La confiabilidad y la supervisión – 38

01 – Confiabilidad básica

En términos generales, todo judío que cree en HaShem y en Su Torá es digno de confianza en lo que respecta a la observancia de los preceptos, y por ello, la Torá ordenó que todo israelita, tanto hombre como mujer, observe por sí mismo todos los preceptos referidos a la kashrut: que faene sus animales y les retire los sebos prohibidos, el nervio ciático y la sangre, separe las ofrendas y los diezmos de sus frutos sin que resulte necesario que sea supervisado por sacerdote o sabio alguno. Asimismo, toda persona que se aloje en lo de su compañero podrá confiar en él e ingerir de sus alimentos. Si le sirvió carne, puede confiar en que la haya kasherizado previamente de sangre como corresponde, que en el platillo servido no se hayan mezclado carne con leche, que revisó que el alimento no contenga insectos y que de las frutas y las verduras servidas se hayan separado las ofrendas y los diezmos necesarios. Esto y más, según lo preceptuado por la Torá, incluso los miembros de la sagrada familia sacerdotal confían en la faena de animales de cualquier miembro del pueblo de Israel, ya que la Torá ordenó que cada judío que faene para sí de sus propios animales le otorgue al cohen el brazo, la quijada y el cuajar a modo de obsequio. A este respecto, nuestros sabios dijeron que “un testigo solo es suficiente para dar testimonio sobre prohibiciones”, esto es, que un judío puede testificar sobre la kashrut de los alimentos (Rashi a Yevamot 88(A) en el pasaje que inicia con ‘ואמר’, Julín 10(B) en el pasaje que inicia con ‘עד’).

Vimos también, que todo varón judío confía en que su esposa se cuida de la impureza del período menstrual (nidá) (Tosafot a Guitín 2(B) en el pasaje que inicia con ‘עד’).

De igual manera, nuestros sabios dijeron: “Los preceptos de consagración (hekdesh), de ofrendas y diezmos, son principios fundamentales de la Torá y fueron entregados a los judíos legos en cuestiones religiosas (amei haaretz)” (Tratado de Shabat 32(A)).

Sin embargo, esta confiabilidad básica depende de dos factores: el primero que se trate de una persona que sabe observar los diferentes detalles del precepto. Por eso, antes que una persona comience a faenar se acostumbra a revisar que sabe hacerlo de acuerdo con la ley (Tratado de Julín 3(B), Shulján Aruj Yoré Deá 1:1, Aruj Hashulján 119:2).

Asimismo, cuando los sabios cayeron en la cuenta de que los judíos legos en cuestiones religiosas no tenían conocimiento de las leyes referentes a la pureza y la impureza, establecieron que no fueran confiables en estas cuestiones, a menos que se comprometieran previamente ante tres personas (una suerte de tribunal) a estudiarlas y observarlas, y entonces él, su esposa e hijos pasaban a ser confiables en la materia (Rambám Hiljot Metaamei Mishkav uMoshav 10:1-5).

La segunda condición es que la persona no sea displicente respecto del precepto, pero en caso de que se sepa que lo es, no se confía en ella. Por lo tanto, cuando en los días del Segundo Templo los sabios se dieron por enterados de que en virtud del alto costo de los diezmos había judíos legos en cuestiones religiosas que no los separaban, decretaron que a ese respecto solamente se confía en quien se hubiera comprometido ante un tribunal de tres miembros a tener el recaudo de este precepto y ser declarado confiable por ellos (Tratado de Sotá 48(A), Talmud Jerosolimitano Sotá 9:11, Rambám Hiljot Ma’aser 9:1, ver en el tomo I 8:13).

02 – La necesidad de supervisar a los comerciantes

La confiabilidad básica de la que goza toda persona de Israel se refiere a situaciones comunes, por ejemplo, cuando una persona se hospeda en lo de su prójimo y puede confiar en que su anfitrión le servirá alimentos kasher. Pero cuando se trata de comerciantes, es preciso llevar a cabo una inspección, porque estos podrían sucumbir ante una tentación de tipo económica.

Por ejemplo, la Torá advierte específicamente a los comerciantes en cuanto a que sus medidas y a pesas deben ser justas y que no deben engañar por medio de su adulteración. Tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 25:13-15): “No tendrás en tu bolsa pesa grande y pesa pequeña. No tendrás en tu casa efá grande y efá pequeña. Pesas cabales y exactas habrás de tener; efá cabal y exacta habrás de tener. Para que se prolonguen tus días sobre la tierra que HaShem tu D’s te da a ti”. Del hecho que la Torá enfatizó la expresión “tendrás” (ihié laj) nuestros sabios aprendieron que “se establecen inspectores para que revisen las medidas”. O sea, es preceptivo designar supervisores que revisen a los comerciantes, a sus medidas, a sus pesas y castiguen a los embusteros (Tratado de Baba Batra 89(A), Rambám Hiljot Gnevá 8:20).

