07 – Las ofrendas y los diezmos

01- El precepto

Es preceptivo para los hijos de Israel separar ofrendas (terumot) y diezmos (ma’asrot) de los cereales y los frutos que se cultivan en la tierra de Israel. El precepto consiste en cuatro elementos. Dos relativos a las ofrendas y dos relativos a los diezmos. Es por esto por lo que se mencionan en plural, como ofrendas y diezmos, dos ofrendas y dos diezmos.

Las ofrendas son sagradas, están destinadas a los cohanim (sacerdotes) y estos deben ingerirlas en estado de pureza. El primer diezmo (ma’aser rishón) está destinado a los miembros de la tribu de leví, y dado que carece de santidad puede ser ingerido sin limitación alguna. En cuanto al destino del diezmo suplementario que se separa, este dependerá del año del ciclo sabático. En los años 1, 2, 4 y 5 se denomina ‘segundo diezmo’ (ma’aser shení) y debe ser llevado a Jerusalém para ser ingerido en estado de pureza. En los años 3 y 6, este diezmo es entregado a los pobres y recibe el nombre de ‘diezmo del pobre’ (ma’aser aní), y dado que carece de santidad, puede ser ingerido sin limitante alguna.

Desde que el Templo de Jerusalém fue destruido no podemos cumplir el precepto de separar ofrendas y diezmos como corresponde. En primer lugar, los cohanim no pueden comer las ofrendas porque deben ser ingeridas en estado de pureza, y en la actualidad, todas las personas, incluidos los cohanim, son consideradas impuras por efecto de la impureza del muerto. Esto es así ya que todo individuo que haya tocado un cuerpo muerto, o bien haya permanecido bajo el mismo techo donde había un cadáver o haya tenido contacto con un objeto metálico previamente tocado por una persona fallecida – quedará impuro, y solamente podrá purificarse por medio de la aplicación de agua con cenizas de vaca roja, y a raíz de la destrucción del Santuario y el subsiguiente exilio, el procedimiento purificatorio quedó sin efecto.

En segundo lugar, los frutos del segundo diezmo deben ser ingeridos en Jerusalém en estado de pureza junto al altar, y además del hecho de que no podemos purificarnos, tanto el Templo como su altar fueron destruidos. También enfrentamos problemas en lo referente al ‘primer diezmo’ que está destinado a los leviím, pues desde la destrucción del Santuario quedó sin efecto la labor de los cohanim y de los leviím en el Santuario, y como ya no resulta necesario revisar el abolengo de su genealogía, ocurre que cuando deseamos otorgarles el diezmo surge de inmediato la duda respecto de su ascendencia. No obstante, en la práctica, es preciso cumplir con el diezmo y otorgarlo a aquellos leviím que se dedican al estudio de la Torá (ver adelante 9:8).

El único diezmo que puede cumplirse en la actualidad a priori y sin que medie duda alguna es el ‘del pobre’, que debe separarse en el tercero y sexto año del ciclo sabático (además, dado que la mayoría de la nación reside en el exilio, según la opinión mayoritaria de los juristas, en la actualidad este precepto se cumple únicamente por prescripción rabínica tal como se explicará adelante 12:11).

En la práctica, si bien el objetivo inicial de las ofrendas y de los diezmos casi que no puede manifestarse en la actualidad, el deber de observar este precepto no ha perimido, y es por medio de su cumplimiento que recordamos la gran visión que encierra, y a través de su observancia los alimentos que ingerimos se santifican al conectarse con los valores sagrados. Mientras no se separe de los frutos cosechados tanto las ofrendas como los diezmos estará prohibido ingerirlos, y en el lenguaje de los sabios se denominan ‘tevel‘, que en hebreo significa ‘no es bueno’ (tov-lo), por no ser apropiados para su ingestión, y además, se prohíbe utilizarlos para sembrar (Rambám Hiljot Ma’aser 6:3).

En este capítulo explicaremos las reglas generales del precepto y sus significados, tal como debe ser observado a priori en un estado correcto de cosas. En los capítulos subsiguientes explicaremos las reglas generales de sus halajot y el modo de cumplirlas en nuestros días.

02- ¿Cómo se cumplen las cuatro partes del precepto?

Es precepto de la Torá separar ofrendas y diezmos según su orden (Rambám Hiljot Terumot 3:23).

1) En primer lugar, se debe separar la gran ofrenda (terumá guedolá) para el cohen, y tal como le fue dicho a Aharon (Bamidbar-Números 18:12): «Toda grosura de aceite y todo lo mejor del mosto y del cereal, sus primicias, lo que ofrezcan ante HaShem, para ti te los he dado». De acuerdo con la Torá la terumá guedolá no tiene una medida especificada y cada uno está en su derecho de contribuir lo que guste, y quien aportase una sola espiga de trigo de todo un granero habrá cumplido con el precepto. Sin embargo, nuestros sabios establecieron una cantidad y fijaron que una persona común debe separar un cincuentavo de sus frutos (2%), mientras que las mezquinas (ba’alei ayin ra’á o ‘los poseedores de un mirar sesgado’) separan un sesentavo (1.67%), al tiempo que las generosas (ba’alei ayin tová o los de mirar benevolente) un cuarentavo (2.5%). Es preceptivo separar la ‘terumá guedolá’ de manera estimativa (‘a ojo’ – baomed) para que así la voluntad del corazón pueda manifestarse, y por ello, incluso después de que los sabios establecieron el porcentaje, ordenaron separarlo a ojo, sin pesarlo, medirlo o contar los frutos (Talmud Jerosolimitano Tratado de Terumot 1:4, de acuerdo con Bamidbar-Números 18:27).

2) El ‘primer diezmo’ (ma’aser rishon): Luego, se separa una décima parte de los frutos restantes para el leví, tal como fue dicho (Bamidbar-Números 18:21): «Y a los hijos de Leví Yo he dado todo diezmo de Israel por heredad, a cambio de su servicio, ya que ellos prestan servicio en la Tienda de Reunión».

3) La ‘ofrenda del diezmo‘ (terumat ma’aser): Del diezmo que se entrega al leví, este debe a su vez separar un diezmo que es la décima parte de la décima parte, y entregárselo al cohen. Tal como fue dicho (ídem 26-28): «Pero a los leviím habrás de hablar y les dirás: Cuando toméis de los hijos de Israel el diezmo que os he otorgado a vosotros de ellos, para vuestra posesión, habréis de separar de él la ofrenda de HaShem, un diezmo del diezmo…la ofrenda de HaShem, a Aharon el cohen». Tras separarse la ofrenda del diezmo, solían quedar en manos del leví un 9% del total de los frutos, al tiempo que el cohen, que recibía dos ofrendas, se quedaba con aproximadamente un 3%.

4) Tras la separación del primer diezmo (ma’aser rishon) se separa otro diezmo de los frutos remanentes. En los años 1,2,4 y 5 del ciclo sabático se lo denomina ‘segundo diezmo’ (ma’aser shení), queda en manos del propietario de la producción y es él quien deberá traer los frutos a Jerusalém para comerlos allí en estado de pureza. En los años 3 y 6 este diezmo se denomina ‘diezmo del pobre’ (ma’aser aní) y es entregado a las personas necesitadas.

