes estudiaron de este libro, se llevaron a cabo algunas correcciones y modificaciones en su segunda edición: a) los versículos hebreos fueron escritos con su puntuación, b) los capítulos fueron numerados con letras para diferenciarlos de la numeración de las observaciones a pie de página; c) fueron corregidos una serie de errores de imprenta de la edición; d) fueron agregadas una serie de halajot como en el caso de la casherización de una hornalla eléctrica o cerámica, de un termo etc. De todas maneras, la compaginación no ha sido modificada para que la segunda edición hebrea sea similar a la primera; e) si bien me esforcé en explicar bien los diferentes temas, vi que en algunos lugares es conveniente modificar levemente la sintaxis de la frase, para que así la halajá gane en claridad. Sin embargo, a D´s gracias, incluso tras haber impreso decenas de miles de libros no me topé con una observación o comentario que justifiquen cambiar algo de las halajot editadas.

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Desde la segunda edición pasaron ya trece años y ya estamos en la quinta. En cada una de las ediciones fueron agregados temas nuevos que el devenir del tiempo fue presentando. La presente edición es aquella en la cual se agregaron más temas y corresponde mencionar algunos: la venta de «jametz» por internet (6:4), el quinoa (9:4), una explicación detallada de la ingestión de las cuatro copas de vino (16:7). Asimismo, agregamos una explicación pormenorizada de la lógica de la casherización de utensilios mediante agua hirviendo poniendo énfasis en los sabores adheridos a las paredes de los utensilios; y otros temas. Sin embargo, a D´s gracias, a pesar del gran número de eruditos que debaten sobre temas de halajá, no me vi en la necesidad de modificar cuestiones de este tipo. Si bien realice algunos pequeños cambios en la presente edición, quienes posean ediciones anteriores no necesitan adquirir ésta.

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01. La fiesta de las Matzot («jag hamatzot») y la fiesta de Pesaj («jag hapesaj»)

Esta fiesta es recordada en la Torá mediante dos nombres que se corresponden con sus dos significados: Jag HaMatzot o fiesta de las Matzot, tal cual está escrito: «La festividad de los Panes Azimos habrás de observar» (Shemot-Éxodo 23:15 y otros sitios en el Tanaj) y Jag HaPesaj o fiesta de Pesaj, tal cual está escrito: «El sacrificio de la festividad del Pesaj» (ídem 34:25). El nombre «fiesta de las matzot» se refiere a la revelación de la fe, y Pesaj está relacionado con la condición peculiar – «Segulá»- de las que disfruta el pueblo de Israel.

Durante la salida de Egipto se reveló en el mundo la Divina Providencia y el modo de Ésta de dirigir la realidad de una manera clara y palpable, y por ello, el fundamento de la fe en HaShem tiene su origen en el éxodo. La matzá insinúa esta cuestión, tal como recitamos en la Hagadá: «Esta matzá que ingerimos, ¿a qué se debe? A que la masa de nuestros antepasados no alcanzó a leudar hasta que se reveló a ellos el Rey de los Reyes el Kadosh Baruj Hú o Santo Bendito Es y los redimió»

Durante el éxodo se reveló también la singularidad del pueblo de Israel, dado que en todas las plagas que azotaron a Egipto fue notoria la diferencia entre la suerte de los hijos de Israel y la de los egipcios, ya que los últimos fueron castigados y los primeros fueron salvados. Más claro aún fue cuando llegó la décima plaga, la muerte de los primogénitos, que afectó duramente a los hogares egipcios y salteó a los israelitas. Esta cuestión se manifiesta en el sacrificio de Pesaj («korbán Pesaj») que pone de relieve la protección singular («segulá) que recae sobre el pueblo de Israel.

Estos dos fundamentos, la fe y la singularidad del pueblo de Israel están íntimamente relacionados. A diferencia de las demás naciones que fueron conformadas mediante procesos humanos, el pueblo de Israel se estableció a partir de la salida de Egipto de un modo Divino, mediante señales y portentos, a los efectos de que recibiesen la enseñanza de HaShem que es la Torá. La situación del pueblo de Israel depende por completo de la cuestión espiritual: si los hijos de Israel hacen la voluntad de Dios y revelan Su Nombre en el mundo, reciben todas las bendiciones previstas en la Torá; en cambio, si no actúan de acuerdo con la Voluntad Superior recaen sobre ellos las maldiciones previstas en ella.

Como contraparte, la revelación del Nombre Divino en el mundo que es la difusión de los valores de HaShem en el seno de la creación depende del pueblo de Israel, tal como está escrito (Ieshaiahu-Isaías 43:21): «el pueblo que formé para Mí, para que pudiera hablar en Mi alabanza». Es por ello por lo que nuestros sabios dijeron (Bereshit Rabá 1:4): «la idea de Israel antecede a toda la realidad», o sea, antes de que todo fuera creado se ideó el surgimiento del pueblo de Israel pues por su intermedio se revela el objetivo último de la creación del mundo. Respecto a esto nuestros sabios dijeron (Talmud Babilonio Tratado de Shabat 88(A)): «El Santo Bendito Él estableció una condición en Su creación, por medio de la cual dijo: si el pueblo de Israel acepta la Torá la creación permanecerá y si no – la devolveré al caos inicial». La particularidad y la protección singular de la que disfruta el pueblo de Israel se manifestaron de manera especial al ser escogidos como Su pueblo durante la esclavitud, a pesar de que en ese período éramos una nación denigrada y estábamos inmersos en los cuarenta y nueve pórticos de impureza de Egipto.

De lo antedicho resulta que los dos nombres de esta festividad representan dos aspectos de una misma cuestión y es la revelación del Nombre de HaShem en el mundo por medio del pueblo de Israel.

02. Fiesta de la libertad («jag hajerut») – la revelación de la moral

¿Por qué fue necesario que el pueblo de Israel, antes de conformarse como nación haya debido padecer una esclavitud tan dolorosa en Egipto? La explicación es muy simple y se debe a que el cometido de la nación israelita es reparar el mundo desde un punto de vista moral, y para esos efectos debe conocer de cerca y de un modo muy palpable el sufrimiento y el dolor que un ser humano es capaz de infligir a su prójimo.

Asimismo, encontramos en muchos pasajes de la Torá que cuando ésta ordena cuestiones vinculadas a la relación del ser humano con su prójimo nos recuerda nuestra experiencia egipcia. Por ejemplo: «Y al extranjero no habrás de oprimir ya que vosotros habéis conocido el sentir del extranjero; pues extranjeros habéis sido vosotros en la tierra de Egipto» (Shemot-Éxodo 23:9). De igual manera leemos (Vaikrá-Levítico 19:33-34): «y cuando residiere contigo un extranjero en vuestra tierra, no habréis de oprimirlo. Como el nativo de vosotros habrá de ser el extranjero que reside con vosotros y lo amarás como a ti mismo ya que extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto. Yo soy HaShem vuestro D’s«.

Y así lo afirmaron nuestros sabios, de bendita memoria, al decir que antes de que HaShem comenzara a castigar a los egipcios con plagas le dijo a Moshé que ordene al pueblo de Israel las reglas de liberación de los siervos. La intención fue que antes de salir de Egipto los hijos de Israel asuman el deber de ser considerados con su servidumbre el día que se transformen en hombres libres y dispongan de esclavos para su servicio; no deberán abusar de ellos y tras seis años de trabajos, liberarlos al iniciarse el séptimo, así como el obsequiarles generosos presentes (Talmud Jerosolimitano Tratado de Rosh HaShaná 3:5).

En la salida de Egipto ocurrió algo definitivamente maravilloso. Todas las naciones que logran liberarse del yugo de sus opresores se ensoberbecen y se transforman en los avasalladores de sus anteriores amos. Sin embargo, en el caso del pueblo de Israel incluso después de que los egipcios fueron duramente castigados, no intentaron oprimirlos y avasallarlos sino simplemente se limitaron a salir en libertad. Esta fue la primera vez que la idea moral de la libertad humana se reveló en el mundo.

Por esta razón uno de los nombres que recibe esta fecha es «Jag Hajerut» o fiesta de la libertad, tal como nuestros sabios nos indicaron recitar en el rezo: «Zman Jerutenu» o «tiempo de nuestra libertad». No en vano Pesaj es la primera de las tres fiestas de peregrinación, en la cual se establece el fundamento de la libertad humana y de la responsabilidad moral de cada acto realizado tanto en el marco individual como en el colectivo. Es probable que sea esta la razón por la cual el cómputo de los años del reinado para los reyes de Israel se contaba desde el mes de Nisán, para que la idea de la libertad se encuentre en la base misma de la institución monárquica israelita.

03. Salida de Egipto – La liberación del espíritu del yugo material

Existe una diferencia radical entre el pueblo de Israel y el egipcio. La egipcia era una nación sumamente materialista con una perspectiva de mundo pagana. Por el contrario, la nación israelita se caracteriza por su perspectiva de mundo espiritual y abstracta, razón por la cual eran los únicos capaces de recibir la fe en un único D´s inmaterial, carente de cuerpo, de forma o definición material alguna. En virtud de ello el enfoque del pueblo de Israel hacia la realidad material es puro y correcto, y por lo tanto, los judíos son naturalmente recatados y se mantienen al margen de las relaciones sexuales prohibidas. Muy por el contrario, los egipcios al poseer una perspectiva de mundo tan material y poner tanto énfasis en lo tangible se vieron sumamente atraídos por la prostitución y las relaciones prohibidas. Es por ello por lo que la Torá ordena (Vaikrá-Levítico 18:3): «Como las prácticas de la tierra de Egipto -donde habéis habitado no habréis de hacer«, sobre lo cual nuestros sabios, de bendita memoria, comentaron (Torat Cohanim allí): «entre las naciones no había otra con prácticas denigrantes y abominables como la egipcia, especialmente durante la última generación de la servidumbre hebrea» (según el Maharal de Praga Guevurot HaShem cap.4).

La nación egipcia de aquel entonces alcanzó logros materiales y organizativos sorprendentes: generaron un sistema de gobierno estable, un mecanismo de riego sumamente desarrollado y una economía sofisticada (algunos de estos logros se los debían a Iosef HaTzadik). Sin embargo, estos logros materiales estaban desconectados e inclusive opuestos a los principios del mundo espiritual, y su cosmovisión era idolátrica en extremo. Ellos no creían en la existencia de un alma espiritual autónoma, sino que pensaban que ésta dependía del cuerpo para su existencia y estaba sometida a este. Se esmeraban en embalsamar los cadáveres pues pensaban que la existencia humana dependía pura y exclusivamente de la realidad corporal, aunque estuviesen ya muertos y carecieran de posibilidad alguna de moverse y hablar. Empero, para los egipcios estos continuaban existiendo en todos los demás aspectos de su realidad y por ello dedicaban ingentes esfuerzos a los efectos de construir pirámides, que no son más que esplendorosas tumbas para el cuerpo.

En la perspectiva judía de la realidad, lo material ocupa un sitial de importancia, empero, si se conforma una cosmovisión basada absolutamente en lo material, será seguro e inevitable que esta sea pagana e inmoral. Esto se debe a que todos los modelos o patrones de conducta que nos presenta la naturaleza se hallan faltos de moral. Puede haber en ellos belleza y sabiduría reflejadas en las maravillosas leyes naturales, mas carecerán necesariamente de moral. El fuerte devora al débil, los seres humanos poderosos sojuzgan a los más débiles. Según la cosmovisión idolátrica, en vez de aspirar a un escalón superior de existencia se consagra la realidad material tal cual es, con toda la injusticia y violencia que esta encierra.

Por el contrario, en la percepción del universo de la fe y lo espiritual, existe un continuo impulso por reparar el mundo, combatir la iniquidad e instaurar la justicia. Tal como profetizara Ieshaiahu-Isaías (11:4-9) sobre la redención y la conducta del Mashíaj: «…con justicia juzgará al pobre y decidirá con equidad por los débiles de la tierra, y herirá la tierra con la vara de su boca con el aliento de su labios matará al malvado. Y la rectitud ceñirá sus lomos, y la fidelidad ceñirá su cintura. Y el lobo morará con el cordero y el leopardo se acostará con el cabrito, y andarán juntos el becerro y el leoncillo y el cebón, y los conducirá un niño. Y la vaca y el oso comerán juntos; sus cachorros se acostarán juntos. Y el león comerá paja como el buey… Ellos no lastimarán ni herirán en toda Mi santa montaña, porque la tierra estará llena del conocimiento del Eterno, como las aguas cubren el mar«.

Vemos entonces que la salida de Egipto no se trata únicamente de la liberación de aquellos hijos de Israel que estaban allí esclavizados, sino que se trató de la liberación del espíritu de las cadenas de la materia. Por ello es tan importante estudiar sobre el Éxodo, al punto que nos fue ordenado todos los años en la noche del Seder vernos a nosotros mismos como si hubiéramos salido de Egipto. Por ello se nos ordenó recordar la salida de Egipto todos los días y todas las noches. En cierta forma el Shabat y cada una de las fiestas fueron instituídos como recordatorio de la salida de Egipto ya que fue allí donde el espíritu se liberó del yugo de la materia. Dado que aun no hemos concluido el proceso emancipatorio de las cadenas materiales, de las ataduras del instinto y sus bajas pasiones, desde un punto de vista espiritual todavía necesitamos continuar saliendo de Egipto y por ello es preceptivo dedicarnos a ello.

04. En la salida de Egipto la materia se transformó en el sostén (carruaje o «merkavá») de la Divina Presencia

Naturalmente, en este mundo físico los aspectos materiales son los que se perciben en primera instancia y se manifiestan de un modo pleno e intenso, mientras que, por el contrario, las cuestiones espirituales se mantienen ocultas y lleva tiempo hasta que se perciben en su debida significación. Por ello, fue natural que en un inicio los egipcios prevalecieron sobre los hijos de Israel, pues el poderío de los opresores ya se había efectivizado por completo en la realidad, mientras que nuestros antepasados se asemejaban todavía a un embrión que no había nacido. Dado que el poderío de Israel no podía aun manifestarse, los egipcios se aprovecharon de la circunstancia y los esclavizaron para así glorificarse y satisfacer sus bajas pasiones.