E incluso un cohen, cuya ocupación principal tiene que ver con cuestiones referentes a la santidad, cuando se encuentra ante una gran tentación, no se confía en él. Por eso se instruyó que en el caso de un animal primogénito que pudiera exhibir un defecto producido por la mano del hombre, no se permite que este sea faenado e ingerido sin que el cohen presente un testigo que certifique que el defecto se generó espontáneamente.

En caso de que no hubiera un testigo no se autoriza la faena del animal primogénito pues se teme que el propio cohen pudiera haber infligido el daño en la bestia para poder comer de su carne y para liberarse del deber de ocuparse del cuidado del animal (Shulján Aruj y Ramá Yoré Deá 314:1, ver arriba 19:6).

Otro tanto ocurre con los comerciantes que expenden alimentos, dado que podrían lucrar con la venta de alimentos no kasher, es preciso supervisarlos. En las últimas generaciones la producción de alimentos se tornó compleja y extendida (ver arriba 37:1) al punto de que se estableció la firme práctica de no adquirir alimentos respecto de los cuales pudiera haber interrogantes referidas a la kashrut de una fábrica o de una tienda que no esté supervisada, aunque el vendedor sea una persona observante (ver Meshiv Davar 2:7, Igrot Moshé Yoré Deá 4:1, Neharon Eitán 2:38, Minjat Asher 1:37).

Si bien no hay una definición exacta del grado de supervisión necesaria, hay cuatro reglas generales que guían el nivel de la inspección: la primera, cuanto mayor es la tentación, esto es, cuanto más dinero puede ganar el comerciante por medio del engaño, más estricta debe de ser la supervisión.

La segunda, cuanto más grave es la prohibición en cuestión, más minuciosa debe de ser la supervisión. Por ello, la inspección más estricta tiene lugar en torno a la carne, pues cualquier error y fracaso está referido a una prohibición de la Torá y la tentación de engañar en su comercio es mayor ya que el precio de la carne kasher es el doble que el de la carne taref.

La tercera, cuantos más alimentos a más personas suministra el comerciante, se impone que la supervisión debe ser más rigurosa, para evitar que grandes masas de judíos incurran en una transgresión.

La cuarta, cuanto más complejo es el alimento que precisa ser supervisado, más profesional debe ser la supervisión, por ejemplo, en el caso de los productos industrializados que contienen decenas y cientos de ingredientes y suplementos alimentarios, la supervisión debe poder abarcar el amplio abanico de interrogantes halájicos que pudieran surgir.

03 – Las reglas de supervisión

Si bien es preceptivo supervisar a los matarifes o shojatim y a los comerciantes que expenden los alimentos, esto no significa que no se les crea en lo más mínimo, sino que básicamente se confía en ellos, pero como pueden ser tentados, se los inspecciona o supervisa de tanto en tanto. Pero si no creyéramos en ellos en absoluto, precisaríamos enviarles inspecciones en todo momento, y tampoco podríamos creer en los supervisores, por lo que resultaría necesario apostar supervisores que vigilen a los inspectores y así sucesivamente ad infinitum.

Por lo tanto, el fundamento primario es la confianza básica que se le tiene a un individuo en general, la cual precisa ser reforzada por medio de la inspección cuando éste se enfrenta a una tentación de tipo económica. La supervisión se apoya en el principio de la disuasión, el cual se divide en dos partes: la sorpresa y la punición.

La sorpresa: cuando se teme que el dueño del negocio o el empleado pudieran realizar una acción que tornare al alimento en prohibido, es preciso que sepan que en cualquier momento un supervisor puede hacerse presente y comprobarlo. Para ello, es preciso otorgarle al supervisor una llave de las instalaciones para que pueda aparecer en cualquier momento que desee sin previo aviso e inspeccionar qué se está haciendo.

La punición: si se sorprende a un matarife o a un comerciante vendiendo un alimento prohibido, se le debe retirar la certificación kasher. Y tal como indicaran nuestros sabios, un matarife que vendió carne no kasher queda inhabilitado de por vida. Y aunque arguya que lo hizo inintencionalmente y manifieste exteriormente que lamenta mucho el haber transgredido y exterioriza que retorna en completo arrepentimiento -no se confía en él nunca más, pues dado que perdió su confiabilidad, cabe temer que su “retorno en arrepentimiento” esté únicamente destinado a recibir nuevamente la autorización para comercializar carne, y cuando vuelva a enfrentarse a una tentación, sucumbirá ante esta y engañará a los clientes.

Solamente si se traslada a otra localidad, y en esta nueva locación le sucediera un caso poco común del cual se desprendiera con certeza que efectivamente superó su deseo excesivo por el dinero, podrá creérsele que realmente hizo teshuvá (Tratado de Sanedrín 25(A), Rashbá 1:20, Shulján Aruj 119:15).

Al inicio de la era de los sabios de las últimas generaciones (ajaronim), hace cuestión de unos cuatrocientos años, fue cuando se acentuó el proceso de la profesionalización de las labores. Hubo familias cuyo sustento se basaba enteramente en la faena de animales y la comercialización de su carne. En ese caso,  si se inhabilitaba para siempre al padre de familia, su horizonte económico y el de su familia en general se verían perpetuamente cercenados. Por lo tanto, los rabinos instruyeron que se flexibilizase la norma y se le incorporase un protocolo de retorno en arrepentimiento con ayunos y aflicciones, al final del cual resultase posible volver a confiar en él (Rabí Shlomó Luria, Turei Zahav 119:16, Shoel Umeshiv II 170, ver Tratado de Julín 18(A), Da’at Cohen 2).

