Kashrut – Mundo vegetal y animal

03- ¿Qué incluye la prohibición de destruir o dañar un árbol frutal?

La prohibición de arrancar un árbol frutal rige a condición de que este efectivamente dé frutos, pero si el árbol envejeció o se enfermó al grado de que anualmente produce menos de un kav (unos 1200 centímetros cúbicos) de fruta, queda sin efecto su estatus de árbol comestible y está permitido arrancarlo. Respecto del olivo, dada su singular importancia, se aplica un criterio más estricto según el cual mientras produzca un cuarto de kav de aceitunas por año (unos 300 centímetros cúbicos) estará prohibido arrancarlo.

A los efectos de poder estar seguros de que, efectivamente el árbol no produce frutos en la cantidad mencionada, es preciso hacerle un seguimiento de varios años. Esto aplica de un modo especial en lo referente al olivo, cuyas cosechas varían mucho de un año a otro y solamente cuando resulta claro que no puede ya producir un cuarto de kav al año se permite cortarlo. La medición de ello depende del riego y el cuidado habitual que invierte el dueño del árbol, si lo hace tal como está acostumbrado, y a pesar de ello no da frutos, no estará prohibido cortarlo.

Asimismo, está prohibido arrancar un retoño joven que aún no produce porque en el futuro generará un kav de frutos. Especies vegetales que producen frutos cuya bendición es «Boré Prí Haadamá» (‘creador del fruto de la tierra’) no se incluyen en la prohibición ya que lo que se proscribe, es talar o arrancar un árbol que produce frutos por varios años (arriba 2:8).

Por supuesto que se permite podar ramas del árbol frutal a los efectos de potenciar su crecimiento. Pero cuando la poda no reporta beneficio alguno al árbol, hay autoridades halájicas que entienden que estará prohibido hacerlo (Rabí Yeshaiahu Mordejai Basán 101). Según la opinión mayoritaria de las autoridades halájicas no se prohíbe podar ramas siempre y cuando el árbol se mantenga saludable (Meiri, Mishné Lamelej, Javot Yair, Har Tzví 2:101 y muchos otros).

Hay eruditos que sostienen que se permite arrancar un árbol frutal con sus raíces y su bloque de tierra para plantarlo en otro sitio en el cual pueda vivir (arriba 2:5) ya que la prohibición se refiere a matar al árbol, pero si es probable que su replantado en otro lugar sea exitoso y pueda vivir – no se prohíbe (Responsa Yaabetz 1:76, Shvut Ya’akov 1:159, Rabí Shmuel Enguel 3:111). Y otras eminencias entienden que la mera acción de arrancar el árbol es la que se prohíbe, y de nada sirve que luego sea plantado en una nueva locación.

Además, existe el temor razonable de que el árbol no logre adaptarse a su nuevo emplazamiento (Jatam Sofer Yoré De’á 102, Rabí Yoel Ashkenazi 34, Zivjei Tzedek). Consideramos, que, en caso de necesidad, cuando muy probablemente el replantado sea exitoso – estará permitido hacerlo, y a los efectos de asegurar el suceso del replantado es preciso recurrir a la ayuda de un jardinero experto. Y cuando se dude si está o no permitido por la Halajá arrancar un árbol frutal, siempre y cuando exista una alta probabilidad de que el árbol sobreviva su replantado, se permitirá hacerlo a pesar del riesgo determinado de que muera en el proceso.

04- Cuando el árbol es arrancado para disponer del lugar o en la procura de un rédito económico

La prohibición de arrancar un árbol se menciona en la Torá en un sentido de destrucción, tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 20:19): «no habrás de dañar su árbol», por lo que si el arrancado del árbol no fuese con la intención de destruir sino en aras de un beneficio importante mucho más valioso – no estará prohibido extraerlo ya que no se trata de un acto destructivo (hashjatá) (Tratado de Baba Kama 91(B)). Por lo tanto, se permite arrancar un árbol frutal para construir en su lugar una vivienda o a los efectos de ampliar una sinagoga o una mikvé.

No obstante, hay juristas que tienden a adoptar una actitud más estricta, y permiten arrancar un árbol frutal únicamente en casos indispensables. Por ejemplo, si la familia se agrandó y la vivienda resulta pequeña. Pero si se trata de menesteres vinculados al confort o a lujos tales como ampliar un balcón o reformar el jardín sin que ello resulte estrictamente necesario – no se permite arrancar árboles frutales. Otras autoridades tienden a adoptar una actitud más flexible y permiten arrancar un árbol frutal para todo aquello que una persona adinerada pueda considerar como «necesidad», incluida la de rediseñar el jardín o ampliar el área despejada del enjardinado a los efectos de pasear por el lugar.

En la práctica, consideramos que quien desee adoptar una actitud flexible arrancando árboles frutales con fines ornamentales o suntuarios tiene autoridades halájicas en las cuales respaldarse, a condición de que las necesidades sean sopesadas concienzudamente, de modo tal, que se esté en la certeza de que se trata de un deseo real y no de un antojo pasajero. Y es correcto que la acción del arrancado o la tala sea ejecutada por un no judío.

A veces, los propietarios de huertos están interesados en arrancar los árboles frutales que plantaron a los efectos de plantar otros en su lugar o de producir verduras, y dado que el huerto fue plantado con el objetivo de generar ingresos, a la hora de decidir el criterio económico resulta central. Si el huerto llegó a una situación en la cual ya no resulta conveniente cuidarlo porque el costo del cuidado excede al precio de las frutas producidas, aunque cada uno de los árboles produzca mucho más que un kav al año, resulta claro que estará permitido arrancarlos para plantar en su lugar otra variedad que es dable suponer que habrá de producir ganancias. Y en caso de que el huerto sea rentable, pero su dueño considera que si arranca los árboles actuales y los sustituye por otros ganará mucho más, esta opción deberá sopesarse seriamente, asesorándose con entendidos en la materia y formulando una consulta a un rabino, y solamente si resulta que en efecto existe una alta probabilidad de que la sustitución conduzca a ingentes ganancias – el rabino podrá autorizar el procedimiento.

Cuando en un inicio los retoños fueron plantados con una alta densidad, para una vez crecidos dispersarlos, no está prohibido pasarlos de un sitio a otro ya que ello se realiza en beneficio del árbol. Más aun, se permite ralear una parte de lo plantado para que el remanente crezca adecuadamente, ya que cuando un árbol molesta al crecimiento de otro, se permite arrancar a aquel de los dos que resulte menos beneficioso, tal como se explicará en la siguiente halajá.

05- Cuando un árbol causa daño

A veces, ocurre que un árbol frutal ocasiona daño, entonces, estará permitido arrancarlo pues ello no se realiza a modo de destrucción sino a los efectos de evitar un perjuicio. El Talmud relata (Tratado de Baba Kama 92(A)) que cuando el amoraíta Shmuel sintió que las palmeras que crecían entre las viñas afectaban negativamente a estas últimas al grado de que se podía percibir en las uvas sabor a dátil, ordenó a quien arrendaba su campo que arrancara las palmas que eran de menor valor que las viñas. También se narra (Tratado de Baba Batra 26(A)) que las palmas de Raba bar Rav Janán habían sido plantadas cerca del viñedo de Rav Yosef y solían venir pájaros hacia las palmeras que luego descendían sobre las viñas de Rav Yosef y dañaban las uvas. Entonces, se dictó la halajá que era preciso arrancar las palmeras para que no afectasen a las viñas. Asimismo, cuando un árbol frutal contrae una enfermedad y si no es arrancado, la afección puede expandirse a otros árboles – está permitido arrancarlo para evitar daños.

Cuando un árbol frutal atrae sobre sí mosquitos y moscas que ingresan al hogar causando serias molestias, y peor aún, cuando ello genera sufrimiento a los vecinos pudiendo llegar a generar conflictos de vecindad, si los intentos de eliminar la molestia por medio de la fumigación no surten efecto – se permite cortar el árbol. De igual manera, cuando las potentes raíces de una higuera penetran una y otra vez en la cañería de los desagües o cloacas perforándolas, por cuanto que el daño es de gran envergadura – se permite cortar el árbol. En caso de duda, se debe formular una consulta rabínica.

Se permite cortar o arrancar un árbol frutal que proyecta sombra sobre la ventana e impide que la luz ingrese al hogar, ya que se trata de un perjuicio de importancia que a una persona suele molestarle en gran manera. Sin embargo, en caso de que sea posible evitar el daño por medio de la poda de las ramas que proyectan sombra sobre la ventana – hay que limitarse a esta, aunque resulte necesario hacerlo cada varios meses, ya que evitar una molestia semejante no justifica la tala de un árbol frutal (Javot Yair 195).

La misma norma se aplica cuando resulta necesario pagarle al jardinero por la poda de las ramas cada varios meses y el importe es superior al valor de las frutas. Esto es así ya que solamente se permite arrancar un huerto de árboles frutales con fines comerciales cuando genera pérdidas económicas, en cambio, en un jardín particular, el árbol se planta a priori sin ninguna consideración de tipo monetaria, y por lo tanto, no cabe autorizar su tala bajo ese criterio sino solamente si ello implica una molestia muy grande de difícil ejecución o con un costo sumamente elevado.

06- El peligro singular que encierra la tala de un árbol frutal

Tal como aprendimos, desde el punto de vista de la Halajá se permite talar o arrancar árboles frutales que causan importantes daños tales como llenar la casa de mosquitos o perforar la cañería del desagüe, y asimismo, se permite hacerlo a los efectos de construir o ampliar una vivienda. Pero la cuestión no es tan sencilla. Existe una tradición según la cual quien arranca o tala un árbol frutal pone en peligro su propia vida, y tal como dijera Rabí Janina (Tratado de Baba Kama 91(B)): «No murió mi hijo prematuramente sino porque taló una higuera antes de tiempo». Según la opinión mayoritaria de los juristas halájicos el peligro existe únicamente si se corta el árbol en una circunstancia reñida con la Halajá, pero si se lo hace en conformidad con esta – no hay peligro.

Sin embargo, hubo autoridades halájicas que entendieron que incluso en casos en los que según la norma judía se puede talar o arrancar un árbol frutal, de todas maneras, quien lo hace pone en peligro su vida. Esto se aprendió de un modo especial del ‘Testamento de Rabí Yehudá HaJasid’, quien fuera uno de los grandes cabalistas ashkenazíes medievales, y advirtió que no se arrancasen árboles frutales. Hubo quienes tomaron muy en serio sus advertencias y dijeron que todo aquel que las transgrede pone en peligro su propia vida (Sheelat Ya’abetz 1:76, Jaim Bayad 24). Y hubo rabinos que, por este motivo, incluso cuando según la Halajá podían talar un árbol frutal, fueron precavidos y temieron dictar un permiso para hacerlo en virtud del peligro existente. Y muchos recomendaron que por las dudas la tala fuera realizada por un gentil sobre el cual no recae la prohibición de arrancar un árbol frutal, y de esa manera el judío quedaría a salvo del peligro.

07- No destruir o echar a perder (bal tashjit) – la prohibición general

Es precepto de la Torá no destruir cosas que sirven, tanto se trate de alimentos, de utensilios o de materias primas. El fundamento del precepto se encuentra en la advertencia de la Torá hacia los soldados de que no talen árboles frutales en tiempos de guerra, y si durante una confrontación bélica es preciso tener cuidado de no destruir, cuánto más en tiempos de rutina. De aquí aprendemos que todo aquel que quiebra utensilios, rasga vestimentas, destruye un edificio o tapa un manantial innecesariamente, transgrede la prohibición de la Torá de no destruir ni echar a perder (bal tashjit).

El motivo de la prohibición resulta claro, el individuo debe tener una actitud de respeto hacia los objetos que tienen provecho y ha de desear mantenerlos en buen estado. Y aunque los objetos en cuestión no le resulten de provecho, él no es la única persona que habita el mundo, hay otros seres creados, tanto humanos como animales que pueden disfrutar de estos, y por ello es preciso tener el recaudo de no malograrlos gratuitamente.

Por lo general, en bal tashjit se incluye la prohibición de destruir recursos naturales, pues si incluso en tiempos de guerra la Torá prohibió a los soldados destruir árboles si ello no es necesario, e incluso prohibió también destruir el acueducto o el canal de riego que lleva agua hasta el árbol (arriba halajá 3), cuánto más aun que en días de rutina esté prohibido destruir o contaminar los recursos naturales. En el pasado, la capacidad del ser humano de afectar el medio ambiente era exigua, y por ello, la principal prohibición estaba orientada hacia la destrucción de árboles frutales o canales de agua que los regaban.

Sin embargo, en las últimas generaciones, a raíz del desarrollo de la tecnología y el aumento de la población, la capacidad del ser humano de contaminar el aire, el suelo y el agua creció notablemente por lo que recae sobre los líderes de las naciones y de las comunidades el gran deber de establecer normas y disposiciones que protejan el medio ambiente, y es precepto de la Torá que cada persona acate estas reglamentaciones para no arruinar los recursos naturales. Asimismo, dijeron nuestros sabios (Kohelet Rabá 7:13): «Cuando el Santo Bendito Él creó al primer Adam, lo tomó y lo llevó a ver todos los árboles del Jardín del Edén y le dijo: Mira cuán bella y excelsa es Mi obra, y todo lo que creé fue para ti, ten cuidado de no malograr ni destruir Mi mundo, pues si lo haces, no habrá quien lo repare tras de ti».

08- En caso de necesidad se permite destruir

Cuando la tala o la destrucción obedecen a un motivo importante, no se trata de un acto pernicioso o nocivo y ello no estará prohibido. Por lo tanto, se permite hacerlo por un motivo económico o a los efectos de eliminar frutas. Por ejemplo, cuando el mercado se encuentra abarrotado de frutas baratas y de no eliminarse una parte de las que crecen en los campos, no resultará conveniente cosecharlas ni cultivarlas (ver Tratado de Ta’anit 20(B)).

Asimismo, es preceptivo que el novio quiebre una copa debajo de la jupá o palio nupcial para que en el momento de su alegría recuerde el dolor de la destrucción del Templo de Jerusalém (Tratado de Berajot 31(A), Ramá Oraj Jaím 560:2). De igual manera, es preceptivo que los dolientes rasguen su vestimenta por el fallecido, y con ello no se transgrede la prohibición de destruir o echar a perder, sino que se trata de una acción preceptiva, ya que por su intermedio honran la memoria del difunto y se enlutan por él. Y a pesar de ello, el doliente tiene prohibido rasgar demasiadas vestimentas por el fallecido en virtud de la prohibición de bal tashjit (Tratado de Baba Kama 91(B)).

Asimismo, se cuenta en el Talmud (Tratado de Shabat 105(B)) sobre uno de los grandes amoraítas, que cuando los miembros de su familia realizaban una acción impropia o indebida simulaba estar enojado y rompía delante de ellos un utensilio para que creyeran que había montado en cólera, a los efectos de educarlos, rezongarles y demostrarles cuán grave era lo que habían hecho.

Era como si les dijera que nada tenía valor si ellos realizaban una acción tan grave. Sin embargo, dado que él tenía pleno control de sí mismo, tenía el recaudo de no quebrar un utensilio importante sino uno que de todas maneras ya estaba por romperse. Y si bien esta reacción implica un cierto grado de destrucción, dado que era realizada en aras de un beneficio educativo no resultaba prohibida. Pero está prohibido romper objetos como consecuencia de una pérdida de control originada en la ira, pues este tipo de enojo está terminantemente vedado. Dijeron nuestros sabios (Tratado de Shabat 105(B)): «Todo aquel que monta en cólera es como si adorara ídolos», ya que, al perder el control a raíz de la ira, el individuo se subyuga a esta por lo que se lo considera un idólatra.

