09 – Las reglas del precepto

01- Separar de los mejores frutos

Es preceptivo separar ofrendas y diezmos de los mejores frutos, tal como fue dicho (Bamidbar-Números 18:32): «al ofrecer lo mejor de ello» (jelbó mimenu), al referirse la sagrada Torá a ‘jelbó’, quiere significarnos, la mejor parte. En caso de que no hubiese un cohen o un leví en las cercanías y se temiese que hasta que los frutos buenos y maduros pudiesen ser llevados a estos podrían echarse a perder, es preferible separar las ofrendas y los diezmos de aquellos frutos que podrán conservarse por más tiempo, aunque no se trate de los mejores. En caso de haberse transgredido separando frutos de mala calidad, lo hecho, hecho está, y el resto del producto es apto para su consumo (Mishná Tratado de Terumot 2:4-6, Rambám Hiljot Terumot 5:1).

En la actualidad, dado que todos somos considerados impuros y no hay cohanim que puedan ingerir las ofrendas (terumot), todos los frutos son considerados de baja calidad a los efectos de ofrendarlos y por ello se permite a priori separar terumot de los frutos de mala calidad. Sin embargo, en el caso del primer diezmo para el leví y del diezmo para el pobre – es preciso separar de los buenos frutos (Shulján Aruj Yoré De’á 331:52, Biur HaGrá 95, ver adelante en halajot 10 y 11).

El precepto consiste en separar ofrendas y diezmos de frutos de la misma especie, de modo tal que, si se ofrendasen frutos de una especie por otra, la terumá quedará sin efecto y se deberá volver a efectuar con frutos de la misma especie. Esta es la regla: todas las especies que resultan mezcla prohibida una con la otra, en el caso de dos verduras, se prohíbe su cultivo mezcladas, o si se trata de especies de árboles frutales que se prohíbe el injerto de una en la otra, se las considerará como de dos especies separadas y no se ofrendarán una por otra, ni siquiera de la especie buena por la especie de menor calidad.

Pero si entre las especies no rige la prohibición de mezclarlas, se permitirá ofrendar de una variedad por otra de la misma especie. Por ejemplo, todos los tipos de uva en sus distintas variedades y todos los tipos de col en sus diferentes variedades son una sola especie. Otro tanto ocurre entre el durazno y la nectarina – se trata de una misma especie. Sin embargo, en el caso de la naranja y el pomelo, se trata de dos especies diferentes (Mishná Tratado de Terumot 2:6, Rambám Terumot 5:2-9, Mishpat Cohen 25).

02- Separar o apartar frutos que deben ser ofrendados y diezmados por otros que están exentos y los diferentes grados de obligación

No se deben separar ofrendas y diezmos de frutos que están exentos, tales como los provenientes del extranjero o aquellos de los que ya se separó anteriormente por otros de los que se debe aún separar. Y viceversa, no se debe separar de frutos que deben ser ofrendados o diezmados por frutos que están exentos. En caso de haberlo hecho, la acción carece de validez y se deberá volver a apartar las ofrendas y los diezmos de los frutos sobre los cuales recae esta obligación (Rambám Hiljot Terumot 5:12).

Frutos de dos sitios diferentes respecto de los cuales se duda si ya fueron o no diezmados – no se aparta de unos por otros, no sea que por error se aparten de los ya diezmados por los que aún no lo fueron ni viceversa.

No se deben apartar frutos que deben ser ofrendados y diezmados por prescripción rabínica por otros que deben serlo por mandato de la Torá, ni viceversa.

Frutos que deben ser separados por mandato de la Torá son aquellos que el dueño del campo cultivó para el consumo de su hogar o frutos que alguien compró al dueño del campo previo a la finalización de las labores y las terminó por sí mismo para el consumo de su hogar. Frutos que deben ser separados por prescripción rabínica son aquellos que el dueño del campo los cultivó para comercializarlos o lo hizo en macetas carentes de orificio inferior.

No se ofrenda o diezma frutos cuyo deber de separar depende de un decreto rabínico por otros que dependen de dos ni viceversa. Es decir, a pesar de que en la actualidad el deber de ofrendar o diezmar deriva de una prescripción rabínica (ver adelante 12:11), no se deben separar de uvas que fueron vendimiadas para ser ingeridas en el hogar del productor por otras que lo fueron para ser comercializadas. A posteriori, si se separó de unas por otras – se cumplió el deber.