Y así es como se procede en la actualidad. Si los encargados de la supervisión consideran que hay alguna posibilidad que quien ha sido identificado como un embustero cambie su actitud y mejore, se lo castiga retirándole la habilitación para trabajar únicamente por un tiempo limitado, se le prescribe un protocolo de retorno en arrepentimiento a cumplir y luego se le devuelve la certificación kasher.

Sin embargo, resulta obvio que, dado que la disuasión se ha visto afectada por el hecho de que la anulación de la habilitación no es de por vida, surge la necesidad de incrementar la intensidad de la supervisión sobre la generalidad de los comerciantes que expenden alimentos, especialmente sobre quienes ya fueron sorprendidos faltando a la verdad.

04 – La kashrut común y la kashrut mehadrín

En los órganos de supervisión de la kashrut se acostumbra a conferir dos niveles de certificación: uno de kashrut común y otro de kashrut mehadrín. Estos certificados se diferencian en dos cuestiones: la primera, es que en la kashrut mehadrín, cuando no se presenta una dificultad especial, se toman en cuenta las opiniones más estrictas aun cuando estas sean minoritarias y aunque el fundamento de su opinión se apoye en prescripciones de origen rabínico. Por su parte, en la kashrut común se procede de acuerdo con las reglas generales de la Halajá, y en caso de necesidad, cuando surge una discusión sobre una norma de origen rabínico, se sentencia conforme a la opinión más flexible.

En las discusiones que giran en torno a normas que tienen su origen en la Torá, en caso de que hubiera una clara mayoría de las eminencias que adopta una actitud flexible, de ser necesario se recurre a su respaldo, y si la controversia (majloket) no alcanza una resolución mayoritaria, se adopta la opinión estricta. Y solamente en lo que tiene que ver con las adherencias del pulmón del animal (sirjot), si bien se trata de una discusión empatada sobre una prohibición de la Torá, se adopta la actitud flexible.

Esto obedece al alto costo económico que se debe asumir en caso de decidir por la actitud estricta, y además, porque la lógica de la postura flexible resulta convincente, y cabe decir, esa era la práctica aceptada en la mayoría de las comunidades judías. Por lo tanto, también en esta ley concreta se procede según las reglas generales de la Halajá y en conformidad con la tradición jurisprudencial (ver arriba 20:8-9).

La segunda cuestión tiene que ver con el grado de supervisión. En la kashrut común se procede de acuerdo con las reglas de la Halajá que son comúnmente aceptadas por la mayoría de los juristas eminentes, y se confía en que el dueño del negocio cumpla con los requisitos de kashrut que le fueron establecidos, y por su parte, el supervisor visita el negocio de tanto en tanto para cerciorarse de que todo funcione en conformidad con lo acordado.

En caso de que se descubriera que hubo un engaño, se anula la certificación kasher, pero mientras que no se presentara ningún problema de envergadura, se continúa confiando en el propietario del comercio. Por su parte, en el caso de la kashrut mehadrín, se confía menos en el propietario del negocio y por lo general se exige que haya en un supervisor adscripto al local que acompañe el proceso de la elaboración del alimento. Sumado a ello, tras una ligera infracción de las instrucciones encomendadas, el organismo certificador mehadrín puede denegar la certificación de kashrut.

En términos generales, el Gran Rabinato de Israel y los rabinatos locales otorgan certificación kasher común, así como también mehadrín, al tiempo que los organismos privados de kashrut por lo general otorgan solamente un solo grado de certificación. Los tribunales rabínicos independientes (badatz) más conocidos en Israel solo otorgan certificación mehadrín.

Por diferentes motivos, el sistema de certificación de kashrut adolece de numerosos problemas, siendo los principales: 1) La falta de procedimientos uniformes para definir qué es una certificación común y qué es una mehadrín. 2) La falta de supervisión por parte de algunos rabinatos tanto oficiales como independientes, los cuales a veces llevan a cabo su labor de manera negligente. 3) En reiteradas ocasiones se presentan conflictos de intereses que pueden causar que supervisores u organismos de supervisión hagan caso omiso de problemas existentes, a los efectos de seguir recibiendo dinero por la certificación. 4) La competencia, la cual a veces se torna salvaje y se acompaña de calumnias que afectan injustamente a la credibilidad de personas confiables.

Por lo tanto, corresponde obrar en aras de la mejora de la totalidad del sistema de certificación de kashrut estableciendo directivas unificadas que definan cuándo la certificación es común y cuándo mehadrín, fijando de esta manera, procedimientos que disminuyan las sospechas  de conflictos de intereses y obligando a los organismos certificadores a que informen con transparencia sobre su nivel de supervisión para que el comprador sepa qué normas tuvieron el recaudo de observar y cuáles no, y que todo ello esté dirigido y supervisado por el Gran Rabinato de una manera confiable.