La correcta estructura de la nación de Israel, cuyas bases se encuentran afianzadas en la tierra y su cabezal asciende a las alturas celestiales, se apoya en gran medida en el precepto de las ofrendas y los diezmos, el cual genera un estrecho vínculo entre el mundo real y el mundo espiritual, entre quienes se ocupan de las labores agrícolas y quienes se dedican a la educación. Gracias a las ofrendas y a los diezmos que los productores separaban de sus cosechas, los cohanim y los leviím podían dedicarse a las labores espirituales, y de ese modo tanto los dadores como los beneficiarios se volvían socios en el mantenimiento de una vida plena de significado.

Esto y más, las ofrendas y los diezmos revelan los valores sagrados que se ocultan en los frutos producidos por la tierra de Israel. Por medio de la entrega de ofrendas a los cohanim, se ponen de manifiesto los anhelos por colaborar con las labores sagradas y engrandecer la Torá que anidan en el seno del pueblo de Israel.

Por medio del ‘primer diezmo’ entregado al leví, se revela la aspiración a colaborar en la labor educativa y en la enseñanza de la Torá. Durante los cuatro años que separamos el segundo diezmo, se revela la aspiración de cada individuo de nuestra nación por estar conectado por sí mismo a la santidad por medio del ascenso a Jerusalém y la ingestión de los frutos en estado de pureza. Además, los frutos encierran otra aspiración oculta, la de ayudar a los más necesitados, la cual se manifiesta a través de la separación del diezmo del pobre (como así también dejar en los campos leket, shijejá y peá para los menesterosos). Una vez que todos estos valores se manifiestan, los frutos se tornan aptos y adecuados para su consumo, para que por su intermedio podamos incrementar el vigor y la alegría para una vida significativa.

03- Las bases existenciales del estudio de la Torá en el pueblo de Israel

El rol de los cohanim y los leviím es el de fungir como estudiosos de la Torá y educadores en el pueblo de Israel, tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 33:10): «Habrán de enseñar Tus leyes a Ya’akov y Tu Torá a Israel». Asimismo, fue dicho (ídem 17:8-9): «Cuando te quedare oculto a ti un caso para juicio: entre sangre y sangre, entre pleito y pleito, o entre herida’ y herida, casos de controversias en tus ciudades… te levantarás y ascenderás al lugar que habrá elegido HaShem tu D’s. Y te allegarás a los cohanim de la tribu de Leví o al juez que hubiere en aquellos días… e inquirirás y te aclararán el veredicto del juicio». A los efectos de que los cohanim y los leviím estén dispersos por todo el país y disponibles para su labor espiritual, esto es, estudiar y enseñar, la propia Torá estableció que no se les adjudiquen parcelas en la tierra de Israel sino que cada tribu les otorgue ciudades en su heredad, tal como fue dicho (Bamidbar-Números 35:1-8): «Habló HaShem a Moshé… Ordena a los hijos de Israel que den a los leviím de la herencia de su posesión, ciudades para habitar y ejido para las ciudades en sus derredores habréis de dar a los leviím. Y serán las ciudades para ellos, para habitar; y sus ejidos serán para sus animales y para sus ganados y para toda su subsistencia…Todas las ciudades, que habréis de dar a los leviím: cuarenta y ocho ciudades, ellas y sus ejidos…del numeroso tomaréis más y del reducido tomaréis menos. Cada cual de acuerdo con su herencia que haya de heredar dará de sus ciudades a los leviím».

Esto es, los cohanim y los leviím recibieron sitios donde residir amén de terrenos para sus pertenencias, pero no se les adjudicó tierra para cultivar su alimento, sino que se nutrían de las ofrendas y los diezmos que recibían del pueblo de Israel, tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 18:1-2): «No habrá para los cohanim, los leviím ni toda la tribu de Leví parte ni heredad con Israel; los sacrificios ofrecidos a HaShem y Su ofrenda habrán de comer. Empero heredad no habrá para él en medio de sus hermanos; HaShem es su heredad, como Él se lo ha hablado». En efecto, eso es lo que hicieron los hijos de Israel en los días de Yehoshúa, tal como fue dicho (Yehoshúa-Josué 21:3): «Y dieron los hijos de Israel a los leviím de su heredad conforme al mandato de HaShem, estas ciudades y sus terrenos alrededor…». Con el correr de las generaciones, en la medida que fue necesario, les fueron adjudicados a los cohanim y a los leviím tanto ciudades como terrenos suplementarios, como fue el caso de las localidades de Nov y Anatot.

Dado que el objetivo final de las ofrendas destinadas a los cohanim y los diezmos destinados a los leviím es ayudarles en su rol espiritual, es preceptivo entregarlas a aquellos de entre estos que sean ‘talmidei jajamim’, es decir, personas dedicadas plenamente a la Torá, que la estudian y la enseñan, tal como ordenara el rey Jizkiahu (Ezequías) en el Libro Segundo de Crónicas (31:4): «Y le dijo al pueblo residente en Jerusalém que entregara la porción de los cohanim y de los leviím para que estos se reforzaran en el estudio de la Torá de HaShem».

En caso de que no existan cohanim y leviím que se dediquen al estudio de la Torá, el deber de entregar las ofrendas y los diezmos se mantiene igualmente vigente, y es preciso entregarlos a los cohanim y a los leviím que no lo hacen, ya que la totalidad de la tribu está en su derecho de recibirlos por cuanto que carece de heredad en el país. Y si bien momentáneamente los obsequios se entregan a cohanim y a leviím que no son estudiosos (talmidei jajamim), ni bien se presenten algunos que sí lo sean, se deberá volver a entregar los obsequios a ellos.

Más allá del hecho que la tribu de Leví fue fijada como la responsable por el estudio de la Torá y su enseñanza al pueblo de Israel, todo judío que así lo desee puede consagrar su vida a la Torá, a estudiarla y a enseñarla (Rambám Hiljot Shemitá Veyovel 13:13).

Dado que las ofrendas y los diezmos no estaban destinadas a los estudiosos israelitas que deseaban entregarse al estudio, ellos debían limitar el trabajo en sus campos y conformarse con un estilo de vida austero a los efectos de poder hacerlo. Lógicamente, aquellas personas que optaron por ello eran especialmente capaces, esmeradas y virtuosas, y por ende, alcanzaban niveles muy elevados de conocimientos de la Torá, superiores al grado promedio que detentaban los hijos de la tribu de Leví, y por lo tanto, muchos de ellos llegaron a ocupar jefaturas de yeshivot, fungieron como jueces en tribunales y como miembros del Sanhedrín.

En algunas ocasiones, los miembros de sus familias les ayudaban a mantenerse, como en el caso de Zevulún e Yssajar, y en otras, el público les pagaba para que no trabajasen y dedicasen su tiempo a la enseñanza o a impartir justicia. Aun así, el importantísimo rol de la tribu de Leví mantenía su vigencia, pues recaía sobre ellos la responsabilidad general por la continuidad de la existencia de la Torá en el seno del pueblo de Israel, así como también la instrucción de los niños pequeños y grandes, la fijación de horarios para la instrucción de los adultos, la mediación pacífica de pleitos entre simples contendientes y entre cónyuges, la prestación de ayuda emocional a los necesitados y la rehabilitación tanto de los asesinos como de los criminales.

Sobre esta sólida base, los israelitas que se consagraban al estudio de la Torá agregaban un nivel importantísimo en su engrandecimiento y enaltecimiento, en el dictado de la Halajá y en el enriquecimiento de la vida social en todas las áreas de las que se ocupaban los miembros de la tribu de Leví (la instrucción del diezmo de los ingresos económicos tiene por objetivo continuar la función de las ofrendas y los diezmos, pasando de centrarse en el área agrícola para hacerlo en las labores profesionales y en los negocios).

