08 – Algunas leyes referentes al flujo menstrual

Por lo general la menstruación dura algunos días, tanto bajo la forma de flujo abundante (shfiá) como de pequeñas gotas (zilufim) que se interrumpen y se renuevan, pero el lapso de la menstruación se fija de acuerdo con su inicio (Shulján Aruj 184:6, Ramá 189:13).

Los periodos menstruales se fijan de acuerdo con un flujo de sangre que sale de la mujer y viene acompañado de la sensación de menstruar y no de acuerdo con la aparición de manchas, aunque estas impurifiquen (Raavad, Sulján Aruj 190:54).

Una mujer que se hubiere descuidado en el cálculo del lapso en el cual deberá apartarse de su cónyuge, y no sepa cuando deberá hacerlo, aunque tuviere o no un período regular, tendrá permitido cohabitar todos los días. Esto es así ya que el deber de distanciarse en el lapso contiguo a la llegada de la menstruación tiene su origen en una prescripción rabínica, y en caso de duda respecto de una norma rabínica, se dicta la halajá de acuerdo con la opinión más flexible (lehakel) (Javat Da’at 184:4, Minjat Ptaím, ver Jatam Sofer Yoré Deá 166). Sin embargo, a los efectos de que no se produzca un inconveniente de ese tipo, toda mujer debe conducir un registro exacto del momento de llegada de la menstruación en cada mes, y en la medida que llegare acompañada de sensaciones particulares, deberá también señalarlas, de modo tal que sepa cuándo deberá apartarse de su cónyuge y pueda también saber si su flujo menstrual es o no regular.

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Conjunto de libros Peninei Halajá en español /11 volúmenes
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