No obstante, a pesar de todos los problemas que requieren solución, actualmente, en términos generales el sistema de certificación de kashrut en Israel es de un buen nivel. Esto obedece a una serie de motivos: en primer lugar, por el mérito del temor al cielo y la gran consciencia de misión que anida en el seno de la gran mayoría -sino en la totalidad- de las personas involucradas en la labor de la supervisión. En segundo lugar, el hecho de que la mayor parte de los alimentos producidos y comercializados en Israel sean kasher ayuda en gran medida a la observancia de las normas dietéticas. En tercer lugar, la competencia existente entre los organismos certificadores y la exposición mediática de sus posibles falencias, llevan a estos a una autocrítica y a mejorar la calidad de su servicio.

Por lo tanto, a los efectos de la halajá práctica, todos los alimentos que estén supervisados por el Gran Rabinato, por los rabinatos locales o por los organismos certificadores privados -son kasher. Y por lo general, los alimentos que exhiben sellos de supervisión mehadrín del Gran Rabinato o de los tribunales rabínicos independientes son kasher lamehadrín. Y si el rabino o el supervisor actuaren con negligencia y los alimentos que una persona consume no fueren kasher o carecieren del grado de excelencia de la kashrut que esta requería -el pecado recaerá sobre el rabino y sobre el supervisor, al tiempo que el consumidor que tuvo el recaudo de adquirir un producto supervisado estará limpio de toda culpa. Y en caso de que el rabino y el supervisor hubieren cumplido honestamente con su deber y el productor del alimento fuere aquel que engañó al consumidor, el pecado recaerá únicamente sobre este último.

05 – Los niveles de excelencia

No hay ningún tipo de “kashrut”, ni siquiera el más excelso de todos, que colme las exigencias de todas las opiniones individuales estrictas de todos los juristas, ya que, si el procedimiento de excelencia tiene elevados costos económicos, por lo general, incluso quienes observan altos niveles de excelencia optan por flexibilizar los criterios.

Además, cuando se trata de una medida estricta (jumrá) que no fue puesta en práctica por los justos de las generaciones pasadas por haber considerado que esa opinión fue descartada por la gran mayoría de las autoridades halájicas, no corresponde que sea adoptada por los rabanim de nuestra generación, para que no se genere la impresión de que le faltan el respeto a los dictámenes de los primeros rabinos. Sin embargo, a veces los justos de las generaciones anteriores acostumbraban a flexibilizar su actitud porque adoptar la medida estricta podía implicar una enorme pérdida económica o un agotador esfuerzo, por lo que, si en la actualidad resultare posible proceder con excelencia y de acuerdo con la opinión estricta -sin que ello representare voluminosas pérdidas o ingentes esfuerzos- será correcto hacerlo, porque ello no implicaría una actitud peyorativa hacia las generaciones pasadas.

Actualmente, a raíz de la reunión de los judíos provenientes de todas las diásporas, se generó una situación por la cual las medidas estrictas de una congregación no son las de la otra, y a veces, un tribunal privado que está vinculado a un grupo determinado acostumbra a poner en práctica las medidas estrictas que se practicaban en su exilio de origen y no toma en cuenta las jumrot de las demás congregaciones. Así, por ejemplo, en lo que respecta a la cocción de alimentos por parte de un gentil, hay tribunales privados de judíos provenientes de Ashkenaz que no se rigen por las opiniones más estrictas (ver arriba 28:8). Otro tanto ocurre con la inmersión de la carne en agua hirviendo (jalitá) tras haber sido salada, los tribunales particulares de los judíos oriundos de Ashkenaz y Sefarad no toman en cuenta las opiniones de Rambám y Rabí Aharón Haleví tal como lo hacen los oriundos del Yemen (ver arriba 22:7). Otro tanto ocurre en lo que respecta a las medidas estrictas de los ashkenazíes en Pesaj, los tribunales particulares sefaradíes no las toman en cuenta.

Asimismo, cada tribunal privado (badatz) sigue el método de sentencia halájica de sus rabinos, y a veces, en una cuestión determinada adoptan decisiones finales claramente flexibles, sin temer a no considerar las opiniones más estrictas. Corresponde que los organismos de supervisión de la kashrut mehadrin de la tierra de Israel tomen en cuenta y sopesen las opiniones de todas las eminencias halájicas y las costumbres de todas las congregaciones.

Además, es preciso saber que hay cuestiones respecto de las cuales se debate sobre qué es lo que ingresa en la categoría de práctica excelente (hidur). Por ejemplo, en el caso de los frutos del año sabático. Muchos tribunales particulares (badatzim) se cuidan de no autorizar frutas que fueron producidas por judíos por medio del “heter mejirá” (permiso de venta de las tierras a gentiles), y desde su perspectiva, esta medida estricta es tan importante que prefieren comprar frutas y verduras producidas por gentiles y a veces hasta por enemigos.

