Deben separarse ofrendas y diezmos de todo alimento humano que crezca en la tierra de Israel, tanto si se ingiere en su presentación natural como si es molido o exprimido. Sin embargo, las partes del fruto que no se consideran alimento están exentas. Por lo tanto, las cáscaras y las semillas que no son comestibles están exentas de ofrendas y diezmos, y aquellas que sí lo son, como es el caso de la cáscara de la manzana o las semillas de la sandía – se deben separar. Hojas de parra que fueron cortadas para ser usadas como alimento, por ejemplo, para envolver en ellas arroz y carne – están exentas de ofrendas y diezmos, ya que por lo general no se las considera comida.
Condimentos destinados únicamente a saborizar, aromatizar o colorear, como es el caso de la pimienta negra, la canela, el comino, los granos de café u hojas de té – están exentos de ofrendas y diezmos ya que no se los ingiere por separado. Sin embargo, en el caso de las hojas de perejil y de cilantro que suelen ser mezcladas en la ensalada – se deben separar de estas ofrendas y diezmos, ya que se puede distinguir su forma en la ensalada, y por ende, se las considera alimento. Quien cocinare sopa con perejil, ajo y cebolla, aunque su intención fuera únicamente que saboricen para luego arrojarlos a la basura – deberá separar de la sopa en cuestión ofrendas y diezmos ya que su sabor proviene de verduras que suelen ser ingeridas como tales.
Vegetales destinados a uso medicinal, aromático o decorativo – están exentos de ofrendas y diezmos. Otro tanto ocurre con las hojas de Gat. Quien cultivase semillas no aptas para su ingestión destinadas a producir verduras, por ejemplo, semillas de cebolla, estas estarán exentas de ofrendas y diezmos. Quien tomase semillas y las germinase, no precisará ofrendar o diezmar los brotes. Si bien hay opiniones más estrictas, la flexible es la principal.
Especies que son consumidas por animales, aunque hubiese una persona que desease comerlas y sembrarlas para su propio consumo, dado que se trata de ración animal – estarán exentas de ofrendas y diezmos. No obstante, especies que a veces son consumidas por el ser humano y otras por los animales, como en el caso de la cebada, si fueron sembradas y recolectadas para uso humano se les deberá separar ofrendas y diezmos, y si lo fueron para uso animal – estarán exentas (ver Rambám Hiljot Terumot 2:2, Ma’adanei Aretz Terumot 2:7).