04- La distribución de los obsequios

Los dueños de los frutos producidos tienen el privilegio de poder escoger a qué cohen entregarle las ofrendas y a qué leví otorgarle los diezmos, tal como fue dicho (Bamidbar-Números 5:10): «Empero, cada hombre, lo que consagrare, de él será: cuando el hombre se lo diere al cohen, para él será».

Este derecho generó un vínculo personal de los israelitas con los cohanim y los leviím y motivó a estos últimos a dedicarse plenamente a su labor sagrada en el seno de los miembros de sus comunidades, para que, por su parte, estos deseen otorgarles sus obsequios.

Quien se esmeraba en la enseñanza de la Torá a niños y adultos, y las personas recibían de él tanto aliento como consejo, tenía el privilegio de ser el preferido a la hora de la entrega de los obsequios. Por otra parte, quien ignoraba a los miembros de su comunidad, los trataba displicentemente o era perezoso en la misión de la enseñanza de la Torá, recibía un trato semejante a la hora de la distribución.

Una vez que el cohen recibe los frutos de la ofrenda, estos pasan a ser de su propiedad, puede vendérselos a otros cohanim para que los ingieran en estado de pureza y con el dinero recibido es libre de comprar lo que desee (Tratado de Julín 131(A)). Sin embargo, dado que un cohen tiene prohibido comerciar con las terumot (Mishná Shevi’ít 7:3), no debería llegarse a una situación en la cual cohanim y leviím determinados -por quienes el público tiene un especial cariño y respeto en virtud de su sabiduría y dedicación- reciban obsequios en demasía al tiempo que sus compañeros no perciban nada, ya que los regalos consisten en alimentos, y luego de que los cohanim y los leviím más admirados hubieren satisfecho todos sus menesteres abundantemente, ya no tiene sentido continuar trayéndoles obsequios que sus familias no podrían consumir.

En un caso así, para el dueño del campo resultaba más conveniente trabar contacto con otros cohanim o leviím que estuvieren más disponibles de tiempo para entablar con ellos una relación espiritual y de estudio, y posteriormente entregarles sus obsequios. De ese modo se establecía un vínculo continuo entre la totalidad de los israelitas y el conjunto de los cohanim y leviím, de manera que los miembros más dedicados de la tribu de Leví resultaban privilegiados ya que recibían primeros su sustento y con abundancia, al tiempo que aquellos que exhibían un semblante menos afable y no se habían esmerado lo suficiente en la instrucción de sus alumnos, recibían un menor número de obsequios. En años difíciles y de cosechas escasas, no había suficientes obsequios para mantener a todos los cohanim y a todos los leviím, por lo que quienes no servían a sus comunidades como correspondía podían padecer de carestía.

Según el orden aceptado, los cohanim y los leviím que estaban vinculados al propietario del campo llegaban al punto de recolección de los frutos para recibir sus obsequios, ya que era deber del dueño de la producción separar las ofrendas y los diezmos, mas no conducirlos a las casas de los beneficiarios. Para el caso de que los cohanim y los leviím no se presentasen en el campo, nuestros sabios establecieron que el productor lleve los obsequios hasta sus hogares o contrate empleados que lo hagan, y por su parte, los beneficiarios debían pagar el precio que solía abonarse por el transporte (Tratado de Julín 134(B), Rambám Hilkot Terumot 12:17). Obviamente, cuando el dueño del campo deseaba entregar los obsequios a un cohen o un leví que eran eruditos en la Torá, él mismo se ofrecía a realizar el envío para no interrumpirlos en su estudio.

Los cohanim y los leviím tenían prohibido tomar los obsequios sin permiso, y asimismo, tenían también prohibido ayudar al dueño del campo en su labor para que este a su vez les otorgase las ofrendas o los diezmos, ya que mediante ese proceder atentaban contra el bienestar de sus compañeros y profanaban el Nombre Divino. Quienes así procedían, denigraban su sagrado rol y es de suponer que tampoco enseñaban Torá como correspondía, y sobre ellos dijo el profeta Malají (Malaquías) (2:8-9): “Mas vosotros os habéis apartado del camino; habéis hecho incurrir en el error a muchos en la ley; habéis corrompido el pacto de Leví, dice HaShem Tseva-ot (de las Huestes). Por tanto, Yo también os he hecho viles y bajos ante todo el pueblo, tal como vosotros no habéis guardado Mis caminos, y al aplicar la Torá tratáis desigualmente a las personas”.

Además, los cohanim y los leviím tienen prohibido solicitar sus ofrendas o diezmos de un modo no honorable, pues estos obsequios son de HaShem, y Él ordenó entregárselos dignamente, como fue dicho (Bamidbar-Números 18:8): “Pero Yo te he entregado a ti la custodia de Mis ofrendas, todas las ofrendas sacras de los hijos de Israel a ti te las he conferido para distinción …” para que puedan enseñar Torá dignamente, tal como fue dicho “Pues los labios del sacerdote custodian el conocimiento, Y la Torá habrán de buscar de su boca, pues él es  enviado de HaShem Tseva-ot (de las Huestes)” (Tratado de Bejorot 26(B), Tosafot 51(B) ‘הלכך’, Rambám Hiljot Terumot 12:18-19).

05- Reglas de la ingestión de las ofrendas

El cohen, su esposa y sus hijos comen de las ofrendas (terumot), ya que no solamente el cohen está vinculado a las labores sagradas, sino que todos los miembros de su familia comparten con él su misión de vida, y deben también mantenerse en estado de pureza para poder ingerir de las ofrendas.

Una hija de cohen casada con alguien que no lo es (un ‘ajeno’ o ‘extraño’), esto es con un leví o un israelita, deja de ingerir de las ofrendas. En caso de enviudar o divorciarse, si no le quedase un hijo o una hija de su exmarido, regresa al hogar paterno donde comerá de las ofrendas, pero en caso de haberlo tenido, no las ingerirá, tal como fue dicho (Vaikrá-Levítico 22:12-13): «Y la hija de un cohen, cuando estuviere desposada a un hombre ajeno no podrá comer de la ofrenda sacra. Empero la hija de un cohen, si fuere viuda o divorciada, y no tuviere descendencia podrá volver a la casa de su padre y comerá del pan de su padre como en su juventud». Por el contrario, una muchacha israelita casada con un cohen comerá con este de las ofrendas. En caso de enviudar o divorciarse, si no le quedase vástago alguno de su exmarido, volverá a su estatus de israelita y no comerá de la ofrenda. En caso de que le quedase un hijo o hija de su exmarido, aunque tan solo sea un nieto o una nieta, continuará en su estatus sacerdotal junto a su descendiente. En caso de que volviera a casarse, pero con un israelita, aunque tuviera un hijo del cohen, dejará de ingerir de las ofrendas (Rambám Hiljot Terumot 6:7-12, y cap. 17).

Previo a la ingesta de la ofrenda, además de la bendición por el disfrute (birkat hanehenín), los cohanim recitan también: «Bendito eres Tú HaShem, nuestro D’s, Rey del universo, que nos santificó con la santidad de Aharón y nos ordenó comer de la ofrenda» (Baruj Atá Ad-onai Eloh-einu Melej HaOlam Asher Kideshanu Bikdusható Shel Aharón Vetzivanu Leejol Terumá) (Rambám ídem 16, 22).