Por otra parte, tal como lo aprendimos de nuestros rabinos, en un año sabático es más excelente adquirir frutas y verduras producidas por judíos por medio del “heter mejirá”, ya que este procedimiento es un caso de duda doble de una prohibición rabínica (Pninei Halajá Sheviít 7:5) al tiempo que la compra a judíos se apoya en dos preceptos de la Torá: 1) Poblar la tierra de Israel (ishuv haaretz), y 2) Preferir a nuestros hermanos por sobre extraños. Por ello, cuando se presentan ante nosotros dos posibilidades de cumplir con el precepto del año sabático (shemitá): la kashrut común que recurre al “heter mejirá” o la excelente (mehadrín) que prohíbe los frutos provenientes de ese mecanismo, preferiremos el heter mejirá que adquiere cosechas de judíos por sobre todo el resto de las prácticas de excelencia, que temen de las dudas sobre prescripciones rabínicas.

Naturalmente, entre los diferentes organismos certificadores y supervisores de kashrut existen discusiones y reina la competencia, y en términos generales, quienes deseen proceder con excelencia es oportuno que prefieran la supervisión del Gran Rabinato o la de los organismos certificadores que proceden de una manera respetuosa con aquellas opiniones con las que disienten por sobre la de aquellos que proscriben y calumnian a sus pares. Y si bien es razonable pensar que los alimentos que ellos certifican carecen de defecto, corresponde alejarse tanto de lo desagradable como de aquello que se le parece.

Estos son los parámetros principales a sopesar por parte de quienes deseen proceder con excelencia, y quien no sepa distinguirlos, es bueno que se asesore sobre esto con su rabino.

06 – Fábricas y restaurantes

La división de las supervisiones entre “kasher” y “kasher lamehadrín” existe en las fábricas de alimentos y en los restaurantes, pero en la práctica, es más sencillo supervisar debidamente las grandes fábricas que a los segundos, ya que en los sistemas de producción masiva el supervisor debe inspeccionar previamente todos los ingredientes empleados en la elaboración y luego cerciorarse de que la fábrica continúa manejándose de acuerdo con los parámetros acordados. Además de ello, para una industria grande es más sencillo pagar una supervisión estricta, y así, en la práctica resulta que la kashrut común en esa área de actividad tiene un nivel de excelencia similar a la mehadrín.

Sin embargo, en los restaurantes que se dedican a preparar diferentes tipos de alimentos, la labor de la supervisión se torna más compleja pues es preciso inspeccionar un sinnúmero de componentes adquiridos a diferentes proveedores que a veces suelen cambiar. Además, como la preparación y cocción de los alimentos es realizada manualmente y por personas que generalmente no son expertas en Halajá, suelen surgir inconvenientes. A los efectos de supervisar por completo un restaurante, sería preciso asignar a un supervisor adjunto que esté presente constantemente, pero ello resulta económicamente imposible para la mayoría de los establecimientos. Por lo tanto, el Rabinato lleva a cabo una inspección básica que confía en que tanto el dueño del local como los trabajadores habrán de cumplir con las reglas de kashrut que les fueron indicadas, y el supervisor habrá de presentarse de vez en cuando para inspeccionar y certificar que las instrucciones fueron cumplidas. Por su parte, en el caso de la certificación mehadrín, la supervisión es permanente, lo cual asegura que la kashrut sea del más alto nivel.

Por lo tanto, quien no está acostumbrado a observar un grado de kashrut mehadrín es bueno que proceda con excelencia y prefiera un restaurante que posee este tipo de certificación o al menos uno que pertenezca a una cadena que tiene el recaudo de mantener un alto el nivel en la calidad de sus productos.

Esto se refiere especialmente a los restaurantes cárnicos, pues la tentación de engañar en este rubro es grande ya que el precio de la carne kasher es el doble que la taref, y si se hace la cuenta mensual, se trata de una ganancia muy importante. Además, las prohibiciones que vienen asociadas a la ingesta de carne son muy graves. Sin embargo, quien desee confiar en la kashrut común de un restaurante cárnico puede hacerlo, y si bien la probabilidad de que en alguna oportunidad termine ingiriendo carne taref es más elevada, todo tiempo que el establecimiento gastronómico exhiba un certificado de kashrut implica que tiene lugar una labor de supervisión que evita que ello ocurra en la mayoría sino prácticamente en la totalidad de los casos, y por ello, a los efectos de la Halajá, el alimento que este sirve se asume como kasher. En caso de que el cliente desee hacer algo que habrá de resultar beneficioso tanto para él como para el resto de los comensales, es correcto que pida hablar telefónicamente con el supervisor y se cerciore con este de que en efecto el alimento es kasher. Este tipo de interés mejora el nivel general de la kashrut porque motiva al dueño del establecimiento y al supervisor a cumplir con la normativa que rige sobre ellos.

Cuando la validez del certificado de kashrut vence, no se debe confiar en el dueño del restaurante si este arguye que el local sigue estando inspeccionado, pero sencillamente se olvidaron de traerle el nuevo certificado, debiéndose llamar al representante del rabinato para escuchar de su boca que el comercio en cuestión sigue estando supervisado de acuerdo con la Halajá.