09- La destrucción o eliminación de alimentos y su menosprecio

La destrucción de alimentos es especialmente grave, ya que son el sustento del ser humano, y la prohibición de bal tashjit mencionada en la Torá está asociada a estos. Por lo tanto, los sabios agregaron decretos y advertencias para evitar que una persona llegue a destruir comida, especialmente pan, que es el principal alimento del hombre.

Nuestros sabios advirtieron que no se pase un vaso lleno de líquido sobre el pan, no sea que se vuelque y lo vuelva desagradable e indigno de ser ingerido. Asimismo, está prohibido apoyar pan en un utensilio que pudiera estar sucio, no sea que lo afecte. Lo mismo se aplica a todo el resto de los alimentos, está prohibido realizar cualquier acción que pudiera dañarlos o echarlos a perder (Tratado de Berajot 40(B), Shulján Aruj Oraj Jaim 171:1).

Obviamente, quien se sirve comida en un plato debe tener el recaudo de no exagerar para no provocar con su acción que se tenga que arrojar restos comestibles a la basura. Otro tanto a la hora de preparar la comida, es necesario cuidarse de no cocinar alimentos en demasía que muy probablemente resulten botados a la basura, a menos que se trate de un sitio en el cual es cuestión de honorabilidad servir en abundancia. En un caso así, se permite servir grandes cantidades de alimentos, una parte de los cuales, muy probablemente, sean desechados.

No se permite sentarse sobre una mochila o una bolsa que contengan alimentos que pudieran aplastarse (Shulján Aruj 171:2). Asimismo, se prohíbe arrojar alimentos que pudieran tornarse desagradables a raíz de ello. Pero cuando no cabe temer que esto ocurra, se permite arrojarlos. Por ejemplo, se permite repartir almendras y granadas lanzándolas. De igual manera, en muchas sinagogas se acostumbra a arrojar caramelos cuando el novio es llamado a la Torá, y ello no está prohibido ya que los dulces están envueltos en papel celofán y no cabe temer que pudieran estropearse. Sin embargo, en el caso del pan, no se lo puede arrojar, aunque sea sobre una mesa limpia si cabe temer que pudiera estropearse, ya que es el principal alimento del ser humano, y por ello es preciso tratarlo con especial respeto y no lanzarlo tal como se suele hacer con alimentos de menor importancia (Shulján Aruj 171:1).

Se permite usar al pan a modo de cuchara o auxiliar para ingerir otro alimento con la condición de que al final sea ingerido. Quienes son sumamente detallistas en el cumplimiento de la Halajá tienen el cuidado de comer algo del pan con cada bocado para no menospreciarlo al relegarlo a su función de mero auxiliar (Shulján Aruj 171:3).

10- Restos de alimentos

Cuando una persona se siente satisfecha, no es ni preceptivo ni piadoso que termine la comida que tiene en el plato, aunque lo que no coma sea arrojado a la basura. No obstante, la actitud de las personas piadosas es que sientan pena al ver que se arroja comida a la basura y no echarán a perder innecesariamente ni siquiera una semilla de mostaza, y si cabe la posibilidad de salvarla de echarse a perder, se deberá proceder en ese sentido (Sefer Hajinuj 529). Pero dado que la ingestión excesiva no es sana, «y no dañar ni echar a perder” al cuerpo precede en importancia a bal tashjit en los alimentos, es preferible tirar los restos de comida en vez de que sean ingeridos innecesariamente (Tratado de Shabat 140(B)).

Asimismo, está permitido arrojar a la basura alimentos que el dueño de casa o los miembros de su familia pudieran tentarse a ingerir siendo que les resultan nocivos a su salud. Sin embargo, en tiempos de carestía era preferible que una persona comiese todo lo que se le servía en el plato para que acumulase reservas para momentos peores, y por ello, se solía terminar la comida del plato. Sin embargo, en un tiempo en el cual las personas pobres no padecen de hambre, sino que por lo general sufren de sobrepeso, es preferible arrojar los alimentos sobrantes. En nuestros días, la principal preocupación debe ser no llenar el plato con alimentos excesivos. Y el cuidado debe orientarse principalmente a no llenar el plato con alimentos innecesarios y a no adquirir alimentos en demasía.

Una persona que ofrece una gran comida y tras esta le sobraron muchos alimentos saludables y sabrosos, tiene prohibido arrojarlos a la basura y deberá guardarlos en el refrigerador o en el freezer para poder ingerirlos más adelante. En caso de que su familia por sí sola no sea capaz de comer todas las sobras, corresponde que las reparta entre sus familiares o vecinos. En caso de que pudiese encontrar personas necesitadas que deseasen recibir las sobras, cuánto mejor, pues de ese modo salva a los alimentos de ser echados a perder y además cumple con el precepto de la tzedaká. Asimismo, es preceptivo que los dueños de salones de fiestas y restaurantes entreguen los alimentos buenos que les sobran a instituciones educativas o a familias carenciadas. En caso de que el valor del esfuerzo invertido en encontrar personas que deseen llevarse los alimentos sobrantes o acercárselos exceda el valor de los alimentos sobrantes – no será preceptivo esforzarse en repartirlos, sino que hacerlo será considerado únicamente una actitud piadosa. En caso de que resultase difícil encontrar personas que pudieran beneficiarse de los alimentos sobrantes se considera una actitud piadosa el tener compasión de los perros y los gatos y dárselos a comer para no eliminarlos inútilmente. No obstante, si en ese mismo tiempo la persona puede realizar acciones más importantes y benéficas, preferir ocuparse de los restos de comida no resultará una actitud piadosa, ya que la piedad religiosa indica llevar a cabo la acción más eficiente o conducente.

11- Arrojar ropa y diferentes objetos a la basura y el recambio de mobiliario

Quien posee una prenda de vestir usada tiene derecho de decidir que no desea usarla más y comprar en su lugar una nueva. Y aunque la prenda usada esté todavía en condiciones de ser vestida, no se estará incurriendo en la transgresión de bal tashjit ya que una persona no está obligada a vestir la ropa hasta que esta se rompa, y en caso de que ya no le agrade, puede dejar de usarla y comprar otra como sustituta. Sin embargo, si las prendas usadas están todavía en buen estado es preceptivo esmerarse en encontrar personas que pudieran disfrutarlas. En caso de entregarlas a personas necesitadas estará cumpliendo también con el precepto de tzedaká. Lo mismo aplica en lo que respecta a utensilios o mobiliario usados, nadie está obligado a usarlos hasta que se rompan y cuando dejan de agradar a su propietario este puede comprar nuevos en su lugar. En caso de que hubiese personas que aun puedan disfrutar de estos objetos, es preceptivo entregárselos. Y aunque no se conozcan personas carenciadas es preceptivo entregarlos a tiendas de artículos usados o a centros de distribución para personas necesitadas, para que no sean eliminados en vano. En caso de que se trate de muebles u otros objetos, cabe publicar un anuncio en sitios de internet destinados a la venta o el reparto de objetos de segunda mano.

Sin embargo, si el valor del esfuerzo de encontrar personas que usen los objetos es superior al de los objetos mismos, no resulta preceptivo invertir tiempo en ello, sino que se trataría de una actitud piadosa, tal como se aclaró en la halajá anterior.

Se pueden cortar un tzitziot viejos para atar en su lugar hilos nuevos, y si bien si se esforzase en desatarlos podría seguir usándolos, de todas maneras, en caso de resultar muy trabajoso se permite cortarlos a pesar de que ello conduce a su destrucción (Jaié Adam 11:32). Asimismo, se permite retirar de un rollo de la Torá un pergamino que está escrito con una letra no bonita para cambiarlo por otro escrito con una caligrafía bella, a pesar de que al hacerlo se provoca que el primer pergamino sea enterrado o colocado en la guenizá (Sefer Jasidim 879). De igual manera, se permite enterrar o colocar en la guenizá libros de Torá impresos (jumashim) que ya están viejos y comprar en su lugar otros nuevos de una edición más bonita.

Personas que están en buena situación económica tienen permitido cambiar los armarios y las mesadas de mármol de la cocina, las baldosas y los muebles a pesar de que aún se encuentren en buen estado, ya que lo hacen para alegrarse y no para destruir los enseres viejos. Sin embargo, es preceptivo que intenten encontrar personas que pudieran beneficiarse de los muebles que están reemplazando. Consideramos que, si a ojos de la mayoría de sus amigos que se encuentran en su mismo nivel social y de ingresos, su conducta es percibida como derroche y desperdicio, esta implica en cierto aspecto una transgresión de la prohibición de bal tashjit. En un caso así, no estarán incurriendo en bal tashjit solamente si logran encontrar personas que pudieran beneficiarse del recambio, o si por medio de las reformas se le habrá de dar trabajo a personas que lo necesitan para mantener a sus familias, a pesar de que se trata de una erogación innecesaria.

12- No menospreciar los restos de comida

Incluso si arrojar sobras de comida no se considera como bal tashjit, es preciso tener el recaudo de no menospreciarlas, estropeándolas directamente con las manos, especialmente en el caso de los restos de pan. Por lo tanto, si al terminar la comida quedaran sobre la mesa migas de pan en un volumen mayor a un ‘kazait’, estará prohibido lavar la mesa con agua y mojarlas, porque al hacerlo se las estaría echando a perder (Shulján Aruj Oraj Jaim 180:3). En vez de ello, las migas deben ser envueltas para ser colocadas en el bote de la basura de un modo respetuoso.

Si tras la ingestión quedasen migas de pan en un volumen inferior a un ‘kazait’ no se prohíbe eliminarlas y tratarlas de un modo no respetuoso. De todas maneras, nuestros sabios dijeron que es correcto no menospreciarlas y recogerlas de un modo digno, porque el que arroja migajas al suelo es como si ‘patease’ o despreciase la benevolencia que el Santo Bendito Él prodigó al mundo, y dado que no se conduce con agradecimiento, desde el Cielo se detendrá el flujo benéfico sobre él hasta que caiga en la pobreza. Además, proceder correctamente con las migas resulta particularmente benéfico (segulá), ya que nuestros sabios dijeron que el ángel regente sobre los alimentos y el sustento se denomina «Nakid», esto es ‘Nekiut’ (en hebreo – pulcritud en la conducta), y el ángel regente sobre la pobreza es llamado «Naval», o sea, ‘Lijluj’ (suciedad). Por ello, allí donde hay restos de comida sobre el suelo reside el ángel de la pobreza, al tiempo que en un lugar limpio reside el de la riqueza (Tratado de Pesajim 111(B), Tratado de Julín 105(B)).

Por lo tanto, corresponde tener el recaudo de no dejar migas esparcidas sobre el suelo, ni tirarlas de la mesa al piso, sino recogerlas y arrojarlas al bote de la basura o al agua. Si bien al ser arrojadas al agua se echan a perder, dado que su volumen no llega a un ‘kazait’, no está prohibido eliminarlas, pero igualmente no corresponde menospreciarlas tirándolas al suelo (Shulján Aruj 180:4, Mishná Berurá 10).

Se puede, y hasta en cierta forma resulta conveniente arrojar los restos de pan al patio para que sirvan de alimento para los pájaros. Esto es así a condición de que se trate de una cantidad reducida, pero cuando quedan muchas migas resulta imposible que los pájaros las ingieran en un breve lapso, por lo que arrojarlas allí implicará su menosprecio, amén de que ello podría resultar en una molestia para los vecinos. Y por supuesto que está prohibido colocar restos de pan en el bote de basura público. Por ello, cuando se trata de una cantidad relativamente grande de sobras de pan, estas deben ser envueltas y colocadas en el tacho de la basura.

Quien viese pan o cualquier alimento menospreciado arrojado sobre una superficie por la que las personas transitan, y dicho alimento se esté degradando, deberá alzarlo y colocarlo sobre una roca o a la vera del camino de modo tal que no sea ni pisado ni despreciado (Tratado de Eruvín 64(B), Beit Baruj 45:31).

13- Árboles no frutales

En términos generales, la prohibición de bal tashjit fue enunciada respecto de objetos que tienen provecho. Pero en el caso de un árbol que no daba frutos, no era considerado de importancia por lo que no regía sobre él la prohibición (Rambám Hiljot Melajim 6:9). En la actualidad, que el número de habitantes en el mundo ha crecido enormemente y la mayoría de los seres humanos viven aglomerados en edificios de apartamentos, resulta de gran importancia cultivar jardines para que las personas disfruten de la belleza de la naturaleza y su salud se vea beneficiada, e incluso estas suelen estar dispuestas a invertir ingentes sumas de dinero en ello. Por este motivo, los árboles, arbustos y flores que los seres humanos suelen cultivar tienen valor económico y por ende, quien los destruya o eche a perder, estará transgrediendo una prohibición de la Torá. Además de ello, los árboles no frutales contribuyen a la purificación del aire.

Es una señal de pietismo el no dañar innecesaria o injustificadamente ningún animal o planta, aunque de momento carezcan de valor monetario, ya que no corresponde atentar contra ninguna creatura ni eliminarla, pues cada una posee un valor singular por medio del cual es posible comprender el objetivo último del Creador del universo.

En efecto, nuestros sabios dijeron (Bereshit Rabá 10:6) que «No hay hierba que no posea ‘un mazal’ en el cielo (un ángel o estrella) en el cielo que la golpee y le diga: ‘crece'». Asimismo, dijeron en el Zohar (III 86:1) que toda hierba, por más pequeña que sea, posee una fuerza superior, y todo lo que ocurre con ella en este mundo es en virtud de esa energía que posee en los estadios superiores. Y si bien aun no tuvimos el mérito de comprender toda la sabiduría oculta en los árboles y en las hierbas, ni podemos descifrar los secretos de sus permanentes cánticos de alabanza al Santo Bendito Él, sí podemos apreciar la belleza de la Creación, así como también la sabiduría y la grandeza del Creador. En este sentido, nuestros sabios dijeron que cuando el suelo se cubre de hierba se asemeja a arreglar o poner una mesa bonita, para que el ser humano pueda cumplir su misión en el mundo espléndida y magníficamente (ver Vaikrá Raba 11:1). En las sentencias de los tosafistas (al Tratado de Pesajim 132) figura que quien tala un árbol no frutal no ha de ver señal de bendición. Y dijeron nuestros sabios (Tratado de Ketuvot 112(B)) que «en un futuro todos los árboles no frutales de la tierra de Israel se cargarán de frutos», de lo cual resulta que en su interior anida algo de las virtudes de los árboles frutales.

De todo esto se desprende que resulta importante preservar las especies vegetales y animales para que no se extingan, y resulta claro que es necesario respetar las normas legisladas a los efectos de salvaguardar a la fauna y a la flora protegidas. En primer lugar, en virtud del valor inherente de preservar la Creación en toda su diversidad. En segundo lugar, porque la legislación sancionada por los representantes públicos es obligatoria para cada uno de nosotros, tanto porque la sociedad en su conjunto tiene la potestad de elaborar normas como porque según la Halajá se debe acatar la ley del país (dina demaljuta dina).

Sin embargo, en caso de contradicción entre las necesidades humanas y la protección de alguna especie vegetal o animal, las primeras tienen preferencia, siempre y cuando se proceda de un modo tal que se hayan tomado las decisiones de una manera sopesada y no con desprecio o falta de consideración hacia las cuestiones ambientales. Para completar la cuestión del valor de la preservación del medio ambiente, cabe agregar que es preceptivo mantener el aseo del entorno y su belleza natural, abstenerse de arrojar basura en sitios no destinados a ello, y en la tierra de Israel, este cuidado se vincula con el precepto de poblar el país (yshuv haaretz) (ver Tratado de Ketuvot 112(A)).

