14- ¿Cuándo deben separarse y repartirse las ofrendas y los diezmos?

Es preceptivo que el dueño de los frutos no espere hasta el momento de la eliminación, sino que inmediatamente después de haber recolectado los frutos del campo separe las ofrendas y los diezmos y los reparta tal como la Torá lo indica, según el principio que reza: ‘Si se te presentare la oportunidad de cumplir un precepto no la desaproveches’ (Mejlta DeRabí Ishamel Parashat Bo 9).

Sin embargo, mientras no hubiese pasado una de las tres festividades de peregrinación, aún no se dejó sin efecto el cumplimiento del precepto positivo en cuestión. Pero en caso de que sí hubiese pasado sin que el propietario haya repartido sus obsequios – este habrá dejado sin cumplir un precepto positivo.

Esto es así ya que la Torá dice que quien se voluntarizó a ofrecer un sacrificio o tenía consigo ‘segundo diezmo’ o ‘diezmo de los animales’ tiene el deber de traerlos juntamente con el cumplimiento del precepto de la peregrinación, tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 12:5-6): «…y te allegarás allí. Y traeréis allí vuestros holocaustos y vuestros sacrificios y vuestros diezmos y la ofrenda de vuestra mano…». No obstante, quien estuviera exento de ascender a Jerusalém, por ejemplo, por encontrarse enfermo, no dejaba sin cumplir un precepto por no traer los sacrificios voluntariamente comprometidos o el diezmo de los animales en la primera fiesta de peregrinación.

En caso de que hubieren pasado las tres fiestas de peregrinación y no los hubiese traído, había transgredido una prohibición, ya que fue dicho (ídem 23:22-24): «Cuando formulares un voto ante HaShem tu D’s, no habrás de tardar en cumplirlo; ya que requerir, habrá de requerirlo HaShem tu D’s y habrá en ti pecado…Lo que saliere de tus labios habrás de cuidar». Nuestros sabios explicaron este pasaje diciendo que pasadas tres festividades de peregrinación, se considera que el individuo se demoró en cumplir sus votos, y la misma norma aplica para las ofrendas (terumot) y para los diezmos del leví y el pobre (Tratado de Rosh HaShaná 4(A), Tosafot ‘צדקות’ ‘ומעשרות’, Rambám Hiljot Ma’asé Hakorbanot 14:13).

Además, tal como ya estudiamos (halajá 12) respecto de las ofrendas y los diezmos, existe un precepto especial de ‘eliminación de los diezmos’ destinado a completar la observancia del mandamiento de separar ofrendas y diezmos de todos los frutos en los tres primeros años del ciclo sabático hasta la festividad de Pesaj del cuarto año, y de los años 4,5 y 6 de este ciclo hasta el Pesaj del séptimo.

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Conjunto de libros Peninei Halajá en español /11 volúmenes
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