En los salones de eventos que están certificados con kashrut común, cuando se encuentra en estos un supervisor fijo que inspecciona constantemente la preparación y el servicio de todos los alimentos, el nivel de supervisión es bueno. Pero si el supervisor solo llega de vez en cuando, por lo general la situación imperante es de menor calidad ya que la tentación de engañar es muy fuerte. Por lo tanto, quienes contraten las instalaciones de un salón para un evento deben pedir reunirse con el supervisor de kashrut, y solamente corresponde cerrar el trato si este testifica que los alimentos que van a recibir serán aptos.

Los hoteles grandes y medianos suelen disponer de una mejor supervisión que la de los restaurantes porque la cantidad de alimentos preparados es mayor y por ende la inspección es más permanente. Aun así, es bueno que quienes acostumbren a proceder con excelencia en cuestiones de kashrut pidan hablar con el supervisor para escuchar de parte suya que la normativa vigente se cumple como corresponde.

07 – El sello de kashrut en un alimento empaquetado

El sello de kashrut sobre un paquete de alimentos certifica que el contenido es apto para ser consumido. Si bien los alimentos son transportados de un sitio a otro, mientras que el empaque permanezca cerrado y sellado tal como cuando salió de la fábrica, se asume que el alimento contenido en su interior es kasher. Otro tanto ocurre con todo tipo de empaque que resulte difícil de falsificar.

Asimismo, nuestros sabios establecieron que cuando resulta necesario enviar alimentos por intermedio de un gentil y se teme que este pudiera cambiarlos por otros que están prohibidos por la Torá, por ejemplo, carne kasher que pudiera ser sustituida por otra taref, es preciso sellar el recipiente o la bolsa en la cual se encuentra el alimento con dos lacrados.

Cuando se trata de un temor por una norma de origen rabínico, por ejemplo, que una leche ordeñada por un judío haya sido cambiada por otra producida por un gentil sin la supervisión de un israelita (jalav nojrí), basta con sellar el envase con un solo lacrado. Al hablar de “sellar” nos referimos a un tipo especial de cierre que resulte difícil de falsificar, por ejemplo, pegando la apertura del envase con papel adhesivo y firmando sobre este de modo tal que si se abre el empaque resulte difícil volver a cerrarlo recreando la forma de la rúbrica. Si se ha de pegar otro papel adhesivo por encima del anterior y se ha de firmar también sobre este, se considerará como un doble sellado.

Asimismo, amarrar la bolsa de nylon en la que se encuentra el alimento de un modo especial que dificulte a quien la abra el devolverla con exactitud a su estado anterior -se considera como un sellado, y amarrar dos bolsas de nylon -se considera como sellado doble. De igual manera, un único sellado que resulte muy difícil de falsificar se considera como un sellado doble (Rashbá, Beit Yosef 118:9, Igrot Moshé Yoré Deá 1:56). Igualmente, cuando quien falsifique el sellado tiene previsto por la ley un castigo, se lo considera como un sellado doble (Da’at Cohen 229).

Por lo tanto, dado que resulta más difícil falsificar un empaque original que dos sellados, todo empaque original se considera como un sello de doble lacrado. No obstante, un ladrón profesional es capaz de hacer una máquina que falsifique los empaques, pero dado que en caso de que fuera detenido por la justicia sería duramente castigado, no se teme que algo así ocurra. Aun así, hay quienes proceden con la excelencia de sellar los alimentos con un doble lacrado cuando el temor de que sean sustituidos refiere a prohibiciones graves.

Por ello, las personas que proceden con excelencia sellan las botellas de vino con un tapón de corcho o metal y sobre estos colocan un envoltorio de plástico. Corresponde tener este recaudo en el caso de un alimento cuya kashrut resulte muy redituable de falsificar, por ejemplo, grandes cantidades de carne, donde además del lacrado que debe poseer cada empaque es también oportuno lacrar el cartón sobre el cual colocan los paquetes. Y hay quienes proceden con la excelencia de elaborar sellados que resulten muy difíciles de falsificar.

Cuando no existe incentivo para engañar, por ejemplo, como en el caso de un repartidor que trae un envío procedente de un restaurante, se confía en que el negocio es kasher y que el enviado trae alimentos que fueron le fueron encargados.

08 – Quien se hospeda en lo de un anfitrión que observa la kashrut como corresponde

Tal como aprendimos (halajá 1) quien se hospeda en lo de una persona que cuida la kashrut criteriosamente, debe confiar en su anfitrión e ingerir sus alimentos, ya que según la Halajá “un testigo solo es suficiente para dar testimonio sobre prohibiciones” (Tratado de Julín 10(B), Rashi en el pasaje que comienza con ‘עד’, Tratado de Yevamot 88(A), Rashi en el pasaje que comienza con ‘ואמר’). Si bien un huésped que acostumbra a proceder con excelencia y a adquirir alimentos con un tipo de certificación kasher de alta gama, al hospedarse donde su compañero o pariente debe confiar en él e ingerir de sus alimentos, porque la kashrut común es de acuerdo con el dictamen de la mayoría de los juristas y según las leyes generales de la Halajá. Y si bien proceder con excelencia es una virtud, más importante aún es promover la concordia entre los judíos y honrar la Halajá.

