08 – Las personas enfermas

Todo alimento prohibido que es necesario con el fin de sanar a una persona enferma que está en situación de riesgo (jolé sheiesh bo sakaná) –está permitido, dado que la salvaguarda de la vida (pikuaj nefesh) antecede en importancia a todos los preceptos de la Torá. Pero en el caso de una persona enferma cuya afección no reporta situación de riesgo (sheein bo sakaná) no se permite darle de comer alimentos prohibidos.

Sin embargo, respecto de la costumbre aceptada de esperar seis horas, si la persona enferma precisa ingerir leche tras haber comido carne, podrá esperar solo una hora, mas deberá tener el recaudo de cepillarse los dientes y enjuagar la boca antes de hacerlo (Aruj HaShulján 89:7).

Índice de halajot en el capítulo

Índice de capítulos

Conjunto de libros Peninei Halajá en español /11 volúmenes
Ordenar ahora