Sin embargo, todo esto fue para bien ya que la espiritualidad no se puede manifestar en el mundo sin una base material y esta la obtuvimos en Egipto. Durante el período en el cual los egipcios sojuzgaron a los hijos de Israel y pensaron que nos dominaban por completo, nosotros absorbimos y captamos su poder, tal cual está escrito (Shemot-Éxodo 1:7): «Empero los hijos de Israel fructificaron y proliferaron, se multiplicaron y se fortalecieron mucho, mucho y se llenó la tierra de ellos«. Cuanto más quisieron someternos y doblegarnos, más nos multiplicamos, tal cual está escrito (ídem 12): «así como lo oprimían, así se acrecentaba y así se expandía«, hasta que llegamos a ser seiscientos mil hombres en edad de alistarse en el ejército (mayores de veinte). El Maharal de Praga explica (Guevurot HaShem cap. 4 y 12) que este número es indispensable para la constitución o conformación del pueblo de Israel, y por ello al alcanzarlo y estar capacitados para la recepción de la revelación Divina el imperio egipcio se desmoronó y logramos salir para recibir la Torá en el Monte Sinaí.

Al salir de Egipto, además de ser bendecidos con abundante progenie nos hicimos de un gran patrimonio que fue la recompensa por los largos años de trabajo forzado sufridos y por lo tanto el pueblo de Israel inició su camino como nación con una firme base material, tal como está escrito (Shemot-Éxodo 3:21-22): «…y ocurrirá que, cuando hayáis de partir, no partiréis vacíos. Pedirá cada mujer de su vecina y de aquella que mora en su casa, objetos de plata y objetos de oro y ropas. Los pondréis sobre vuestros hijos y sobre vuestras hijas y vaciaréis a Egipto»

De esta manera, se hizo justicia con Egipto pues si ellos hubiesen elegido comportarse con rectitud habrían ayudado al pueblo de Israel a crecer numéricamente y a consolidarse económicamente y en virtud de ello habrían resultado doblemente bendecidos, tal como se vieron beneficiados del actuar de Iosef quien contribuyera en su momento al florecimiento económico del reino en los difíciles años de la hambruna. Empero ellos eligieron el mal, sojuzgaron al pueblo de Israel cruelmente y por ello fueron castigados con diez plagas, y así el Nombre Divino fue consagrado en todo el mundo, los malvados fueron juzgados y los israelitas salieron en libertad.

05. Significado de la prohibición del «jametz» – arrogancia para con el Creador

La prohibición de «jametz» en Pesaj encierra un carácter especialmente estricto, pues la Torá no solamente prohibió ingerirlo, sino que adicionó las prohibiciones de no ser hallado y de no ser visto en mi posesión («lo imatzé veló ieraé»). A ello nuestros sabios agregaron la prohibición de la presencia de «jametz» en mezclas, aunque sea en una ínfima proporción. Esto significa que el alejamiento del «jametz» en Pesaj es absoluto ya que en esta fiesta el «jametz» simboliza el mal, tal como está escrito en el Zohar (II 40:2) en cuanto que este producto es la inclinación al mal. Allí se explica que el «jametz» insinúa o representa la tendencia a la arrogancia, pues la masa al leudar se infla lo cual se asemeja al ensoberbecimiento y al agrandamiento de la materia tal como el arrogante se agranda a sí mismo. Por el contrario, la «matzá» nos recuerda la humildad, pues esta permanece en su dimensión natural tal como el Santo Bendito Él la creó.

Aparentemente, esta idea resulta difícil de comprender ya que si el «jametz» representa la inclinación al mal ¿por qué no se nos preceptuó de abstenernos de su consumo durante todo el año? Muy por el contrario, vemos que según nuestras fuentes una de las virtudes del ser humano es que sabe producir exquisitas hogazas de pan leudado a partir de espigas de trigo (Midrash Tanjuma Tazría 5). Para estos efectos, el Creador dotó al ser humano de inteligencia cognitiva y habilidad práctica para que pueda dedicarse al mejoramiento del mundo. El Eterno creó un mundo incompleto para que el ser humano pueda imitar el accionar Divino y participar de su reparación por medio del desarrollo de la ciencia, la tecnología y el cultivo de los hábitos de laboriosidad. Esto significa leudar y mejorar la naturaleza horneando panes leudados. De esta idea se deriva que el «jametz» es positivo.

Empero, existen dos tipos de soberbia. El primero, cuando la persona se alaba a sí misma en exceso y piensa que es más sabio, fuerte y exitoso de lo que en verdad es. Toda persona consciente entiende que esta falencia afecta negativamente la capacidad de efectivizar el potencial individual, ya que si su forma de juzgar la realidad es defectuosa será incapaz de planificar sus acciones correctamente y entonces en vez de alegrarse por sus realizaciones, toda su vida estará repleta de fallas y decepciones o desilusiones. Esta soberbia afecta negativamente al «jametz» bueno y no tiene relación alguna con la prohibición de ingerir productos leudados en Pesaj que ordena la Torá. Por el contrario, esta actitud de soberbia afecta negativamente el «jametz» bueno de todo el año pues impide que el ser humano cree cosas agradables en el mundo.

El segundo tipo de soberbia está conectado a la prohibición de «jametz» y es en la actitud hacia el Creador. Una creencia fundamental de cada judío es que D´s creó el mundo con un propósito específico y todas las cuestiones, en su raíz, dependen únicamente de Él. Si bien D´s concedió al ser humano la capacidad de desarrollar y mejorar el mundo, esto se aplica al desarrollo de las ramificaciones de la realidad creada, empero, afectar las raíces mismas de ésta no está al alcance del hombre, pues se trata de los fundamentos de la Creación Divina. El Santo Bendito Él creó el mundo y concede vitalidad a cada ser humano, escogió al pueblo de Israel para ser Su nación y les entregó Su Torá. En todo ello el ser humano no tienen permiso de influenciar. Por eso cuando una persona se presenta ante su Creador debe envolverse en una gran humildad o hacerse de ella, y esforzarse por no introducir pensamientos humanos en los fundamentos creacionales, los cuales se asemejan a la prohibición del «jametz» en Pesaj. Así como existe un defecto terrible en quien duda si cometer o no suicidio ya que está terminantemente prohibido cercenar la vida que D´s le concedió, de igual manera es sumamente dañino introducir pensamientos humanos en los fundamentos de la fe.

La fiesta de Pesaj en general y el Seder de modo particular tienen por cometido afianzar en nuestro interior los fundamentos de la fe israelita en cuanto a la existencia de un Creador Providente para con Sus creaturas que escogió al pueblo de Israel para por su intermedio revelar Su Nombre en el mundo. Cada vez que se manifiesta un fundamento de la Divinidad en el mundo, ocurre por medio de una realidad milagrosa para de esa manera dejar en claro que se trata de una acción Divina y no humana. Es por esto por lo que la salida de Egipto fue acompañada de maravillas, para publicitar que la elección del pueblo de Israel es una cuestión Divina. Asimismo, la Torá fue entregada de un modo abiertamente milagroso en una generación que vivió cuarenta años en el desierto de un modo sobrenatural, para que se sepa que se trata de una cuestión absolutamente vinculada a D´s. En otras palabras: los fundamentos de la fe se pueden percibir mas no se pueden inventar. Todo aquel que introduce un elemento o perspectiva humana en los fundamentos de nuestra fe comete una trasgresión de idolatría. El Zohar nos insinúa que el «jametz» en Pesaj está también vinculado a esta trasgresión (II 182:1).

Por ello, justamente en esta fiesta que está destinada a afianzar en nuestro interior los fundamentos de la fe se nos ordena cuidarnos de sobremanera de cualquier resto de jametz en nuestros alimentos y pertenencias, pues éste expresa nuestra arista humana, la cual está prohibido incluir en el momento en que nos ocupamos de los fundamentos de la fe y sus raíces. Sin embargo, durante el resto del año nos ocupamos de las ramificaciones de la creación, las cuales tenemos el deber de desarrollar y mejorar y entonces el «jametz» es bienvenido.

06. El significado de la «matzá»

La «matzá» es lo opuesto al «jametz» y nos recuerda nuestra humildad ante el Creador, pues, aunque el Santo Bendito Él nos otorgó fuerzas para mejorar cosas en este mundo, carecemos de acceso a las raíces o fundamentos mismos de la existencia.

Por ello en Pesaj, cuando nos ocupamos de estas raíces no introducimos ni una pizca de «jametz» en nuestros alimentos, sino que ingerimos «matzá» la cual se mantiene fina tal como fue creada sin operar proceso alguno de leudado.

Por medio de la humildad que se expresa en la «matzá» nosotros percibimos y asimilamos la fe que se reveló en la salida de Egipto, el hecho de que HaShem es Providente para con Su mundo y escogió al pueblo de Israel. Si bien ya antes de la salida de Egipto hubo personas que creían en D´s, se trataba únicamente de una conexión individual de unos pocos con la Divinidad, empero, la fe completa aun no se había revelado en el mundo. Solamente con el Éxodo, al conformarse una nación que incluye en su seno todas las capas sociales y tiene por cometido revelar la voluntad Divina en el mundo se reveló por completo la fe verdadera.

La «matzá» nos recuerda la fe. El Zohar (II 183:2) denomina a la «matzá» «pan de la fe» – «Mijla de-meEmnuta»-, pues mediante su ingestión durante el Seder acompañada de una correcta intención meditativa se logra obtenerla y mediante la ingesta de «matzá» durante los siete días de la festividad se logra afianzar esta creencia en el corazón (Prí Tzadik Maamarei Pesaj 9).

Dado que la «matzá» alude a la fe, resulta claro que todo su proceso de elaboración debe ser sumamente cuidadoso tal como lo aprenderemos en el capítulo 12. Esto obedece a que la fe es la raíz de todo y por lo tanto cualquier defecto que se encuentre en esta provocará luego una gran calamidad en el mundo.

En virtud de esto podemos entender por qué el pueblo de Israel hubo de nacer en medio de la esclavitud egipcia ya que todas las naciones se desarrollan de un modo natural de abajo hacia arriba, pasando de familia a tribu y de tribu a nación. En el correr de su desarrollo se genera una cultura que se deriva de sus condiciones de existencia, del clima de su territorio y de los distintos enfrentamientos que experimenta con sus vecinos. A partir de esa cultura se genera también la percepción o creencia de que los seres humanos participaron en su elaboración y por ello se trata de un culto idolátrico.

En cambio, el pueblo de Israel se desarrolló como nación en la esclavitud y careciendo por completo de una cultura material propia, ya que esta no era posible que surgiera mientras estaban sojuzgados y se percibían a sí mismos como inferiores, interactuando con una cultura egipcia que no les pertenecía y a la cual lógicamente detestaban por pertenecer a quienes les oprimían.

Es así como el pueblo de Israel estaba en una situación de virtual «tábula rasa» cultural, carente de preconceptos, y por ello pudo adquirir la fe verdadera que está completamente basada en la Revelación Divina y recibir la Torá de origen Celestial, sin incluir en estas consideraciones humanas. Esta es la realidad insinuada por la «matzá» que es fina y pobre en aditivos, tal como lo era el pueblo de Israel en ese entonces.

07. Quien falta el respeto a las festividades

El Tratado de Avot (3:11) explica un principio sumamente importante. «Rabí Elazar HaModaí dice: quien profana la santidad de las ofrendas del Templo y falta el respeto debido a las festividades[1]… y quien explica la Torá de una manera distante a la intención original, aunque cuente con estudio de Torá y haya cumplido los preceptos no tiene parte en el mundo venidero».

Mi maestro el Rabino Tzví Iehuda HaCohen Kuk, de bendita memoria, solía decir que es necesario comprender cómo es posible que una persona que detenta en su haber estudio y cumplimiento de preceptos no sea merecedora de acceder al mundo venidero. Esto y más, ya que por cuanto que la Mishná no detalla cuánta Torá o cuántas buenas acciones tiene esta persona en su haber, significa que, aunque se trata de un gran erudito sumamente cuidadoso en el cumplimiento de los mandamientos y abunde en buenas acciones, como le falta el respeto debido a las festividades y explica la Torá de una manera distante a la intención Divina original no accede al mundo venidero.

Es necesario entender que la persona a la cual nos referimos es sumamente respetuosa de la tradición, cumple el Seder de Pesaj en todos sus detalles con minuciosidad, pero fundamenta todo en la racionalidad humana. Explica la importancia de la festividad de Pesaj y del Seder en el hecho de que por su intermedio los mayores transmiten la tradición a la joven generación y les inculcan los fundamentos morales de la libertad humana, el propósito de mejorar el mundo; la «matzá» patentiza y agudiza la consciencia histórica israelita y las cuatro copas de vino expresan la correspondiente alegría humana. Si bien todas estas ideas son correctas y hermosas carecen de lo principal que es el hecho de que D´s eligió al pueblo de Israel entre todas las naciones y nos dio Su Torá, nos ordenó celebrar Pesaj y comer «matzot» durante la noche del Seder.

Ese judío respeta mucho el Shabat pues en este día la familia judía se amalgama y consolida, cada judío en este día puede descansar del arduo quehacer de la semana y dedicarse a temas espirituales. Esta persona incluso explica que más de lo que los judíos cuidaron al Shabat este cuidó de los judíos. Empero, elige olvidar algo, que el Santo Bendito Él nos ordenó cuidar el Shabat en todas sus reglas generales y particulares.