14- El decreto de los sabios de que no se críe ganado ovino o caprino en la tierra de Israel

En los días del Segundo Templo los sabios percibieron que se multiplicaban los casos en los cuales cabras y corderos que se apartaban del rebaño dañaban los árboles y los campos, afectando negativamente la capacidad de subsistencia de los agricultores judíos y su posibilidad de seguir poblando el país. En vista de ello, decretaron que no se críe ganado pequeño en la margen occidental del Jordán. ‘Ganado pequeño’ es una definición que comprende a ovejas y cabras que son de fácil movimiento, llegan a todas partes y pueden comer de cualquier árbol, por lo que son la principal fuente de daño para el mundo vegetal. Con el tiempo, se entendió la importancia del decreto, pues una vez que los árabes conquistaron la tierra de Israel no tuvieron cuidado de proteger su flora y sus animales destruyeron la vegetación transformando al país que manaba leche y miel en un páramo.

Sin embargo, también el ganado de mayor tamaño, esto es, las vacas y los toros, pueden dañar a los árboles, pero no se prohibió que fueran criados pues no se decreta una medida que la mayoría de la población no puede cumplir. Dado que las vacas y los toros resultan indispensables para poder arar y para producir carne y leche, no es posible conducirlos al extranjero en largas travesías y además provocan menos daño – se permitió criarlos en la tierra de Israel. Por supuesto que sobre los dueños del ganado recae la responsabilidad de cuidarlo para evitar que los animales causen daño, y en caso de afectar los campos, deben pagar por él. En cambio, el ganado pequeño es fácil de traer del extranjero, ya que estos animales pueden atravesar largas distancias, motivo por el cual se decretó que no se criara en sitios habitados en la tierra de Israel. Solamente en las zonas desérticas y boscosas, en la margen oriental del Jordán y en los países lindantes con la tierra de Israel se permite criarlos. Y todo aquel que desee adquirir una cabra o un cordero a los efectos de consumir su carne en una festividad o en un casamiento, puede comprarlo y tenerlo consigo durantre treinta días, a condición de que no lo saque a pastar afuera, sino que le traiga el alimento a la casa.

Asimismo, a los que venden carne se les permite traer ganado pequeño para venderlo a condición de que no permanezcan en su posesión por más de treinta días y no salgan a pastar a los campos y a los jardines (Tratado de Baba Kama79(B) y 80(A), Rambám Hiljot Nizkei Mamón).

15- La crianza de ganado ovino y caprino en nuestros días

Durante el período en el cual la tierra de Israel se mantuvo desierta, sin huertos ni campos cultivados por judíos, quedó sin efecto la prohibición de criar ganado pequeño (Shulján Aruj Joshen Umishpat 409:1). Una vez que tuvimos el mérito de regresar a la tierra de nuestros ancestros y hacer florecer sus páramos yermos surgió nuevamente la interrogante. Hay autoridades halájicas que sostienen que, dado que el motivo por el cual el decreto fuera emitido es sabido, que no sean dañados los campos, mientras el causal siga vigente también lo seguirá estando el decreto. Y dado que en la actualidad hay campos que podrían verse perjudicados por los animales, el decreto mantiene su validez (Yabía Omer Joshen Umishpat 3:7, Shevet Haleví 4:227).

Sin embargo, según la opinión del Rabino Tzví Pesaj Frank, la regla es que cada decreto que se anula en un momento determinado no vuelve a entrar en vigor de no mediar una nueva sanción. Dado que a lo largo del exilio el decreto quedó sin efecto, perdió validez, y en la actualidad no hay prohibición de criar ganado ovino o caprino en la tierra de Israel (Hearot Har Tzví al Tur Joshen Umishpat 409).

Además, dado que durante el primer período del nuevo asentamiento en la tierra de Israel era comúnmente aceptado criar rebaños ovinos o caprinos, resulta que todos aquellos pioneros que cultivaron campos lo hicieron a sabiendas de que los dueños de los rebaños tienen permitido pastar en los campos no labrados a condición de que tengan cuidado de no dañar ni los huertos ni las quintas de verduras. Dado que el decreto fue instituido en su beneficio, y ellos aceptaron que se críe ganado pequeño alrededor de sus parcelas, no cabe volver a ponerlo en vigencia (Amud Hayeminí 23, Tzitz Eliezer 7:24:3).

Además, cabe suponer que también quedó sin efecto el motivo del decreto, por cuanto que en la actualidad contamos con una policía capaz de llegar a todo lugar y aplicar la ley de modo tal que proteja a los campos del pastoreo indiscriminado de los animales, por lo que no cabe que vuelva a regir.

En la práctica, dado que hay discusiones respecto de las prescripciones rabínicas, la halajá final es de acuerdo con la opinión más flexible, siguiendo el principio según el cual en caso de una duda sobre una norma de origen rabínico se adopta la actitud más flexible. Esto y más, no solo se puede adoptar una actitud flexible a este respecto, sino que así corresponde proceder, ya que por medio del pastoreo ovino y caprino se cumple en nuestros días con el precepto de poblar la tierra de Israel, pues esta actividad permite asumir el control sobre amplias extensiones de tierra y cumplir así con el deber de tomar posesión del país para que esté en nuestro poder y no bajo el dominio de ninguna otra nación. Y dado que el fundamento del decreto es el de impulsar el asentamiento en la tierra de Israel, si la actividad en cuestión resulta beneficiosa para este objetivo, en la actualidad, la cría de ganado pequeño resulta preceptiva.

01- El permiso de comer carne

En un inicio, la intención era que el alimento del ser humano proviniera del reino vegetal, tal como fue dicho (Bereshit-Génesis 1:29): «Dijo Elokim: He aquí que os doy a toda planta que porta simiente — que hay en toda la faz de la tierra — y todo árbol que contiene fruto portador de simiente, para vosotros será como alimento», por lo que la ingestión de animales le fue prohibida a Adam (Tratado de Sanhedrín 59(B)). Los comentaristas escribieron que en aquel entonces también los animales salvajes se conformaban con alimento de origen vegetal y no se comían unos a otros (Rashí y Rambán a Bereshit-Génesis ídem).

Sin embargo, los pecados se incrementaron y el mundo entero se deterioró. Ello comenzó con el pecado del primer Adam, a raíz del cual fue expulsado del Gan Eden y fue decretada la mortalidad sobre él y sobre su descendencia, e incluso la tierra descendió de su nivel y comenzó a producir espinas y cardos. Sin embargo, el castigo no condujo al aprendizaje de enseñanza alguna. Cain asesinó a su hermano Hevel. En la generación de Enosh -el nieto del primer Adam- se comenzó a incurrir en el pecado de la idolatría, luego, las transgresiones avanzaron hacia el robo, el adulterio y el asesinato. En paralelo a los pecados de los seres humanos, la naturaleza de los animales se tornó más insensible y cruel, comenzaron a devorarse unos a otros hasta que se decretó la destrucción de todo ser vivo. Tal como fue dicho (Bereshit-Génesis 6:11-14): «Se pervirtió la tierra ante Elokim y se colmó la tierra de violencia. Vio Elokim la tierra y he aquí que estaba pervertida, pues pervirtió toda creatura su senda sobre la tierra. Dijo Elokim a Noaj: ‘El fin de toda creatura ha llegado ante Mí, pues se ha colmado la tierra de violencia, por causa de ellos, por eso los voy a destruir con la tierra. Haz para ti un arca de madera resinosa…'»

Solamente Noaj, sus hijos y quienes con él entraron al arca lograron salvarse de las aguas del diluvio, y al salir se les encargó la misión de volver a construir el mundo desde sus cimientos, teniendo el recaudo de observar siete leyes fundamentales que son la base de la moral humana. Solamente después de que el sistema ético básico entre el hombre y su prójimo se construya como corresponde, el ser humano podrá continuar elevándose en sus vínculos morales hacia los demás seres vivos. Para ello, es necesario establecer un límite claro entre el ser humano que fue creado a imagen y semejanza de D’s y los animales, a los efectos de realzar la misión y la responsabilidad del hombre, el hecho de que solamente sobre este recae el deber de reparar y elevar el mundo.

Una manifestación clara de ello es que tras el diluvio se les permitió a los hombres comer carne animal, bajo la severa advertencia de que no se asesinen seres humanos que fueron creados a imagen y semejanza de D’s. Tal como fue dicho (ídem 9:1-6): «Bendijo Elokim a Noaj y a sus hijos y les dijo: ‘Fructificaos y multiplicaos y colmad la tierra. Vuestro temor y vuestro predominio sea sobre todo animal de la tierra y sobre todo ave de los cielos y en todo lo que se arrastra sobre la tierra y en todos los peces del mar. En vuestra mano han sido dados. Todo lo que se mueve, todo lo que vive, para vosotros será para comer, como la verdura y las plantas, a vosotros os he entregado todo. Pero, carne con su vida — su sangre — no habréis de comer. Pero vuestra sangre — vuestra vida — demandaré: de todo animal la demandaré y del hombre: — de mano del hombre y su prójimo — inquiriré por la vida del hombre. El que derramare la sangre del hombre, por medio del hombre su sangre será derramada. ¡Pues a la Imagen de Elokim, hizo al hombre!'» (de acuerdo con nuestro maestro el Rav Kuk en su artículo ‘Jazón Hatzimjonut Vehashalom’ 6-9).

Es preciso agregar que a raíz de los pecados del primer Adam y de las generaciones que precedieron al diluvio los ecosistemas colapsaron y los vegetales ya no resultaron suficientes para nutrir al ser humano. Esto es, el descenso moral llevó a la conformación de una nueva situación ecológica en la cual los seres humanos precisaban ingerir carne. Si bien ello no es el ideal, se trata de una causa de fuerza mayor que no es reprochable. Ello también implica un cierto grado de justicia, ya que gracias a Noaj los animales se salvaron del exterminio del diluvio, por lo que sus descendientes tienen el derecho a comerlos para subsistir.

En el estado actual de cosas, si dejamos de consumir carne, no resulta claro que ello redundaría en el beneficio de las especies cuya carne acostumbramos a consumir, ya que si no las continuamos criando para fines comestibles su número se habrá de reducir considerablemente. En la actualidad, su número está en ascenso, y si se liberase a todos los animales y a todas las aves de corral, en poco tiempo quedarían escasos ejemplares de estas especies (ver en Rabenu Bejaié, Radak, Malbim a Bereshit-Génesis 1:29 y Malbim y Rabí Shimshón Rafael Hirsch a ídem 9:3).

02- ¿Es correcto educar al vegetarianismo?

Nuestro maestro el Rav Kuk escribió que, si bien desde un punto de vista ideal sería bueno que el ser humano no se alimentara de carne de animales, de todas maneras, en vistas de nuestro estado moral presente no se debe inducir a las personas a abstenerse de su consumo, pues tras el diluvio, al verificarse cuán bajo puede caer el hombre, la Torá procuró orientarlo hacia su rol principal, que es el de la reparación de las relaciones con su prójimo. Esto es así en virtud de que resulta claro que existe una enorme diferencia entre el nivel del ser humano y el del animal, por cuanto que Adam fue creado a imagen y semejanza de D’s, y por ende posee una consciencia y un aparato emocional desarrollados, y cuando se le comete una injusticia se siente infinitamente más dolido que un animal, al tiempo que cuando los seres humanos se tratan entre sí con honestidad y cariño, se genera entre estos una sinergia que puede traer la redención al mundo.

Por lo tanto, a los efectos de poner de manifiesto como corresponde la demanda moral que encierran las máximas «amarás a tu prójimo como a ti mismo» (Vaikrá-Levítico 19:18) y «aquello que es odioso para ti no se lo hagas a tu compañero» (Tratado de Shabat 31(A)), la Torá nos ordenó que, de momento, renunciemos al ideal moral de no dañar a los animales (el Rav Kuk en Jazón Hatzimjonut Vehashalom 6-7). Así, está permitido faenar animales para comerlos, y tal como dijeran nuestros sabios, de bendita memoria (Tratado de Kidushín 82(A)), todos los seres vivos fueron creados para servir al ser humano, y en el actual nivel ético-moral del mundo ello se refiere a que también está permitido comerlos.

Más aun, si nos dedicásemos intensamente a educar en la compasión y el amor a los animales, en vez de beneficiarlos, destruiríamos los vínculos éticos entre los seres humanos, ya que aquellas personas que carecen de una moral suficientemente desarrollada pensarían para sí: «Dado que de todas maneras no nos cuidamos de no matar animales ni nos abstenemos de comerlos, podemos también matar a aquellos seres humanos que se interpongan en nuestro camino y quizás también comer de su carne». A su vez, otros malvados dedicarían todas sus virtudes al cuidado de los animales, ya que todo villano posee una chispa de buen corazón en su interior, y una vez que hubieren acallado su consciencia por medio de una conducta benevolente con sus mascotas, se permitirían robar, expoliar y matar a los seres humanos. Por lo tanto, en la actualidad no se debe impulsar a las personas a que no consuman carne. Se puede decir que mientras los seres humanos posean el deseo de ingerirla, ello es una señal de que todavía no llegamos a la etapa en la cual abstenerse de su consumo resulte ser un valor ético (Jazón Hatzimjonut Vehashalom 4:6:11).

Sin embargo, en un futuro el mundo en su totalidad habrá de elevarse, y tal como dijeran los sabios de la Cabalá, los animales se elevarán y se desarrollarán a un grado en el cual podrán hablar (Sha’ar Hamitzvot del Arízal a Parashat Ekev). E incluso su nivel moral se modificará por completo, tal como dijera el profeta (Ishaiahu-Isaías 11:6-9): «Morará el lobo con el cordero y el leopardo con el cabrito yacerá. El becerro y el cachorro y el cebón juntos estarán y un joven mozo los conducirá. Y la vaca y la osa pacerán, juntas yacerán sus crías, y el león cual vacuno comerá paja.  Y te deleitará el infante en la madriguera de la víbora y hacia la hura del basilisco el destetado su mano tenderá. No harán el mal y no dañarán en toda la montaña de Mi Santuario; ya que estará colmada la tierra del conocer a HaShem tal como las aguas del mar al lecho recubren».    Entonces, todos comprenderán que no es correcto matar animales y no habrá quien desee ingerir su carne. Tal como dijera el profeta (Oshea-Oseas 2:20): «y les concertaré un pacto en aquel día, con las fieras del campo y con las aves de los cielos y con los reptiles de la tierra, el arco, la espada y la guerra quebraré de la tierra» (Jazón Hatzimjonut Vehashalom 12:32).

03- El precepto de ingerir carne en Shabat y en las comidas de mitzvá

Es preceptivo ingerir carne en Shabatot y festividades, ya que es mandato de la Torá el deleitarse en el día sagrado y alegrarse en el festivo, y la mayoría de las personas se deleitan y regocijan por medio de la ingesta de carne (Shulján Aruj Oraj Jaím 250:2, Mishná Berurá 242:1, Pninei Halajá Shabat 7:2, Mo’adim 1:9). En tiempos en los que el Templo de Jerusalém estaba en pie, era incluso preceptivo comer la carne proveniente de los sacrificios.

Aparentemente, cabe preguntarse ¿cómo es posible que la ingestión de carne que según el ideal inicial estaba prohibida se transformó en precepto? La respuesta es sencilla: dado que nuestra situación moral cambió, en la práctica, comer carne en la actualidad no conlleva problema ético alguno, y dado que es preceptivo alegrarnos en Shabat y en los días festivos, y dado que su ingesta alegra, por ende, resulta preceptivo consumirla.