03- Frutos cercanos entre sí (mukaf)

Es preceptivo separar una ofrenda mayor (terumá guedolá) de frutos que se encuentran cercanos entre sí (mukaf) de modo tal que puedan ser abarcados conjuntamente. A posteriori, quien separe la gran ofrenda de frutos que no estén cercanos entre sí habrá cumplido igualmente con su deber (Rambám Hiljot Terumot 3:17, 20). Dado que las ofrendas del diezmo reciben también la denominación de ofrenda -terumá-, los sabios solían separar la ‘ofrenda del diezmo’ del mukaf.

Si los frutos estuvieren colocados sobre un campo abierto será preciso reunirlos (Shulján Aruj Yoré De’á 325:2). Frutos que fueren colocados dentro de una habitación, aunque se encontraren reunidos en dos rincones diferentes de la misma, las paredes tornarán a los frutos en cercanos entre sí (mukafim). Aunque estuvieren colocados en recipientes abiertos, la habitación los habrá de reunir (Shulján Aruj 331:26).

Cuando se está por empacar los frutos en latas, botellas o bolsas cerradas, a priori deben separarse previamente las ofrendas y los diezmos ya que hay autoridades halájicas que entienden que los empaques permanentes dividen a los frutos y una vez empaquetados ya no se los puede considerar cercanos entre sí o reunidos. En caso de necesidad, es posible acercarlos entre sí y ofrendar de los frutos que ya se encuentran dentro de su envoltura.

No obstante, en el caso de barriles o botellas de vino, dentro de los cuales el líquido continúa añejándose y mejorando su calidad, dado que se tiene el cuidado de mantenerlos cerrados para no estropear el contenido, lo que se encuentra en cada barril o envase está separado del resto y no se lo considera cercano al de al lado, por lo que resulta necesario ofrendar del vino antes de que se sellen los barriles o las botellas.  Otra opción es ofrendar de cada botella por separado tras abrirla (Rambám Hiljot Terumot 3:18, Shulján Aruj 331:26).

Se permite separar de aquello que no está cercano entre sí a los efectos de cumplir un precepto. Por ejemplo, quien sabe que en Shabat o en Yom Tov le habrán de traer frutos que son tevel (que no se separó de ellos ni ofrendas ni diezmos), podrá separar de frutos que ya tiene en su poder por los que le habrán de llegar (Tratado de Yevamot 93(A)). Asimismo, quien hubiere entregado a su compañero frutos no ofrendados ni diezmados y no tiene la posibilidad de avisarle que realice su diezmo, que lo haga con frutos que estén en su posesión y de esa manera evitará que su amigo ingiera tevel (Tratado de Eruvín 32(A)).

04- ¿Cómo se mide y qué ocurre en caso de error?

Al separar los diezmos y la ofrenda del diezmo es necesario esmerarse por ser exactos para no separar ni menos ni más que el 10%. Para ello, es preciso medir el volumen de los frutos que suelen cuantificarse de esa manera y contar aquellos que se miden por conteo. De todas maneras, lo mejor es pesarlos ya que resulta ser el método más exacto (Rambám Hiljot Terumot 3:11, Hiljot Ma’aser 1:14).

A posteriori, cuando no cabe la posibilidad de pesar, medir o contar los frutos se deberá diezmar estimando a ojo. E incluso en caso de equivocarse considerablemente al hacerlo, mientras que se haya tenido la intención de separar el porcentaje indicado y se hubiese incurrido en un error del tenor del que suelen ocurrir a las personas – igualmente se habrá cumplido con el precepto. No obstante, a priori, nuestros sabios ordenaron «no apartes el diezmo por aproximación frecuentemente» (Pirkei Avot 1:16).

La práctica aceptada en la actualidad (que se explicará más adelante) es que no se separen frutos para diezmos, sino que se fije que una décima parte de los que están colocados en el lado sur o norte sean para ese propósito. De ese modo, la cantidad de frutos destinada al diezmo resultará exacta. Acto seguido, se le entregael equivalente en dinero al leví o a la persona necesitada lo que le corresponde y los frutos del segundo diezmo son redimidos a cambio de una moneda.