La ofrenda o terumá se puede comer, beber o untar sobre la piel, se ingiere en el caso de un producto que suele comerse, se bebe en el caso de un producto que suele beberse y se aplica sobre la piel en caso de tratarse de un producto que suele untarse sobre el cuerpo. Sin embargo, no se aplicará vino sobre la piel. De igual manera, no se permite ingerir o beber la ofrenda de un modo no habitual, pues quien así lo hace echa a perder la terumá y transgrede una prohibición (Rambám ídem 11:1-9, ver en Pninei Halajá Sheviít 4:1: א).

06- Pureza e impureza en las ofrendas

La función del cohen es la de conectar al pueblo de Israel con HaShem, y una de las condiciones para ejercerla es el cuidado de la pureza, por lo que solamente en ese estado puede comer de la ofrenda. Para ello, las familias de cohanim y sus niños debían tener el cuidado de no impurificarse ellos, ni sus vestimentas ni sus utensilios. Las reglas de pureza e impureza son sumamente numerosas y complejas, por lo que hemos de recordar solamente algunas de ellas.

En términos generales la impureza está asociada a la muerte, por ello una persona fallecida es «el principio primero de la impureza» (aví avot hatumá). Un judío o un utensilio que tienen contacto con el muerto o permanecen con este en la ‘tienda’, esto es, comparten con él un mismo techo – se transforman en «principio de impureza» (av hatumá). Para que un judío que se impurificó de un muerto pueda purificarse, deberá contar siete días y será preciso asperjar sobre él agua con ceniza de vaca roja en los días tercero y séptimo, y en este último día deberá también realizar una inmersión ritual. Un grado inferior de impureza afecta al hombre que registra un flujo en su órgano reproductor (zav), así como también a la mujer menstruante o en el período de apartamiento de su pareja (nidá). En este caso, la impureza proviene de algo que podría haber generado vida, pero feneció, y a ambas personas se las considera «principio de impureza». El hombre o la mujer que registran un flujo de su órgano reproductor (zav o zavá), y la mujer en su período menstrual y de alejamiento de su pareja (nidá), se purifican por medio del conteo de siete días y de la inmersión ritual sin que medie el asperjado de agua con ceniza de vaca roja.

Una persona u objeto que tuviesen contacto con un ‘principio de impureza’, esto es, un hombre o mujer que registrasen un flujo de su órgano reproductor, o una mujer en período menstrual y de apartamiento (nidá) – se impurificará, y luego, tras realizar la inmersión ritual y una vez concluida la jornada – quedará puro.

El cadáver de un animal o reptil (nevelá o sheretz) impurifica en el grado de «principio de impureza», y todo individuo o utensilio que entrasen en contacto con estos se impurificará, y luego, tras realizar la inmersión ritual y una vez concluida la jornada – se purificará. Los utensilios de piedra o de tierra no adquieren impureza.

Es también preciso cuidar que los frutos de la ofrenda no se impurifiquen, y si tras haber sido cortados se mojasen por medio de uno de los siete líquidos (agua, vino, miel, aceite de oliva, leche, rocío o sangre) se tornarán pasibles de impurificarse, y si los tocase una persona impura, incluso después de que se hubiesen secado – se impurificarán. No obstante, si los frutos no se hubiesen mojado, no serán pasibles de impurificarse, y aunque tuviesen contacto con una persona o un utensilio impuros – no se impurificarán.

Si bien las terumot están destinadas a ser ingeridas por los cohanim en estado de pureza, aunque los frutos se hubiesen impurificado, es preciso separar de estos ofrendas, tal como fue dicho (Bamidbar-Números 18:8): «Yo te he entregado a ti la custodia de Mis ofrendas», ‘tanto de las puras como de las impuras’. Cuando la ofrenda es pura se destina para su ingestión, y cuando se impurifica es quemada, y es preferible que el cohen tenga disfrute o beneficio de la quema, por ejemplo, use frutas impuras para hacer arder su horno, o si se trata de aceite, que lo emplee para encender velas (Tratado de Shabat 25(A), Rambám Hiljot Terumot 2:14-15).

07- La diferencia entre los cohanim y los leviím

Durante la mayor parte del año los cohanim y los leviím residían en sus ciudades especiales a lo largo y ancho del país, y cuando llegaba el turno de su familia de servir en el Santuario ascendían a la ciudad de Jerusalém. La labor del Templo y los sacrificios recaía principalmente sobre los cohanim, al tiempo que los leviím colaboraban por medio de dos funciones: 1) Cuidar los portones del Templo. 2) Acompañar la ofrenda de sacrificios cantando y tocando instrumentos musicales. A estos efectos, los leviím establecieron coros y orquestas instrumentales. Cuando los cohanim y los leviím se encontraban en el Templo, los primeros se alimentaban a base de trozos de carne de los sacrificios que se les destinaban, así como también de las oblaciones (menajot) y las primicias (bikurim). Por su parte, los leviím se alimentaban de los frutos provenientes del segundo diezmo (ma’aser shení) que los israelitas traían consigo a la ciudad de Jerusalém, tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 14:26-7):  «…y habrás de comerlo allí, ante HaShem tu D’s, y te regocijaras tú y tu familia. Empero al leví que está en tus ciudades, no lo abandones, ya que no tiene ni parte ni heredad contigo», así como también de la carne de los sacrificios de acción de gracias (shelamím) y del diezmo de los animales que los israelitas sacrificaban, tal como fue dicho (ídem 12:18-19): «Pues solamente ante HaShem tu D’s lo habrás de comer, en el lugar que habrá de elegir HaShem tu Ds, tú, tu hijo y tu hija, tu sirviente y tu sirvienta, y el leví que esté en tus ciudades. Te regocijarás ante HaShem tu D’s con todo lo emprendido por tu mano. ¡Cuídate! No sea que vayas a abandonar al leví, todos tus días sobre tu tierra».

Durante la mayor parte del año, mientras vivían en sus hogares, los cohanim se alimentaban de las ofrendas y los leviím del primer diezmo (ma’aser rishón). La Torá ordenó que los leviím aparten de sus diezmos una ofrenda (terumat ma’aser) para el cohen, para que de ese modo se estreche el vínculo entre leviím y cohanim.

Existe una diferencia significativa ente los cohanim y los leviím y es que las ofrendas son sagradas y no pueden ser ingeridas en estado de impureza, al tiempo que el diezmo del leví es común (julín) y puede ser ingerido en cualquier estado. De esto resulta que el modo de organización de la vida de ambos grupos era diferente, ya que los cohanim y sus familiares debían estar siempre en alerta de no impurificarse. Por su parte, los leviím, al igual que el resto del pueblo de Israel, se cuidaban de no impurificarse únicamente previo a su ascenso al Templo de Jerusalém y el resto del tiempo no precisaban hacerlo. De esto resulta que los cohanim precisaban conducirse siempre con gran cuidado, ya que su función era la de extender la santidad del Templo a todo el país y enseñar la Torá a toda la nación en un ambiente sacro. A su vez, los leviím tenían un contacto más estrecho con los israelitas, y por ende, se dedicaban más frecuentemente a la instrucción y a la educación de los niños. Dado que los leviím no precisaban cuidarse de la impureza, en caso de necesidad podían desempeñarse en otras labores.