Los sabios de la Cabalá explicaron además que en nuestra actual situación comer carne resulta valioso, ya que a raíz del pecado el mundo entero descendió de nivel. Tanto el mundo mineral como el vegetal, el animal y el parlante cayeron de nivel y se entremezcló en ellos el mal. Cuando los hijos de Israel comen carne de animales según las reglas de la kashrut y con la intención de fortalecerse en el servicio a D’s, el aspecto negativo de la carne se separa del bueno, quedando como desperdicio, al tiempo que el aspecto positivo se eleva, es absorbido por el cuerpo y da al comensal bríos para realizar buenas acciones. Este es el orden de la reparación: el reino vegetal se nutre del reino mineral y de ese modo eleva el bien de este último al suyo propio. Cuando el animal se nutre de un vegetal, eleva el bien de la planta a su propio nivel. Y cuando el hombre come del reino animal, se conduce éticamente y se apega a HaShem, la carne ingerida se eleva al nivel humano. De este modo, por medio de esta escalera alimentaria se devuelve al mundo entero a su nivel original (Sha’ar Hamitzvot del Arízal a Parashat Ekev).

Esta reparación de la carne tiene lugar de manera muy especial durante las comidas sabáticas y festivas, en las comidas de mitzvá, por ejemplo, por la celebración de un casamiento o de un Brit Milá. Entonces, la carne se transforma en partícipe de la alegría preceptiva y ayuda a su concreción. Sin embargo, en las comidas opcionales (reshut), dijeron los sabios cabalistas que la reparación no siempre se lleva a cabo, ya que, tras la ingesta, el individuo no siempre se comporta adecuadamente, resultando que la carne ingerida no participa de ninguna corrección o elevación. Por ello, hay personas piadosas que se abstienen de comer carne en comidas no preceptivas (se’udot reshut) por temor a no poder elevar la carne como es debido.

04- El permiso dado al pueblo de Israel para comer carne

En un inicio, cuando los hijos de Israel estuvieron cuarenta años en el desierto viviendo en la cercanía del Tabernáculo y su altar, les fue autorizado comer carne animal solamente en el marco de los sacrificios pacíficos (korbán shelamim). Una vez que la ofrenda era faenada, y los cohanim asperjaban su sangre sobre el altar, quemaban los sebos (jelev) sobre el fuego y tomaban su parte del animal sacrificado, los hijos de Israel podían comer de su carne en estado de pureza.

A partir del momento en que ingresaron a la tierra de Israel y se establecieron a lo largo y a lo ancho de su territorio, ya lejos del sitio del Santuario, se les permitió faenar animales en todo lugar y comer de su carne sin ofrendarla a modo de sacrificio sobre el altar. Tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 12:21): «Pero si estuviere distante de ti el lugar que habrá de elegir HaShem tu D’s, para establecer Su Nombre allí; sacrificarás de tus vacunos y de tus ovinos -lo que te ha dado HaShem a ti- como te he ordenado. Y comerás en tus ciudades con todo el deseo de tu ser». De esto resulta que en un inicio la carne que comieron los hijos de Israel en el desierto estaba consagrada por la santidad de la ofrenda de shelamim, y cuando pudieron entrar a la tierra sagrada, tuvieron el privilegio de que la santidad se expandiera en todos los confines del país, por lo que se les autorizó ingerir carne en todas partes por medio de su faena de acuerdo con la Halajá.

Puede decirse, que por el mérito de que los hijos de Israel se santifican por medio del servicio a D’s, tienen un nivel superior al de los animales, y es por ello por lo que pueden ingerir carne, aunque no sea en el marco de la ofrenda de un sacrificio. Más aún, gracias a que los hijos de Israel pudieron ofrendar sacrificios a HaShem por precepto de la Torá, pueden extender la santidad del sacrificio a su comida, pues cuando los judíos comen en aras de servir al Cielo, su ingesta se asemeja a la de un sacrificio en el Santuario, el alimento se eleva a un nivel vinculado al servicio Divino y asciende de este un aroma grato para HaShem, similar al de una ofrenda en el Templo.

En el caso de Noaj vemos que gracias a los sacrificios ofrendados se le permitió ingerir carne, ya que antes del diluvio le fue dicho (Bereshit-Génesis 7:1-3): «Dijo HaShem a Noaj: Entra tú y toda tu familia al arca, pues a ti te he visto justo ante Mí, en esta generación. De todo animal puro tomarás siete parejas: macho y su hembra, y de los animales que no son puros, dos: macho y su hembra. También de las aves de los cielos siete parejas: macho y su hembra, para hacer vivir simiente sobre la faz de toda la tierra». Después que concluyera el diluvio y Noaj saliera del arca entendió que HaShem le había ordenado traer al arca de las especies puras siete parejas para poder ofrendarlas. Y así lo hizo: «Erigió Noaj un altar para HaShem, tomó de todos los animales puros y de todas las aves puras y ofreció holocaustos en el altar» (ídem 8:20). Tras ello, se le permitió tanto a Noaj como a su simiente comer carne (ídem 9:2-3).

05- El permiso de comer carne y el peligro de la exacerbación del instinto

Si bien al hombre se le permitió comer carne, este debe cuidarse de sobremanera del deseo exacerbado (taavá) que se involucra en su ingestión, ya que vimos que este hizo pecar a los hijos de Israel (Bamidbar-Números 11:4): «Empero el vulgo que estaba en su seno deseó intensamente, volvieron y lloraron también los hijos de Israel y dijeron: ‘¿Quién nos dará de comer carne?'» Y Moshé Rabenu se quejó por ello ante D’s: «De dónde tengo yo carne para dar a todo este pueblo? Ya que ellos lloran ante mí diciendo: ‘Danos carne para que comamos‘. No puedo yo solo soportar a todo este pueblo, ya que es muy pesado para mí» (ídem 13-14).

Entonces, le fue ordenado a Moshé responder a los hijos de Israel que su castigo consistirá en que su pedido se habría de cumplir «hasta que os salga (la carne) de vuestras narices y sea extraño para vosotros. Puesto que habéis aborrecido a HaShem, que está en vuestro seno, y habéis llorado ante Él diciendo: ¿Para qué es esto que hemos salido de Egipto?» (ídem 20). «Empero un viento se había desencadenado -de HaShem- e hizo volar codornices del mar, …  Se levantó el pueblo, todo el día aquél y toda la noche y todo el día siguiente, y recogieron codorniz; el que poco, recogió diez jomarím (medida de volumen muy abundante) y las tendieron y las desparramaron para ellos en derredor del campamento.  La carne aún estaba entre sus dientes, todavía no se había cortado, empero el furor de HaShem se encendió contra el pueblo y acarreó HaShem sobre el pueblo una plaga muy grande. Llamó el nombre de aquel lugar – Kivrot Hataavá –’las tumbas del deseo’- pues allí habían sepultado a la gente que había tenido deseo» (ídem 31-34).

De esto aprendemos para todas las generaciones cuán severa y peligrosa puede ser la pasión exacerbada de la ingesta de carne, que logra extinguir la vela del alma y ocasionar la muerte al cuerpo.

A los efectos de alejarnos de la posibilidad de ser arrastrados en exceso por la ingesta de carne, la Torá llamó a esta pasión ‘taavá’, ‘deseo excesivo’, tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 12:20): «Cuando ensanche HaShem tu D’s tu territorio, como Él te lo ha hablado, y digas: ‘Voy a comer carne’, -cuando desee (teavé) tu ser comer carne- con todo el deseo (avat) de tu ser, podrás comer carne». Y, si como vemos aquí, la ingesta de carne se ve acompañada de un deseo desmedido, resulta oportuno contenerlo. En ese sentido, dijeron nuestros sabios (Tratado de Julín 84(A)): «La Torá nos enseña una conducta apropiada y es que una persona no ingiera carne a menos que le apetezca», esto es, cuando realmente desea comerla.

De estos versículos nuestros sabios nos enseñaron también que es preciso tener el recaudo que el deseo por la carne no haga que la persona dilapide en él su dinero, tal como fue dicho «Cuando ensanche HaShem tu D’s tu territorio, como Él te lo ha hablado, y digas: ‘Voy a comer carne'», solamente cuando se alcance el bienestar económico corresponde que una persona se permita a sí misma comprar carne.

Asimismo, nuestros sabios detallaron, en base a lo que fuera dicho «sacrificarás de tus vacunos y de tus ovinos» – comerás solo una parte de tu rebaño y de tu ganado para que estos puedan seguir creciendo y multiplicándose. Esta es una buena regla general para aplicar al consumo de productos suntuarios, que una persona gaste solo un poco de su dinero en lujos y ahorre la mayoría para cuestiones más importantes o para invertirlo inteligentemente (según Tratado de Julín 84(A)).

06- Preceptos que expresan compasión durante la faena de los animales

Si bien se permite ingerir carne de animales, la Torá nos enseña a tratarlos de manera compasiva por medio de una serie de preceptos, con la intención de dirigir nuestra atención a la existencia de un problema de índole moral vinculado a su ingesta, y prepararnos así para la era futura en la cual dejaremos de comerla. Repasaremos brevemente seis preceptos de la Torá que se ocupan de esta cuestión:

1) La prohibición de comer un trozo de un animal vivo –“ever min hajai”-, esto es, se prohíbe arrancar un órgano de un animal mientras este se encuentra aún con vida y comerlo. El motivo es sencillo, cortar un trozo de un animal vivo, contemplar su dolor y su sufrimiento y posteriormente disfrutar del sabor de su carne es de una crueldad espantosa. Este precepto recae también sobre los hijos de Noaj (los gentiles), pues si bien tienen permitido comer cualquier animal, de todas maneras, pueden hacerlo solamente después de haberlo matado.

2) Faena. Se nos ordenó faenar el animal doméstico (behemá, por ejemplo, vacas y ovejas) aplicándole un corte en el cuello, y todo animal que no sea degollado entra en la categoría de nevelá (cadáver impuro) y su ingestión queda prohibida. Lo mismo ocurre con las aves y los animales salvajes (jaiá, se refiere, por ejemplo, a ciervos). Si bien el precepto de faenar es una ley (jok) cuyo motivo o significado no comprendemos por completo, resulta claro que encierra una expresión de compasión, tal como se explicará más adelante (18:3).

Respecto de las aves, dado que se encuentran en un nivel de desarrollo más bajo que el de los animales domésticos o salvajes, se nos ordenó cortar solamente uno de los conductos del pescuezo (simanim) y no los dos. En el caso de los peces y los saltamontes o langostas, cuyos sistemas nerviosos están menos desarrollados y su percepción del dolor es más amorfa – no se nos ordenó faenarlos en absoluto y no se incluyen en la prohibición de comer un trozo de un animal vivo (ver adelante 15:1 en la segunda regla general, 17:7-8 y 18:11).

3) No ingerir la sangre de un animal o un ave. El autor de Sefer Hajinuj explicó (precepto 148) que la ingesta de sangre resalta la crueldad, ya que la sangre de animales y de las aves se asemeja a la humana, y en esta reside la vitalidad de los seres vivos.

4) Es preceptivo cubrir la sangre de los animales o las aves tras su faena (ver adelante 18:9-10). Puede decirse que comer carne mientras la sangre del animal o el ave se encuentra derramada sobre el suelo implica un elemento de crueldad. Asimismo, cubrir la sangre expresa un determinado sentimiento de vergüenza por haber tenido que matar animales para comer su carne.

5) No faenar a un animal y a su cría en un mismo día (ver adelante 18:8). Esto es, a pesar de que se nos permite faenar animales para comer su carne, la Torá nos ordenó que no degolláramos en un mismo día a la madre y a su cría pues ello implica un aspecto de crueldad (Hajinuj 294). Asimismo, se teme que el matarife degüelle a la cría frente a su madre o viceversa intensificando así su sufrimiento (Moré Nevujim 3:48).

6) También el precepto de ahuyentar a la madre del nido antes de tomar los huevos (shiluaj haken), según muchos de los comentaristas, está destinado a evitar su sufrimiento (ver adelante cap. 16).

Vemos entonces que, si bien la Torá nos autorizó a comer carne, quiso evitar que en virtud de ello nos deteriorásemos moralmente incurriendo en la crueldad y la insensibilidad hacia el sufrimiento de los animales. Por ello, nos enseñó una serie de preceptos dirigidos a no incrementar su dolor (ver adelante 15:9 en lo que respecta al sufrimiento de los animales en la industria alimentaria).

01- Nuestra actitud hacia los animales

Es preceptivo tratar a los animales compasiva y justamente, está prohibido hacerles sufrir, pero al mismo tiempo, el ser humano puede emplearlos para sus labores. En efecto, en el pasado se solía usar burros y mulas para transportar carga, toros y asnos para arar los campos, así como caballos, burros y camellos para montar. Esto y más, resulta preceptivo ofrendar sacrificios de animales y aves, incluidos el chivo expiatorio que era arrojado desde el peñasco en Yom Kipur (seir hamishtaleaj) y la ternera que era desnucada junto al sitio donde se encontraba un cuerpo asesinado y no se sabía la identidad del asesino (eglá arufá). Por eso, dijeron nuestros sabios que los animales fueron creados para servir al hombre (Tratado de Kidushín 82(A), Sanhedrin 108(A)), incluso para alimentarse de su carne. Cabe decir, que, así como los animales tienen permitido alimentarse del reino vegetal, el ser humano tiene permitido comer del reino animal.

Resulta necesario equilibrar entre dos valores diferentes, por un lado, las necesidades humanas anteceden en importancia a las animales, y por el otro, es preciso esmerarse en la medida de lo posible para abstenerse de infligir padecimientos a los animales. Por ello, a modo de ejemplo, si bien los hijos de Noaj fueron autorizados a ingerir carne de animales, la Torá ordenó no ensañarse con estos comiendo trozos de sus cuerpos cuando aún se encuentran con vida (ever min hajai).

En la práctica, cuando surge una tensión o una contradicción entre las necesidades humanas y el objetivo general de no hacer sufrir a los animales, es preciso sopesar el grado de necesidad del hombre frente al dolor que se le habrá de infligir al animal. Por ejemplo, la ingestión de carne es muy necesaria para el ser humano, y la faena conforme a la Halajá (shejitá) genera solamente un leve dolor (ver adelante 18:3). Por lo tanto, se permite degollar animales para comer su carne. Pero cuando se trata de una necesidad menos indispensable para el ser humano, o cuando esta inflige un enorme sufrimiento a los animales, el dilema se torna más complejo. En términos generales, la definición halájica de estas interrogantes se fija en base a la combinación de tres parámetros básicos:

La primera regla general – Existen diferentes grados de sufrimiento: el dolor leve, el dolor común, el dolor intenso y el padecimiento terrible. Cuanto mayor sea el sufrimiento mayor es la gravedad del caso y solamente en contadas ocasiones, en caso de tratarse de una necesidad indispensable, se puede adoptar una actitud más flexible a su respecto.

La segunda regla general – Los animales se dividen en diferentes tipos, y cuanto más desarrollada sea la especie en cuestión mayor es su sensibilidad al dolor, y por ende, es preciso ser más cuidadosos de no provocarle sufrimiento. El grado de desarrollo se mide según el cerebro y el sistema nervioso del animal. En el caso de mamíferos como el perro, las vacas, los monos y los delfines, estos son relativamente bastante desarrollados por lo que se pueden percibir en ellos señales de dolor y de alegría, incluso se les puede enseñar algunas cosas, la madre reconoce a sus crías y las trata compasivamente.

Existen también diferencias entre las diferentes variedades de mamíferos, por ejemplo, el perro está más desarrollado que la oveja y por ello es más capaz de expresar determinados sentimientos, y cuando se le hace sufrir, su dolor es mayor. Por debajo de la familia de los mamíferos se encuentran las aves, y por debajo suyo los reptiles tales como las lagartijas, más abajo están los peces que por lo general no cuidan a sus descendientes al grado de que pocos minutos después de que un pez hembra desovó sus pequeños peces, es capaz de devorar a muchos de ellos sin miramiento alguno. Por debajo de los peces se encuentran los insectos.