Sin embargo, en el caso de las ofrendas que son sagradas, es preciso separar los frutos concretamente, y luego envolverlos y colocarlos de un modo digno en el bote de la basura. En el caso de las ofrendas, es necesario separar más de un 1% de los frutos – un 1% para la ofrenda del diezmo y una parte suplementaria a ese 1% a modo de gran ofrenda (terumá guedolá). En caso de que se hubiese separado para ofrendas un 1% exacto o menos que ello, resultará que no se habrá separado la gran ofrenda pues esa corresponde a «lo que excede por sobre el 1%». Dado que resulta impensable que la persona a priori decidiese no separar la ‘gran terumá’, todo lo efectuado resultará inválido y se deberán volver a separar las ofrendas y los diezmos de acuerdo con el orden establecido (ver Markevet HaMishná y Yeshuot Malkó sobre las Hiljot Ma’aser del Rambám 13:19, Ma’adanei Aretz Terumot 3:23:8).

Sobre las separaciones de las ofrendas y los diezmos rige la misma norma que sobre el resto de las promesas (nedarim) y las consagraciones (hakdashot), y quien se arrepintiese de haberlas efectuado, podrá solicitar a un rabino que junto a otras dos personas dejen sin efecto la separación realizada, de acuerdo con las reglas de anulación de promesas (hatarat nedarim) y de ese modo los frutos volverán a su estado original de tevel (Rambám Hiljot Terumot 4:17, y otro tanto ocurre en el caso de la jalá, ver más adelante 10:13).

05- Las ofrendas en nuestros días

En la actualidad, los cohanim no tienen permitido comer una ofrenda pura ya que se los considera impuros por la impureza del muerto (tumat met), y no resulta posible purificarse de ella sin que medie el asperjado de agua con cenizas de la vaca roja.

Cuando la ofrenda es pura se prohíbe quemarla o destruirla, por lo que debe ser dejada hasta que se degrade por sí sola o, en su defecto, ha de ser enterrada (guenizá). Cuando la ofrenda es impura resulta preceptivo quemarla para que nadie coma de ella. Sin embargo, dado que resulta difícil quemarla, y además a veces es pura por lo que está prohibido incinerarla, y no siempre se tiene la certeza de que efectivamente lo sea, se acostumbra a envolver la ofrenda -sea esta tanto pura como impura- y colocarla en un bote de basura. De este modo, no se teme que la ofrenda pudiera ser comida, y por otra parte, no se la denigra, ya que se la depositó envuelta en la cesta de la basura.

Cuando se trata de grandes cantidades de ofrenda, siempre y cuando no se haya impurificado, dado que está prohibido destruirla, hay que dejarla al costado del campo hasta que se biodegrade por sí sola. Cuando se teme que personas pudiesen comerla, es bueno enterrarla o cubrirla con algo de tierra. En caso de que se hubiese impurificado será preceptivo quemarla, y asimismo, será posible enterrarla o prensarla de modo tal que nadie piense en ingerirla.

En el caso de frutos de la ofrenda que se hubiesen mezclado con otros comunes (julín) de la misma especie, se anularán en cien partes (batel bemeá). En caso de que se hubiesen mezclado dos especies diferentes y no resulte posible separar a la ofrenda de la mezcla, por ejemplo, si todo el producto hubiese sido ya molido, la terumá se anulará en sesenta (batel beshishim). En caso de que no hubiese la cantidad de frutos normales necesaria para anular la ofrenda, será preciso proceder con la totalidad de la mezcla como si se tratase de una (Rambám Hiljot Terumot 13:1-2). En caso de necesidad, tal como se anulan votos o promesas, es posible recurrir a un rabino por la cuestión de la separación de las ofrendas y los diezmos y dejarla sin efecto (tal como se explicó en la halajá anterior).

06- El uso de las ofrendas en nuestros días

Tal como ya estudiamos (7:7), si bien el cohen tiene prohibido comer de una ofrenda impura, es deseable que disfrute de ella por medio de su incineración. Si la ofrenda está compuesta por frutas, que las use para hacer arder su estufa u horno, y si se trata de aceite, que lo use para encender velas. Cuando el cohen enciende para sí una estufa para calentar con las frutas de una ofrenda impura, o enciende velas con aceite de una ofrenda impura, los demás israelitas pueden también disfrutar de ello porque «una vela que ilumina para uno ilumina para cien» (ner leejad ner lemeá). Y aunque posteriormente el cohen se retirase, el israelita podrá continuar disfrutando de la vela o la estufa que el cohen encendió (Rambám Hiljot Terumot 11:18). Así como se prohíbe quemar en Yom Tov (días festivos de la Torá) la carne de sacrificios que se hubiere impurificado, de igual manera está prohibido quemar una ofrenda impura en ese día, y, por lo tanto, en Yom Tov está prohibido encender una vela con aceite proveniente de una ofrenda que se impurificó (Tratado de Shabat 24(B)).