A esto se refiere la Mishná con el concepto de «explicar la Torá de un modo distante a la intención original» («sheló kahalajá»). Si bien la persona en cuestión se esmera en su estudio, considera que la Torá no es de origen Celestial, sino que se trata únicamente de una sabiduría humana y por ello se permite a veces darle una interpretación distante de su sentido original. Le falta el debido respeto a las festividades al considerarlas tradiciones elaboradas por seres humanos que buscan expresar diferentes ideas espirituales y de hecho niega que hayan sido ordenadas por D´s en la Torá. Por lo tanto, aunque el judío en cuestión detente estudio de Torá y la realización de buenas acciones en este mundo, por lo que es considerado una persona honorable y respetada, empero carece de conexión alguna con la santidad, no participa de la misión eterna del pueblo de Israel y por lo tanto no tendrá parte en el mundo venidero.


[1]. El sentido tradicional se refiere a quien hace de los días intermedios de las festividades de Pesaj y Sucot (Jol Hamoed) días similares a los hábiles que a los festivos (n. de t.).

08. Se debe estudiar sobre las leyes de Pesaj treinta días antes de la Festividad

Se consultan y estudian las leyes pascuales treinta días antes de Pesaj. Esto lo aprendimos de Moshé Rabenu quien explicó las leyes de Pesaj Shení que cae el 14 de Yiar, un mes antes durante la festividad de Pesaj que cae el 14 del mes de Nisán. La principal razón de esto obedece a que todo el pueblo de Israel necesitaba preparar los sacrificios pascuales previo a la fiesta y revisar que los animales a ofrendar careciesen de defecto alguno que los torne no aptos ritualmente (Talmud Babilonio Tratado de Pesajim 6(A), Tratado de Avodá Zará 5(B)).

Incluso hoy, tras la destrucción del Templo de Jerusalém, este decreto no se anuló y por ende es necesario estudiar las leyes referentes a Pesaj treinta días antes del arribo de la festividad. Como es sabido las normas pascuales son numerosas: es necesario casherizar la casa, revisar el jametz y eliminarlo, hornear las «matzot» y llevar a cabo el Seder. Hay algunos sabios medievales que consideran que el decreto se refiere a que treinta días previo a la festividad, de entre todas las consultas que se le formulan a los eruditos éstos deben responder en primer lugar las relacionadas con Pesaj, pues se trata de consultas prácticas vinculadas a la fiesta que está por venir. Según estos juristas no existe un deber específico de estudiar las leyes pascuales en esos días (Ran y Rashbá). Sin embargo, muchos de los juristas medievales entienden que el precepto de fijar un tiempo para el estudio de las leyes pascuales aplica treinta días antes de la fiesta, o sea, a partir del día 14 del mes de Adar (Purim). Asimismo, en los colegios y en las ieshivot es correcto establecer un espacio de estudio de las leyes pascuales durante ese mes.

Respecto de las demás festividades, los juristas debatieron si es necesario estudiar las leyes correspondientes con treinta días de anterioridad. Hay algunos que sostienen que el decreto en cuestión fue establecido a los efectos de prepararse para traer ofrendas al Templo y en cada una de las tres fiestas de peregrinación se traían tres sacrificios: una ofrenda de «Reiá» (por hacerse presente y ver la Divina Presencia en el Templo), una de «Shalmei Jaguigá» (ofrenda festiva) y una tercera «Shalmei Simjá» (ofrenda de agradecimiento por la alegría festiva). Por lo tanto, según esta idea es correcto estudiar las leyes correspondientes a cada celebración treinta días antes de la festividad. Otros juristas entienden que esta costumbre se aplica fundamentalmente a Pesaj por cuanto que sus halajot son numerosas y estrictas (Mishná Berurá 429:1).

Todo esto se refiere a los preparativos previos a las fiestas, empero durante estas existe un decreto antiguo de los días de Moshé Rabenu, de bendita memoria, el cual ordena que en cada festividad los judíos estudien las leyes correspondientes a la misma, así como también profundicen en su significación espiritual (Tratado de Meguilá 32(A), Maguén Abraham 429:1).

01. Cuatro preceptos en la prohibición del jametz

Hay cuatro preceptos en la Torá que se ocupan de las prohibiciones relativas al jametz, tres de carácter restrictivo y uno de carácter positivo.

La primera prohibición consiste en no ingerir jametz, tal cual está escrito (Shemot-Éxodo 13:3): “Y no se comerá pan leudo”, de lo cual nuestros sabios aprendieron que amén de prohibirse la ingesta la Torá prohíbe también obtener beneficio de este. Además, está escrito (ídem 12:20): “Todo leudo no habréis de comer” de lo cual se aprende que no sólo se prohíbe ingerir en Pesaj aquello que leuda por sí mismo, sino también aquello que leudó por contacto con otro producto. Además, es importante señalar que la Torá adjudica a la prohibición de ingerir jametz una gravedad especial, ya que el castigo por casi todas las trasgresiones alimentarias es recibir castigos corporales, mientras que quien come jametz en Pesaj recibe la pena de “Caret”, tal cual está escrito (ídem 15): “ya que todo el que coma pan leudo será truncada esa alma de Israel- desde el día primero hasta el día séptimo

La segunda prohibición consiste en no poseer jametz, tal cual está escrito (ídem 12:19): “Siete días levadura no habrá de encontrarse en vuestras casas”, levadura es el producto empleado para que leude toda la masa, empero, la intención del versículo no es prohibir únicamente la posesión de levadura, sino que también la de jametz.

La tercera prohibición se refiere a que el jametz que poseemos no sea visible, tal cual está escrito (ídem 13:7): “Panes ázimos se habrá de comer en los siete días, y no se te habrá de ver pan leudo, ni se te habrá de ver levadura en todo tu territorio”. Estas dos prohibiciones son trasgredidas únicamente por quien posee en Pesaj un volumen de jametz equivalente o mayor a una aceituna – “kazait”- (n. de t. unos 29 gramos). Sin embargo, si la persona en cuestión posee en Pesaj una cantidad de jametz menor a la medida antes mencionada no trasgrede las prohibiciones de ver ni de poseer.

Un cuarto precepto, este ya de carácter positivo, es el de cesar el jametz y la levadura de cara a la fiesta de Pesaj, tal cual está escrito (ídem 12:15): “Siete días pan ázimo comeréis, empero en el día primero haréis desaparecer la levadura de vuestras casas”.

02. El tiempo de prohibición de jametz de la Torá y el rabínico

Si bien las prohibiciones de jametz aplican principalmente para los siete días de Pesaj, esto es, desde el 15 hasta el 21 del mes de Nisán, la Torá nos ordena eliminarlo de nuestros hogares desde el mediodía del día 14.

De igual manera, la prohibición de ingerir jametz comienza al mediodía del día 14, tal cual está escrito (Deuteronomio 16:2-3): “Y sacrificarás Pesaj para HaShem tu D´s… no comerás con ella pan con levadura”, esto quiere decir que se debe dejar de ingerir jametz desde el momento en el cual se puede ofrendar el sacrificio pascual, o sea, desde el mediodía del 14. Por ello, desde el mediodía de la víspera de la fiesta de Pesaj se prohíbe ingerir jametz incluida la prohibición de la obtención de beneficio de este.

A los efectos de alejar a las personas de una posible trasgresión, los sabios adelantaron en una hora la entrada en vigor de la prohibición de la obtención de beneficio del jametz, y en dos la de ingerirlo pues en un día nublado (cuando se carece de reloj) es fácil errar en los tiempos.

Así se calculan estos horarios: se dividen las horas de luz en doce partes iguales y cada una de estas recibe la denominación de “hora temporal” (“shaá zmanit”). De esto resulta que en las primeras cuatro horas del día 14 aún se permite ingerir jametz y a partir del inicio de la quinta esto estará vedado rabínicamente, pero se podrá todavía obtener beneficio del mismo, por ejemplo, se podrá usar para alimentar con éste una bestia o venderlo a un gentil. Al comenzar la sexta hora la obtención de beneficio queda prohibida rabínicamente y quien olvidó vender los restos a un gentil deberá eliminarlo. Al llegar el mediodía, o sea, al finalizar la sexta hora, queda prohibida por la Torá tanto la ingesta de jametz como la obtención de beneficio del mismo y es menester apresurarse para eliminarlo, y cada hora que pasa sin hacerlo deja sin efecto un precepto positivo (ver adelante 3:6).

Al comenzar la fiesta se incorporan dos prohibiciones más, la de poseer jametz y la de ver el jametz que se posee («Bal Ieraé Ubal Imatzé»). Además, a partir de este momento la prohibición de ingerir se torna más grave, pues quien come jametz a partir del mediodía del día 14 de Nisán es pasible únicamente del castigo de azotes mientras que quien lo hace a partir del inicio de la festividad es pasible del castigo de “Caret”, tal cual está escrito (Shemot-Éxodo 12:15): “Siete días pan ázimo comeréis, empero en el día primero haréis desaparecer la levadura de vuestras casas”.

Una vez concluido Pesaj se permite volver a usar jametz, empero, nuestros sabios prohibieron el jametz que un judío poseyó durante la fiesta, ya que al mantenerlo consigo trasgredió las prohibiciones de no poseer y de no ver el jametz que se posee por lo que nuestros sabios lo vedaron para su ingesta o para la obtención de beneficio. En cambio, el jametz que un gentil poseyó durante Pesaj se puede ingerir y por lo tanto un judío puede adquirirlo para su consumo (Shulján Aruj 448:1-3).

03. ¿Qué son el jametz y la levadura?

El jametz que prohíbe la Torá es cualquiera de los cinco cereales que toma contacto con agua hasta que fermenta. Estos cereales son: el trigo, la cebada, el centeno, la avena y la espelta. Con estos cinco cereales se elabora el pan que es el principal alimento humano y para cuya ingestión los sabios establecieron que se recite la bendición de “Hamotzí lejem min haaretz” (“Que extraes el pan de la tierra”) y tras su ingesta la Torá nos ordena recitar el “Birkat Hamazón” (“bendición final por los alimentos”). A los efectos de que el pan sea sabroso y fácilmente digerible se fermenta su masa para que esta leude.

Hay dos maneras de fermentar la masa: el jametz y la levadura y ambos son el resultado de la mezcla de agua con harina. El jametz más común es aquel que resulta del fermento de la masa del pan y los pasteles. Este fermento se obtiene mediante el reposo de la masa y si se quiere acelerar el proceso se le agrega levadura. Ésta se obtiene mediante el reposo prolongado de la masa fermentada al punto de que su sabor se torna muy agrio y deja de ser apto para el consumo humano. La función de la levadura es la de acelerar la fermentación de los diferentes tipos de masa, tanto para pan como para repostería. En resumen, el jametz está destinado a su ingestión mientras que la levadura tiene por cometido acelerar el leudado de la masa. La Torá prohibió a ambos y su normativa es idéntica en cuanto a que quien mantiene en su haber el volumen equivalente a una aceituna de cualquiera de los dos trasgrede la prohibición de no poseer el producto en cuestión y de no ver el que se posee (Talmud Babilonio Tratado de Beitzá 7(B)).

En cambio, si se toma harina de cualquiera de estos cinco cereales, se amasa rápidamente y se ingresa al horno de inmediato, la masa no habrá de alcanzar a fermentar y tras el horneado obtendremos la matzá que es preceptivo ingerir la primera noche de la fiesta de Pesaj en recordación de la salida de Egipto, tal como está escrito (Shemot-Éxodo 12:34): “Portó el pueblo su masa antes que leudase” .De esto resulta que los mismos cereales que poseen el potencial de fermentar y transformarse en jametz son aquellos de los cuales se puede elaborar la matzá preceptiva (Talmud Babilonio Tratado de Pesajim 35(A)).

En el caso del arroz y el mijo, si bien son sumamente parecidos a los cinco cereales y pueden fermentar, el proceso del leudado no se da en estos de manera completa como en los cinco mencionados en la Torá, por lo que no recae sobre estos la prohibición del jametz y quien elabora matzá a partir de estos dos no cumple con el precepto en Pesaj.

Es importante prestar atención al hecho que la espelta (“kusmín”) es uno de los cinco cereales, mientras que el trigo sarraceno (“kusemet”) es una legumbre (Gretchke en idish), por lo que quienes comen legumbres en Pesaj tienen permitido ingerirlo y entre quienes no acostumbran a comerlo, en caso de enfermedad, esto les estará autorizado (Mishná Berurá 453:4 y 7, se debe prestar atención pues hay quienes intercambian los nombres y llaman por el nombre de la legumbre y viceversa).

04. La definición de fermentación de la masa

Tal como ya vimos, la diferencia entre jametz (pan) y matzá es que la masa del primero leudó y la del segundo no lo hizo en virtud de la fermentación operada en la masa por efecto del contacto de la harina con el agua. Normalmente, los panaderos agregan levadura a la masa para intensificar y acelerar el leudado. Empero, aunque no se emplee levadura, si se mantiene la masa en reposo suficiente tiempo esta fermentará y se hinchará. Por esto, en el proceso de elaboración de las matzot es muy importante hacerlo de prisa para que la masa no alcance a fermentar.

Mientras la masa esté en proceso de amasado no fermentará, aunque éste se prolongue por veinticuatro horas. Sin embargo, si la masa habrá de reposar por espacio de dieciocho minutos comenzará el proceso de fermentación y todas las prohibiciones relativas al jametz recaerán sobre la misma. Todo lo antedicho aplica aun sitio de temperaturas promedio, en cambio, si se trata de un sitio especialmente cálido este proceso se ve acelerado y antes de los dieciocho minutos la masa leudará.

Si se observan grietas en la masa es señal de que el proceso de fermentación se ha iniciado, aunque la masa no lleve aun dieciocho minutos de reposo y probablemente esto se deba a la elevada temperatura del lugar la cual provocó que el proceso se acelere o quizás a un amasado deficiente que no activó todas las partes de la masa y dejó algunas de esta en reposo. Aunque únicamente se hayan divisado algunas grietas en un sector de la masa, se considera que toda esta ha fermentado. Si no se divisaron grietas, pero el aspecto de la masa cambió adquiriendo un matiz plateado se lo considera “jametz nukshé”, el cual está prohibido por decreto rabínico (Shulján Aruj 459:2).