A diferencia de estos, los cohanim recibían cuantiosos obsequios, parte de estos durante el período de trabajo en el Santuario, y por su intermedio podían prolongar su estancia en Jerusalém. Además, recibían a lo largo y ancho del país obsequios que no eran sagrados, como era el caso del brazo, la quijada y el cuajar (o estómago) de cada animal que era faenado para que pudieran mantenerse durante los períodos en los que se hallaban en estado de impureza. Había períodos en los cuales los cohanim se impurificaban, por ejemplo, cuando les fallecían familiares, las mujeres en los días impuros del mes y los hombres en caso de registrar un flujo de su órgano reproductor (zav), aquel varón que hubiere cumplido con su deber marital o hubiere registrado una polución. En todos estos casos, no podían ingerir de las ofrendas antes de realizar la inmersión ritual correspondiente y de que hubiere finalizado el día. De todas maneras, en comparación a su número en los inicios de la nación israelita, los cohanim recibían muchos más obsequios que los leviím. Tal como parece, eso condujo a que los primeros se reprodujeran relativamente más que los segundos, y puede ser que este era el objetivo de la Torá, potenciar al sacerdocio que tendía a una mayor piedad religiosa y a una mayor pureza que los leviím. A inicios de la era del Segundo Templo ya se había llegado a una situación tal que el número de cohanim era diez veces mayor que el de leviím.

08- El primer diezmo (ma’aser rishón)

Es precepto de la Torá entregar el primer diezmo al leví y no al cohen. Dado que los cohanim son también miembro de la tribu de Leví, cuando poseen frutos que son ‘tevel’ (o sea, de las que no se separaron diezmos ni ofrendas) tras separar el ‘primer diezmo’ (ma’aser rishón) se lo quedan y separan de este para sí la ‘ofrenda del diezmo’ (terumat ma’aser). Por su parte, cuando un israelita posee frutos, debe entregar forzosamente el primer diezmo a un leví (según la opinión de Rabí Akiva en el Tratado de Yevamot 86(A)y(B), Talmud Jerosolimitano Tratado de Ma’aser Shení 5:3, Rambám Hiljot Ma’aser 1:1).

A inicios de la era del Segundo Templo Ezra solicitó a los leviím que ascendieran a la tierra de Israel, pero solamente unos pocos de estos lo hicieron, menos de una décima parte del número de cohanim y menos de un uno por ciento del total de los judíos que retornaron a Sion. Entonces, Ezra multó a los leviím al decretar que no fuera necesario entregarles la totalidad del primer diezmo que es aproximadamente un 9% de lo producido, ya que el ma’aser les es entregado en virtud de su labor, tal como fue dicho (Bamidbar-Números 18:21):  «Y a los hijos de Leví Yo he dado todo diezmo de Israel por heredad, a cambio de su servicio» y no para transformarlos en personas ricas.

Por lo tanto, se estableció que el diezmo pudiera entregarse también a los cohanim así como al resto de las necesidades que el Tribunal (Beit Din) fijara. El Beit Din podía establecer una multa semejante en virtud de que el primer diezmo es un bien que carece de santidad, y, por ende, el Tribunal podía confiscárselo a los leviím y entregárselo a quien considerase oportuno. En el Talmud Jerosolimitano (Tratado de Ma’aser Shení 5:5) se explica que en un inicio se estableció que se trajera el diezmo a los depósitos del Templo. Un tercio se entregaba a los cohanim y a los leviím que se encontraban en Jerusalém, un tercio se dejaba en los almacenes para las necesidades de los habitantes de la ciudad y otro tercio se repartía entre las personas necesitadas y entre los estudiosos de entre sus residentes.

Aparentemente, en la medida en que la población judía aumentó se volvió a repartir el primer diezmo en todos los confines del país, pero en virtud de la multa, en vez de entregarlo íntegramente a los leviím se otorgaba también una parte a los cohanim (Tratado de Yevamot 86(B), según Tosafot, Rosh y otros).

Hay juristas que sostienen que la multa quedó sin efecto tras la destrucción del Segundo Templo, y desde entonces, el primer diezmo debe ser entregado directamente a los leviím, y es correcto proceder de esta manera (Beit Yosef y Shulján Aruj Yoré De’á 331, según Rambám Hiljot Ma’aser 1:4).

09- El segundo diezmo (ma’aser shení)

Tras separar el primer diezmo para el leví, es preceptivo separar un diezmo suplementario de los frutos remanentes que es aproximadamente un 9% de la totalidad de los que había inicialmente.

En los años 1,2,4 y 5 del ciclo sabático se separa el ‘segundo diezmo’, y en los años 3 y 6 se separa el ‘diezmo del pobre’ (ma’aser aní). Lo que tiene de particular el segundo diezmo es que si bien posee santidad y es denominado ‘un bien elevado’ – permanece en posesión del dueño de los frutos que está preceptuado de comerlo junto a su familia dentro de los muros de Jerusalém en estado de pureza, tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 14:22-23):  «Diezmar habrás de diezmar todo el producto de tu sementera: lo que sale del campo de año en año. Y habrás de comer ante HaShem tu D’s, en el lugar que habrá elegido para hacer morar Su Nombre allí, el diezmo de tu cereal, tu mosto y tu aceite, … para que aprendas a venerar a HaShem tu D’s todos los días».

A quienes se les dificulte traer a Jerusalém los frutos del segundo diezmo en virtud de lo prolongado del viaje o del peso de los frutos, pueden redimirlo cambiándolo por dinero, de modo tal que los frutos se transformen en bienes comunes (julín, profanos) y la santidad se transfiera al dinero, el cual se deberá traer a Jerusalém para una vez allí comprar alimentos y comerlos en estado de pureza, tal como se procede con el ma’aser shení.

Esta manera de actuar va en concordancia con lo que fuera dicho (ídem 24-26): «Pero cuando fuere mucho para ti el camino y no pudieras transportarlo, ya que estuviere distante de ti el lugar que habrá de elegir HaShem tu D’s para establecer Su Nombre allí, ya que te habrá bendecido HaShem tu D’s.  Lo trocarás por dinero; atarás el dinero en tu mano y te encaminarás al lugar que habrá de elegir HaShem tu D’s. Y podrás trocar el dinero por todo lo que desee tu ser: por vacunos, por ovinos, por vino y por licor, y por todo lo te pida tu ser; y habrás de comerlo allí, ante HaShem tu D’s, y te regocijaras tú y tu familia».

Al momento de redimir el diezmo por dinero, es preciso agregar un quinto al valor de los frutos, tal como fue dicho (Vaikrá-Levítico 27:30-31): «…y todo diezmo de la tierra, de la cosecha de la tierra o del fruto del árbol, de HaShem es, sacro es ante HaShem. Empero, si redimir redimiere el hombre de su diezmo, un quinto habrá de agregar sobre su valor». Este quinto se calcula sobre el total de los frutos, esto es, resulta necesario agregar una cuarta parte al precio de los frutos de manera tal que, el agregado resulte ser un quinto. Por ejemplo, si el precio de los frutos es 100, al agregarse un quinto será 125.

Los frutos del segundo diezmo son sagrados y está prohibido tratarlos como si fueran comunes (julín), esto es, queda prohibido venderlos o intercambiarlos.

10- El significado del segundo diezmo (ma’aser shení)

Por medio de los frutos del segundo diezmo los hijos de Israel reforzaban el cumplimiento del precepto de peregrinar a Jerusalém en las Festividades de las Matzot, Shavu’ot y Sucot, ya que el precepto ordenaba ingerir en la ciudad sagrada un 6% del producido por los campos durante los seis años laborables del ciclo sabático, y el momento adecuado para hacerlo era durante las comidas festivas.