Sin embargo, en el caso de costumbres claras y contundentes que se observan en congregaciones enteras y los miembros de estas suelen no modificar su conducta ni en un ápice sin que medien situaciones de fuerza mayor o enfermedad, se acostumbra a respetarlas también cuando se hospedan. Tal como en el caso de los judíos de origen ashkenazí que cuando se hospedan en Pesaj no ingieren legumbres (kitniot) y ello no implica ofensa alguna para el anfitrión pues se trata de una práctica conocida.

Asimismo, quienes acostumbran a tener el recaudo de comer solamente carne “jalak”, cuidan este aspecto también al hospedarse. Otro tanto ocurre con quienes acostumbran a comer únicamente verduras de hojas provenientes de cultivos carentes de insectos o a sumergir las verduras en agua con detergente y enjuagarlas cuidadosamente –mantienen su práctica incluso cuando se hospedan. Sin embargo, en el caso de un alimento cocido .no es preciso adoptar una actitud estricta por tratarse de una duda doble (sfek sfeika) (tal como lo explicamos anteriormente 23:21).

En la actualidad hay muchos que tienen el recaudo de ingerir únicamente alimentos que cuentan con una certificación de kashrut excelente, al punto que esta práctica se transformó para ellos en una costumbre absoluta e inamovible de la cual no se apartan salvo en casos de fuerza mayor o enfermedad. Entonces, según su costumbre, ellos no comen en lo de quien no adquiere todos sus alimentos con un nivel igual de calidad en la certificación. Si bien su proceder es contrario a la Halajá, cabe explicar que en virtud de las crisis y las vicisitudes que atravesó el pueblo judío en las últimas generaciones, la tradición de la kashrut se vio afectada en muchas personas, al grado de que resulta más difícil darse cuenta quién conoce las leyes dietéticas como corresponde y quién simplemente las cuida al pie de la letra, y a los efectos de evitarse dudas y momentos desagradables, asumieron para sí observar las leyes estrictas de la categoría mehadrín. Y al hacerlo, elevaron los muros de protección y la separación respecto de otros públicos que son menos detallistas en los preceptos de la kashrut o cuyas posturas les resultan inválidas, pensando que proceder de esa manera sirve a un objetivo virtuoso.

Pero en la práctica, a la hora de hospedarse, solo cabe adoptar una actitud estricta en las costumbres piadosas más conocidas, pero en lo relativo al resto de las prácticas estrictas, mientras que los anfitriones sean conocidos como personas observantes que cuidan las leyes dietéticas según la Halajá, de acuerdo con la instrucción de nuestros sabios no corresponde adoptar con ellos una actitud estricta para no generar discordia ni disputas.

09 – Quien se hospeda en lo de un anfitrión tradicionalista

En el caso de quien se hospeda en la casa de una persona tradicionalista, esto es, un judío que acostumbra a comer kasher y a separar los cubiertos de modo tal que no cocina alimentos cárnicos en utensilios lácteos ni viceversa, si es sabido que se trata de una persona creíble, cabe confiar en su palabra. Pero dado que probablemente no conozca la Halajá como corresponde o no la observe en todos sus detalles, no se puede confiar en una declaración general de su parte respecto de la kashrut de los alimentos.

Por ello, si se desea ingerir de sus alimentos, es preciso preguntarle previamente respecto de las siguientes cinco preguntas que abarcan la totalidad de todas las áreas problemáticas. Por supuesto que a los efectos de evitar una ofensa innecesaria corresponde formular las preguntas al momento de la invitación y antes de que la comida tenga lugar.

Las cinco preguntas son: 1) Respecto de la carne, es preciso revisar que tenga una supervisión confiable. Cuando se acostumbra a ingerir carne kasher se puede confiar en la kashrut común, y quienes acostumbren a proceder con excelencia e ingieran únicamente carne jalak habrán de comer en los del anfitrión a condición de que la carne tenga esta certificación. 2) En lo que respecta a frutas y verduras, es preciso averiguar si fueron adquiridas en una tienda o una red de supermercados en las que se separan ofrendas y diezmos. En caso de que no, será preciso separarlos. 3) En lo que respecta a verduras sobre las que pende la sospecha de que tengan insectos, es preciso averiguar si fueron bien lavadas. Quienes proceden con excelencia, habrán de averiguar si fueron adquiridas de cultivos limpios de insectos o si fueron sumergidas en agua con detergente y luego enjuagadas. En caso de que las verduras estén cocidas, incluso quienes proceden con excelencia podrán ingerirlas. 4) La inmersión ritual de los utensilios en lo que respecta a los enseres de metal o vidrio, como en el caso de los cubiertos de metal y los platos o vasos de vidrio. Se habrá que consultar al anfitrión si llevó estos objetos a la mikve. En caso de que no, se habrá de comer con cubiertos de plástico o desechables. En caso de gran necesidad o apremio (sheat hadjak), de no haber utensilios de este tipo, podrá comer con los de vidrio o metal que no fueron sumergidos.

