08 – El significado de los cercos protectores establecidos por los sabios

En todos los mandamientos, la Torá nos preceptúa sobre el grueso de la prohibición, sin embargo, existe una zona gris en torno a la prohibición absoluta, la cual no está proscrita por la Torá, pero implica problemas y complicaciones, porque quienes allí se encuentran, son pasibles de incurrir en la transgresión de una prohibición. Y la Torá les ordenó a los sabios de Israel que profundicen en el tratamiento de la zona gris que rodea las prohibiciones de la Torá y establezcan cercos protectores para que por su intermedio los hijos de Israel puedan cumplir los preceptos de la Torá (ver Likutei Halajot de Rabí Natán – Hiljot Ta’arovot 1:8).
Sobre esto fue dicho (Vaikrá-Levítico 18:30): “Y habréis de cuidar Mi observancia”, o sea: “habrán de hacer un resguardo a Mi custodia – (Asú mishmeret lemishmartí)” (Tratado de Yevamot 21(A)). Y la Torá le ordenó al pueblo de Israel que cumpla los decretos de los sabios, tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 17:11): “No te apartes de la sentencia que te habrán de aclarar ni a la derecha ni a la izquierda” (ver Tratado de Shabat 23(A)). O sea, los preceptos de HaShem se presentan en dos niveles, el de la Torá Escrita y el de la Torá Oral. Las palabras de la Torá Escrita expresan la idea Celestial Superior que define el fundamento del precepto, y las palabras de los sabios de la Torá Oral establecen el marco en el cual la norma habrá de implementarse en el mundo práctico.
Cuando el Primer Templo estaban en pie, y la Divina Presencia reposaba sobre el pueblo de Israel, así como la Palabra de HaShem se revelaba por medio de Sus siervos los profetas, los sabios hacían menos cercos protectores a la Torá y se confiaba más en que las revelaciones de santidad y la profecía evitarían que el pueblo de Israel pecara. Sin embargo, tras la destrucción del Primer Templo y la suspensión de la profecía a inicios de los días del Segundo Templo, los miembros de la Gran Asamblea, entre los que se encontraban también los últimos profetas, coincidieron en que para reforzar el estatus de la Torá y los preceptos en el seno del pueblo de Israel era preciso instituir cercos a la Torá (Tratado de Avot 1:1). Así, comenzó la era de los sabios, que son quienes instauraron el imperio de la Torá en el seno del pueblo de Israel, y gracias a ellos, durante todos los años del exilio el pueblo judío siguió apegado a la ley de Moshé, a la observancia de los preceptos y a la expectativa del arribo de la redención (tal como se explica en el artículo de nuestro maestro el Rav Kuk titulado: “Jajam adif minaví – Un sabio es preferible a un profeta”, Likutei Torá LaAdmor HaZaken IV 57:3, Pninei Halajá Zmanim 11:6).
Tal como parece, en lo que respecta a la prohibición de nidá, mientras el Primer y Segundo Templo existieron y se practicaba la pureza en el pueblo de Israel, los sabios se abstuvieron de establecer cercos protectores a la norma que agregasen días de veda para el contacto, tal como lo hicieron con el resto de las prohibiciones, ya que equiparar la prohibición de nidá a la de zavá y la sangre pura a la impura habría alterado a las leyes de la Torá. Por ejemplo, tras pasar por la impureza de zavá, las mujeres debían traer al Templo un sacrificio, lo cual no ocurre en el caso de la impureza de nidá. Y tal como escribiera Rabí Meir Simja de Dwinsk (Meshej Jojmá a Shemot-Éxodo 12:22), cuando se reconstruya el Templo de Jerusalém, pronto en nuestros días, quedará sin efecto el decreto de Rabí que equipara las leyes de la mujer nidá a las de la mujer zavá. Asimismo, agregar días de impureza obstruiría la observancia de los preceptos vinculados al Templo y a las normas de los alimentos puros, porque alejaría a las mujeres de la posibilidad de ascender al Santuario y comer en éste alimentos en estado de pureza (taharot). Además, en numerosos hogares en los que se observaban las leyes de la pureza familiar, en sus días impuros la mujer acostumbraba a retirarse a los aposentos de su casa y no tocar ni los alimentos ni las bebidas de los demás miembros de la familia, y usaba únicamente sus vestimentas y utensilios impuros destinados específicamente para esos días (ver Rambán a Vaikrá-Levítico 12:4), por lo que agregar días de impureza le tornaría la vida mucho más pesada. Sin embargo, por otra parte, los sabios establecieron cercos protectores en lo que respecta a la pureza (taharot) y a los alimentos consagrados (kodashim), y estas normas fungieron a su vez como cercos protectores para las prohibiciones de nidá y zavá.
Tras la destrucción del Segundo Templo, cuando muchos de los hijos de Israel se vieron exiliados de su tierra y quedaron sin efecto las reglas de la pureza ligadas al Santuario, se empequeñecieron los corazones y se olvidaron las tradiciones, y hubo quienes se equivocaban y confundían los días puros con los impuros, y la sangre pura con la impura, y por lo tanto, en un proceso gradual los sabios establecieron diferentes cercos protectores que fueron sumando días de prohibición al contacto. Tal como aprendimos (en las halajot 6 y 7), cerca de ciento cincuenta años después de la destrucción del Segundo Templo Rabí estableció que una mujer nidá que viera sangre durante tres días cuente siete días limpios tal como lo hace la zavá. Y en caso de que la viera por uno o dos días, que cuente seis días limpios. Y para no generar confusión entre la nidá y la zavá, las mujeres del pueblo de Israel acostumbraron que también quien viere sangre uno o dos días, contase siete días limpios. Dado que ello no implica un aumento importante en la rigurosidad (jumrá) de la norma sino solamente agrega un día de alejamiento en casos poco frecuentes, los sabios aceptaron esta práctica y le dieron el estatus de dictamen halájico (halajá pesuká). Asimismo, hubo un acuerdo entre los sabios de no diferenciar entre la sangre pura y la impura y adoptar la actitud estricta con todas las tonalidades sanguíneas. En total, como resultado de todos estos cercos protectores establecidos, se agregaron unos cinco o seis días de prohibición de contacto cada mes.

Índice de halajot en el capítulo

Índice de capítulos

Conjunto de libros Peninei Halajá en español /11 volúmenes
Ordenar ahora
Pninei Halajá We use cookies to ensure the website functions properly and improve user experience. You can choose which types of cookies to enable.
Cookie Selection