05. “Jametz Nukshé”

El jametz prohibido por la Torá es denominado “jametz gamur” o “jametz completo” por cuanto que en este concluyó el proceso de leudado y ya es apto para el consumo humano. Empero, si el proceso de fermentación se ha iniciado y aun no concluyó por lo que es apto para consumo humano en situación de gran necesidad se denomina “jametz nukshé”, el cual en la opinión mayoritaria de los juristas no está prohibido por la Torá. Los sabios lo prohibieron para evitar que las personas lo consuman por equivocación y al final terminen ingiriendo jametz. Por ejemplo, en el caso de pegamento elaborado por los escribas para pegar papeles a base de agua y harina, por cuanto que su leudado no llegó a término y no es apto para el consumo humano salvo en caso de gran necesidad, se lo considera “jametz nukshé” el cual está prohibido ingerirlo o retenerlo durante Pesaj por orden rabínica (Mishná Berurá 442:2). Sin embargo, si el pegamento en cuestión cambió de forma, por ejemplo, si ya fue empleado para adherir papeles se lo puede retener. Hay quienes adoptan una actitud más estricta y piensan que si el pegamento sobresale de entre las hojas consideran que no cambió de forma y no lo retienen en Pesaj (Shulján Aruj 459:2).

Asimismo, una masa que había comenzado en ella el proceso de leudado hasta el punto de que alcanzó una coloración platinada, empero no se agrietó su superficie tal como ocurre en el caso del «jimutz completo» se lo considera como «jametz nukshé», y por la ordenanza de los sabios está prohibido comer de ella y dejarla en nuestra posesión en Pesaj (Shulján Aruj 459:2).

06. Jametz no apto para ser ingerido por un perro

Jametz que inicialmente era completo y luego se echó a perder al punto de que ya no es apto para ser consumido por un ser humano se lo considera jametz completo o “gamur”, por cuanto que puede aun provocar la fermentación de otra masa si entra en contacto con la misma. En este aspecto la norma de kashrut que se aplica al jametz difiere de la de los demás alimentos prohibidos pues en el caso de estos últimos, en el momento en que se malogran y dejan de ser aptos para consumo humano todas las prohibiciones que recaían sobre los mismos quedan sin efecto mientras que en el caso del jametz las prohibiciones se mantienen pues puede fungir como levadura y hacer fermentar a otras masas. Sólo en el caso en que el jametz se arruinó a tal punto que ya no podrá ni siquiera ser ingerido por un perro, no entra en la categoría de alimento y ya no recae sobre el mismo la normativa en cuestión, por lo que se lo puede retener en Pesaj y obtener beneficio de este (Shulján Aruj 442:2, Mishná Berurá 10).

Sin embargo, rabínicamente no debe ser ingerido pues el hacerlo demuestra que pasa a la categoría de alimento (Mishná Berurá 442:43). La misma norma se aplica para las demás categorías de kashrut en las que si el alimento deja de ser considerado apto para perros, su ingestión por parte de un judío está igualmente prohibida rabínicamente.

La categoría de no apto para un perro se aplica únicamente cuando el pan o la levadura están tan deteriorados que no son aptos siquiera para un can. Empero, si la levadura no se estropeó tan extremamente, sino que únicamente fermentó mucho al punto de no ser apto para un perro, dado que como levadura es buena se aplican sobre ésta todas las reglas del jametz y según la Torá debe ser eliminada (Beur Halajá 442:9).

La regla según la cual jametz que ya no es apto para la ingestión de un perro pierde su carácter de tal y no debe ser eliminado aplica específicamente si el jametz en cuestión se estropeó antes de que llegue el momento en el cual se torna prohibido. Sin embargo, si al momento de entrar en vigor la prohibición del jametz este es apto para ser comido por un perro, aunque luego se estropee y ya no lo sea, es necesario eliminarlo dado que entró en la categoría de jametz que debe ser quemado, por lo que no se termina de cumplir hasta que no se lo elimina por completo (Mishná Berurá 442:9, adelante 5).

Cabe destacar que toda esta normativa aplica si en un inicio el jametz era apto para el consumo de un humano o para la elaboración de alimento humano como en el caso de la levadura, empero, si desde un principio no fue apto para humanos, aunque sí lo fuera para perros – no se aplica a este la normativa de prohibición de jametz. Sin embargo, en el caso de las raciones que se producen para perros y gatos, estas contienen a priori jametz apto para el consumo humano por lo que es preceptivo eliminarlas. Un producto que, a priori no estaba destinado para el consumo humano, pero a posteriori en caso de gran necesidad resulta comestible para éste, entra en la categoría de “jametz nukshé”, tal como se explicó en la halajá anterior.

07. Maneras de evitar la fermentación

Tal como vimos anteriormente, los cinco cereales son aquellos que en contacto con el agua fermentan, sin embargo, si son tostados al fuego pierden la posibilidad de hacerlo por lo que en un caso así por la base de la norma podrían ser mezclados con agua. Sin embargo, nuestros sabios temieron que el tostado no esté bien hecho y entonces al entrar en contacto con el agua fermenten y por lo tanto es menester cuidarse de estos al igual que de los cinco cereales que no pasaron este proceso. Si estos cereales tostados entraron en contacto con agua por dieciocho minutos en reposo y se teme que hayan fermentado, está prohibido obtener beneficio alguno de estos y deben ser eliminados (Shulján Aruj 463:3, Mishná Berurá 7).

Todo lo antedicho se refiere a granos que fueron tostados al fuego, empero si lo que se tuesta al fuego es la harina hay muchos de los juristas medievales que adoptan una actitud más flexible y entienden que no se debe temer que la harina no haya sido tostada por completo y por lo tanto se la puede mezclar con agua o en un potaje sin temor a que resulte jametz (Rashí y Rambám). Por otra parte, muchos de los sabios medievales entienden que también en el caso de la harina cabe temer que no haya sido completamente tostada (Rabenu Ierujam, Hagahot Samak, Hagaot Maimoniot y otros). De igual manera sentenciaron los sabios de las últimas generaciones en cuanto a que no se debe mezclar harina tostada con agua o con un potaje por temor a que fermente. Sin embargo, en caso de ser mezclado, si bien estará prohibido ingerirlo se lo puede conservar hasta después de Pesaj para entonces consumirlo (Mishná Berurá 463:8, Kaf HaJaím 13).

Sin embargo, en el caso de la matzá que fue correctamente horneada existe consenso en cuanto a que ésta ya no podrá fermentar, y, por lo tanto se permite dejar una matzá o trozos de esta en remojo y así es la costumbre extendida en el pueblo de Israel. Los jasídicos acostumbran a no comer matzá que fue remojada (adelante 8:2).

De igual manera, sumergir granos de trigo o harina en agua hirviendo les hace perder la capacidad de fermentación, empero los Gaonitas dispusieron que no se confíe en este tipo de procedimiento pues en la actualidad no hay quien sepa a ciencia cierta como se efectúa, y si el hervor no llegase a anular la capacidad de fermentación podría suceder un proceso inverso de fermentación rápida ya que como vimos anteriormente el calor ayuda a acelerarlo. Por lo tanto, granos de trigo o harina que fueron sumergidos en agua hirviendo estará prohibido obtener de los mismos algún beneficio y deberán ser eliminados (Shulján Aruj 454:3, Mishná Berurá13).

En el caso de harina que está expuesta a un goteo permanente de agua, aunque sea durante un día entero, no habrá de fermentar pues la caída de las gotas sacude la harina y no le permite a esta iniciar este proceso. Una vez que el goteo culmine se debe comenzar a amasar la mezcla de inmediato y hornearla. En caso de que no sea claro si el goteo fue o no constante se tratará entonces de una duda respecto de un precepto de la Torá, y por lo tanto se deberá considerar a la masa como jametz que necesita ser eliminado (Talmud Babilonio Tratado de Pesajim 39(B), Shulján Aruj 466:6).

Otra manera de evitar que la masa fermente es sumergirla en agua fría (ídem Pesajim 46(A), Shulján Aruj 457:2). Sin embargo, a priori, no se debe proceder de esta manera por temor a que el agua no esté suficientemente fría y la masa fermente (Rosh, Mishná Berurá allí 18). Harina que es amasada con jugo de fruta no fermenta en absoluto, empero si el zumo está rebajado con un poco de agua habrá de hacerlo (ver adelante 8:1).

01. Preceptos vinculados a la cesación del jametz

Eliminar el jametz que se encuentra en nuestra posesión previo a Pesaj es un precepto positivo de la Torá, tal cual está escrito (Shemot-Éxodo 12:15): “empero en el día primero cesaréis la levadura de vuestras casas”. La tradición indica que esto se refiere a eliminar el jametz hasta el mediodía del 14 de Nisán que es la víspera de Pesaj. Una prueba de que esta tradición es correcta la encontramos en la misma Torá, ya que está escrito (ídem 34:25): “No habrás de sacrificar sobre leudo la sangre de Mi sacrificio de Pesaj”, o sea, no habrás de ofrendar el sacrificio pascual si todavía posees jametz, y el horario de la faena ritual («shejitá») es a partir del mediodía del día 14 de Nisán (Talmud Babilonio Tratado de Pesajim 4(B)), Rambám Jametz 2:1). Este precepto, al igual que todos los preceptos relativos a Pesaj recae por igual tanto sobre hombres como sobre mujeres.

Todo aquel que no eliminó el jametz de su casa hasta el mediodía del 14 de Nisán, trasgrede en todo momento un precepto positivo (Mishná Berurá 443:1). Amén de no eliminar el jametz, a partir del inicio de Pesaj estará trasgrediendo otros dos preceptos, tal como está escrito (Shemot-Éxodo 12:19): “Siete días levadura no habrá de encontrarse en vuestras casas”, y también (ídem 13:7): “Panes ázimos se habrá de comer en los siete días, y no será visto pan leudo, ni se te habrá de ver levadura en todo tu territorio”. De esto resulta que mediante el cumplimiento del precepto de la eliminación del jametz quedamos a salvo de dos prohibiciones que son la de poseer jametz y la de ver el jametz que se posee («Bal Ieraé Ubal Imatzé»).

Cesar el jametz es el primero en cumplirse de una serie de preceptos vinculados a Pesaj. Tal como ya vimos, el jametz en la celebración de Pesaj expresa o representa a la inclinación al mal, y, por lo tanto, es necesario eliminarlo de nuestro hogar a los efectos de poder absorber la santidad del sacrificio pascual. Por ello, la primera preparación para Pesaj es cesar el jametz.

02. La prohibición del jametz que es de su propiedad

El jametz es una prohibición singular en la Torá ya que no sólo se prohíbe comerlo, sino que además también se prohíbe que permanezca en la casa, y todo aquel que lo mantiene en su hogar trasgrede los preceptos de ´no sea hallado´ y ´no sea visto´ en tu propiedad

De lo escrito en Shemot-Éxodo 13:7: “y no se te habrá de ver pan leudo, ni se te habrá de ver levadura en todo tu territorio” se desprende que la Torá no prohibió que en la casa de un judío haya jametz si este pertenece a un gentil o carece de dueño, pues el hincapié está en la expresión “no se te…” («Lejá»)  el cual alude al jametz que “te” pertenece, siendo este el que está prohibido poseerlo y verlo. Sin embargo, si es jametz de un gentil o carece de dueño queda fuera de esta prohibición.

Por lo tanto, si un gentil que porta jametz pasa por el patio de un judío no es necesario eliminarlo, aunque el gentil esté empleado por el judío. Otro tanto ocurre si antes de Pesaj un gentil deposita jametz en la casa de un judío, siempre y cuando este último no asuma la responsabilidad por el producto depositado, no es necesario eliminarlo, pero sí debe ser colocado tras un tabique divisorio de por lo menos diez palmos de altura para de esa manera no comer de este por error (Shulján Aruj 440:2). Otra opción es guardar bajo llave el jametz en cuestión y ocultarlo, o guardarlo en un armario y luego pegar sobre sus puertas cinta adhesiva para que esta actúe como recordatorio de su contenido si posteriormente habrá de intentar abrirlo.

Asimismo, un judío no tiene problema si un gentil ingresa a su hogar portando jametz, pero estará prohibido comer con éste en la misma mesa para evitar así errores u olvidos. Esto no se permite, aunque el judío coloque sobre la mesa una señal que le recuerde que su compañero come jametz, ya que se teme que una miga se mezcle accidentalmente en la comida del judío. Una vez que el gentil haya terminado de comer, el judío puede limpiar bien la mesa de las migas de jametz y comer sobre la misma (Shulján Aruj 440:3, Mishná Berurá 18).

03. Jametz bajo responsabilidad de un judío y qué ocurre con las acciones de empresas que lo venden

Aprendimos anteriormente que se trasgrede la prohibición de poseer jametz y de ver el jametz que se posee si éste pertenece a un judío, tal como está escrito (Shemot-Éxodo 13:7): “y no se te habrá de ver” («Ve-lo Ieraé Lejá»). De todas maneras, esto aparentemente no se comprende del todo ya que está escrito (ídem 12:19): “no habrá de encontrarse en vuestras casas” de lo cual se desprende que está prohibido que haya jametz en el hogar. Nuestros sabios explicaron que cuando el jametz pertenece a un gentil y el judío no es responsable de cuidarlo no está prohibido que este permanezca en su casa, tal como está escrito: “y no se te habrá de ver”. Sin embargo, cuando el judío asume responsabilidad por el jametz es como si este le perteneciese, y a este caso se refiere la Torá cuando ordena que “no habrá de encontrarse en vuestras casas” (Talmud Babilonio Tratado de Pesajim 5(B)).