La tercera regla general – En la medida que el animal ayuda más al ser humano debe ser tratado con mayor consideración y cuidado. Por ello, la Torá ordenó ayudar a un burro que se desplomó bajo el peso de su carga (ver adelante 2) y prohíbe tapar la boca del buey para evitar que coma de aquello sobre lo cual trabaja (adelante 3). Por lo tanto, es más apropiado compadecerse de los animales domesticados como la vaca, la cabra, el cordero y las gallinas. De igual manera, hay que tratar piadosamente a los perros que ayudan con la vigilancia y a los gatos que eliminan a los ratones y a las serpientes que pudieren hallarse en la casa.

En resumen: a priori, no se debe provocar sufrimiento a ningún animal, ni a los más bajos en la escala de entre ellos, y tal como fue dicho (Salmos 145:9): «Y Su misericordia para todas Sus creaturas» (ver Tratado Baba Metzía 85(A)). No obstante, cuando el ser humano precisa causar dolor a un animal debe analizarse cada caso por separado de acuerdo con las tres reglas arriba mencionadas.

02- Ayudar a descargar un burro: evitar el sufrimiento de un animal por prescripción de la Torá

Es precepto de la Torá tener compasión de los animales y no hacerlos sufrir. Por ello, quien ve a un burro desplomarse bajo el peso de su carga tiene el deber de ayudar a descargarlo para que pueda levantarse, tal como fue dicho (Shemot-Éxodo 23:5): «Cuando vieres al asno de tu enemigo que yace bajo su carga, no te abstengas de ayudarlo. Ayudar habrás de ayudarle junto a él». Esto es, si ves al asno de tu enemigo colapsar bajo el peso de su carga y deseas no ayudarle, supérate por medio del precepto y préstale auxilio. Esto obedece a dos motivos: el primero, no hay que abstenerse de ayudar a una persona con la cual mantenemos un pleito; el segundo, evitar el sufrimiento del animal que sucumbió bajo su pesada carga (Tratado de Baba Metzía 32(B)).

Dado que la acción de descargar al animal incluye también el precepto de «evitar hacer sufrir a un animal» (tza’ar ba’alei jaim), cuando una persona solicita ayuda para descargar a su burro es preciso ayudarle gratuitamente, a los efectos de salvar a su animal del sufrimiento que padece. En cambio, cuando la misma persona pide ayuda para cargar a su animal, no es obligatorio ayudarle sin cobrar por ello, tal como en ninguna otra profesión existe el deber de ayudar gratuitamente.

Cuando una persona precisa cesar en la realización de sus labores para ayudar a descargar un burro, puede pedir una paga que compense la pérdida que le genera la interrupción en su quehacer (Rosh, Ramá Joshen Umishpat 272:6, Sefer Meirat Einaim 9). Y hay quienes sostienen que, dado que se trata de sufrimiento animal, aunque no reciba compensación alguna, tiene el deber de salvar al burro de su padecimiento (Rabenu Nisim).

Dado que una de las intenciones del precepto es evitar el sufrimiento del burro, el deber de descargarlo antecede al de cargarlo. Esto es, cuando dos amigos con burros necesitan ayuda, uno para cargarlo y el otro para descargarlo, es preciso ayudar primero al de la descarga para aliviar el sufrimiento del animal. Sin embargo, si el burro que precisa ser cargado pertenece a una persona con la cual mantenemos un pleito que alcanzó el nivel de odio interpersonal, es preciso ayudar en primer lugar al burro de aquel a quien detestamos para doblegar así a la inclinación al mal que condujo a la pelea, pues quizás en virtud de ello puedan los contendientes volver a generar un vínculo de respeto y amistad (Tratado de Baba Metzía 32(B), Shulján Aruj Joshen Umishpat 272:10).

Si quien vio al burro desmoronarse bajo el peso de su carga es una persona honorable que no suele descargar animales en la calle, no tiene el deber de ayudar porque su honor es más importante, y no es preceptivo que se humille para evitar que el animal sufra. De todas maneras, si hace caso omiso a su honor y ayuda al burro, tendrá en su haber un precepto cumplido. No obstante, un estudioso de la Torá que ocupa un cargo público tiene prohibido ayudar a descargar un burro porque su honor es el de la Torá, y no debe conducirse de modo tal que injurie el honor de la Torá. En caso de que quisiera ayudar, que contrate los servicios de otra persona que venga a socorrer al animal (Rosh, Ramá, Aruj HaShulján Joshen Umishpat 263:4). Hay otros eruditos que entienden que un estudioso de la Torá que se conduce piadosamente y no presta atención a su honor, tiene permitido ayudar a descargar el burro (Rambám y Shulján Aruj 272:3).

El autor del Sefer Jasidim escribió (44, 666, 668) que quienes hacen sufrir a su burro cargándole más peso del que puede tolerar y luego cuando no puede caminar lo golpea, así como quienes montan caballos y los lastiman en demasía con sus botas – deberán en un futuro dar cuenta por sus acciones. No obstante, se permite golpear moderadamente al animal para que camine, ya que este es el modo de apresurarlo en su labor. Asimismo, vemos que el Santo Bendito Él se enfadó con Bil’am por haber golpeado inútilmente a su mula, tal como fue dicho (Bamidbar-Números 22:32): «¿Por qué golpeaste a tu mula?» Dado que Bil’am sabía que su mula siempre le había obedecido, no era necesario castigarla cuando esta se tumbó, pues debería haberse dado cuenta de que había algo que bloqueaba su camino. Y como la trató con crueldad y la amenazó «si tuviera una espada en mi mano en este momento te mataría» – fue castigado equitativamente y murió herido por la espada.

03- ‘No habrás de embozar (lo tajsom)’ – la actitud hacia los animales de trabajo

Es precepto de la Torá no evitar que un animal coma del alimento sobre el cual trabaja, tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 25:4): «No habrás de embozar al buey cuando trilla». A los efectos de separar los granos de la cosecha de sus espigas y de la paja se solía hacer caminar a un buey, que es un animal pesado, de ida y vuelta sobre las espigas. Esta labor se denomina ‘trillado’, esto es, pisotear y aplicar peso para separar a los granos de cereal de la paja y las espigas.

La Torá ordenó no colocar un bozal que tape la boca del buey mientras trilla porque el aroma de la cosecha asciende por sus narices y desea comerla, y al intentar hacerlo, su boca se topa con el bozal y sus ojos se llenan de tristeza. No es correcto que el buey trabaje para nosotros y no lo hagamos partícipe del beneficio resultante de su labor.

Si bien la Torá mencionó específicamente al buey, no tuvo la intención de excluir de la norma a los demás animales sino dar un ejemplo de una bestia que trabaja para nosotros con productos alimenticios. Por lo tanto, hay que permitir a todos los animales que trabajan en los cultivos que coman de ellos, tanto sea antes como después de la cosecha. Eso incluye también la prohibición de impedir que el burro coma de la cosecha que carga sobre sus espaldas. No obstante, si el alimento sobre el cual trabaja pudiera causarle malestares digestivos y padecimientos es preferible evitar que coma, pues el embozado es por su bien, para que no sufra (Rambám Hiljot Sjirut 13:1-3). Si al dueño del toro le da lástima perder algo de la cosecha, puede amarrar a la cabeza del animal una cesta con espigas más baratas para que coma de esas mientras trilla, ya que la prohibición es hacerle sufrir y de esa manera no sufre (ídem 13:6).

Otra norma que tiene que ver con el sufrimiento animal es el permiso para ordeñar en Shabat a vacas que están cargadas de leche. Si bien el ordeñe está prohibido por la Torá por tratarse de una forma de la labor de ‘trillar’, dado que, si no se las ordeña sufrirán muchísimo, los sabios permitieron transgredir una prohibición rabínica para aliviar su penuria. El modo más sencillo de hacerlo es pedirle a un gentil que ordeñe a las vacas en cuestión, y en caso de no haber allí uno que esté dispuesto a hacerlo, un judío podrá ordeñar la leche y tirarla, ya que de ese modo el ordeñado no está prohibido por la Torá (Pninei Halajá Shabat 20:4).

04- La alimentación de los animales

Una persona que posee animales debe procurarles su alimento, y tiene prohibido comer antes de habérselos provisto, y esto lo aprendieron nuestros sabios (Tratado de Guitín 62(A)) de lo que fue dicho (Devarim-Deuteronomio 11:15): «Daré hierba en tu campo para tus animales» y solamente después «comerás y te saciarás».

El motivo de esta prohibición es simple, dado que los animales domésticos no pueden procurarse su alimento por sí solos, y si sus dueños no habrán de hacerlo, ciertamente sufrirán. Además, dado que esos animales trabajan al servicio del hombre o dan leche para él, es correcto que este les retribuya y se preocupe por alimentarlos. Por lo tanto, el dueño de los animales debe proveerles su alimento en horarios fijos, y para evitar los olvidos, se estableció que el ser humano debe dar precedencia a la comida de sus animales por sobre la suya propia.

El principal aspecto de la prohibición tiene que ver con los animales incapaces de conseguir su propio alimento, por ejemplo, animales que están en rediles, aves en gallineros y loros enjaulados, hacia los cuales se debe tener una gran compasión. No obstante, en el caso de los perros y los gatos que a veces deambulan en las afueras, y en momentos de apremio pueden alimentarse de lo que allí encuentran, sus dueños no tienen prohibido sentarse a comer antes de proveerles de alimento. De todas maneras, es una actitud piadosa por parte de los dueños de perros y gatos que les sirvan primero su ración antes de sentarse a comer. Esto es así ya que a pesar de que pueden arreglárselas por sí mismos a duras penas, dado que fueron domesticados les resulta difícil hacerlo y es correcto apiadarse de ellos. Además, estos animales son útiles para el ser humano, ya que el gato caza ratones y serpientes y el perro es fiel a su dueño y cuida de la casa, por lo que es correcto retribuirles por su servicio (Sheilat Ya’abetz 1:17).

Dijeron nuestros sabios que una persona no debe adoptar un animal sin antes verificar que podrá alimentarlo como corresponde (Talmud Jerosolimitano Tratado de Ketuvot 4:8). Además, dijeron que HaShem probó a Moshé Rabenu y al rey David primeramente como pastores, y al ver que manejaban sus rebaños compasiva y generosamente y se preocupaban por su alimentación, los escogió como líderes del pueblo de Israel (Shemot Rabá 2:2).

05- El fundamento del permiso es cubrir una necesidad humana

Una persona tiene permitido hacer sufrir a un animal para obtener su sustento, o en aras de su honor y su beneficio. Por ejemplo, cargarlo con mercadería y azuzarlo para que camine, o montar caballos y guiarlos por medio del uso de riendas que hacen doler sus bocas, el azuzado por medio de la fusta y el clavado de las espuelas en sus cuerpos para acelerar la marcha. Así como el ser humano se esfuerza, suda y sacrifica su honor en aras de obtener su sustento, el animal carga el yugo junto a él, y dado que sus emociones son menos intensas, se le puede encomendar un trabajo más duro y sufrido.

Esto y más, así como los seres humanos están a veces dispuestos a enfrentar un gran sacrificio y una gran pena en aras de su honor y su fe, así y más se permite hacer sufrir a los animales en aras de la fe y el honor de las personas. Por ejemplo, tras la muerte de un rey, se quemaban todos sus enseres personales en su honor, para que no los utilizaran otras personas, y esto incluía el corte de las patas de sus caballos por encima del casco para que nadie más pueda utilizarlos para la guerra. Y si bien esta mutilación les causaba un dolor enorme, la dignidad del rey, que es la dignidad y el honor de todo el pueblo de Israel, es más importante (Tratado de Avodá Zará 11(A), Tosafot ‘עוקרין’).

Otro tanto fue dicho respecto de la guerra del pueblo de Israel contra los reyes del norte (Yehoshúa-Josué 11:6): «Y le dijo HaShem a Yehoshúa no temas ante ellos pues mañana a esta hora Yo los haré caer muertos ante el pueblo de Israel, podrás cercenar los cascos de sus caballos y quemarás sus carros de combate». De esto se desprende que a Yehoshúa se le ordenó cercenar los caballos cortando sus patas por encima del casco para que rengueen sobre los muñones de sus patas como forma de humillar a quienes participaron del combate. Si bien era posible tomarlos como botín de guerra o matarlos, se ordenó cercenarlos para que quedaran defectuosos y enseñar así a los enemigos y al pueblo de Israel que no se debe confiar en los caballos (Radak, Abarbanel). Si bien este procedimiento implicó un gran sufrimiento para los animales, de este episodio aprendemos que se permite hacerlo en aras de una enseñanza moral de gran importancia.

Asimismo, vimos que los sabios multaron a quien iba a comerciar a un mercado dedicado a la idolatría, y determinaron que todo cuanto hubiere comprado debe ser destruido, y en caso de que hubiere comprado animales, estos debían ser cercenados cortándoles las patas por encima de los cascos para que el adquirente no pueda tener beneficio de estos. Si bien ello conlleva sufrimiento animal, nuestros sabios decretaron que se proceda así para alejar a los hijos de Israel de la idolatría (Tratado de Avodá Zará 13(A), Tosafot ‘אמר אביי’).

Además, Rabí Yehudá permitió vender un gallo blanco a un extranjero, y para que no pueda utilizarlo para rituales paganos se le debe cortar una garra, de lo cual resulta que en aras de ganar dinero se permite causar sufrimiento al gallo (Mishná Tratado de Avodá Zará 13(B)).

Asimismo, los sabios decretaron que, si una persona consagraba un animal para el Templo en tiempos en los cuales está destruido, a los efectos de evitar que la gente incurra en la profanación de algo sagrado utilizando el animal, se lo debe introducir a un sitio cerrado para que allí muera de hambre. No propusieron faenarlo y aliviar así su sufrimiento, no sea que alguien por error comiera de su carne, ni tampoco sugirieron matarla de otra manera para que no parezca que están infligiendo un defecto en algo consagrado (Tratado de Avodá Zará 13(B)). De esto se desprende que se ordenó hacer sufrir a un animal matándolo de hambre para evitar que las personas incurran en un error (Rambán ídem. De todas maneras, el cercenamiento es más doloroso, Rabí Akiva Eiguer a Avodá Zará 13(A)).

Asimismo, vimos que un anciano o un sabio, que no se condice con su estatus que descargue por sí mismo un animal, está exento del precepto a pesar de que el burro sufra bajo el peso de su carga. Empero la dignidad humana antecede en importancia al sufrimiento de los animales (Nimukei Yosef sobre el Tratado de Baba Metzía 32(B)).

06- ¿Cuándo está prohibido infligir dolor a un animal?

Tal como aprendimos, se permite hacer sufrir a un animal para que un ser humano obtenga su sustento o preserve su honor, no obstante, está prohibido hacerlo si no media necesidad alguna. Por ello, quien disfruta golpeando a un animal tiene prohibido hacerlo, ya que no se trata de algo realmente necesario, sino únicamente producto de la mala voluntad del sujeto en cuestión.

De igual manera, si personas crueles ofreciesen al dueño de un perro una elevada suma de dinero para que acceda a dárselos para poder torturarlo, tendrá prohibido entregarlo por ningún dinero posible, ya que esta acción no persigue objetivo alguno salvo el cultivo de la crueldad que está prohibida por la Torá. Asimismo, una persona nerviosa que se encuentra de mal humor tiene prohibido golpear a un animal, y aunque argumente que ello le ayuda a calmarse – la Torá lo prohíbe (Igrot Moshé Even Haezer IV 92. Otro tanto se desprende de la definición del Jatam Sofer al Tratado de Baba Metzía 32(B)).