En los tiempos en que los cohanim podían purificarse y comer de la ofrenda, podían alimentar a sus bestias únicamente con frutos que ya no eran aptos para la ingestión humana. En la actualidad, que los cohanim tienen prohibido ingerir de la ofrenda, un cohen puede alimentar a sus animales (tanto domésticos o de granja como salvajes) con frutos de la ofrenda sea esta pura o impura. A los efectos de que la ofrenda no se desperdicie en vano, hay quienes acostumbran a hacer a cohanim estudiosos de la Torá titulares de sus animales para poder alimentarlos con la ofrenda que separan para él. Luego, sacan la cuenta con el cohen y le pagan lo que se ahorraron en la compra de forraje.

07- Un cohen o un leví que poseen frutos

Cohanim y leviím que posean frutos deberán separar de estos ofrendas y diezmos como todo hijo de Israel. Empero, la diferencia radica en que el cohen se quedará con las ofrendas y las tratará con la santidad debida, e incluso se quedará con el primer diezmo, ya que él también pertenece a la tribu de Leví, y entonces no será su deber llevárselo a un levita. Por su parte, un leví que posea frutos, separará de estos las ofrendas y los diezmos reglamentarios, se quedará con el primer diezmo y entregará las ofrendas al cohen (Rambám Hiljot Ma’aser 1:3-4).

Un cohen o un leví que hubieren comprado a un israelita frutos después de concluida la labor de la recolección, fueron sancionados por nuestros sabios prohibiéndoles separar para sí las ofrendas y el primer diezmo, debiendo entregárselos a otros cohanim o leviím. Esta medida está destinada a evitar que adquieran de israelitas frutos en estado de ‘tevel’ y priven a sus hermanos de tomar de las ofrendas o del primer diezmo para sí. No obstante, si hubieren adquirido los frutos antes de la finalización de las labores, no se les quitarán a los adquirentes ni las ofrendas ni el primer diezmo (Talmud Jerosolimitano Tratado de Peá 1:5, Rambám ídem 6:15).

Por lo general los leviím separaban la ‘ofrenda del diezmo’ (terumat ma’aser) del diezmo que recibían, y estos escogían a qué cohen entregárselo. Pero si un israelita así lo deseaba podía separar del ‘primer diezmo’ destinado al leví la ‘ofrenda del diezmo’ y entregársela al cohen junto con la gran ofrenda (terumá guedolá), a pesar de que en un caso así le quitaba al leví el privilegio de escoger a qué cohen entregarle la ‘ofrenda del diezmo’ de su diezmo (Tratado de Guitín 31(A), Rambám Hiljot Terumot 3:12).

En la actualidad, a los efectos de evitar errores y olvidos, es preferible que el israelita que separa el diezmo aparte de inmediato también la ofrenda del diezmo y deje las ofrendas en el bote envueltas de un modo digno.

08- El primer diezmo en nuestros días

Tal como ya estudiamos (ver arriba 7:8) es preceptivo entregar el ‘primer diezmo’ al leví. Y si bien muchos entienden que a raíz de la sanción que le aplicara Ezra el escriba a los leviím está también permitido entregarlo al cohen (Tosafot y Tur), dado que hay quienes entienden que tras la destrucción del Templo de Jerusalém dicha sanción quedó sin efecto y volvió a ser obligatorio entregárselo únicamente al leví, es correcto cumplir de acuerdo con todas las opiniones halájicas y tener el recaudo de entregárselo a un leví (Rambám, Shulján Aruj Yoré De’á 331:19, Mishpat Cohen 56).

Por su parte, hay juristas que entienden que en la actualidad no es obligatorio entregarle el ‘primer diezmo’ al leví. Y si bien es imperativo separarlo por medio de la fijación de un lugar (kviat makom), esto es, que sea en el lado norte de los frutos etc., en la práctica no es obligatorio entregarlo ya que, en su opinión, a raíz de los avatares del exilio, se perdió la certeza respecto del linaje, y nadie puede demostrar en la actualidad que efectivamente proviene de la tribu de Leví, y por ende, no resulta preceptivo entregarle el diezmo al levita (citado por el Maharit 1:85).