En caso de que esta pregunta pudiera generar una ofensa de importancia, se podrá adoptar una actitud flexible por cuanto que se trata de un caso de duda (ver arriba 31:8). 5) En lo que respecta a los alimentos horneados o panificados en la casa, es preciso averiguar si la masa alcanzó un volumen que requiere la separación de la jalá (ver en el primer tomo 11:6), y en caso de que así fuera, se debe consultar si se separó o no la jalá, y en caso de necesidad, se deberá separar algo a título de jalá.

Cuando un judío trae un pastel y afirma que es kasher porque fue preparado por una persona tradicional que observa las leyes de la kashrut, mientras que la persona que trae la torta en cuestión sea creíble, se podrá confiar en ella. No obstante, será necesario formular una pregunta: en la medida que la cantidad de la masa requiriese la separación de la jalá, es preciso consultar si efectivamente se separó o no. En caso de que no hubiere certeza a este respecto, cabe separar una migaja en virtud de la duda. En caso de que el pastel tuviera frutas, es preciso preguntar si se separaron de estas ofrendas y diezmos, En caso de que no se tuviera la certeza de que así fue, se deben separar.

10 – Quien se hospeda en lo de un anfitrión secular o se encuentra en un restaurante que no es kasher

Quien se hospeda en casa de un judío secular que no observa kashrut puede comer alimentos kasher provenientes de paquetes o envolturas que poseen sello de aptitud o alimentos preparados en restaurantes kasher conocidos con platos y cubiertos desechables. Es bueno que averigüe quién certificó la aptitud de la comida para cerciorarse que se trata de una kashrut confiable. Por supuesto que esto es a condición de que el anfitrión sea reconocido como una persona creíble y que se pueda confiar en su palabra.

No obstante, no se deben ingerir alimentos que hayan sido preparados en su casa, porque resulta muy difícil revisar todos los problemas que pudieran suscitarse. De todas maneras, sus ollas requieren de kasherización por medio de su inmersión en agua hirviendo (hag’alá), y los sabios establecieron una multa que prohíbe los alimentos que fueron cocinados en ollas que precisan ser kasherizadas para todas aquellas personas para las que estos alimentos fueron preparados (ver arriba 32:3).

En caso de que el anfitrión haya encargado alimentos cocinados en un restaurante kasher, cabe calentarlos en su horno a condición de que los alimentos permanecieran en bandejas desechables que fueron envueltas en papel de aluminio para evitar que ingresen a estos los vapores provenientes del horno. En caso de que se calienten los alimentos en el horno microondas, estos deben ser colocados en un recipiente kasher, por ejemplo, en un plato de plástico desechable, envolviendo al alimento y al recipiente en una bolsa para evitar que ingresen a éste vapores provenientes del horno.

En lo de un judío secular se puede beber café o té en vasos desechables, o en tasas de porcelana destinadas únicamente a esas bebidas. En caso de gran necesidad o apremio (sheat hadjak) se podrán utilizar tazas o vasos de vidrio que aún no han sido sumergidos en la mikve (ver arriba 31:8, 32:5).

Es preciso abstenerse de entrar a un restaurante no kasher en virtud de la profanación del Nombre Divino que ello implica y por el hecho de que se puede ser observado por otros que pudieran malinterpretar nuestra conducta (mar’it ain), y cuánto más que no se debe sentar uno con un amigo que ingiere allí alimentos no kasher. Sin embargo, en el extranjero, durante una reunión con gentiles cabe adoptar una actitud flexible al respecto, pero en Israel, la mayoría de los restaurantes son kasher por lo que no se debe ingresar a uno que no lo es ni siquiera en compañía de un no judío.

Asimismo, es correcto no comprar en una tienda que suele estar abierta en Shabat, pero en caso de necesidad es posible adquirir en ésta alimentos empacados y con sello de kashrut.

11 – Quien se hospeda en lo de sus padres

Un hijo o una hija que adoptaron vivir una vida religiosa (ba’alei teshuvá), aunque sus padres no coman kasher, si se trata de personas rectas y kasherizaron la cocina para sus hijos preparándoles alimentos kasher en utensilios kasher -los hijos deben confiar en sus progenitores y comer en su casa (ver Igrot Moshé Yoré Deá 1:54).

Un hijo o una hija que se hospedan en casa de sus padres que sí son observantes, aunque estos procedan en cuestiones referentes a la kashrut según opiniones flexibles, por respeto a sus padres deben comer de sus alimentos. Aunque los hijos acostumbren a comer carne “jalak” y los padres no tengan el recaudo de hacerlo, deberán comer en su casa pues el precepto de honrar a los padres es más importante que el de la adopción de una actitud estricta en la cuestión de la carne, aunque se trate de la más importante entre las halajot referidas a la kashrut. Sin embargo, en caso de ser posible, es correcto convencerlos de manera respetuosa y honorable que compren para ellos carne “jalak”. Pero en lo que respecta a otras excelencias, de acuerdo con la opinión de otros juristas corresponde no pedirles que adopten una actitud más estricta en pos de sus hijos.

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Conjunto de libros Peninei Halajá en español /11 volúmenes
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