La mujer que posee un flujo menstrual fijo tiene solamente un lapso de distanciamiento, que es aquel en el cual supuestamente debería recibir el siguiente período. El flujo menstrual fijo (kavúa) es determinado cuando se presenta de manera regular tres veces consecutivas.
Existen diferentes tipos de regularidad: el período entre menstruaciones (veset hahaflagá) se establece luego de que durante tres veces consecutivas hubo un tiempo equivalente entre las menstruaciones, por ejemplo, tras treinta y cinco días en el lapso diurno, por lo que, a partir de entonces, los cónyuges deberán separarse siempre, cada mes, una vez pasados treinta y cinco días desde el comienzo de la menstruación pasada durante el lapso diurno.
El período mensual (veset hajodesh) se fija una vez que durante tres veces consecutivas la menstruación hizo su aparición en la misma fecha del mes hebreo y en el mismo lapso (diurno o nocturno), por lo que a partir de entonces los cónyuges deberán separarse cada mes en la misma fecha y en el mismo lapso. De igual manera, en todo caso en el cual la menstruación llegare tres veces consecutivas de manera cíclica y regular, la mujer fija su flujo menstrual, y de ahí en adelante los cónyuges solamente deberán distanciarse en el lapso regular fijo (veset hakavúa) de la mujer.
La mujer que tuviere un período menstrual fijo y este cambiare, y viere sangre en un momento que no es el de su menstruación regular, en el próximo período deberá cuidarse en tres lapsos: 1) el de su menstruación fija (veset kavúa); 2) el lapso del mes (onat hajodesh) partiendo de la última observación; 3) en el lapso entre menstruaciones (onat hahaflagá) partiendo de la observación anterior. Sin embargo, esta mujer no deberá tomar en cuenta el lapso mediano (oná beinonit) ya que la norma del distanciamiento en el lapso mediano aplica únicamente para aquella mujer que carece de un período menstrual regular. Y si durante tres veces consecutivas la mujer viere sangre en días que no son sus días fijos, quedará sin efecto para ella el estatus de menstruación fija (veset kavúa) y se le aplicará la normativa correspondiente a la mujer que carece de menstruación regular.
A veces, sucede que una mujer posee una menstruación ‘semirregular’, por lo cual no sabe exactamente qué día habrá de ver sangre, pero sabe que su ciclo menstrual se extiende por no más de veintinueve días, o cuanto menos treinta y dos. Por lo tanto, esta mujer deberá tomar en consideración el conteo entre menstruaciones desde la menstruación pasada y no al lapso mediano ni al mensual, dado que estos recaen sobre días en los que ella sabe que no habrá de ver sangre. Una menstruación ‘semirregular’ se establece de acuerdo con lo ocurrido en tres períodos menstruales consecutivos.