Asimismo, hay otros juristas que sostienen que mientras no se revise en el Tribunal Rabínico (Beit Din) la ascendencia de los linajes no se deberá confiar en el testimonio de la persona a los efectos de recibir los obsequios. Esta medida está destinada a evitar que abunden los embusteros que sostengan ser leviím para recibir el diezmo (Jazón Ish Shevi’it 5:12). En efecto, hay quienes adoptan una actitud más flexible sobre la base de estos argumentos.

Sin embargo, según la opinión claramente mayoritaria de las autoridades halájicas es preciso dar el primer diezmo al leví, ya que confiamos en la tradición. Y así como confiamos en esta en lo que respecta a los cohanim -por lo que les entregamos el dinero del rescate de los primogénitos y asimismo suben a la tarima de la sinagoga a dar la bendición sacerdotal a la comunidad- de igual manera se debe confiar en la credibilidad del estatus del leví.  Y dado que de todas maneras cada individuo debe separar un diezmo de sus ingresos, que dé el primer diezmo a un leví estudioso de la Torá y lo considere parte del diezmo por sus ingresos generales (ma’aser kesafim) (tal como se habrá de explicar en las próximas halajot).

09- Diezmo del pobre

En los años 1,2,4 y 5 del ciclo sabático se separa el segundo diezmo (ma’aser shení) y en los años 3 y 6 el diezmo del pobre (ma’aser aní). Dado que las reglas del primer diezmo y del diezmo del pobre son idénticas por tratarse de alimentos comunes y no sagrados -motivo por el cual se siguen entregando en nuestros días tal como en el pasado- nos ocuparemos primeramente del diezmo del pobre y completaremos así las normas que nos faltan de estos dos tipos de diezmos.

Una persona necesitada debe apartar también el diezmo para el pobre de sus frutos, y a diferencia del cohen o del leví que al separar las ofrendas y el primer diezmo se los quedan consigo, deberá entregar el diezmo del pobre a otro menesteroso (Tratado de Julín 131(B)). Asimismo, una persona necesitada que adquiriere frutos que son tevel (que aún no se le separaron ofrendas ni diezmos) deberá entregar de estos el diezmo del pobre a otro menesteroso (Peat HaShulján 5:25). Quien tuviere un hermano o un hijo pobres, siempre y cuando no separe los frutos en el campo, podrá entregárselos a estos en su totalidad (arriba 7:11). Por lo tanto, en un caso así, es preferible entregar el diezmo del pobre a los propios familiares ya que en el precepto de la tzedaká es preceptivo entregarla en primera instancia a los seres que son más cercanos a uno.

Una persona necesitada que puede ser beneficiaria del diezmo del pobre es aquella que no consigue cubrir sus necesidades básicas de acuerdo con lo acostumbrado en una época y un lugar determinado. Consideramos que en un país en el cual se otorgan beneficios sociales a ancianos y a personas carenciadas, serán pobres aquellas personas que se encuentren en el decil inferior de la escala de ingresos de la sociedad en la que viven, y en un país en el cual no se otorgan beneficios sociales, el segmento de personas necesitadas puede alcanzar hasta el veinte por ciento del público general, pero no es razonable suponer que más de un diez o un veinte por ciento de la población sea considerada pobre, a menos que se trate de años de hambruna.

Se pueden entregar los frutos del diezmo del pobre o su equivalente en dinero al encargado de la tzedaká (gabai tzedaká) que se ocupa de las necesidades de los menos privilegiados (Mishná Ma’aser Shení 5:9). Asimismo, se puede entregar el ‘diezmo del pobre’ a una yeshivá que apoya a jóvenes estudiantes tanto solteros como casados que viven frugalmente y sus padres carecen de los medios para mantenerlos. Y aunque en la yeshivá estudien muchachos de familias más acomodadas que ayudan a la manutención de sus hijos, el dinero del ‘diezmo del pobre’ se pueda destinar a cubrir los menesteres de los estudiantes más pobres.

Una vez que la persona necesitada recibiere los frutos del diezmo del pobre podrá ingerirlos o venderlos y con el producto de la venta comprar lo que deseare. Sin embargo, está prohibido sacar los frutos en cuestión de Israel, tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 26:12): «para que coman en tus ciudades y se sacien» (ídem Sifrei, Aruj HaShulján Zera’ím 14:18). En caso de que los sacase del país, a posteriori, podrá ingerirlos en el extranjero (ver Peat HaShulján 12:27).

10- ¿Cómo se entrega en la práctica el diezmo al leví y al pobre?