Continuado con esto, no corresponde que una persona se dedique a cazar animales o aves silvestres a modo de deporte o entretenimiento porque el permiso para matar animales está destinado a utilizar su carne o sus pieles, todo lo cual representa una causa de fuerza mayor que no cabe reprochar, pero no cabe matarlos por diversión o por deporte. Y no corresponde que judíos disfruten de este tipo de actividades ya que la cualidad característica del pueblo de Israel es su carácter compasivo (Tratado de Yevamot 79(A)). Además, aquellas personas que figuran en la Torá como cazadores, Nimrod y Esav, eran malvadas ya que disfrutaban de la crueldad inherente a la caza (Or Zarúa, Ramá Oraj Jaím 316:2, Nodá Beyehudá II Yoré Deá 10).

Sin embargo, no está prohibido pescar peces con una caña por placer si la intención es comerlos, ya que esta actividad es mejor que la caza en dos aspectos. El primero, se tiene la intención de comer los peces que la caña de pescar saque, por lo que se trata de un beneficio real y no de una mera crueldad, al tiempo que por lo general la carne de animales o aves cazados no pueden ser ingeridos por un judío. El segundo aspecto, los peces están menos desarrollados que los mamíferos, por ende, sienten menor dolor y padecen un menor sufrimiento, por lo cual la pesca conlleva menos crueldad que la caza. No obstante, no corresponde pescar por diversión con la intención de devolver los pescados nuevamente al agua, pues en un caso así el esparcimiento implica sufrimiento, y si bien los peces no están muy desarrollados y su dolor es escaso, a priori, no deben ser lastimados si no se tiene la intención de ingerirlos.

07- Dar muerte a un animal

Nuestra actitud hacia los animales difiere de la que tenemos para con la vida humana. La vida humana tiene santidad, ya que el hombre fue creado a imagen de D’s, y el Santo Bendito Él insufló en su interior un alma viviente, le encomendó la responsabilidad de reparar el mundo y cada instante que el alma Divina reside en el ser humano es valiosísimo y bajo ningún concepto cabe acortar su vida. Aunque sufra a consecuencia de una dura enfermedad no se le puede matar. No obstante, la vida de los animales no es tan valiosa, y por ello, el precepto indica no causarles dolor, pero no es preceptivo mantenerlos con vida. Por lo tanto, una persona que posee un gato o un perro que sufre de una enfermedad terminal o fue herido en un accidente y sufre sin posibilidad de curarse – es preferible matarlo de un modo indoloro para evitar su padecimiento.

Más aun, los refugios que alojan a perros y a gatos que nadie desea, tienen permitido matarlos. De igual manera, una persona que posee un perro al cual ya no le puede dar de comer, le genera malestar y no hay quien desee quedárselo, puede matarlo de un modo indoloro (Maharshal al Tratado de Baba Kama 10:37). Si bien aprendimos (halajá 4) que nuestros sabios advirtieron que una persona no introdujese en su casa un animal sin cerciorarse primero que efectivamente podrá alimentarlo adecuadamente (Talmud Jerosolimitano Tratado de Ketuvot 4:8), en caso de que se hubiere equivocado, pensando que podría mantenerlo y luego se dio cuenta de que ello le resulta muy difícil, no está obligado a sustentar al animal ni debe alimentarlo hasta el final de sus días pudiendo matarlo para evitarle penurias y que no perezca de hambre.

A veces, existe la necesidad económica de matar animales. Por ejemplo, el dueño de un criadero de peces que debe comercializarlos en fechas determinadas de acuerdo con las demandas del mercado, y a veces, los peces se anticipan en crecer o demoran en hacerlo por lo que el productor puede quedarse con la piscina repleta de mercadería sin compradores. A priori, obviamente que es preciso buscar la manera de colocarlos sin matarlos gratuitamente, pero en caso de que no se encontrase una solución, el dueño del criadero no tiene el deber de seguir invirtiendo en su alimentación y puede matarlos.

Asimismo, hay polluelos y gallos que carecen de demanda porque el precio de su mantenimiento es más elevado que aquel que el productor puede percibir por ellos, por lo que puede matarlos, ya que los criadores no están obligados a darles de comer sin que ello les reporte ganancias (ver arriba 13:8).

08- Situaciones intermedias

Existen situaciones intermedias en las que una persona tiene una determinada necesidad cuya consecución implica causar sufrimiento a un animal. La pregunta que surge en un caso así así es si se trata o no de una necesidad real que justifique el padecimiento. El principio general es que siempre y cuando el sufrimiento se produzca a consecuencia de una necesidad humana y no de un mero acto de crueldad – la acción no estará prohibida. Sin embargo, si no se trata de una necesidad patente, a priori, en caso de resultar posible, corresponde abstenerse de realizarla. En la medida que la acción implique un mayor sufrimiento animal y resulte menos indispensable para el ser humano, será más oportuno abstenerse de realizarla. La opinión de las personas y las costumbres imperantes son las que determinan el grado de esencialidad, así como la intensidad del padecimiento a infligir a un animal, y en virtud de la evaluación de ambos parámetros se determina cuándo corresponde abstenerse o incluso cuándo deba prohibirse la acción en cuestión.

Por ejemplo, de acuerdo con la Halajá se permite arrancar plumas a los gansos vivos para uso de los escribas (kulmús), pero dado que esta acción les causa un gran dolor, y dado que es posible tomar plumas de gansos faenados, corresponde abstenerse de hacerlo (Terumat Hadeshen, Ramá Even Haezer 5:14).

De igual manera, es preciso tener la precaución de no arrancar las plumas del pescuezo del pollo para despejar sitio para su faena a los efectos de no hacerlos sufrir en vano. Pero si el matarife no es suficientemente experimentado en su oficio y precisa hacerlo para faenar según la Halajá – tendrá permitido proceder así (Or Zarúa, Ramá Yoré Deá 24:8).

Asimismo, se permite a las personas cortar las orejas del perro o su rabo para que el animal se vea bonito según su criterio, ya que esta acción se realiza en beneficio de un ser humano que disfruta de la belleza de su can y no por mera crueldad. A pesar de ello, desde el punto de vista de la cualidad de la compasión es preferible no hacerlos sufrir. Lo mismo ocurre en el caso del loro. Por la norma está permitido cortar un poco de su lengua para que pueda pronunciar palabras desde su pico ya que ello deleita a su dueño, pero a priori, es preferible apiadarse del ave y abstenerse de hacerlo. Sin embargo, si a raíz de la abstención del dueño del animal en la realización de estos procedimientos que hacen sufrir a su mascota ya no querrá seguir criándola, esto significa que para él se trata de una necesidad real, y entonces, a priori, se permite efectuar los dolorosos cortes mencionados, tal como una persona que está dispuesta a sufrir por causa de intervenciones quirúrgicas destinadas a embellecerla.

Se permite a priori adiestrar un animal, aunque ello implique golpearlo levemente. E incluso si el amaestramiento implicase golpes más duros, ello estará permitido, empero por una cuestión de compasión corresponde abstenerse de hacerlo. En caso de que de no mediar los golpes el animal resultará inservible – se permite a priori aplicarle los golpes en cuestión.

Desde la perspectiva de la ley se permite cazar un animal para elaborar con su piel abrigos y billeteras, pero por una cuestión de compasión, corresponde adoptar una actitud más estricta. Si bien en el pasado no se adoptaba una actitud estricta en esta cuestión ya que los seres humanos precisaban usar las pieles animales para calentar su cuerpo confeccionando con ellas abrigos y frazadas, en la actualidad, que sabemos elaborarlos con materiales sintéticos, por una cuestión de compasión, corresponde abstenerse de cazar animales solamente para utilizar sus pieles (ver Maim Jaím 2:3 de Rabí Jaim David Haleví).

09- La cría de animales y aves para producir alimentos

La regla general establece que todo aquello que el ser humano hace en su propio beneficio y no por mera crueldad está permitido. Por lo tanto, está permitido criar pollos y terneros para la producción de carne, amontonados en una alta densidad o aglomeramiento a los efectos de ahorrar en los costos de producción. Así también, criar gallinas y vacas con alta aglomeración para la producción de huevos y leche. Tal como un ser humano se esfuerza trabajando duro y viviendo en sitios de alta aglomeración para ahorrar en sus gastos, cuánto más tiene permitido hacerlo mediante la aglomeración de animales a los efectos de reducir costos.

No obstante, ello también tiene un límite, y en casos en los que hacerlo conlleve un sufrimiento intenso y terrible – estará prohibido. Esto es así ya que el permiso de hacer sufrir a animales terriblemente, por ejemplo, cercenando sus patas por encima de sus cascos, es un permiso poco común que atiende a una necesidad especial, la de rendir honor al rey o la de erradicar la idolatría, pero de modo habitual y a los efectos de ganar dinero – ello está prohibido.

Hay quienes tienden también a prohibir un gran sufrimiento que no es terrible. Pero en la práctica, las interrogantes que surgen no se refieren al principio general, sino que se remiten a discusiones respecto de la valoración del grado de sufrimiento que los animales padecen en tiempos de su crianza destinada a la producción de carne, leche y huevos.

He aquí un ejemplo de esta discusión: naturalmente las gallinas ponen huevos desde los seis hasta los veinte meses de edad y entonces son faenadas. Es posible prolongar el período de producción de huevos de la gallina haciéndola padecer hambre por diez días en su quinceavo mes de existencia. Entonces, sus plumas se caen y luego, cuando vuelve a comer y regresan sus fuerzas, sus plumas vuelven a crecer y es capaz de poner huevos hasta los veintiocho meses. La pregunta que surge es si está o no permitido hacer padecer hambre a las gallinas y por ende hacerlas sufrir con ese objetivo. Hay juristas que lo prohíben pues en su opinión se trata de un padecimiento intenso y terrible amén de un acto de crueldad, ya que está prohibido hacer sufrir a animales de modo permanente en aras de ganar dinero (Shevet Haleví 2:7). Y en opinión de la mayoría de las autoridades halájicas, este método de cría está permitido ya que se lleva a cabo en beneficio de la granja y no se trata de un sufrimiento intenso y terrible sino de un sufrimiento intenso más allá de lo común, pero aún no se lo considera intenso y terrible. Esto y más, a largo plazo, la hambruna de diez días les confiere salud a las gallinas, les prolonga la vida, e incluso los seres humanos estarían dispuestos a padecer hambre durante diez días para poder ser más longevos. Esto es lo que escribió el Rav Goldberg, rabino titular de la localidad de Kfar Pines (Haaretz Umitzvotea, y así sentenció también el Minjat Yehudá 6:145).

En la práctica, consideramos que cabe adoptar una actitud más flexible, tanto desde el punto de vista de la línea de pensamiento (sevará) como del hecho que en este tipo de cuestiones los rabinos de los poblados agrícolas, que son la autoridad del lugar (mara deatra), cuentan con ventaja en la materia ya que conocen de cerca el modo de cría de los animales y las aves, saben calcular el grado de sufrimiento y sopesar el beneficio que le reporta al criador versus el padecimiento que se le genera a los animales.

Por otra parte, quien no conoce el modo de cría de las aves y los terneros a veces se espanta al verlo, y en cierta manera, se asemeja a una persona de la ciudad que llega a un poblado distante y ve a personas que viven en chozas sin electricidad ni agua corriente, tal como lo hicieron sus ancestros por generaciones, y piensa que sus existencias son un continuo padecimiento sin satisfacción ni alegría.

Sin embargo, cabe decir que, en paralelo con el ascenso en el nivel de vida de los seres humanos en el área de la moral y la economía, el concepto de sufrimiento animal puede cambiar. Y tal como en el pasado determinadas cosas no se consideraban dolorosas para el ser humano y hoy sí lo son, de igual manera es probable que cosas que en el pasado no se consideraban un sufrimiento intenso y terrible para los animales hoy sí lo sean, y se piense que está prohibido infligirles ese padecimiento en forma sistemática en aras de ganar dinero. A raíz de ello, se multiplicarán las personas que se abstengan de ingerir carne de animales que hayan sido criados de un modo que a su entender implique sufrimiento.

Esta postura podrá influir gradualmente sobre el resto del público cuyos representantes, en virtud del conjunto de los valores en juego en la cuestión y de la presión de la opinión pública, legislarán leyes al respecto que por una parte reduzcan el padecimiento de los animales y de las aves que criados para la industria alimentaria y por la otra, tomen en cuenta al público en general y especialmente a las personas más necesitadas, teniendo el recaudo que la nueva normativa no encarezca en demasía el producto final.

En un escenario menos exitoso, a raíz de las presiones de los activistas en pos de los derechos de los animales, se legislarán medidas que no tomen en cuenta a las personas pobres ni sopesen la totalidad de los valores en juego por lo que posteriormente estas medidas deberán ser reformadas y equilibradas.

01- Los límites del precepto

Quien se encuentra con un nido y desea tomar a la madre que se halla sobre los polluelos o sobre los huevos a fin de ingerir su carne – no tendrá permitido hacerlo, ya que la Torá ordenó que no se puede aprovechar la responsabilidad de la madre por cuidar a sus polluelos o a sus huevos para cazarla, sino que se la deberá ahuyentar para que vuele y no intente regresar al nido, y solamente después se podrá intentar atraparla como al resto de las aves. Asimismo, estará prohibido tomar los polluelos o los huevos mientras la madre yazca sobre ellos, pudiendo hacerlo únicamente después de haberla ahuyentado a una distancia tal que resulte imposible atraparla. Tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 22:6-7): Si apareciere un nido de pájaros ante ti, en el camino, en cualquier árbol, o sobre la tierra: polluelos o huevos, y la madre yace sobre los polluelos o sobre los huevos, no habrás de tomar la madre junto con las crías. Liberar habrás de liberar a la madre y a las crías podrás tomar para ti; ya que va a ser bien para ti y prolongarás tus días”.

El precepto aplica sobre las diferentes especies de aves aptas para su ingestión, las cuales suelen ser tomadas como alimento. Pero en el caso de las aves impuras, está permitido tomar a la madre junto con los huevos y los polluelos (Shulján Aruj 292:1).

El precepto rige únicamente para aquellas aves silvestres que no son propiedad del ser humano, tal como fue dicho: “Si apareciere un nido de pájaros ante ti”, en un sitio que no le pertenece a nadie. Pero en el caso de un nido que es propiedad de alguien esta prohibición no rige, pues tanto la madre como los huevos y los polluelos son del propietario, y por ende, puede tomarlos cuando desee (Mishná Tratado de Julín 138:2). Por lo tanto, si bien la gallina es un ave, quien la cría puede tomarla cuando yazca sobre sus huevos, así como también a los polluelos o a los huevos que se incuban bajo ella. Otro tanto ocurre en el caso de las palomas que son propiedad de un individuo, este tendrá permitido tomarlas sin restricción.

En caso de que alguien transgrediese tomando a la madre mientras yace sobre los polluelos, sobre los huevos o sobrevolando sobre estos – deberá liberarla y así reparará su pecado. Pero si la faenase, si bien su carne resultará apta para el consumo –será pasible de recibir un castigo físico (malkot) por cuanto que ya no puede reparar su mala acción (Tratado de Julín 141(A), Shulján Aruj Yoré Deá 292:6).

02- Su significado

Una de las áreas más bellas y profundas del estudio de la Torá es el de la explicación del significado de los preceptos (ta’amei hamitzvot). Su importancia es doble, por una parte, por su valor como estudio, y por el otro, por el hecho de que la comprensión genera identificación con el mandamiento, y por ende, fortalece la voluntad de su observancia. Sin embargo, es nuestro deber destacar que nos resulta imposible comprender la causa absoluta de por qué se estableció el precepto, ya que el intelecto humano es limitado y por ende incapaz de entender los pensamientos del Creador y la profundidad de la intención de la Torá. Por lo tanto, el significado son los distintos aspectos del mandamiento que comprendemos, pero no sostenemos que sean el único motivo que lo explique, por lo que tampoco derivamos de él conclusiones halájicas.