Por lo tanto, si un judío asumió responsabilidad por una carga de jametz, este pasa a ser como propio y por lo tanto el judío en cuestión debe optar entre devolverlo al gentil o eliminarlo. A posteriori, si no le es posible devolvérselo al gentil y su eliminación implica una cuantiosa pérdida económica, podrá vender a otro gentil tanto el jametz como el sitio donde fue almacenado (Shulján Aruj 440:1, Mishná Berurá 4). Sin embargo, si el judío asumió la responsabilidad de cuidar el jametz de un gentil, pero el mismo continúa alojado donde este último, el judío no trasgrede precepto alguno (Mishná Berurá 440:7). Por lo tanto, una compañía de seguros de propiedad judía puede asegurar el jametz de un gentil ya que continúa estando bajo su propiedad efectiva.

En el caso en que un judío deposita jametz donde otro judío para que se lo cuide, ambos deberán eliminarlo, quien lo deposita por ser el dueño y quien recibe el depósito porque al asumir la responsabilidad del jametz, es como si pasase a ser propio (Shulján Aruj 440:4). Y aunque no se haya comprometido a cuidarlo debe eliminarlo. En el caso de quien compra acciones de una empresa que posee jametz, al llegar Pesaj, si como accionista tiene derecho a opinar qué se debe comprar y qué no, qué se debe tener en stock y qué no, se considera al jametz como si fuera suyo y por lo tanto trasgrede la prohibición de poseer jametz y la de ver el jametz que se posee. Empero, si carece del derecho de opinar en estas cuestiones se asemeja a todos los demás accionistas en cuanto a que la empresa en cuestión le debe un porcentaje determinado de su valor, pero los activos de la empresa no se los considera como suyos, por lo que no trasgrede con el jametz de ésta. Por lo tanto, quienes colocan su dinero en un fondo de inversión, aunque sus directivos inviertan parte del dinero en empresas que poseen jametz, los inversionistas no incurren en trasgresión alguna ya que el jametz no se considera de su propiedad. Hay juristas que adoptan una actitud más estricta a este respecto.

04. ¿Cómo se cumple con el deber de cesar el jametz?

Eliminamos el jametz de nuestros hogares de dos maneras, mediante el pensamiento y mediante la acción, de manera espiritual y de manera física. El jametz se cesa con el pensamiento mediante su anulación y desconectándonos de su propiedad considerándolo como polvo de la tierra. Esto obedece a que el jametz con el cual podemos trasgredir por posesión o visión es solamente aquel que consideramos importante. Empero, quien anula mentalmente el jametz y lo considera polvo de la tierra no trasgrede. Quien se desconecta mentalmente de la posesión del jametz tampoco trasgrede, puesto que al no ser propio no hay trasgresión con éste. Además, eliminamos el jametz en la práctica. En la noche del 14 de Nisán revisamos la casa y buscamos en esta jametz, y en el día del 14 lo eliminamos de nuestros hogares.

Si bien de acuerdo con la Torá alcanza con eliminar el jametz de una de las dos formas, para mayor seguridad, nuestros sabios estipularon que la eliminación se lleve a cabo de ambas maneras, anulándolo mediante la palabra y eliminándolo o quemándolo físicamente.

Esto se debe a que nuestros sabios, de bendita memoria, no quisieron confiarse únicamente en la anulación mediante el pensamiento puesto que podría haber judíos que no lo hagan con el corazón íntegro y por lo tanto lo dejen guardado en sus casas para ingerirlo tras concluir la fiesta, y al no anularlo con plenitud, estarían trasgrediendo la prohibición de no poseer jametz y no ver el jametz que se posee (Rashí al Tratado de Pesajim 2(A)). Además, temieron que si el jametz permanece en el hogar puede ser ingerido por equivocación y por esta razón estipularon que sea eliminado físicamente del hogar (Tosafot allí).

Por otra parte, nuestros sabios no quisieron confiarse únicamente de la revisación (en la eliminación física del jametz) por si algunos judíos no pudiesen encontrar todo el jametz alojado en sus casas, y entonces si lo ven ya entrada la fiesta de Pesaj y lo mantienen un tiempo hasta que lo queman o eliminan, en ese lapso estarán trasgrediendo la prohibición de poseer jametz y de ver el jametz que se posee. En cambio, si se anula el jametz antes de Pesaj, de encontrarlo durante la fiesta, aunque la persona se demore en quemarlo no trasgrede la prohibición antes mencionada (Mishná Berurá 434:6).

05. La esencia del precepto

Ha surgido una pregunta fundamental respecto de la esencia del precepto de cesar el jametz: ¿acaso el quid del precepto es tomarlo físicamente y cesarlo físicamente o lo principal es que un judío no lo posea?

Según la mayoría de los juristas medievales (Rambán, Morenu HaRav Joseph Colon Trabotto y otros) el quid del precepto es que el dominio de la persona esté libre de jametz y por lo tanto quien posee debe eliminarlo y quien no lo posee cumple ipso facto con el mandato de la Torá, por cuanto que su propiedad está libre de éste.

Sin embargo, de acuerdo con la opinión de otros sabios medievales (Tosafot y Ran) únicamente quien posee jametz se ve en el deber de cumplir con el precepto de la cesación y al eliminarlo de su casa cumple con el mandato de la Torá, mientras que quien carece de jametz en sus dominios está exento del mismo. Por otra parte, según esta opinión vemos que no es necesario adquirir jametz para poder cumplir con el precepto de cesarlo. De todas maneras, hay juristas de las últimas generaciones que opinan que en caso de carecer de jametz antes de Pesaj es bueno comprar un poco del mismo para poder cumplir con el precepto de cesarlo, siguiendo la opinión de aquellos que consideran que esto debe ser efectivamente realizado.

En la práctica, los justos hijos de Israel intentan cumplir con su deber con excelencia por lo que tienen el recaudo de poseer algo de jametz el día 14 de Nisán para cumplir así con el precepto de cesar el jametz en concomitancia con todas las opiniones. Esto y más, tienen el cuidado de cesar el jametz mediante su quema pues según muchos de los juristas esta es la mejor manera de hacerlo (ver adelante 5:4).

06. Horario de inicio de la prohibición de ingerir jametz y el de la prohibición de obtener beneficio de éste

El precepto de cesar el jametz debe cumplirse hasta el mediodía del 14 de Nisán y cada momento que un judío preserva su jametz después de este horario deja sin efecto este mandato. Además, a partir del mediodía entra en rigor la prohibición de la Torá de no comer jametz ni obtener beneficio de este (Rambám Hiljot Jametz Umatzá 1:8, ver arriba halajá 1). A los efectos de alejar a las personas de posibles trasgresiones nuestros sabios agregaron una hora para la prohibición de la obtención de beneficio del jametz y dos para la prohibición de su ingesta pues en un día nublado este es el margen posible de error.

Las horas se calculan del siguiente modo: se dividen las horas del día en doce partes iguales y a cada una de estas se la denomina “hora temporal” (“sha´á zmanit”). Al comenzar la quinta hora se prohíbe la ingestión de jametz, a partir del inicio de la sexta se prohíbe obtener beneficio de este y a partir del inicio de la séptima entra en rigor la prohibición de la Torá de comer jametz o tener beneficio de este.

De esto resulta que durante las primeras cuatro horas del día 14 de Nisán se permite comer jametz, a partir del inicio de la quinta pasa a estar prohibida su ingesta por prescripción rabínica, pero se permite todavía obtener beneficio de este, por ejemplo, para alimentar a un animal o para venderlo a un gentil. Al comenzar la sexta hora del día se prohíbe rabínicamente obtener beneficio del jametz y por ende como ya no se lo considera propiedad del judío no se lo puede vender a un gentil o anularlo; y por lo tanto la única manera de cesarlo es quemándolo o moliéndolo y arrojándolo después al mar o dispersándolo al viento (Shulján Aruj 443:1).

Los juristas debatieron respecto del momento a partir del cual se comienza a contar las horas del día. Según Maguén Abraham esto se hace a partir del momento en que despunta el alba, o sea, desde que se divisa la primera luminosidad en el oriente, mientras que en opinión del Gaón de Vilna el día comienza con el despuntar del sol, o sea, desde que este es divisado en el oriente. La diferencia entre el despuntar del alba y la salida del sol es de más de una hora y por ello en todos los preceptos que deben ser cumplidos en una hora específica del día se mencionan los dos horarios, el más temprano según la opinión de Maguén Abraham y el más tardío de acuerdo con la opinión del Gaón de Vilna. Esto es lo que ocurre con el precepto del recitado del “Shemá” el cual debe ser cumplido hasta el final de la tercera hora del día y otro tanto con el rezo de Shajarit que debe ser recitado hasta el final de la cuarta hora (Pninei Halajá Tefilá 11:10,14).

En la práctica, dado que el horario final para concluir la ingesta de jametz y para beneficiarse de este es de origen rabínico, la halajá final es de acuerdo con la opinión más flexible pues así se dirime en caso de duda respecto de una norma rabínica. Si bien es posible actuar de esta manera, de ser posible, es mejor adoptar la opinión más estricta.

07. Orden de cesación del jametz

Tal como ya vimos (halajá 4) nosotros cesamos (eliminamos) el jametz de nuestros hogares mediante nuestro pensamiento y mediante nuestra acción en un proceso que consta de cuatro etapas: revisación, anulación, eliminación y anulación. El proceso de cesación del jametz tiene inicio en la noche del 14 de Nisán mediante la revisación y por medio de esta nos cercioramos de que en nuestro hogar no hay más jametz que aquel que dejamos para consumir y eliminar en la mañana siguiente. Inmediatamente después de la búsqueda anulamos el jametz por vez primera y de esa manera lo cesamos mediante el pensamiento. A la mañana siguiente eliminamos en la práctica el jametz que quedó en nuestra posesión y esto se acostumbra a hacer mediante la quema. Una vez realizada esta, se anula el jametz por segunda vez y de ese modo termina de desaparecer en nuestro pensamiento. Es posible cesar el jametz de otras dos maneras, vendiéndoselo a un gentil o desentendiéndose del mismo. Vimos anteriormente que se trasgrede por posesión o por ver el jametz que se posee únicamente con aquel que es nuestro y por ende el único que debemos eliminar. Por ello, si vendemos el jametz en cuestión a un gentil o nos desentendemos de él no incurrimos en trasgresión de posesión o visión.

De esto resulta que la revisación, la eliminación y la anulación tienen por cometido acabar con el jametz, mientras que su venta o el desentendimiento del mismo tienen por objetivo quitarlo de nuestro ámbito personal para que de esa forma no trasgredamos ninguna prohibición. Por lo tanto, mediante las acciones de revisación, eliminación y anulación nosotros “luchamos” contra el jametz mientras que al venderlo o desentendernos de este desertamos del jametz. Es posible cesar el jametz por todos estos medios mencionados.

Una vez que ya aprendimos los fundamentos del precepto de cesar el jametz, en las próximas halajot aprenderemos los detalles de su cumplimiento. Primeramente, veremos las reglas de la revisación del jametz, acto mediante el cual damos inicio a nuestra pugna contra el producto, luego veremos las reglas de la anulación y la eliminación de éste. Más adelante nos ocuparemos de las reglas de venta del jametz a un gentil para quien desee preservar el valor del mismo y eximirse del deber de eliminarlo.

1. La revisación se realiza al caer la noche del día 14 de Nisán

Tal como vimos anteriormente una persona que tiene jametz en Pesaj trasgrede dos prohibiciones de la Torá; la de poseerlo (Shemot-Éxodo 13:7) y la de ver el jametz que posee (ídem 12:19). Por lo tanto, a los efectos de no infringir estas dos prohibiciones es necesario eliminar el jametz del hogar. Según la Torá alcanza con anularlo mediante la palabra, ya que tras hacerlo éste pasa a ser para quien lo eliminó cual polvo de la tierra o cual jametz que ya no le pertenece, por lo que no trasgrede ni la prohibición de poseerlo ni la de ver el que se posee. Sin embargo, nuestros sabios estipularon que no nos limitemos a anular el jametz con la palabra, sino que además lo eliminemos físicamente del hogar. Esto se debe a dos razones; la primera porque puede haber personas que declaren anular el jametz pero en realidad tengan la intención de disfrutar de este una vez pasada la fiesta, y entonces, al no haberlo anulado con plenitud de intención trasgreden las prohibiciones de poseer jametz y de ver el jametz que se posee. La segunda razón es para prevenir una situación en la cual una vez iniciada la fiesta una persona pueda encontrar en su casa un sabroso pastel, se olvide que Pesaj ya comenzó y se lo coma por error. Por lo tanto, nuestros sabios establecieron que además de anular el jametz de palabra es necesario revisar el jametz para de esa manera eliminarlo completamente del hogar. Aparentemente, el mejor momento para llevar a cabo la revisación es el día 14 poco antes del mediodía, pues es entonces que el jametz debe ser eliminado. Sin embargo, nuestros sabios establecieron que la revisación se realice el 14 por la noche pues durante el día las personas están muy ocupadas en sus quehaceres, y si la revisación se pospone hasta el 14 poco antes del mediodía se teme que esta sea olvidada. Además, a los efectos de que se puedan revisar bien los hoyos y grietas de la casa es conveniente utilizar la luz de una vela, y durante el día esta no ilumina bien pues en presencia de la luz solar el ojo humano no puede concentrarse debidamente en su tenue luminosidad. Por lo tanto, nuestros sabios estipularon que la revisación del jametz se lleve a cabo al inicio de la noche del 14, ya que en ese momento las personas suelen encontrarse en sus hogares y la luz de la vela es apropiada para la revisación (Shulján Aruj HaRav 431:5).

Empero, al iniciarse la noche las personas acostumbran a rezar Arvit por lo que primeramente debe llevarse a cabo este servicio por tratarse de un precepto frecuente y por lo tanto corresponde anticipar su cumplimiento, y posteriormente, sin mediar demora se pasa a revisar el jametz (Mishná Berurá 431:8). En el caso de quien acostumbra a rezar Arvit en un minián más tardío, que revise el jametz ni bien salen las estrellas y luego que rece en su horario habitual.