Era preceptivo hacer partícipes de estas comidas tanto a los leviím como a las personas necesitadas, y en la medida que una persona era más bendecida, podía prolongar su estancia en Jerusalém bajo el manto de la Divina Presencia e invitar a más leviím y a más personas necesitadas a sus comidas. Si tenía hijos que se dedicaban al estudio de la Torá, podía alentarlos a permanecer en Jerusalém para aprender más e ingerir del dinero del segundo diezmo, tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 14:23): «para que aprendas a venerar a HaShem tu D’s» – «esto nos dice que el segundo diezmo induce a la persona al estudio de la Torá» (Sifrei Reé 106, Tosafot al Tratado de Baba Batra 21(A) en el párrafo que inicia con la palabra ‘כי’).

Por una parte, a quien le resultase difícil ascender a Jerusalém en las festividades inmediatas, podía guardar consigo el dinero de los frutos del segundo diezmo hasta aquella en la cual pudiese peregrinar. Sin embargo, por otro lado, no se puede posponer ilimitadamente la ingesta del diezmo, ya que la Torá estableció un tiempo límite para concluir su consumo y es el momento de «la eliminación de los diezmos» (como se explicará en la halajá 12).

También el precepto de la separación del ‘diezmo de los animales’ está destinado a conectar a los hijos de Israel con el Sagrado Templo (ver adelante 19:9), de modo tal que durante el ascenso a Jerusalém en las festividades, los peregrinos se alimentaban de los frutos del segundo diezmo y de los alimentos que adquirían con su conversión a dinero y de la carne de los sacrificios del diezmo de los animales. Cuanto más acreedores de la bendición Divina eran, más personas participaban de sus comidas.

De hecho, tanto el ‘segundo diezmo’ como el ‘diezmo de los animales’ eran una suerte de caja de ahorro espiritual destinada a la peregrinación y a la estancia en Jerusalém.

Del hecho de que el mismo diezmo fungiera durante cuatro años como ‘segundo diezmo’ y dos como ‘diezmo para el pobre’ se puede aprender que la santidad y la entrega a los menesterosos son una misma cuestión. En efecto, era especialmente preceptivo que los propietarios del ‘segundo diezmo’ y del ‘diezmo de los animales’ convidasen a las personas necesitadas a participar de sus comidas (ver Pninei Halajá Mo’adim 1:11:6).

11- Diezmo del pobre (ma’aser aní)

En el tercer y sexto año del ciclo sabático es preceptivo entregar el diezmo del pobre en vez del segundo diezmo, tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 14:28-29): «Al término de tres años habrás de sacar todo el diezmo de tu cosecha, en aquel año y lo dejarás en tus ciudades. Y se allegará el leví, ya que no tiene parte ni heredad contigo, y el prosélito y el huérfano y la viuda que están en tus ciudades y comerán y se saciarán, ya que habrá de bendecirte HaShem tu D’s en toda la obra de tu mano que emprendieres» (y de igual manera fue dicho en ídem 26:12). Por lo tanto, el ciclo del segundo diezmo consta de tres años, en los dos primeros se separa ‘segundo diezmo’ y en el tercero se separa diezmo del pobre. Este último carece de santidad por lo que su beneficiario puede ingerirlo allí donde deseare y también puede venderlo.

El sitio de reparto de los diezmos tras la conclusión de la cosecha de los frutos es en el campo (arriba halajá 5). Es preceptivo dar a cada persona pobre lo suficiente para que se satisfaga, esto es, el equivalente en alimentos de dos comidas que acostumbrase a ingerir a diario, tal como fue dicho: «y comerán y se saciarán».

A una persona casada se le entrega lo suficiente para que se satisfagan también su esposa y sus hijos pequeños. Cuando el diezmo es insuficiente para satisfacer a cada una de las personas pobres, se lo coloca delante de estas y se permite que se lo repartan entre sí. En caso de que el propietario de la parcela entregase a cada una de las personas necesitadas que llegaron al campo lo suficiente para que quedasen satisfechas y sobrasen aun frutos del diezmo, podrá entregar más a cada uno de los demandantes hasta acabarlo, o podrá también guardarlo para sus parientes pobres a condición de que no les reserve más que la mitad del total del diezmo (Mishná Tratado de Peá 8:5 y Talmud Jerosolimitano ídem). En caso de que no se hubiesen acercado personas pobres al campo, el dueño quedará en su derecho de entregar el diezmo a una persona necesitada de su elección. En caso de que tuviese parientes pobres, podrá otorgarles la totalidad del diezmo (Tratado de Nedarim 84(B), Rambám Hiljot Matanot La’aniím 6:7-13).

Aparentemente, surge el interrogante de por qué la Torá estableció que se separase en los años 1,2,4 y 5 el ‘segundo diezmo’ y en los años 3 y 6 el ‘diezmo para el pobre’, ya que si lo que procura es promover la peregrinación a Jerusalém y ayudar a los menesterosos, ¿por qué no ordenó separar año tras año dos tercios del total para la peregrinación y un tercio para los necesitados? Si las personas pobres precisan una ayuda extra, ¿por qué otorgársela únicamente durante dos de los siete años del ciclo sabático?

Tal como parece, la intención de la Torá es que las personas necesitadas obtengan su sustento básico por medio de los obsequios de leket, shijejá y peá amén de la tzedaká adicional en caso de ser necesario, al tiempo que el ‘diezmo para el pobre’ está destinado a brindarles dos años buenos en los cuales puedan gozar de bienestar en amplitud. Además, es de esperar que en la medida en que esté a su alcance, el bienestar de estos años especiales impulse a los pobres o a sus hijos a salir del círculo de la pobreza y lograr la prosperidad y la independencia económica. Pero en caso de que recibiesen todos los años una cantidad media de ayuda, se acostumbrarían a contentarse con ella sin que les provocase una especial alegría y sin que durante los años de carestía surgiese en su fuero interior el deseo de cambiar su condición.

12- El precepto de eliminar los restos de los diezmos (bi’ur ma’asrot)

El ciclo de los diezmos consta de dos series de tres años. Cada año se separan las ofrendas (terumot) y el ‘primer diezmo’, sin embargo, el ‘segundo diezmo’ y el ‘diezmo del pobre’ varían. El primer y segundo año se separa el ‘segundo diezmo’, y el tercero el ‘diezmo del pobre’. Lo mismo ocurre en la segunda serie, el cuarto y quinto año se separa el ‘segundo diezmo’ y el sexto se separa el ‘diezmo del pobre’. El séptimo año las frutas no pertenecen a nadie (hefker) y por ende no se separa de estas ni ofrendas ni diezmos.

Tras la finalización de cada serie de tres años es preceptivo culminar la separación de ofrendas y diezmos y repartirlos, este es el precepto de la ‘eliminación de los diezmos’, tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 14:28): «Al término de tres años habrás de sacar todo el diezmo de tu cosecha, en aquel año y lo dejarás en tus ciudades», esto es, hasta el momento de la eliminación es obligatorio terminar la separación de ofrendas y diezmos de los frutos de los tres años pasados y entregar las ofrendas y la jalá al cohen, el ‘primer diezmo’ al leví y el ‘diezmo del pobre’ a los necesitados, y los frutos del ‘segundo diezmo’ y del cuarto año del árbol (neta revai) llevarlas a Jerusalém para ingerirlas allí en estado de pureza. Quien no alcanzó a llevarlas a Jerusalém y llegó el momento de eliminarlas, debe hacerlo o por medio de su quema o de su destrucción. El cohen, el leví y el pobre no precisan terminar de ingerir los obsequios que permanecen en su haber hasta el final del plazo de la eliminación, pues el hecho de que hayan llegado a ellos antes de esta fecha implica que ya se cumplió con ellos el precepto (Talmud Jerosolimitano Tratado de Bikurim 2:2, Rabí Shelomó Sirilio, Sha’arei Tzedek 11:22).