El ‘primer diezmo’ y ‘el diezmo del pobre’ que se separa el tercer y sexto año del ciclo sabático son diezmos que también en la actualidad son ingeridos por quienes los reciben ya que son alimentos comunes (no sagrados), y no es necesario estar en estado de pureza para poder comerlos. Cada uno de estos diezmos ascienden aproximadamente a un 9% de los frutos, ya que tal como estudiamos, en la actualidad se separa ‘algo’ (kolshehu) para la gran ofrenda (terumá guedolá), por lo cual una vez apartada, la cantidad de frutos permanece básicamente incambiada. Luego, se separa el ‘primer diezmo’ para el leví, y de ese se separa un diezmo para el cohen que recibe el nombre de ‘ofrenda del diezmo’ (terumat ma’aser). De esto resulta que la parte que le corresponde al leví es aproximadamente un 9% de los frutos. Luego, el tercer y sexto año se separa de los frutos que quedaron el ‘diezmo para el pobre’ (ma’aser aní), cuyo monto aproximado asciende también a un 9% del total de los frutos, ya que al quitar el primer diezmo quedó un 90% por lo que su diezmo es el 9%.

Si el dueño de los frutos puede hacer llegar los frutos del diezmo al leví y al pobre, es la mejor opción. Sin embargo, en la actualidad resulta muy difícil hacerlo ya que el precepto indica que el dueño de la parcela debe separar las ofrendas y los diezmos ni bien culmina la labor de la recolección y entonces el cohen, el leví y el menesteroso deben llegar hasta el campo para que el propietario le entregue su parte a cada uno. Y si estos no se apersonaren, nuestros sabios establecieron que el dueño de los frutos se los haga llegar y los destinatarios paguen por el transporte lo que se acostumbre (ver arriba 7:5). En la actualidad, la mayoría de los productores agrícolas poseen grandes extensiones y su cosecha es gigantesca, y si les va a llevar su parte a un leví o a un menesteroso, estos no tendrán la capacidad de almacenar el producto ni sabrán cómo comercializarlo. Además, si los agricultores contratasen personal para que repartan a los leviím y a los pobres diezmos en una cantidad que resulte apta para su consumo, el pago por el transporte excederá el monto del diezmo a recibir, ante lo cual los beneficiarios preferirán que no se les traigan frutos.

A los efectos de cumplir el precepto de un modo que se condiga con su objetivo y resulte beneficioso, los productores deberán separar los diezmos del leví y del pobre, luego, habrán de comprar estos frutos de sus destinatarios y entregarles el dinero correspondiente. A priori, el dueño del campo deberá efectuar el procedimiento de adquisición para que los frutos del primer diezmo pasen al dominio de un leví determinado, y los frutos del diezmo del pobre al dominio de una persona necesitada específica, para luego adquirir de estos los frutos. Otra opción es realizar previamente un acuerdo de ‘makirei leviá’ y ‘makirei aní’ (tal como se explicará en la siguiente halajá).

A posteriori, aunque no se hubiese efectuado un procedimiento de adquisición ni se hubiese llegado a un acuerdo previo, el dueño de los frutos deberá cambiar el monto de los diezmos por dinero y luego entregárselo al leví o al pobre. Y aunque no hubiese recibido permiso de un leví específico o de un menesteroso específico para permutar los frutos por dinero, la acción ingresará igualmente en la categoría de devolución de un objeto perdido, pues por medio de la adquisición se los salva de que se pierdan (Tratado de Julín 134(B), Rambám Hiljot Bikurim 9:16).

11- La entrega efectiva de los diezmos a leviím y personas pobres conocidas (makirei leviá vea’niím)

En la actualidad, una de las formas apropiadas de cumplir el precepto de la entrega de los diezmos es que el dueño de los frutos acuerde de antemano con un leví estudioso de la Torá que reciba el primer diezmo, y le extienda un préstamo contra los diezmos que habrá de separar el año siguiente. De ese modo, el estudioso en cuestión se transforma en el makar leviá o leví conocido del propietario del campo, esto es, el leví reconocido como receptor de diezmos, por lo cual inmediatamente después de separados estos frutos del diezmo pasan a ser propiedad del beneficiario sin que medie la necesidad de efectuar un procedimiento de adquisición. Cada vez que el dueño de los frutos separe el diezmo habrá de estimar su valor y lo deducirá del monto que el leví le debe (del préstamo efectuado con anterioridad), y de ese modo, los frutos separados volverán a ser de su propiedad. Cuando el precio de los frutos del diezmo alcance el monto del préstamo efectuado este quedará saldado y el dueño del campo hará nuevamente un empréstito al leví para nuevamente descontar el valor de los diezmos del total de la deuda. El mismo procedimiento puede ser aplicado con el diezmo del pobre (Rambám Hiljot Ma’aser 7:5-6).