El deber de revisar el jametz recae sobre el padre de familia y en caso de que se le dificulte hacerlo por sentir debilidad o si le falla la vista puede designar a su esposa o a uno de sus hijos mayores para que lo hagan en su lugar. En el cumplimiento de este precepto no hay diferencia entre hombres y mujeres por lo que se debe confiar esta acción a quien se piensa que lo hará de la mejor manera (Aruj Hashulján 437:7). En caso de que el dueño de casa pueda llevar a cabo la revisación de modo satisfactorio, pero habrá de arribar después de la salida de las estrellas, podrá designar alguien que lo sustituya en la función y realice la revisación en su horario habitual al caer la noche. A posteriori, si no hay quien revise el jametz en su lugar, podrá hacerlo cuando regrese tarde en la noche.

02. Acciones prohibidas por nuestros sabios previo a la revisación del jametz

A los efectos de que las personas no se olviden de revisar el jametz, nuestros sabios prohibieron sentarse a comer o iniciar una labor en la media hora anterior al inicio del horario de revisación, evitando así cualquier distracción que pueda derivar en omisión. Sin embargo, se permite comer frutas o pasteles a modo de snack. Asimismo, se permite realizar labores menores que insumen poco tiempo. A partir del inicio del horario de revisación del jametz no corresponde ingerir alimento alguno o realizar labor alguna para poder así cumplir con el precepto en tiempo (Beur Halajá 431).

No se debe comenzar a estudiar Torá a partir del inicio del horario de revisación del jametz y en caso de haber comenzado antes hay juristas que permiten continuar estudiando (Beit Iosef). Sin embargo, según la opinión de muchos juristas en un caso así corresponde interrumpir el estudio al salir las estrellas para cumplir con el precepto de revisación del jametz en tiempo (Mishná Berurá 431:11, Kaf HaJaím 23). En el caso de una clase multitudinaria que se imparte de manera fija es mejor no suspenderla ya que esta no habrá de impedir que se cumpla con el precepto, por cuanto que al finalizar seguirá siendo horario apto para revisar el jametz y de suspenderse se habrá de perder el estudio de Torá de muchas personas (Shulján Aruj HaRav 431:9). Además, es conveniente que al final del estudio se recuerden unos a los otros a apurarse a revisar el jametz.

03. El recitado de la bendición

Previo a la revisación se recita la siguiente bendición: “Baruj Atá Ad-onai Elo-heinu Melej Haolám Asher Kideshanu Bemitzvotav Vetzivanu al Biur Jametz” (“Bendito Eres Tú HaShem Rey del Universo que nos consagraste con Tus preceptos y nos ordenaste eliminar el jametz”). Si bien la eliminación efectiva del jametz se lleva a cabo al día siguiente con su quema y anulación, se recita esta bendición el 14 por la noche previo a la revisación por cuanto que mediante esta se da inicio al proceso de eliminación del jametz del hogar.

No se debe hablar entre que se recita la bendición y se da inicio a la revisación y quien interrumpe para hablar de un tema no vinculado a la acción preceptiva debe volver a recitarla antes de comenzar a revisar. En caso de que la persona hable de temas no vinculados al precepto después de haber iniciado la revisación – no pierde la bendición recitada pues esta recae sobre aquello que la persona ya alcanzó a ver. A priori, durante la revisación no se debe hablar de temas ajenos a esta para que quien la lleva a cabo se concentre debidamente (Shulján Aruj 432:1, Mishná Berurá 5-6).

Una persona propietaria de varios inmuebles debe revisarlos a todos, para lo cual habrá de recitar la bendición previa a la revisación del primero y aunque estos se encuentren lejos el uno del otro lo hará solo una vez.

En el caso de quien se vio en la necesidad de ausentarse de su hogar y por lo tanto revisó el jametz antes del día 14 de Nisán, si bien su revisación es correcta no habrá de recitar la bendición. Esto se debe a que la bendición debe ser recitada únicamente a partir del día 14 por la noche cuando la revisación es contigua a la eliminación, y el jametz que se pueda encontrar en esa noche se ha de eliminar a la mañana siguiente. Asimismo, quien no pudo revisar el jametz en la noche del 14 y lo hace en la mañana de ese día o incluso ya iniciada la festividad, habrá de recitar la bendición, ya que todo aquello que ha de encontrar será eliminado de inmediato y, como vimos, en una revisación de este tipo corresponde recitar la bendición «…al beur jametz» (Ramá 436:1, Beur Halajá allí, Mishná Berurá 435:5).

04. Sitios que es necesario revisar

Deben ser revisados todos los dominios de un judío en los que se tema pueda hallarse un “kazait” (29 gramos) de jametz. Por lo que se debe revisar tanto la cocina como el salón comedor. Lo mismo se hará con las habitaciones, depósito o balcón a los que se ingresa de vez en cuando portando jametz (Shulján Aruj 433:3-4).

Los armarios de la ropa que no suelen ser utilizados durante las comidas no requieren ser revisados. Sin embargo, si hay niños pequeños en la casa los armarios deben ser revisados pues se teme que hayan jugado dentro de los armarios mientras sostenían jametz en sus manos o incluso pueden haber escondido allí jametz. En el caso de las partes altas de los armarios a las que los niños no alcanzan – no requieren ser revisados.

Se deben revisar los automóviles y también aquellos bolsos en los que a veces colocamos alimentos. En el caso de personas mayores que no suelen poner comida en sus bolsillos no precisan revisarlos. Sin embargo, es necesario revisar los bolsillos de los niños pequeños. Prendas que fueron lavadas antes de Pesaj y previo a su lavado sus bolsillos fueron vaciados – no requieren ser revisados en la noche del día 14 de Nisán (ver adelante halajá 8). En el caso de quien carece de casa no debe recitar la bendición previa a la revisación de su automóvil o sus bolsillos pues nuestros sabios estipularon que se recite bendición únicamente por la revisación de los hogares (Kaf HaJaím 433:91).

En el caso de las escaleras de un edificio de apartamentos, estas son propiedad o están bajo la responsabilidad de todos los residentes y por lo tanto todos deben revisarlas, por lo que debe designar a alguien que lo haga. No es necesario revisar patios abiertos pues de haber allí jametz se puede asumir que los animales ya se lo comieron, pero si en este hay hoyos o espacios en los cuales pudo haber, debe ser revisado pues se teme que los animales no lo hayan encontrado y por lo tanto no se lo hayan comido. Asimismo, si se sabe que en el patio en cuestión hubo jametz en la noche del 14 es necesario revisarlo pues no se puede confiar en que los animales alcancen a comerlo hasta el mediodía (Mishná Berurá 433:27, según la opinión de Mekor Jaím). Un balcón que tiene cerca, aunque esté abierto hacia el patio debe ser revisado. Áreas abiertas a todo el público no necesitan ser revisadas ya que, aunque haya en estas jametz, no se incurre en prohibición alguna por cuanto que este no pertenece a un judío específico y la prohibición de retener jametz aplica al dominio de un particular y no a los espacios públicos (Shulján Aruj 445:3, Mishná Berurá 18, la regla referente a los botes de basura se explicará adelante 5:5).

05. La vela y la linterna

Nuestros sabios estipularon que se revise el jametz a la luz de la vela pues esta es apropiada para revisar ya que se enfoca hacia los lugares dónde buscarlo. Por esta razón establecieron que la revisación se lleve a cabo por la noche, ya que entonces la luz resalta y alumbra bien los orificios o las grietas de la pared que es donde se debe centrar la revisación. Por el contrario, de día la luz del sol es muy potente y eclipsa a la de la vela y le es difícil a los ojos enfocarse en su tenue luz (Talmud Babilonio, Tratado de Pesajim 8(A)).

No se debe revisar a la luz de una antorcha, o sea una llama que asciende a partir de dos o más mechas separadas pues la flama es muy grande y puede quemar objetos en la casa, y quien revisa estará pendiente de evitar daño en vez de concentrarse en la revisación. En caso de que por error una persona revise a la luz de una antorcha no habrá cumplido con el precepto. Asimismo, tampoco se debe revisar a la luz de una vela de aceite pues en ese caso la persona estará pendiente de que no se derrame aceite sobre sus utensilios o sus vestimentas y por lo tanto no podrá introducir la vela en espacios estrechos para ver bien al interior de las grietas o los hoyos.

A priori no se debe revisar a la luz de una vela de parafina pues esta también es difícil de introducir en sitios estrechos por temor a que gotee y ensucie. Por esta razón se suele preferir el uso de velas de cera, las cuales casi que no gotean (ShuljánAruj y Mishná Berurá 433:2).

Desde el punto de vista de la norma, se permite revisar a la luz de una linterna pues la razón por la cual se estipuló el uso de la vela es por el carácter focalizado de su luz, y la luz de la linterna cumple con ese requisito. Más aun, la linterna tiene la ventaja de que no se teme que queme o ensucie y si se trata de un buen artefacto su luz es más potente y mejor enfocada que la de la vela. Sin embargo, hay quienes adoptan una actitud estricta y no usan linternas pues nuestros sabios dedujeron de los versículos que lo mejor es hacerlo a la luz de la vela (Talmud Babilonio Tratado de Pesajim 7(B)). Empero, una linterna puede ser considerada como vela pues el filamento incandescente hace de llama y la batería de aceite (ver Shearim Metzuianim Bahalajá 111:4, Iejavé Da´at 1:4, Sidur Pesaj Kehiljató 13:10).

En la práctica, toda persona puede escoger con qué revisar, con una vela tal como se acostumbró por generaciones o con una linterna cuya luz es mejor para la revisación. También se puede comenzar con una vela tal como lo hicieron nuestros antepasados y continuar con una linterna. En aquellos casos en los que quien revisa teme que la vela pueda ocasionar un incendio o si quien revisa no ve bien a la luz de esta es preferible utilizar una linterna.

06. ¿Es necesario revisar migas más pequeñas que la medida de un “kezait” (29 gramos)?

La revisación tiene por cometido buscar trozos de jametz mayores que un “kezait” pues por un trozo de jametz de este tamaño o mayor que se encuentre en el hogar se trasgrede las prohibiciones de poseer jametz y de ver el jametz que se posee. Empero, si el jametz es menor a un “kezait” no se incurre en estas dos prohibiciones. Se debe revisar todo sitio al cual se ingresa con jametz y en el caso de un hogar en el que viven niños pequeños se debe revisar en todo lugar que esté al alcance de sus manos, pero no en armarios o estantes altos a los cuales estos no llegan.

Hay quienes adoptan una actitud más estricta y entienden que la revisación tiene por cometido evitar que quede en la casa cualquier trozo de jametz apto para ser consumido, pues de ocurrir esto se teme que pueda ser ingerido durante la fiesta de Pesaj y entonces se trasgreda una prohibición de la Torá. Si bien no recae castigo sobre quien ingiere una cantidad de jametz inferior a un “kezait”, de todas maneras, la prohibición de la Torá aplica para trozos menores también. Según este argumento toda la casa debe ser minuciosamente revisada y se debe prestar atención a todas las pequeñas migajas que puedan ser jametz. Una revisación de este tipo en una casa promedio debe durar por lo menos dos horas. Sin embargo, en opinión de los juristas más estrictos tampoco se debe prestar atención a las pequeñas migajas que no muestran clara evidencia de ser alimento. De igual manera, no se debe prestar atención a migajas sucias que no son dignas de consumo humano. Por ejemplo, no es necesario revolver en las ranuras que separan a las baldosas, por cuanto que las migas que allí se encuentran son desagradables y no son dignas de consumo humano.

En la práctica la halajá es de acuerdo a la opinión más flexible, ya que la revisación del jametz es un deber de origen rabínico por cuanto que según la Torá quien anuló el jametz con su pensamiento queda liberado de la prohibición de poseerlo o verlo y ya no necesita revisar en su casa, y los sabios son quienes nos ordenaron revisar y eliminarlo amén de anularlo; en caso de una discusión entre ellos, la opinión más flexible es la que adquiere preeminencia.

Todo esto se refiere al hogar, pero aquellos sitios que habrán de albergar los alimentos de Pesaj deben ser cuidadosamente limpiados para que allí no quede ni una partícula de jametz, ya que incluso algo de esta puede inhabilitarlos.

Por lo tanto, es necesario limpiar muy bien la mesa sobre la cual se come, la mesada de mármol y las alacenas de la cocina hasta que no quede allí ni una migaja de jametz.

07. ¿Es necesario revisar los libros?

Según algunos juristas de las últimas generaciones deben revisarse todos los libros que fueron consultados en el último año, hoja por hoja, pues pudo haber caído en su interior alguna miga de jametz y como según esta opinión la revisación tiene por objetivo eliminar toda partícula de este, resulta que es necesario revisar cada hoja (Jazón Ish).

Sin embargo, de acuerdo con la opinión de aquellos juristas que entienden que la revisación tiene por objetivo encontrar trozos de jametz del tamaño de un «kezait”, es claro que no se necesita llevar a cabo una revisación tan minuciosa en cada libro pues no es razonable que allí se encuentren trozos de jametz de ese tamaño.

Incluso quienes detentan una opinión estricta y entienden que en la revisación se deben buscar trozos pequeños, fueron más flexibles en el caso de los libros, ya que no es necesario buscar trozos del tamaño de los que pueden hallarse en los libros, pues aunque se los encuentre no se teme que alguien los quiera ingerir. Por lo tanto, según la costumbre extendida no es necesario revisar cada libro hoja por hoja pues se trata de una rigurosidad innecesaria que puede llevar a perder tiempo de estudio de Torá.