El tiempo de la eliminación es al finalizar la festividad de Pesaj tras la conclusión de los tres años, esto es, en el Pesaj del cuarto y del séptimo año. Ello se debe a que los frutos del árbol que crecen por efecto de las lluvias del tercer año cuajan hasta el 15 de Shevat del cuarto año y se terminan de cosechar de cara a la festividad de Pesaj, por lo que en ese momento se puede terminar con todos los diezmos del tercero. No obstante, en el caso de los cereales, las legumbres y las verduras que deben ser diezmados el cuarto año antes de Pesaj, pertenecen al cuarto año y por ende la eliminación de sus diezmos acaece en el Pesaj del séptimo (Talmud Jerosolimitano Tratado de Ma’aser Shení 5:3, 5:5, Rambám 11:7).

El precepto de la eliminación es especialmente útil para el ‘segundo diezmo’ (ma’aser shení) y para el ‘fruto del cuarto año’ (neta revai) que debían ser llevados a Jerusalém, y dado que la peregrinación implicaba dificultades y muchas personas tenían motivos para querer evadirla, podían guardar consigo el dinero de la redención y posponer indefinidamente la fecha de su ascenso a Sion y por ende de la ingesta de los alimentos que debían adquirirse con esas monedas. Por lo tanto, la Torá estableció un tiempo límite para la eliminación del dinero de la redención del segundo diezmo y del fruto de cuarto año. Si el individuo podía ascender a Jerusalém y comer allí alimentos adquiridos con ese dinero previo al tiempo de la eliminación – excelente, en caso de que no, podía entregárselo a sus parientes o amigos para que ellos lo disfrutaran en Jerusalém. De no poder ser así, era su deber destruirlos en el tiempo de la eliminación. Respecto de las ofrendas (terumot) y los diezmos del leví y del pobre, rigen otros preceptos que establecen tiempos más tempranos para su entrega (ver adelante halajá 14).

13- Precepto de la confesión sobre las ofrendas

Quien eliminó sus diezmos de su casa como corresponde, es preceptivo que se confiese por ello ante HaShem en el rezo de Minjá del último día festivo de Pesaj del cuarto y del séptimo año del ciclo sabático (Mishná Tratado de Ma’aser Shení 5:10), tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 6:12-15): «Cuando hayas concluido de apartar todo el diezmo de tu cosecha, en el año tercero: año del diezmo… Declararás ante HaShem tu D’s (la fórmula siguiente): ‘He eliminado las ofrendas sacras de la casa, y en efecto se lo he dado al leví y al forastero, al huérfano y a la viuda según toda Tu ordenanza, que me has ordenado. No me he desviado de Tus Preceptos, ni me he olvidado. No he comido de ello estando doliente ni he apartado de ello en estado impuro, y no he dado de ello para el difunto. He aceptado el mandato de HaShem mi D’s: he hecho como todo lo que me has ordenado. Observa desde Tu Sagrada Morada, desde los cielos, y bendice a Tu pueblo, a Israel, y a la tierra que nos has dado a nosotros; así como lo has prometido a nuestros patriarcas: tierra que mana leche y miel».

Nuestros sabios llamaron a este texto ‘la confesión de los diezmos’, y de esto aprendemos que existe una confesión positiva por haber observado un precepto, y que esta es un resumen de cosas buenas que se presentan ante D’s. Es preceptivo declarar esta confesión en el Templo de Jerusalém, tal como fue dicho (ídem 13): «Declararás ante HaShem tu D’s». No obstante, quien no hubiere tenido el privilegio de peregrinar a Jerusalém hasta el tiempo de la eliminación debía confesarse en el sitio donde se encontrare. Aquel que no entendiese hebreo podrá recitar la confesión traducida (Rambám Hiljot Ma’aser Shení 11:5-6).

Esta confesión la puede recitar únicamente quien no hubiese transgredido ninguna halajá de las referidas a las ofrendas y los diezmos durante los tres años, tal como fue dicho: «He eliminado las ofrendas sacras de la casa, y en efecto se lo he dado al leví y al forastero, al huérfano y a la viuda según toda Tu ordenanza, que me has ordenado», esto es, que entregó todos los obsequios y no alteró el orden de su separación. «No me he desviado de Tus preceptos», esto es, que no separó una especie por otra, ni de lo cortado en lugar por lo que está aún sin cortar o viceversa, ni lo viejo por lo nuevo y viceversa. «Ni me he olvidado», que no olvidó recitar la bendición correspondiente previa a la separación. «No he comido de ello estando doliente», o sea, que no ingirió del segundo diezmo en situación inicial de duelo (onén), «ni he apartado de ello en estado impuro», esto es, que no lo impurificó. «Y no he dado de ello para el difunto», esto es, que no utilizó el dinero de la redención del segundo diezmo para otros preceptos, ni siquiera para dar sepultura a un difunto. «He aceptado el mandato de HaShem mi D’s» – quiere decir que el individuo llevó el segundo diezmo al Santuario de Jerusalém. «He hecho como todo lo que me has ordenado»– esto es, que se alegró y alegró a otros, tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 26:11): «Te habrás de regocijar con todo lo bueno que te ha dado a ti HaShem tu D’s, a tu familia; a ti, al leví y al forastero que está en medio de ti» (Mishná Tratado de Ma’aser Shení 5:11-12, Rambám 11:15).

Una vez que el individuo hubiere tenido el mérito de observar los preceptos de las ofrendas y los diezmos en todos sus detalles y variantes, el pueblo de Israel puede ser bendecido gracias a él, pero de no mediar su plegaria, la bendición no habrá de llegar, por ello resulta preceptivo que ore y pida: «Observa desde Tu Sagrada Morada, desde los cielos, y bendice a Tu pueblo, a Israel, y a la tierra que nos has dado a nosotros; así como lo has prometido a nuestros patriarcas: tierra que mana leche y miel».

En nuestros días, no se recita la confesión sobre los diezmos porque el Sagrado Templo está destruido y no podemos ingerir los frutos del segundo diezmo en Jerusalém en estado de pureza tal como lo ordena la Torá. Y hay quienes acostumbran a leer toda la porción de la Torá que contiene los versículos de la confesión a modo de recordatorio del precepto.

14- ¿Cuándo deben separarse y repartirse las ofrendas y los diezmos?

Es preceptivo que el dueño de los frutos no espere hasta el momento de la eliminación, sino que inmediatamente después de haber recolectado los frutos del campo separe las ofrendas y los diezmos y los reparta tal como la Torá lo indica, según el principio que reza: ‘Si se te presentare la oportunidad de cumplir un precepto no la desaproveches’ (Mejlta DeRabí Ishamel Parashat Bo 9).

Sin embargo, mientras no hubiese pasado una de las tres festividades de peregrinación, aún no se dejó sin efecto el cumplimiento del precepto positivo en cuestión. Pero en caso de que sí hubiese pasado sin que el propietario haya repartido sus obsequios – este habrá dejado sin cumplir un precepto positivo.

