No se separan frutos ya cosechados sobre otros que aún están unidos a la tierra, o de frutos que aún no fueron cosechados por otros que sí lo fueron, ya que mientras estén arraigados a la tierra los frutos quedan exentos de ofrendas y de diezmos (Mishná Tratado de Terumot 1:5).
Sin embargo, en caso de necesidad es posible separar ofrendas y diezmos de frutos ya cosechados por otros que aún no lo fueron, con la condición de que las ofrendas y los diezmos tendrán vigencia efectiva únicamente al ser recogidos los frutos, y a condición de que los que aún estén unidos a la tierra sean dignos de ser ingeridos en caso de gran necesidad.