Empero, es necesario tener cuidado de no traer a la mesa de Pesaj libros que no se tuvo la precaución de mantenerlos alejados de jametz durante el año, por si contienen una miga de jametz que pudiera mezclarse con los demás alimentos y el jametz en Pesaj no se anula en mezcla alguna. Sin embargo, se permite estudiar con estos libros en otra mesa. En caso de colocar uno de estos libros en la mesa sobre la cual se come, no deberá hacerlo durante una comida, y con posterioridad se deberá limpiar la mesa cuidadosamente para que no quede sobre esta miga alguna. Quien se cuida durante todo el año de mantener sus libros lejos de todo jametz, y al acercarlos a la mesa es cuidadoso de que no caiga sobre ellos partícula alguna de este, no precisa revisarlos ni siquiera según la opinión más estricta pues se los considera previamente revisados.

En el caso del mueble mismo de la biblioteca, esto depende de los residentes de la casa en cuestión; si en esta no viven niños pequeños y los adultos acostumbran a no colocar sobre el mismo alimentos – no se requerirá revisación. Si hay en la casa niños pequeños que pudieron haber introducido alimentos en el mueble, será necesario revisar entre los libros y atrás de estos. En caso de que el mueble en cuestión haya sido bien limpiado antes de Pesaj alcanza con una breve revisación.

08. ¿Se puede confiar en la limpieza efectuada antes de Pesaj?

En la mayoría de los hogares judíos se acostumbra a limpiar antes de Pesaj, y en cada sitio que se limpió bien y se tuvo cuidado de no introducir luego jametz, no es necesario efectuar una revisación concienzuda (Shaarei Teshuvá 433:1, Da´at Torá 433:2). De todas maneras, hubo juristas que adoptaron una actitud estricta al respecto y consideran que la limpieza efectuada no hace diferencia, pues los sabios nos ordenaron revisar el jametz la noche del 14 en cada hueco y cada grieta. Hubo quienes adoptaron esta actitud pues en su opinión no se puede confiar en la limpieza de la casa ya que esta no se realiza a la luz de la vela, y sólo con esta se puede percibir el jametz que se encuentra en las grietas y los hoyos.

Sin embargo, la costumbre extendida es más flexible y en todos los sitios que fueron limpiados la revisación se efectúa rápidamente. Esto es razonable ya que una vez que una habitación fue limpiada adecuadamente y luego se tuvo el recaudo de no permitir que ingrese jametz se la considera como un sitio libre de este y por la base de la norma no es necesario revisarla. Y si bien una revisación que no se realiza a la luz de la vela es insuficiente, una buena limpieza es más efectiva que la revisación. Por ejemplo, cuando se limpia un armario se retira todo su contenido y se pasa un trapo por todos sus estantes por lo que es razonable suponer que no quedó allí ninguna pequeña partícula de jametz, y la probabilidad de que haya quedado alguna es menor que la de encontrarla tras una minuciosa revisación en la noche del 14 a la luz de la vela.

De todas maneras, aunque la casa haya sido bien limpiada es obligatorio revisarla la noche del 14 a la luz de la vela recitando la bendición correspondiente, pues los alrededores del sitio donde se comió sin duda que requieren de una revisación. Además, se teme que se pudo haber olvidado limpiar alguno de los cajones, armarios o rincones y por ello la revisación debe pasar por toda la casa y cerciorarse de que todas las áreas fueron limpiadas adecuadamente. Si quien revisa el jametz no participó de la limpieza previa deberá pedir a quienes limpiaron que se paren a su lado durante la revisación, y en cada sitio que revisa deberá preguntarles si allí limpiaron adecuadamente o que marquen con una etiqueta los sitios que limpiaron bien. Todos los sitios marcados con una etiqueta pueden ser revisados de manera rápida. En una revisación ligera es también menester observar detenidamente todos los rincones de la habitación, a lo largo de las paredes y entre los muebles, abrir las puertas de los armarios y cajones en los cuales se pudo haber introducido jametz durante el año para cerciorarse que fueron limpiados adecuadamente y que así se mantuvieron. La revisación de una habitación de acuerdo con este modelo demora solamente unos minutos.

09. La colocación de trozos de jametz y la posibilidad de ser ayudado por los miembros de la familia

Se acostumbra a esconder trozos de jametz en la casa antes de la revisación para que quien revisa los encuentre, pues de no ocurrir esto es posible que la bendición haya sido recitada en vano. Empero, la verdad es otra. Aunque se revise y no se encuentre nada la bendición no resulta en vano, pues el objetivo de la búsqueda es cerciorarse de que en la casa no haya jametz y si la revisación fue realizada el objetivo fue alcanzado. Además, la bendición está orientada a todo el proceso que se inicia con la revisación y culmina con la eliminación y la anulación del jametz. En efecto, el formato de la bendición es “que nos ordenaste eliminar el jametz” y no “revisar el jametz”, por lo tanto, aunque no se encuentre migaja alguna al día siguiente se habrá de continuar con el proceso de eliminación del jametz por lo que la bendición no habrá de resultar vana (Ramá 432:2, Mishná Berurá 13).

Sin embargo, no se debe dejar sin efecto una tradición del pueblo de Israel, y el mismísimo Arí Z”l solía revisar colocando diez trozos de jametz. Hay quienes explican que esta costumbre tiene por finalidad dejar en posesión de quien revisa algo de jametz para que tenga qué anular y no olvide hacerlo. Hay quienes opinan que en virtud de esas diez migajas la persona no será negligente en la revisación (Jok Yaakov 432:14). Por lo tanto, allí donde la casa fue limpiada concienzudamente y desde el punto de vista de la norma alcanza con revisarla ligeramente, es necesario colocar las migajas en sitios que quien revise las pueda encontrar fácilmente, y en sitios que no fueron limpiados adecuadamente es menester esconder las migajas un poco más. De todas maneras, es bueno que quien esconda las migajas anote dónde las colocó para que si quien revisa no las encuentra se las pueda ubicar y eliminar.

Tras la revisación es necesario anular aquel jametz que no fue hallado y quizás quedó en la casa (tal como se verá adelante 5:1). El jametz que se encontró en la revisación y aquel que se tiene intención de comer a la mañana siguiente debe ser bien guardado para que no se esparza nuevamente por la casa.

En el caso de quien le resulte difícil revisar toda la casa que pida ayuda a los miembros de su familia. Ellos deberán estar de pie a su lado cuando recita la bendición, deberán responder “Amén” y luego se dispersarán por la casa y revisarán. En caso de que el dueño de casa no pueda revisar deberá pedir a otra persona que lo haga en su lugar y éste último será quien recite la bendición (Shulján Aruj 432:2, Mishná Berurá 10).

10. Quien viaja al extranjero

Una persona que viaja al extranjero dentro de los treinta días antes de Pesaj, o sea a partir de Purim y piensa volver a su hogar después de concluida la fiesta, debe revisar la casa antes de partir. Si bien es claro que antes de Pesaj habrá de anular su jametz, ya vimos que nuestros sabios instituyeron que además de esto la casa debe ser revisada y como se encuentra en los treinta días previos a Pesaj – recae sobre el viajero revisar la casa a la luz de la vela la última noche que pernocta en su hogar. No deberá recitar bendición por esta revisación ya que la realiza antes del tiempo estipulado por nuestros sabios (arriba 4:3).

Sin embargo, si una persona viaja antes de los treinta días previos a Pesaj, o sea, antes de Purim, no precisa revisar el jametz antes de partir y en la víspera de Pesaj habrá de anular con el pensamiento todo el jametz que posee y de esa forma quedará a salvo de las prohibiciones sobre este. Cuando regrese a su hogar después de Pesaj, si encuentra algún tipo de jametz importante – deberá eliminarlo.

En el caso de quien viaja al extranjero con la intención de regresar antes de Pesaj, nuestros sabios establecieron que, aunque parta al comienzo del año, debe previamente revisar la casa no sea que ocurra un imprevisto en el camino y no alcance a retornar para la revisación del jametz (Talmud Babilonio Tratado de Pesajim 6(A), según Rambám). En caso de que el viajero designe un emisario para que realice la revisación la noche del 14, si no regresa a tiempo no deberá revisar la casa previo a su partida. En la actualidad en que es posible llamar por teléfono desde cualquier parte del mundo, todo aquel que tenga amigos o parientes con los que pueda comunicarse y pedirles que revisen su casa, no precisa revisarla previo a su partida, pues aunque no alcance a regresar a tiempo para la revisación del jametz podrá pedir a uno de sus cercanos que lo haga en su lugar (ver Shulján Aruj 436:1-2, Mishná Berurá 9, Shaar Hatziún 10).

Los juristas han debatido respecto de quien debía revisar su casa mas partió y olvidó hacerlo. Algunos sostienen que debe regresar y si le es muy difícil hacerlo y no logró encomendar la tarea a un emisario que le sustituya, podrá conformarse con la anulación del jametz (Beur Halajá 436:1 ‘זקוק’). Una vez concluido Pesaj deberá quemar o malograr el jametz que anuló, pues si va a disfrutar de este después de la festividad pondrá en evidencia que su anulación fue nada más que vanas palabras. Otro tanto ocurre con quien anuló su jametz sin eliminarlo, una vez pasado Pesaj los sabios le prohíben tener beneficio de este o comerlo (Shulján Aruj 448:5).

Lo mejor es que quien viajó y olvidó revisar el jametz que alquile su casa a un gentil y le venda el jametz que esta contiene.

11. ¿Alquilar la casa a un gentil exime del deber de revisarla?

Hay familias que viajan durante todos los días de Pesaj, y quieren liberarse de la limpieza de la casa y de la revisación del jametz, por lo que surge la pregunta de si vendiendo la casa o alquilándola a un gentil quedan o no exentos de la revisación.

Los juristas han debatido al respecto: hay quienes adoptaron una actitud más flexible por cuanto que en víspera de Pesaj la casa no estará en su posesión ya que fue vendida o alquilada a un gentil, y por lo tanto entienden que no es necesario revisarla (Jok Yaakov, Gaón de Vilna quien coincide con Tur y Ramá). Muchos otros adoptaron una actitud estricta por cuanto que la persona en cuestión habitó esa casa dentro de los treinta días previos a Pesaj – recae sobre la misma el deber de revisar el jametz y la única manera de quedar exento de la revisación de la casa que vendió o alquiló a un gentil es mudándose a otra en la cual esté obligado a realizarla (Aví Haezrí, Shulján Aruj 436:3, Maguén Abraham y Shulján Aruj HaRav coinciden con Tur y Ramá). Además, no es correcto que un judío evite cumplir con el precepto de revisar el jametz.

En la práctica, a los efectos de actuar en concomitancia con todas las opiniones, es necesario vender o alquilar toda la casa salvo una habitación en la cual habrá de cumplir con el precepto de revisar el jametz. Y dado que allí según todas las opiniones, se cumplió con el deber de revisar ya no es necesario hacerlo en el resto de la casa que fue alquilada o vendida a un gentil.

En la tierra de Israel está prohibido vender una casa a un gentil (Shulján Aruj Ioré Deá 151:8). Por lo tanto, en el documento de venta del jametz debe especificarse que se trata de un alquiler y además de la venta del jametz que se encuentra en todas las habitaciones alquiladas y de esa manera queda exento de revisarlas.

Si se puede, es conveniente alquilar la casa antes de la noche del 14 pues hay quienes consideran que si hasta ese momento hay habitaciones en posesión del judío se verá en la obligación de revisarlas (Mekor Jaím y Jaié Adam). En caso de que sea dificultoso alquilar la casa antes de la noche del 14 de Nisán pues la mayoría de los rabinatos llevan a cabo la venta (y el alquiler) del jametz en la mañana de ese día, se puede confiar en la opinión de los juristas más flexibles. Considerando que el judío tiene la intención de alquilar las habitaciones en cuestión, no se teme que trasgreda las prohibiciones de no poseer jametz y de no ver el que posee por lo tanto no es necesario revisarlas (Binián Olám, Jatám Sofer tal como figura en Mishná Berurá 436:32).

Respecto de los utensilios de comida y el horno, es necesario limpiarlos antes de Pesaj de todo jametz real o tangible, pues si no, después de Pesaj será necesario hacerlo para no disfrutar u obtener beneficio de un jametz que pasó Pesaj. No es conveniente vender los utensilios al gentil porque pasada la fiesta será necesario llevarlos a la mikve cual utensilio que fue adquirido de un no judío (vender el jametz que está en el interior del utensilio o pegado a este resulta extraño como se verá adelante 6:4).

12. La revisación tardía del jametz y qué hace quien renta una habitación en un hotel

Nuestros sabios estipularon que se revise el jametz en la noche del 14 de Nisán, empero quien no alcanzó a hacerlo que lo haga, recitando la bendición correspondiente, el 14 por la mañana. Quien no alcanzó a revisar el jametz antes de Pesaj que lo haga durante la fiesta recitando la bendición correspondiente, y aunque haya anulado el jametz antes de Pesaj que revise durante la fiesta para cumplir así con el decreto de los sabios y para que no aparezca de repente jametz durante la fiesta, olvide la prohibición y lo termine ingiriendo. Todas estas revisaciones de jametz deben estar acompañadas del recitado de la bendición correspondiente.

En caso de que ya pasó Pesaj y se acuerda que no revisó el jametz que lo haga entonces, para no trasgredir con jametz que pasó Pesaj bajo propiedad de un judío el cual está rabínicamente prohibido, empero, esa revisación no estará acompañada del recitado de la bendición (Shulján Aruj 435:1).

En el caso de quien renta una habitación de hotel, dado que se comprometió a pagar por ella y la habitación fue puesta a su disposición y le fue entregada una llave para abrirla y cerrarla y tanto extraños como empleados del hotel pueden ingresar a esta solamente con su consentimiento, entra en la categoría de quien alquila una casa. Por lo tanto, deberá revisar el jametz de su habitación en la noche del 14 de Nisán previo recitado de la bendición correspondiente, y una vez concluida la revisación deberá anular todo el jametz que quizás pueda haber quedado en su posesión y no logró encontrar. En el caso de quien llega a un hotel en medio de la festividad deberá consultar si las habitaciones ya fueron revisadas y si solamente fueron limpiadas como de costumbre sin que se les revise el jametz, o, si la habitación fue revisada pero luego se alojó allí un gentil deberá revisarla recitando la bendición correspondiente. En el caso de una persona enferma que está internada en el hospital, en la noche del 14 deberá revisar su habitación y su armario mas sin recitar la bendición ya que la habitación no está a su disposición y en todo momento lo pueden pasar de una sala a otra o traer otros pacientes a la sala en la que pernocta.

