De todo lo que estudiamos surge que incluso después de lavar un utensilio de metal con detergente, el deber de kasherizar un utensilio en el cual se cocinó un alimento taref se mantuvo vigente. Asimismo, es preciso kasherizar un utensilio cárnico en el cual se cocinó lácteo y viceversa. Y la norma que aplica para los utensilios de metal es la misma que rige para los de vidrio (ver arriba halajá 5).
No obstante, cuando las autoridades halájicas debatieron respecto de si es preciso temer por el sabor expelido de los utensilios, mientras se sepa que los de metal o de vidrio fueron bien lavados con detergente, será preciso dictaminar la halajá en conformidad con la opinión de los que detentan la actitud flexible. Así se procede en el caso de la norma de un saborizante de segundo orden (nat bar nat – notén ta’am bar notén ta’am) y en la norma que aplica a un alimento picante (jarif), tal como se explicará más adelante (halajot 11 y 12), ya que es preciso decir que todo aquello sobre lo que se debatió se refiere a utensilios de loza que absorben sabores o utensilios de metal o vidrio que no fueron lavados con detergente, pero en el caso de los utensilios de metal o vidrio que fueron bien lavados con detergente -estarán de acuerdo con que la halajá final es conforme la opinión de los que detentan la actitud flexible, ya que sabemos que no expelen sabores.