A los efectos de saldar la deuda, se toma en cuenta el precio de los frutos según su valor más bajo, esto es, si al inicio de la temporada su precio es elevado y a la mitad de esta el precio baja, es preciso calcular a lo largo de toda la estación el precio de los frutos según su valor más bajo. Ello no implica el cobro de intereses ya que no se trata de un préstamo común sino de uno que funge como adelanto por frutos a entregar, y su devolución depende del monto de los frutos del diezmo, y en caso de que no hubiera una contraparte de frutos el préstamo se borrará (Tratado de Guitín 30(A), Rambám Hiljot Ma’aser 7:7).

12 – El segundo diezmo (ma’aser shení) y su redención

El precepto de ingerir los frutos del segundo diezmo dentro de los muros de la ciudad de Jerusalém en estado de pureza depende de la existencia del Sagrado Templo (ver arriba 7:9). Por ello, en la actualidad que el Santuario está destruido, aunque pudiésemos purificarnos de la impureza generada por un muerto no tendríamos la posibilidad de ingerir los frutos del segundo diezmo. A pesar de ello, es nuestro deber apartar las ofrendas y los diezmos incluido el segundo diezmo, ya que el precepto de separar los frutos no está vinculado a la existencia del Templo de Jerusalém (Rambám Hiljot Ma’aser Shení 2:1). De todas maneras, no es necesario eliminar los frutos del segundo diezmo porque la Torá estableció que se pueden redimir con dinero, así, la santidad pasa a este y los frutos quedan autorizados para todo uso. Si bien la Torá preceptúa redimirlos por su valor más el agregado de un quinto, a posteriori, si se redimen a cambio de una moneda (prutá) los frutos se tornarán comunes (mejulalim). Y dado que en la actualidad el dinero de su redención se pierde, a priori se los puede redimir por una sola moneda, y en efecto esto es lo que valen, por cuanto que no es posible disfrutar de ellos (Rambám 2:2, 4:18).

No es posible redimir los frutos por menos del valor de una prutá, ya que es un valor carente de importancia y por eso no resulta posible efectuar una adquisición o una redención por un monto tal. El valor de una prutá es la cuarentaicincoava parte de un gramo de plata. Dado que el precio de la plata oscila, el valor de la prutá asciende y desciende, y en los últimos años ha fluctuado entre las cuatro y las cinco agorot (que es el centavo del New Israeli Shekel).

En caso de necesidad, se pueden redimir los frutos del ‘segundo diezmo’ por un alimento que valga una prutá, envolverlo y colocarlo de un modo digno en el bote o tacho de basura tal como se hace con la ofrenda. No obstante, a priori, es preciso redimir los frutos del ‘segundo diezmo’ sobre dinero.

Un individuo que desee redimir de tanto en tanto los frutos del segundo diezmo sobre una prutá deberá destinar para ello una moneda, y si el precio de la prutá se mantiene en cinco agorot tal como lo es hoy, podrá redimir sobre una moneda de 5 shekel cien veces y sobre una de 10 shekel doscientas. A los efectos de recordar que se trata de una moneda especialmente destinada a ese fin es conveniente marcarla con una etiqueta.

Este es el orden de la redención: tras culminar la separación de los frutos se recita la siguiente bendición: «Baruj Atá Ad-onai Elo-heinu Melej Haolam Asher Kideshanu Bemitzvotav Vetzivanu Lifdot Ma’aser Shení» («Bendito eres Tú HaShem, nuestro D’s, Rey del universo, que nos consagró con Sus preceptos y nos ordenó redimir el segundo diezmo»). En caso de que se torne a los frutos en comunes a cambio de un alimento se dirá: «Ma’aser Shení Zé Hú Vejomshó Mejulal al Maajal Zé» («Este segundo diezmo y su agregado de un quinto se tornará en común por medio de este alimento») y se habrá de colocar envuelto en el tacho o bote de basura para que no resulte denigrado.

13- Algunas normas referentes a la redención del segundo diezmo (pidión)

Cuando se redime el ‘segundo diezmo’ sobre dinero, es preciso hacerlo por medio de una moneda de uso corriente en el lugar y no con una que no lo es y por ende allí no se la considera dinero (Rambám 4:9-10).