El dueño de un hotel debe revisar el jametz en todas las habitaciones y si le es difícil hacerlo puede contratar a un emisario que lo haga en su lugar. En el caso de las habitaciones alquiladas a un gentil  o a un judío que no revisa el jametz la noche del 14 se nos presenta un problema, ya que por una parte el dueño del hotel les alquiló las habitaciones y no puede obligarlos a revisarlas, y por otra parte, si estas personas abandonan el hotel en medio de la fiesta este deberá revisar las habitaciones de inmediato y eliminar el jametz que hayan dejado, y quizás en el momento que esto sea necesario carezca de la disponibilidad de tiempo para hacerlo. En un caso así aconsejamos al propietario del hotel que antes de Pesaj alquile todas las habitaciones a un gentil y que entonces el judío sea quien funja de intermediario entre el gentil que adquirió el hotel y los clientes que alquilan las habitaciones.

13. Sinagoga, internados y yeshivot

Las sinagogas y casas de estudio requieren de revisación en la noche del 14 de Nisán pues a veces en estos lugares se come jametz. Incluso en sinagogas en las que no se acostumbra a comer los niños pequeños a veces entran con jametz en sus manos (Shulján Aruj 433:10). Sin embargo, hay duda respecto de si se debe o no recitar bendición por la revisación por lo que es mejor que quien revisa la sinagoga lo haga primero su hogar y al recitar allí la bendición tenga la intención de revisar también la sinagoga.

Muchachos y muchachas que viven en internados y pagan por ello entran en la categoría de arrendatarios y si queda en sus habitaciones un “kezait” de jametz trasgredirán la doble prohibición de no poseer jametz y de no ver el que se posee, por lo que deben revisar sus habitaciones antes de Pesaj. Si se quedan en estas durante la festividad deben revisarlas el 14 por la noche recitando la bendición correspondiente. En caso de que abandonen el internado unos días antes de Pesaj deben revisar las habitaciones la noche anterior a su partida sin recitar la bendición. Los demás salones y secciones de la yeshivá son responsabilidad de sus directivos que sean revisadas antes de Pesaj.

En el caso de quien adquirió o rentó una casa antes de Pesaj, aunque todavía no entró a vivir en esta debe revisarla por la eventualidad que quedaran restos de jametz, y como ahora está el bien a su disposición estará trasgrediendo las prohibiciones de poseer jametz y ver el jametz que se posee. En caso de que posea otra casa en la cual cumpla con el precepto de revisar el jametz, puede alquilar o vender la casa nueva a un gentil y de esa manera eximirse del deber de revisar (ver arriba 4:11).

14. Jametz que se encuentra bajo un derrumbe y si es necesario revisar un depósito

Cuando piedras o tierra se derrumban sobre jametz, si queda enterrado a una profundidad menor a los tres palmos (unos 24 cm.), por cuanto que un perro puede olerlo y revolver la tierra para encontrarlo y tomarlo no se lo considera eliminado por lo que debe ser extraído antes de Pesaj para eliminarlo.

Si el jametz quedó cubierto por más de tres palmos se lo considera eliminado y no se trasgrede con este las prohibiciones de no poseer jametz ni ver el jametz que se posee; no es necesario extraerlo para eliminarlo pero si anularlo, no sea que durante la fiesta se retiren algunas de las piedras que lo cubren y ya no esté bajo tres palmos de profundidad y se trasgreda con este las prohibiciones de poseer jametz y ver el jametz que se posee.

Asimismo, en el caso de jametz que se cayó en un pozo en el patio, si no se suele descender al pozo alcanza con anularlo y no es necesario extraerlo para eliminarlo.

Según este concepto, cuando jametz queda atrapado atrás de un armario contra la pared de modo tal que es imposible extraerlo sin desarmar el mueble o sin vaciarlo para poder moverlo, no es necesario sacarlo, sino que alcanza con anularlo (Shulján Aruj HaRav 433: 19). En el caso de jametz que se encuentra en un sitio del cual es posible extraerlo mas esto resulta trabajoso, se le puede echar detergente o hipoclorito de sodio y de esa manera malograrlo al punto de que no se le pueda ya considerar alimento, por cuanto que ya no es apto ni para el consumo de un perro y por lo tanto no es necesario eliminarlo.

En el caso de un depósito en el cual se colocan objetos que ya no son de utilidad, o se lo llena con diversas mercancías y no se tiene intención de vaciarlo hasta pasado Pesaj, no es necesario revisarlo para ver si bajo los objetos depositados hay jametz – alcanza con anular el poco jametz que quizás haya allí. Empero, si el depósito fue llenado en los treinta días previos a Pesaj, por cuanto que en ese período ya es preceptivo prepararse para la festividad, se debió revisar antes de ingresarle la nueva mercadería y si esto no se hizo previamente deberá revisarse el día 14 por la noche (Shulján Aruj 436:1). En caso de que sea difícil mover todos los objetos o toda la mercadería para llevar a cabo la revisación se lo podrá vender o alquilar a un gentil y eximirse así de este deber.

01. La anulación del jametz de noche y de día

Tal como ya aprendimos (arriba 3:4) se cumple con el precepto de cesar el jametz de dos maneras: mediante la acción práctica y mediante el pensamiento. El orden para la cesación del jametz consiste en cuatro pasos: la revisación del jametz y posteriormente su primera anulación que se lleva a cabo en la noche del 14 de Nisán, la eliminación del jametz al día siguiente y su posterior segunda anulación. Habiendo ya estudiado las halajot de la revisación del jametz pasemos a estudiar las correspondientes a su anulación.

Inmediatamente después de la revisación eliminamos el jametz de manera espiritual mediante la anulación.  A los efectos de simplificar esta labor se redactó un formato de anulación en idioma arameo pues fue compuesto en un tiempo en el cual las grandes masas judías entendían únicamente esta lengua.

Este es el formato de la anulación (versión ashkenazí): «Kol jamira Vejamía Deika Birshutei, Deló Jazitei Udeló Biartei, Livtil Ulehavei Hefker Keafra Deara», que puede también ser recitado en hebreo: «Kol Jametz Useor Sheiesh Birshutí, Sheló Reitiv Usheló Biartiv, Ibatel Vihié Keafar Haaretz» («Todo leudo o levadura que se encuentre en mi posesión y no lo haya visto y no lo haya eliminado que sea anulado y se transforme en polvo de la tierra»)  (En la versión sefaradí se recuerda solamente el jametz pues este incluye a la levadura. Asimismo, se recuerda solamente la cuestión de la anulación pues esta incluye la renuncia a su propiedad, ver Jazón Ovadiá p. 32).

Tras la eliminación práctica del jametz que tiene lugar en la mañana del día 14 de Nisán (tal como se vio en la halajá 3) este vuelve a ser anulado. Si bien ya fue anulado el 14 por la noche tras la revisación, esta primera anulación se refiere a aquel jametz que pasó desapercibido o que no se encontró al revisar, mientras que el jametz que se tiene la intención de ingerir en la cena y en el desayuno no se puede anular pues es de importancia para nosotros. Además, el jametz que encontramos tampoco es anulado porque tenemos la intención de cesarlo a la mañana siguiente mediante su quemado. Más aun, si tuviésemos la intención de anular por la noche el jametz que habremos de comer por la mañana esta sería una demostración de que en realidad se trató solamente de un formalismo y por lo tanto resultó inútil. Es así como en la noche anulamos únicamente el jametz que no logramos encontrar en la revisación y no aquel que guardamos para las comidas faltantes y para lo que será quemado. Dado que es posible que hayamos pasado por alto u olvidado parte de este jametz, lo volvemos a anular por la mañana para no incurrir en las prohibiciones de haber poseído y haber visto el jametz que poseemos. Es necesario tener el cuidado de anular el jametz hasta el final de la quinta hora, pues al entrar la sexta pasa a estar prohibido obtener beneficio de este y ya no es posible anularlo (Shulján Aruj Oraj Jaím 434:2).

El formato de la anulación de la mañana es levemente diferente al de la noche, pues en este último se anula solamente el jametz que no se encontró en la revisación, mientras que en el matutino se anula todo el jametz por completo. Este es el texto de la anulación de la mañana: «Kol Jamirá VaJamiá Deika Birshutei, Dejazitei Udeló Jazitei, Debiartei Udeló Biartei Libtil Ulehavei Hefker Keafra Deara«. Su traducción al hebreo es: «Kol Jametz Useor Sheiesh Birshutí, Shereitiv Ushelo Reitiv, Shebiartiv Usheló Biartiv, Ibatel Vihié Keafar Haaretz» («Todo leudo o levadura que se encuentra en mi posesión, si lo vi o si no lo vi, si lo eliminé o si no lo eliminé, que sea anulado y se transforme en polvo de la tierra»).

02. La significación de la anulación del jametz

La versión de la anulación del jametz que mencionamos está en la lengua aramea pues fue redactada en un tiempo en el cual la mayoría del pueblo entendía esa lengua, empero se puede recitar en hebreo o cualquier otro idioma y lo más importante es que su contenido sea comprendido. Quien recitó la versión aramea y no entendió su significado general que es la anulación del jametz, y pensó que se trata de un rezo previo a Pesaj – no anuló su leudo (Mishná Berurá 434:9).

Respecto del significado de la anulación del jametz hay dos interpretaciones: según Rashí y Rambán el ser humano tiene la posibilidad o capacidad de anular el jametz. Esta normativa es singular a este producto, pues según la Torá, el jametz en Pesaj no tiene valor ni recibe consideración alguna ya que está prohibido obtener cualquier beneficio de este, y por lo tanto es comparable al polvo de la tierra. Sin embargo, para una cuestión tiene todavía importancia y es que si se queda en la casa se trasgrede las prohibiciones de poseer y ver el jametz que se posee («Bal Ieraé Ubal Imatzé»), empero si su dueño lo anuló antes del inicio de la prohibición, resulta que actúa conforme a la opinión de la Torá según la cual basta con la anulación y, por lo tanto, aunque le quede algún resto no trasgredirá con este prohibición alguna.

Los autores de las Tosafot entendieron que la anulación es válida ya que por su intermedio el jametz deja de ser propiedad de la persona que lo anula y nuestros sabios ya explicaron que la prohibición de ver jametz se aplica a aquel que es de nuestra propiedad, pero aquel que no nos pertenece podemos verlo. Por lo tanto, es claro que quien renunció a su propiedad sobre el jametz ya no habrá de trasgredir por poseerlo o verlo. Resulta entonces que para la primera línea interpretativa la anulación está dirigida al jametz propiamente dicho, mientras que para la segunda la anulación va dirigida a la persona que se aparta del mismo.

En la versión ashkenazí se toma en cuenta ambas interpretaciones, por lo que se mencionan tanto la anulación como la renuncia a la propiedad. En la versión sefaradí se recuerda únicamente la anulación que incluye la renuncia a la propiedad, pues al ser anulado implícitamente cesa el vínculo de pertenencia (arriba halajá 1).

03. Reglas referentes a la anulación del jametz

Según la opinión mayoritaria de los juristas medievales (Rishonim), la base de la norma no requiere que se recite el formato de la anulación sino que es suficiente con anularlo “con su corazón” (para sus adentros), esto es, aceptar en el pensamiento que el jametz está anulado y se lo considera polvo de la tierra. Empero, a priori es necesario anular el jametz verbalmente para que de esta forma el procedimiento sea claro y explícito. Además, muchos de los juristas medievales (Rishonim) consideran que la anulación debe ser expresada verbalmente. Todos coinciden en que la anulación no precisa ser declarada delante de otros, sino que alcanza con que la persona la recite para sí misma y hay quienes lo hacen frente a su familia para recordarles que deben cumplir con el precepto.

La anulación del jametz debe ser hecha con plena aceptación y corazón íntegro (de buena gana), esto significa que la persona debe estar de acuerdo con que el jametz en cuestión será nulo para ella y que no lo habrá de usar pasado Pesaj. Sin embargo, si tiene intención de emplearlo después de pasada la fiesta su anulación no es válida y trasgrede por el jametz poseído y visto (“Bal Ieraé Ubal Imatzé”). Incluso si se desentiende de su jametz en un sitio público deberá de pensar en no volver a obtenerlo después de Pesaj pues si no su renuncia a la propiedad no es completa (Mishná Berurá 445:18).

Tal como vimos anteriormente (arriba 3:4), según la Torá la anulación es suficiente para cesar el jametz, y aunque a la persona le haya quedado una importante cantidad de este puede igualmente anularlo y de esa manera no trasgrede las prohibiciones de poseer y de ver su jametz (“Bal Ieraé Ubal Imatzé”). Esto es así siempre y cuando la anulación sea completa y la persona asuma que nunca más volverá a disfrutar del jametz. Empero, nuestros sabios temieron que esta anulación no sea íntegra o completa por lo que instituyeron que se elimine el jametz de la casa. Sin embargo, a posteriori, si una persona olvidó eliminar el jametz de su hogar y llegó la víspera de Pesaj y se encuentra lejos de este, alcanzará con que lo elimine y ni bien regrese deberá quemarlo de inmediato. Incluso si llega a su casa en vísperas de Pesaj deberá eliminarlo pues de no hacerlo, demostrará retroactivamente que su anulación no fue sincera (Shulján Aruj 448:5, Mishná Berurá 25).

La norma permite anular el jametz mediante un enviado o representante (“Shelíaj”), empero, a priori es preferible que el dueño lo anule por sí mismo, pues hay quienes consideran que sólo este puede hacerlo (Shulján Aruj 434:4, Mishná Berurá 15).