Más aún, por una parte, es preferible cumplir los preceptos porque el Santo Bendito Él nos ordenó observarlos y no porque comprendemos su significado. Ya que el hombre de fe íntegra tiene la cualidad de observar los mandatos de su Creador a pesar de que no entiende Sus motivos. Esta es la gran virtud de los hijos de Israel, que dijeron “Haremos y aceptaremos (también ‘entenderemos’)” (Shemot-Éxodo 24:7), esto es, a raíz de su gran apego a HaShem, aceptaron de antemano cumplir todo aquello que Él les ordenase, sin más motivo que el hecho de que esa fuese Su voluntad. Tras haber comprendido esta cuestión, podemos profundizar en la Torá y en la explicación de los preceptos y agregar así significado y alegría en el momento de cumplirlos.

Al precepto de shiluaj haken se le han adjudicado tres explicaciones principales:

La primera, que el mandamiento está destinado a instalar en nuestro corazón el respeto por la preservación de los seres vivos. Esto es así ya que el fundamento de la existencia de cualquier ser vivo es su capacidad de criar a la siguiente generación, y para ello, el ave fue creada con la cualidad de que la madre se ocupe con dedicación al cuidado de sus huevos y de sus polluelos. La prohibición de tomar a la madre y afectar así su capacidad de seguir criando descendientes se asemeja a la prohibición de arrancar un árbol frutal (arriba 13:1-3). Los frutos del árbol se pueden cortar pues ello no afecta al árbol que es la fuente de la vida. De igual manera, los polluelos y los huevos pueden ser tomados a condición de que primero se ahuyente a la madre que es la fuente de vida de más descendientes. La prohibición rige sobre las aves puras que crecen de manera silvestre, pues en el caso de aquellas que son criadas en una granja – no se teme por su extinción, ya que de todas maneras nos preocuparemos de que se sigan multiplicando. Lo mismo ocurre en el caso de las aves impuras, no se teme por su diezmado, ya que de todas maneras no habremos de esforzarnos por cazarlas en grandes cantidades dado que tenemos prohibido ingerirlas (según Rabenu Bejaié y Sforno a Devarim-Deuteronomio 22:6).

La segunda, para reforzar en nuestro corazón la cualidad de la compasión, que no tomemos a la madre cuando yace sobre sus polluelos, sino que primeramente la soltemos o la hagamos volar y solamente después que se hubiere alejado del nido tomemos a sus pichones. En la cualidad que le otorgó D’s al ave de cuidar y proteger a sus polluelos, vemos una gran expresión de preocupación y entrega por la crianza de las próximas generaciones, al grado que la madre está dispuesta a arriesgar su vida en aras de sus pichones y no corresponde que aprovechemos esta noble característica para cazarla y comer su carne (Rambán a Devarim-Deuteronomio 22:6, Sefer Hajinuj 545).

Según estos motivos, se puede entender la recompensa que la Torá promete a quien ahuyente a la madre, tal como fue dicho: “va a ser bien para ti y prolongarás tus días”, ya que todo aquel que se apega a las virtudes del Santo Bendito Él y se apiada de los seres vivos conseguirá que HaShem se apiade de él, prolongue sus días y le prodigue el bien. Nuestros sabios dijeron además que por el mérito de este precepto los hombres estériles podrán tener hijos, ya que, así como respetaron la preocupación de la madre por sus pichones, de igual manera tendrán el privilegio de criar hijos (Devarim Rabá 6:6).

Otro motivo mencionado por los sabios de la Cabalá, tiene que ver con nuestra condición nacional. Cuando un hijo de Israel ahuyenta a la madre y la hace alejarse de sus hijos, esta se acongoja por ellos y agita sus alas, entonces, el recuerdo del pueblo de Israel asciende ante Su Padre Celestial, ya que desde la destrucción del Templo y el exilio de la Divina Presencia los hijos se encuentran en la desgracia y el cautiverio cual huérfanos abandonados. Es decir, el precepto de ahuyentar primero a la madre tiene que ver con una realidad compleja e intrincada, que por una parte el ser humano precisa comer y desea la carne del ave en cuestión, y por la otra, corresponde apiadarse de la madre que cuida a sus polluelos. Dado que no cabe satisfacer todas las voluntades, el ser humano podría renunciar a la aspiración de llevar adelante una vida basada en ideales. Sin embargo, la Torá nos guía en la práctica de la buena virtud posible, tomando en cuenta lo complicado de la situación, y permitiéndonos ahuyentar a la madre para tomar a los hijos. Dado que incluso dentro de la realidad compleja de este mundo y del exilio, los hijos de Israel se esmeran en guiarse por la senda de los valores de la Torá y la moral, se despierta sobre ellos la compasión y la voluntad de redimirlos del sufrimiento causado por el destierro y sus complicaciones, para finalmente conducirlos a la tierra de Israel y a la construcción del Templo, donde podrán efectivizarse todos los ideales, y cada creatura podrá vivir del modo que le resulte más integro, y el mundo todo se colmará de consuelo y alegría.

03- ¿Es preceptivo ahuyentar a la madre, aunque no se desee tomar los huevos?

Nuestros sabios dijeron que no es preceptivo buscar un nido para cumplir con este precepto, tal como fue dicho: “Si apareciere un nido de pájaros ante ti” (Tratado de Julín 139:2). Sin embargo, surgió la interrogante respecto de quien no está interesado ni en los polluelos ni en los huevos y se encuentra frente al nido, ¿acaso debe ahuyentar a la madre y tomarlos?

Según la opinión de numerosos juristas solamente quien precisa de huevos o polluelos está preceptuado de ahuyentar a la madre para tomarlos. Pero si no los precisa, no resulta preceptivo ahuyentar a la madre para tomar los pichones. Por lo tanto, no corresponde hacerlo a los efectos de no causar sufrimiento a seres vivos y no destruir gratuitamente polluelos o huevos.

No obstante, hay autoridades halájicas que sostienen que todo aquel que se encuentra con un nido, está preceptuado de ahuyentar a la madre y tomar a los hijos. Y hay de entre los cabalistas quienes entienden que incluso corresponde que todo judío busque un nido para cumplir este precepto, aunque tan solo sea una vez en su vida. Ello no conlleva transgredir la prohibición de no destruir o malograr y de no hacer sufrir a animales, ya que se realiza en aras de observar un mandamiento.

En la práctica, nos parece que la opinión principal es la primera, y solamente quien desee tomar los polluelos o los huevos estará preceptuado de ahuyentar a la madre y tomarlos. Pero quien no esté interesado en ellos no está preceptuado de proceder así, y por ende, deberá abstenerse de hacerlo para evitar hacer sufrir a un animal (tza’ar ba’alei jaim) y para no destruir o malograr (bal tashjit). Quien desee cumplir el precepto conforme la segunda opinión, es mejor que ahuyente a la madre del nido por medio de un grito o de un golpe suave sobre el nido y no tome ni los polluelos ni los huevos, ya que hay autoridades que entienden que al haber ahuyentado a la madre y poder tomar los huevos o los pichones, según la Halajá observa el precepto, y así, podrá hacerlo sin contradecir a la primera opinión (Responsa Jajam Tzví 83, Shevet Yehudá Yoré Deá 292, Or Sameaj Hiljot Yom Tov 3:8).

04- La norma en detalle

El precepto de shiluaj haken rige únicamente sobre las aves puras. Por lo tanto, es preciso saber diferenciar entre las especies aptas para su ingestión y las impuras. Las especies puras que se encuentran en nuestro entorno son: las palomas, las tórtolas y los gorriones.

Asimismo, es preciso diferenciar entre el macho y la hembra, ya que el precepto se observa únicamente cuando la madre yace sobre sus pichones. En la práctica, en el caso de las palomas y las tórtolas, la mayor parte del día quien se encuentra en el nido es justamente el macho, y la madre lo hace aproximadamente desde las cinco de la tarde hasta las siete de la mañana del día siguiente, y en caso de ahuyentarla, se cumplirá el precepto. Pero en caso de llegar en mitad del día, lo más probable es que el macho sea quien se encuentre en el nido, y en caso de ahuyentarlo para tomar los pichones, no se habrá cumplido el precepto. De hecho, el gorrión macho yace sobre el nido solo unas dos horas al día, y se lo distingue por una mancha negra en el pecho.

Es también preciso saber que, si el nido fue construido dentro de un patio cercado o sobre el techo, en el momento en que la madre vuela sobre este, el patio hace que su dueño se haya tornado propietario de los huevos y de los polluelos, y ya no es preceptivo ahuyentarla. Solamente si en el momento en que los pájaros comienzan a construir el nido, el hombre establece la condición de que no se tiene interés en poseer el nido, se considerará preceptivo el ahuyentar a la madre.

Según la mayoría de las autoridades halájicas, el ahuyentado de la madre del nido puede realizarse por medio de un grito o golpeando el nido con la mano o con un palo. Según el Rambám (Hiljot Shejitá 13:5) solamente si se toma a la madre por el ala y se la ahuyenta se cumple con el precepto. Por otra parte, se teme que quizás de acuerdo con la opinión de algunas eminencias medievales, si se toma a la madre por el ala se incurre en una transgresión, que, si bien se podrá reparar tras ahuyentarla, en el ínterin mientras se la sujeta – se estará transgrediendo. Por lo tanto, lo correcto es ahuyentar a la madre con la voz o por medio de un golpe.

01- Las limitantes y las prohibiciones asociadas a la ingestión de carne

Tal como ya aprendimos (capítulo 14) la ingesta de carne es un tema complejo y posee diferentes aristas. Por una parte, su consumo le confiere al ser humano grandes bríos, tanto físicos como mentales, y hacerlo en aras del Cielo encierra también un valor inherente de reparación y mejoramiento del mundo. Por otra parte, el deseo de comer carne puede arrastrar al ser humano a la pasión desmedida y a la crueldad. La regla es que en la medida que un alimento provee de mayor vitalidad, beneficio y deseo, la Torá le dedica más preceptos a los efectos de guiarnos y orientarnos hacia el lado virtuoso. Por ello, en lo que respecta a la ingestión de carne existe una mayor cantidad de preceptos y de prohibiciones.

Estos son los preceptos vinculados a la ingestión de carne: 1) No comer animales domésticos o salvajes (behemot o jaiot) impuros tales como el caballo o el león. 2) No comer aves impuras tales como el avestruz, el buitre o el halcón. 3) No comer peces impuros tales como el bagre. 4) No comer saltamontes o langostas impuros. 5) No comer gusanos y larvas (sheratzim) rastreros, voladores o acuáticos como el sapo, el camarón y la langosta. 6) Faenar animales domésticos, salvajes y aves. 7) No ingerir su sangre. 8) Cubrir la sangre de los animales salvajes y de las aves. 9) No ingerir el sebo de los animales domésticos. 10) No ingerir un animal muerto que no haya pasado faena (nevelá). 11) No comer un animal que al ser faenado se le haya descubierto un defecto a su cuerpo (trefá). 12) No comer un trozo de un animal vivo (ever min hajai). 13) No comer el nervio ciático (guid hanashé). 14) No cocinar carne con leche, no comer de la cocción conjunta de estos alimentos ni obtener de ella beneficio (Rambám en su introducción a sus Hiljot Maajalot Asurot detalló estos preceptos en veintiún mandamientos).

Hay preceptos cuyo significado se entiende, como es el caso de honrar a los padres, dar tzedaká, o la prohibición de asesinar, que aunque no estuvieran escritos en la Torá correspondería que los observáramos por propia iniciativa, y reciben el nombre de sentencias (mishpatim). Hay otros preceptos que si no estuvieran escritos en la Torá no se nos ocurriría observarlos, como es el caso de la prohibición de vestir una prenda confeccionada con lana y lino a la vez (shaatnez), o la prohibición de ingerir determinados alimentos, y estos son denominados leyes (jukim). En cierto aspecto, la observancia de los jukim expresa en mayor manera la fe y el apego a HaShem porque los cumplimos solamente por el hecho de que D’s, bendito sea, así lo ha ordenado y no por motivo humano alguno. Desde este punto de vista, por medio de este tipo de preceptos nos santificamos en mayor grado, y por ello corresponde tener el recaudo de no encontrarles motivos humanos que pudieran afectar negativamente su significancia divina y sagrada. En este sentido, nuestros sabios dijeron: “que una persona no diga no deseo comer carne de cerdo por ser desagradable, sino que diga: deseo ingerirla, pero ¿qué puedo hacer si mi Padre Celestial me lo prohibió?” (Sifra Kedoshim 128, Rashí Vaikrá 20:26).

Tras el reconocimiento fundamental de que no tenemos la posibilidad de comprender el motivo de las leyes de la Torá, sí está a nuestro alcance contemplar los valores y los significados que podemos aprender de ellas.

El fundamento más importante que está vinculado al mero hecho de que estos preceptos sean jukim, es la diferenciación que generan entre el pueblo de Israel y las demás naciones del mundo. El Santo Bendito Él creó numerosos animales en el mundo, y luego de autorizar a los seres humanos que coman de la carne de todos ellos, nos separó de las demás naciones, nos consagró con Sus preceptos y nos permitió ingerir únicamente a las especies puras prohibiéndonos las impuras. Tal como fue dicho (Vaikrá 20:23-26): “…y no os encaminéis en pos de las normas de la nación, la que Yo expulso de ante vosotros, ya que todo esto ellos han hecho, y los he repudiado. Empero os dije: vosotros poseeréis su tierra, y Yo os la daré a vosotros para poseerla, una tierra que mana leche y miel. Yo soy HaShem vuestro D’s, que os he distinguido a vosotros de entre los pueblos.  Habréis de distinguir entre el animal impuro y el puro, y entre el ave pura e impura. Y no haréis impuras vuestras almas con los animales y con las aves, y con todo lo que repta sobre la tierra, lo que Yo he hecho distinguir para vosotros, para declarar impuro. Seréis para Mí consagrados, ya que santo soy Yo HaShem, y os distinguí a vosotros de entre los pueblos, para que seáis para Mí”. Dijeron nuestros sabios (ídem en el libro de Sifra): “Así como Yo soy santo, de igual manera vosotros debéis serlo, así como Yo estoy apartado (de las cosas bajas) también ustedes habréis de estarlo… si es que habréis de separaros de las demás naciones – entonces estaréis consagrados a Mi Nombre, y si no, perteneceréis a Nabucodonosor rey de Babilonia y sus compañeros” (los monarcas de las demás naciones que sojuzgarán al pueblo de Israel). He aquí que previo a todo motivo o significado, las leyes de la kashrut generan una diferenciación entre los hijos de Israel y las demás naciones, lo cual les ayuda a preservar su identidad singular como pueblo de D’s y difusor de Su mensaje en el mundo.

02- Las especies puras y las impuras

La Torá dividió a los animales en cuatro categorías: 1) Animales domésticos y salvajes (behemot y jaiot, esto es, mamíferos). 2) Peces. 3) Aves. 4) Reptiles, larvas e insectos (sheratzim, incluidos aquellos que son rastreros, los acuáticos y los voladores, entre los que se encuentra los saltamontes o langostas que son puros). En todas estas categorías hay especies puras e impuras, tal como se explicará más adelante en el presente capítulo.

La Torá estableció señales para diferenciar entre los animales, los peces y los insectos tanto puros como impuros. Asimismo, enumeró una lista de aves que no son puras para enseñarnos que las demás sí lo son.

