Tal como aprendimos (en la halajá 5), los profetas y los sabios instituyeron que se separen ofrendas y diezmos en los cuatro países lindantes con la tierra de Israel: Babilonia, Egipto, Amón y Moav (en la actualidad los dos últimos se encuentran en territorio jordano, N. de T.). E incluso después de que los sabios decretaron la impureza de ‘la tierra de las naciones’, establecieron que los cohanim puedan ingerir allí las ofrendas, a condición de que no estén impuros a raíz de una impureza corporal (ver arriba 10). Los frutos del segundo diezmo (ma’aser shení) no podían ser llevados a Jerusalem sino que debían redimirlos por dinero para adquirir alimentos en la ciudad santa (Rambám Hiljot Ma’aser Shení 1:14). Y dado que el precepto del año sabático no rige fuera de la tierra de Israel, los sabios decretaron que en ese año en el extranjero se separen ofrendas y diezmos.
En la práctica, ya en tiempo de los gaonitas (gueonim) no se acostumbraba a separar ofrendas y diezmos en los cuatro países vecinos de la tierra de Israel arriba mencionados, y estos explicaron que desde que dejó de regir la práctica de la pureza en el pueblo de Israel (minhag hatahará) quedó sin efecto el decreto por el cual se separan ofrendas y diezmos en el extranjero. No obstante, tanto Rambám como el Shulján Aruj sentenciaron que es preciso separar ofrendas y diezmos en estos cuatro países lindantes, y hay autoridades halájicas que sostienen que así debe procederse a priori. Sin embargo, en la práctica, se acostumbra a no separar en absoluto ofrendas ni diezmos en el extranjero.