“Jatzitzá”, se refiere a un elemento adherido al cuerpo o a los cabellos, que cuando la mujer se sumerge en el agua impide que el agua tome contacto con ellos. Según la Torá, la ‘jatzitzá’ ejerce su interrupción o interposición solo si se cumplen dos condiciones: 1) Que esta se extienda sobre la mayor parte del cuerpo o del cabello de la mujer que se sumerge. 2) Que se trate de algo que se suele tener el recaudo de retirarlo.
Nuestros sabios agregaron y establecieron un cerco protector en torno a la norma de la Torá al decretar que, aunque se cumpla únicamente una de las condiciones –estaremos ante un caso de ‘jatzitzá’. Esto es, aunque hubiere sobre la mayoría del cuerpo o del cabello algo que se interpone entre el cuerpo y el agua que no se suele tener el recaudo de retirarlo, se estará ante una ‘jatzitzá’. Y asimismo, aunque lo que se interpone fuere algo minúsculo pero que se suele tener el recaudo de retirarlo – estaremos ante un caso de ‘jatzitzá’. Por lo tanto, el pegamento, la miel, el excremento, el lodo endurecido, una secreción ocular ya seca y similares que se adhiriesen al cuerpo o al cabello, aunque tan solo lo hicieren sobre un sitio muy pequeño -implicarán una ‘jatzitzá’, por cuanto que solemos tener el recaudo de retirarlos (Mishná Tratado de Mikvaot 9:2, Shulján Aruj 198:7, 12 -16).
Empero una ‘jatzitzá’ sobre una parte pequeña del cuerpo que la mujer no toma el recaudo de quitarla, y que la mayoría de las mujeres tampoco suelen hacerlo, no se considera ‘jatzitzá’ por cuanto que resulta secundaria respecto del cuerpo. Por lo tanto, el maquillaje que se aplica sobre los ojos, el esmalte de uñas o un gel que se les diere cuerpo a estas, dado que las mujeres no desean retirarlos, sino que, todo lo contrario, desean que se mantengan, mientras que estén bien hechos resultan secundarios respecto del cuerpo y no se los considera como ‘jatzitzá’. Pero si se han deteriorado al grado de que llegan a un estado en el cual comúnmente se los quita, no se los considera secundarios respecto del cuerpo y se consideran una interposición (Tratado de Eruvín 4(B), Tratado de Nidá 67(B), Shulján Aruj 198:1, 8 y 17. Respecto del maquillaje y las uñas ver adelante en las halajot 12 y 13).
Una ‘jatzitzá’ que en ocasiones las mujeres están interesadas en removerla no es secundaria respecto del cuerpo y se considera que se interpone entre el cuerpo y el agua. Por lo tanto, una prenda o una joya que van ajustadas al cuerpo y el agua no consigue ingresar bajo estas, dado que a veces las mujeres desean retirarlas para que no se ensucien, se las considera como ‘jatzitzá’. De no estar ajustadas al cuerpo, no se interponen por cuanto que el agua puede ingresar debajo de ambas (Shulján Aruj 198:1-2, 23).
En el caso de un anillo que está tan ajustado al dedo que el agua no puede ingresar debajo suyo, si la mujer no tiene el recaudo de retirarlo en tiempos específicos, no se lo considera jatzitzá. Pero un anillo que a veces se tiene el recaudo de retirar, por ejemplo, uno que posee grabados especiales y suele ser retirado a la hora de amasar para que no quede masa adherida en sus relieves, se lo considera jatzitzá. Si el anillo no estuviere ajustado, dado que el agua puede pasar debajo suyo, no se la considera interposición.
De manera similar, los arietes y collares que se sujetan al cuerpo, si la mujer que debe sumergirse jamás tiene el recaudo de quitárselos, no se consideran jatzitzá, y si hay momentos en los que sí se los retira, serán jatzitzá (Shulján Aruj 198:23, Gan Hamelej 123).
Todo esto, es de acuerdo con la Halajá básica, pero a priori, las mujeres piadosas suelen proceder con excelencia y previo a la inmersión ritual acostumbran a quitarse toda vestimenta, joya o maquillaje (Ramá 198:1). Solamente cuando surge una necesidad específica proceden según la Halajá básica. Por ejemplo, cuando una mujer desea maquillarse, y su inmersión va a tener lugar en la noche del Shabat (viernes por la noche), que se sumerja con un maquillaje a prueba de agua, pues desde el punto de vista de la Halajá el maquillaje no representa una jatzitzá (adelante 12).
Asimismo, cuando una mujer se ve en la necesidad de realizar su inmersión ritual en el mar y teme quitarse la ropa, podrá sumergirse vistiendo prendas flojas que permitan que el agua ingrese debajo de estas. En caso de que vista un traje de baño ajustado, tras ingresar al mar, que levante cada una de sus partes para que la sección del cuerpo que se encuentra debajo suyo se moje y así, incluso después de que el traje de baño regrese a su sitio, podrá sumergirse con él, ya que el agua del mar se conectará con la humedad que se encuentra debajo de este y envolverá la totalidad de su cuerpo.
Estos son los principios fundamentales de las leyes de interrupción del contacto del cuerpo con el agua (jatzitzá), y sus detalles, así como los distintos interrogantes referidos a casos especiales se explicarán al final del presente capítulo en las halajot 12-16.