Una persona puede permitir que sus familiares y amigos rediman los frutos del segundo diezmo que estuvieren en su posesión por medio de la moneda que esta destinó a ese fin, a condición de que estime que no habrán de pasarse del número de prutot que vale su moneda. En caso de duda, podrá destinar a la redención dos monedas, una de diez shekalim (NIS) y otra de cinco (y es recomendable pegarlas entre sí para marcarlas de manera evidente) y autorizar a los demás a que tornen en comunes a los frutos redimiéndolos sobre una prutá de la moneda de mayor valor, y en cada temporada, en la medida de lo necesario, que torne en comunes (iejalel) todas las prutot de la moneda de mayor valor sobre una prutá de la de menor valor. Así habrá de proceder hasta que llegue el tiempo de la eliminación de los diezmos (bi’ur hama’asrot). Entonces, finalmente, convertirá en comunes a todas las prutot de las dos monedas sobre un trozo de fruta, vino o aceite que tenga el valor de una prutá. Luego, podrá volver a utilizar las monedas en cuestión durante los años siguientes. En caso de haber redimido las prutot sobre un trozo de fruta u otro alimento, habrá de dejarlo envuelto en el tacho de basura de un modo honorable. En caso de haber redimido sobre vino o aceite – habrá de verterlos en la pileta o el fregadero, pero no en el inodoro.

Cuando un individuo redime sus frutos del segundo diezmo sobre la moneda de su compañero no le agrega un quinto, sino que habrá de decir: «Ma’aser Shení Ze Ihié Mejulal Al Prutá Bematbe’a Sheploní Ijed Lepidión Ma’aser Shení» («Este segundo diezmo se tornará común sobre la prutá de la moneda que fulano destinó para la redención del segundo diezmo») (Rambám 5:1, 8).

Cuando los frutos del ‘segundo diezmo’ equivalen a menos de cuatro prutot, dado que el monto del quinto es inferior al valor de una prutá, este no es agregado y la persona habrá de decir: «Ma’aser Shení Ze Ihié Mejulal Al Prutá Bematbe’a Sheijadti Lepidión Ma’aser Shení» («Este segundo diezmo se tornará común sobre la prutá de la moneda que destiné para la redención del segundo diezmo) (Rambám 5:4). En caso de que por error hubiese agregado un quinto donde no precisaba hacerlo – igualmente habrá cumplido con su deber.

14- No se redime cuando el valor es inferior a una prutá y en Jerusalém

Si el valor del ‘segundo diezmo’ es inferior a una prutá, no es posible redimirlo (Tratado de Baba Metzía 53(B)) ya que carece de importancia como para que se puedan ejecutar sobre este las acciones de adquisición o redención. Y dado que resulta imposible redimirlo y también se prohíbe comerlo, eliminarlo o denigrarlo, deberá entonces ser envuelto y colocado en un tacho tal como se hace con las ofrendas. Quien desee adoptar una actitud más flexible podrá decidir por sí mismo que el valor es de una prutá y redimir el ‘segundo diezmo’ sobre una prutá. Sin embargo, la idea de ‘prutá estricta’ (prutá jamurá) carece de real asidero y no reporta beneficio, por lo que no debe emplearse.

No se redimen frutos puros del segundo diezmo en Jerusalém, esto es, dentro de las murallas antiguas de la ciudad consagrada, incluidas las áreas de la Ciudad de David (Ir David) y el Monte de Sion que otrora se encontraban dentro del perímetro amurallado. Esto es así ya que la Torá permitió redimir frutos con dinero para traerlo a Jerusalém, tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 14:24-25): «Pero cuando fuere mucho para ti el camino, y no podrás transportarlo…Lo trocarás por dinero; atarás el dinero en tu mano y te encaminarás al lugar que habrá de elegir HaShem tu D’s», de aquí surge que si los frutos ya se encuentran en Jerusalém estará prohibido redimirlos. Y en caso de que los hubiera redimido – la redención quedará sin efecto (Talmud Jerosolimitano Tratado de Ma’aser Shení 1:3, Rambám 2:4, Yeshu’ot Malkó), por lo que deberá colocar los frutos del ‘segundo diezmo’ que separó en Jerusalém en un sitio no visible y dejar que se descompongan, y en caso de que se trate de unos pocos, podrá envolverlos y colocarlos en un tacho tal como se procede en el caso de las ofrendas.

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