Esto es así ya que la Torá dice que quien se voluntarizó a ofrecer un sacrificio o tenía consigo ‘segundo diezmo’ o ‘diezmo de los animales’ tiene el deber de traerlos juntamente con el cumplimiento del precepto de la peregrinación, tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 12:5-6): «…y te allegarás allí. Y traeréis allí vuestros holocaustos y vuestros sacrificios y vuestros diezmos y la ofrenda de vuestra mano…». No obstante, quien estuviera exento de ascender a Jerusalém, por ejemplo, por encontrarse enfermo, no dejaba sin cumplir un precepto por no traer los sacrificios voluntariamente comprometidos o el diezmo de los animales en la primera fiesta de peregrinación.

En caso de que hubieren pasado las tres fiestas de peregrinación y no los hubiese traído, había transgredido una prohibición, ya que fue dicho (ídem 23:22-24): «Cuando formulares un voto ante HaShem tu D’s, no habrás de tardar en cumplirlo; ya que requerir, habrá de requerirlo HaShem tu D’s y habrá en ti pecado…Lo que saliere de tus labios habrás de cuidar». Nuestros sabios explicaron este pasaje diciendo que pasadas tres festividades de peregrinación, se considera que el individuo se demoró en cumplir sus votos, y la misma norma aplica para las ofrendas (terumot) y para los diezmos del leví y el pobre (Tratado de Rosh HaShaná 4(A), Tosafot ‘צדקות’ ‘ומעשרות’, Rambám Hiljot Ma’asé Hakorbanot 14:13).

Además, tal como ya estudiamos (halajá 12) respecto de las ofrendas y los diezmos, existe un precepto especial de ‘eliminación de los diezmos’ destinado a completar la observancia del mandamiento de separar ofrendas y diezmos de todos los frutos en los tres primeros años del ciclo sabático hasta la festividad de Pesaj del cuarto año, y de los años 4,5 y 6 de este ciclo hasta el Pesaj del séptimo.

15- Primicias

En los días del Templo de Jerusalém se cumplía otro precepto más y era el de traer las primicias a los cohanim en el Santuario. Este era el orden de su cumplimiento: todo hijo de Israel propietario de un campo en el cual cultivare algunas de las siete especies, al ver que sus primeros frutos comenzaban a crecer, debía marcarlos con un hilo y declarar: ‘estos son para las primicias’, y una vez que maduraban debía cortarlos, colocarlos en un bonito recipiente y traerlos a Jerusalém. Tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 26:1-11): «Y será que cuando vengas a la tierra que HaShem tu D’s te concede a ti en heredad, y la poseas y te asientes en ella. Habrás de tomar de las primicias de todos los frutos de la tierra que recogerás de tu tierra, aquella que HaShem tu D’s te concede a ti, las habrás de poner en un cesto y te encaminarás hacia el lugar que habrá de elegir HaShem tu D’s para hacer morar Su Nombre allí.  Y te allegarás al cohen que haya de estar en aquellos días y le habrás de decir: ‘He manifestado hoy ante HaShem tu D’s que he venido a la tierra que había prometido HaShem a nuestros patriarcas conceder a nosotros'». Entonces, el cohen junto al portador de las primicias alzaba los frutos, tal como fue dicho: «Tomará el cohen el cesto de tu mano, y lo habrá de colocar ante el altar de HaShem tu D’s».  El dueño de las primicias recitaba la declaración correspondiente (mikrá bikurim) en la cual se relata la historia del pueblo de Israel: «Declararás y dirás ante HaShem tu D’s: ‘Arameo, extraviado era mi patriarca, descendió a Egipto y peregrinó allí con poca gente; empero fue allí un pueblo grande, poderoso y numeroso.  Empero nos maltrataron los egipcios, y nos oprimieron y nos impusieron trabajo duro. Pero clamamos a HaShem, D’s de nuestros padres; y escuchó HaShem nuestra voz, vio nuestra opresión, nuestro agobio y nuestro aprieto.  Y nos sacó HaShem de Egipto con mano fuerte y brazo tendido, con manifestación magna y con signos y portentosos.  Nos trajo a este lugar y nos concedió la tierra esta: tierra que mana leche y miel.  Y ahora, he aquí que he traído la primicia del fruto de la tierra que me has dado a mí, HaShem'».

Tras ello, el dueño de las primicias colocaba los frutos junto al altar y el cohen los tomaba y los ingería en estado de pureza. Además del deber de traer las primicias, era preceptivo prosternarse ante HaShem y alegrarse por medio del sacrificio de ofrendas pacíficas (shelamim), tal como fue dicho: «Lo colocarás ante HaShem tu D’s y te prosternarás ante HaShem tu D’s. Te habrás de regocijar con todo lo bueno que te ha dado a ti HaShem tu D’s a tu familia; tú y el leví y el forastero que está en medio de ti». Era preceptivo pernoctar al menos una noche más en Jerusalém y solamente a la mañana siguiente se permitía a los hijos de Israel regresar a sus hogares (Rambám Hiljot Bikurrim 3:10-14).

El precepto de traer las primicias se llevaba a cabo con gran pompa y alegría. Los peregrinos se organizaban en caravanas, y cuando se acercaban a Jerusalém, los habitantes de la ciudad salían a recibirlos e ingresaban con ellos, acompañándolos con cánticos y ejecutando instrumentos musicales. A partir del momento en que arribaban al Monte del Templo los dueños de las primicias debían cargar los frutos sobre sus hombros y cuando ingresaban al patio, los leviím comenzaban a cantar y tocar música hasta que las entregaban a los cohanim (Mishná Tratado de Bikurim 3:1-6, Rambám 3:10-14).

Según la Torá, es preciso traer primicias solamente del territorio ubicado al oeste del Rio Jordán, que es la «tierra que mana leche y miel», y por prescripción de nuestros sabios se trae también de la margen oriental y de Siria (Rambám Hiljot Bikurim 1:1). Según la Torá, las primicias no tienen una medida específica y nuestros sabios establecieron que se separe un sesentavo del producto total para estos efectos, y aquel que deseare agregar, podía hacerlo ilimitadamente (Rambám 2:17). Sobre las primicias aplica la misma normativa que sobre la ofrenda (terumá) y podían ser ingeridas únicamente por familias de cohanim en estado de pureza, pero a diferencia de las segundas que podían ser consumidas en todo el país, las primicias podían comerse únicamente dentro de los muros de la ciudad de Jerusalém (ídem 3:3-5). A priori, el tiempo para traer las primicias es desde la festividad de Shavu’ot hasta la de Sucot, que es cuando los frutos de las siete especies maduran y sus propietarios se alegran por su crecimiento. A posteriori, quien no las hubiera traído hasta Sucot podrá traerlas hasta Janucá, pero sin recitar ‘la declaración de las primicias’ (mikrá bikurim) (ídem 1:6, 4:13).

La idea del precepto de las primicias es que en todo se debe anticipar y expresar primeramente el ideal sagrado. Por ello, los primeros frutos de las especies más excelentes deben ser traídos a Jerusalém a los cohanim, y en virtud de ello se puede extender la Divina Presencia a todas las acciones del pueblo de Israel a lo largo y ancho del país, en todos los ámbitos de su quehacer vital, para que estén plenas de valores y significado, bendición y alegría (esta idea se manifiesta también de diferentes maneras en el precepto de los primogénitos –bejorot– tal como se explicará más adelante en 19:4, el de jadash, tal como se explicó arriba 1:1-2 y en el de neta revai tal como se explicó arriba 2:2).

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