Algunas de las grandes eminencias medievales (rishonim) señalaron que las especies puras comparten una característica distintiva y es que se alimentan de hierbas y tienen un temperamento afable, al tiempo que las especies impuras son depredadoras e irascibles. Dado que el alimento que el ser humano ingiere influye sobre su alma, la Torá ordenó no comer especies que tienden a la crueldad (Rambán, Rabenu Bejaié y Abarbanel a Vaikrá-Levítico 11, Akedat Ytzjak Sheminí 60).

Hay quienes escribieron que las especies puras son sanas para su ingestión al tiempo que las impuras no lo son (Moré Nevujim 48). Muchos se opusieron a mencionar este argumento ya que no corresponde reducir la Torá a un mero libro medicinal. Además, no hemos visto que los gentiles sean menos sanos físicamente que los judíos, sino que el objetivo de los preceptos es santificar al pueblo de Israel y reparar sus almas, y un judío que ingiere alimentos prohibidos la impurifica. Por ese motivo la Torá denominó ‘impuras’ a las especies que no debemos comer (Akedat Ytzjak Sheminí 60, Abarbanel a Vaikrá-Levítico 11).

En este sentido, nuestros sabios explicaron (Tratado de Yomá 39(A)) que “el pecado atonta el corazón del hombre, tal como fue dicho (Vaikrá 11:43): “…no os mancillaréis con ellos ya que os impurificarán”, no leas ‘impurificarán’ sino ‘atontarán’ (en el vocablo hebreo נטמתם con diferente puntuación e idénticas letras pueden leerse ambas acepciones , N. de T.), esto es, que todas las transgresiones y especialmente la ingesta de alimentos prohibidos atontan al corazón impidiéndole captar cuestiones espirituales vinculadas a la santidad. Desde este punto de vista, la prohibición de ingerir alimentos prohibidos es más grave que las demás prohibiciones, porque cuando uno de estos ingresa al cuerpo se asimila en él y lo afecta negativamente (Rambán, Rabenu Bejaié, Akedat ytzjak, Abarbanel y Malbim a Vaikrá-Levítico 11).

03- Señales de pureza en animales domésticos (behemot) y salvajes (jaiot)

La Torá nos dio dos señales para diferenciar a los animales puros, tal como fue dicho (Vaikrá-Levítico 11:2-3): “Estos son los animales que podréis comer de entre toda la fauna que está sobre la tierra. Todo animal de pezuña partida, hendida en mitades y que rumia -entre los animales- a él podréis comer”.

La primera señal: “pezuña partida hendida en mitades”. La pezuña es una cobertura dura, una especie de uña gruesa o hueso blando que crece sobre la planta de la pata del animal y por medio de la cual pisa sobre el suelo sin lastimarse. “Hendida en mitades” significa que la planta de la pata y su pezuña están partidas, o sea, divididas en dos partes.

La segunda señal: “que rumia”. Las especies puras que se alimentan de hierbas cuya digestión es difícil y prolongada, poseen un sistema digestivo especial compuesto de cuatro estómagos: 1) rumen, 2) retículo, 3) omaso y 4) abomaso o cuajar. En un inicio, los rumiantes arrancan el pasto y lo tragan. De allí desciende al rumen donde pasará una digestión primaria. De allí pasa al retículo donde cobra la forma de numerosas esferas. Luego asciende nuevamente a la boca donde pasará por una prolongada masticación y a eso se lo denomina ‘rumiar’. Posteriormente, desciende al omaso y de allí al abomaso.

Cuatro especies poseen una señal que las asemeja a los animales puros, pero por cuanto que no cuentan con las otras dos señales – resultan ser impuras. Estas son: el camello, el conejo, la liebre y el cerdo. Tal como fue dicho (Vaikrá-Levítico 11:4-6): “Empero éste no comeréis de entre los que rumian o los que tienen pezuña partida”. Tres de ellos son rumiantes, pero no poseen pezuña partida, tal como fue dicho: “el camello, pues él es rumiante empero no tiene pezuña partida; impuro es para vosotros, y el conejo, porque es rumiante empero no tiene pezuña partida, impuro es para vosotros, y la liebre, porque es rumiante empero no tiene pezuña partida, impura es para vosotros”. Sin embargo, en la práctica, la liebre y el conejo no son rumiantes en el sentido más aceptado del concepto, pero como sus bocas parecen estar permanentemente ocupadas masticando al igual que las de los rumiantes, y además la liebre come sus propias heces y parece rumiar, la Torá escribió que son impuros por cuanto que no poseen pezuña partida (Rabí David Tzví Hoffman ídem). El cerdo posee pezuña partida, pero no rumia, y por ello es impuro, tal como fue dicho (ídem 7): “Y el cerdo, porque tiene la pezuña partida, hendida en mitades, empero no es rumiante, impuro es para vosotros”.

Nuestros sabios nos indicaron otra señal patente en lo que respecta a las especies puras y es que carecen de dientes en la parte anterior de la mandíbula superior. Otra, que la carne que se encuentra debajo del hueso de la cola tiene forma cuadriculada. No obstante, el ‘asno salvaje africano’ (Equus africanus) también comparte esta característica y es impuro (Tratado de Julín 59(A)). Asimismo, nos dieron otra señal y es que la leche de los animales puros puede transformarse en queso mientras que la de las especies impuras no (Tratado de Avodá Zará 35(A)). Otra señal mencionada es que todo aquel que posee cuernos es puro, pero no hay consenso en cuanto a que se trate de un distintivo claro (Tratado de Nidá 51(B), Tratado de Julín 59 (A) y (B), Tosafot ‘אלו’).

En términos generales, las señales dadas por la Torá a las especies puras se refieren a que se alimentan de hierbas y no son depredadoras, y dado que el pasto es de difícil digestión en virtud de la abundante cantidad de celulosa que contiene, HaShem les prodigó un aparato digestivo sofisticado y la posibilidad de rumiar para que puedan continuar masticando su alimento y así digerirlo. En vez de garras para clavar en su presa poseen pezuñas partidas destinadas a ayudarles a correr por las montañas y trepar sobre altas rocas para encontrar allí pasto, comerlo con rapidez y escaparse ágilmente de los depredadores, para poder rumiar tranquilamente en un sitio seguro. También los dientes anteriores que le faltan en la mandíbula superior expresan el hecho de que no son depredadores y que están destinados a masticar hierbas. Otro tanto ocurre con los cuernos, los cuales están destinados a defenderse y no a atacar. A pesar de ello, las especies puras logran mantenerse bien en el mundo, para enseñarnos que, si estamos dispuestos a esforzarnos y contentarnos con poco, es posible encontrar un buen sustento sin tener que depredar.

04- Las especies puras y sus leyes

La Torá enumeró diez especies puras, tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 14:4-5): “Estos son los animales que podréis comer: buey, cordero y cabra. Ciervo, gacela y gamo; cabra montesa, antílope, búfalo y gamuza”. Las tres primeras especies son domésticas (behemot) y las siete siguientes son salvajes (jaiot bar).

Si bien en la cuestión de las señales de pureza no hay diferencia entre los animales domésticos y los silvestres o salvajes, siendo todos aptos para su ingestión, de todas maneras, los sacrificios se ofrendan únicamente de los primeros. Como continuación de ello, existe un precepto especial en el caso de las behemot y es que se prohíbe ingerir su sebo, esto es, aquellas grasas que solían ser quemadas sobre el altar del Templo. Por otra parte, existe un precepto especial en lo que respecta a los animales salvajes o silvestres y las aves, en cuanto a que resulta necesario cubrir su sangre con tierra tras su faena (ver adelante 18:9-10).

Dijeron nuestros sabios (Tratado de Julín 63(B)): Es evidente y sabido para Quien creó el mundo con Su palabra que los animales impuros son más numerosos que los puros, por lo tanto, la Torá enumeró a los puros. No obstante, al igual que todas las demás especies de la naturaleza, las diez especies puras también se dividen en diferentes razas.

La identidad de las tres especies domésticas es conocida, dado que son criadas, y por ende su tradición no ha sido olvidada. En primer lugar, el buey, y en forma específica el macho que es denominado toro o buey, la hembra que recibe el nombre de vaca, los jóvenes llamados terneros y terneras y la familia en su conjunto es conocida como ganado vacuno (bakar). Esta especie cuenta con numerosas razas, entre ellas: Damascena, Holstein, Hereford y Brahman.

La segunda especie es el cordero. Al macho se lo llama carnero, a la hembra oveja y a los jóvenes borregos y borregas. Entre ellos hay diferentes razas, por ejemplo: Merino, Awasi y Oveja de Cola Gorda (Ovis orientalis).

La tercera especie es la cabra. Al macho se le llama chivo o macho cabrío, a la hembra chiva y a los más jóvenes cabritos y cabritas. También entre las cabras encontramos numerosas razas, entre ellas la criolla (báladi) y la alpina. A los corderos y a las cabras se las denomina ganado ovino o caprino (tzón).

La identidad de las siete especies de animales silvestres o salvajes que crecen en la naturaleza cayó en el olvido en virtud del paso de los años y los diferentes exilios, y en la actualidad tenemos la certeza de conocer mediante la tradición a dos especies: el ciervo y la gacela. No obstante, en la práctica, dado que las señales de pureza de los animales son claras, todo aquel que las posea estará permitido comerlo. Y así se dictó la halajá en lo que respecta al cebú (Kol Mevaser 1:9).

Según la división comúnmente aceptada por las ciencias zoológicas en la actualidad, todas las especies de animales puros pertenecen a los mamíferos de dedos pares en la subserie de los rumiantes. Sin embargo, en la práctica, a los efectos de declarar una especie como apta para ser ingerida, es preciso que personas expertas y temerosas del Cielo revisen detenidamente las características del animal, y en caso de que le encuentren las señales de aptitud, la especie será kasher.

05- Las aves

Respecto de las aves, la Torá no nos ha brindado señales de pureza, sino que únicamente ha listado las especies impuras. Tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 14:11-18): “Cualquier ave pura podréis comer. Y esto es lo que no comeréis de ellos: el águila y el quebrantahuesos y el águila marina. El buitre y el halcón y el milano en todas sus especies. Cualquier cuervo en todas sus especies.  El avestruz, la lechuza, la gaviota el gavilán en todas sus especies. El búho, el ibis y el cisne. El pelícano y el calamón y el somorgujo. La cigüeña y la garza en todas especies, y la abubilla y el murciélago” (otro tanto fue dicho en Vaikrá-Levítico 11:13-19).

Dijeron nuestros sabios (Tratado de Julín 63(B)): Es sabido y revelado ante Quien creó el mundo por medio de Su palabra, que las aves puras son más numerosas que las impuras, por lo tanto, el texto enumera las impuras, para así enseñarnos que todas las demás son puras.

Nuestros sabios resumieron la cuestión señalando que existen veinticuatro especies impuras y aquel que las conoce todas por sus nombres y las distingue por sus señales puede determinar que en efecto todas las demás especies son puras. Sin embargo, esta tradición se perdió durante los años del exilio. No obstante, nuestros sabios nos dieron algunas señales para diferenciar entre un ave pura y una impura. Toda ave que es de rapiña (dorés), o sea, que mata a su presa con sus garras, es impura. Y si cuando se la coloca sobre un hilo separa sus garras colocando dos de un lado del hilo y dos del otro, resulta claro que es impura.

Respecto de un ave sobre la cual se duda si es o no de rapiña, si posee una garra de más, y tanto su buche o pescuezo (zepek) como su estómago muscular (kurkeván) se pueden pelar, es sabido que es pura. Si se sabe que un ave determinada no es de rapiña, alcanza con que exhiba una sola señal de estas tres para que se la considere pura (Tratado de Julín 59(A), Tur Beit Yosef 82:2, Siftei Cohen 4).

Sin embargo, en la práctica, los sabios medievales escribieron que dado que siguiendo las señales mencionadas hubo casos en los cuales se consideró a pura un ave y luego se llegó a la conclusión de que se trataba de una de rapiña y era impura (ver Tratado de Julín 62(B)), en la actualidad no se acostumbra a confiar en las señales y se comen únicamente aquellas aves respecto de las cuales existe una tradición probada de pureza (Rashí, Rosh, Shulján Aruj y Ramá 82:2-3).

Recordemos algunas de las especies de aves puras que suelen ingerirse en la actualidad: la más común es el pollo, y es seguida por el pavo. Asimismo, se acostumbra a consumir el ganso y el pato domésticos, el cisne común, las palomas (la doméstica y la torcaz), la tórtola común, el gorrión y la codorniz.

Los comentaristas explicaron que dado que el ave es más espiritual que los animales silvestres (jaiot), la mayor parte de sus especies son puras. Sin embargo, es probable que por estar más lejos nuestro se perdieron las tradiciones respecto de su ingesta, al grado de que en la práctica se habilita para comer a unas pocas especies, aquellas respecto de las cuales existe una tradición demostrada de aptitud.

06- Casos dudosos

Cuando una comunidad judía detenta una tradición clara respecto de que un ave determinada es pura, las demás comunidades pueden confiar en ella, con la condición de que sea sabido que la tradición en cuestión es confiable y que el motivo por el cual el legado respecto de la pureza de la especie perduró únicamente en esa congregación obedece a que solamente en la región geográfica específica en la que solía habitar era dable encontrarla durante todos estos años.

No obstante, si las demás comunidades que no acostumbran a comer de la especie en cuestión tuviesen un motivo para abstenerse de hacerlo, por ejemplo, si las señales resultasen dudosas, o si considerasen que la comunidad que acostumbra a  ingerirla no ha sido suficientemente cuidadosa en la transmisión de la tradición, o si el ave se asemejase a otras pertenecientes a especies impuras tal que de ingerirse cabría temer que las personas pudieran llegar a ingerir por error las aves inadecuadas – deberán persistir en su costumbre (Siftei Cohén 82:11, según el Rosh y el Rashbá).

Sin embargo, los miembros de la comunidad que sí acostumbra a comerla pueden continuar haciéndolo, siempre y cuando cuenten con el visto bueno de sus rabinos.

Respecto del pavo, hubo quienes plantearon la pregunta ya que es aceptado que solamente se ingiere un ave respecto de la cual hay una tradición de que es pura desde los días de la Mishná, al tiempo que el pavo tiene su origen en el continente americano (tarnegol hodu) y fue descubierto en el 5252 (1492), por lo que resulta que se carece de una tradición respecto de su pureza. Si bien cuenta con todas las señales de pureza que indicaron nuestros sabios, hubo rabinos que no quisieron comerlo porque que no se detentaba una tradición a su respecto.

Sin embargo, en la práctica, se dictaminó que el pavo es puro, y en efecto, los judíos suelen ingerirlo (Kneset Haguedolá Yoré Deá 82:27). Tal como parece, los primeros rabinos que lo vieron no lo consideraron una nueva especie sino una variedad particular de pollo, por lo que no se requería que cuente con tradición. Empero, cabe suponer que, si la pregunta en cuestión se hubiese presentado ante otros rabinos, estos podrían haber adoptado una actitud más estricta y considerarla una especie separada respecto de la cual sí se requiere de una tradición especial.

Pero dado que los primeros rabinos que lo vieron dictaron que estaba permitido, y su sentencia se extendió a numerosas comunidades, todos los judíos tienen permitido ingerir pavo. Y hay quienes dicen que no se debe prohibir el pavo, ya que solamente en el caso de un ave rara no se la autoriza en virtud de sus señales requiriéndose de una tradición para permitirla, ya que se teme que a veces pudiera matar a otros seres vivos con sus garras y como no suele encontrarse entre nosotros, sencillamente aun no la hemos visto hacerlo. Pero cuando se trata de un ave que se encuentra entre nosotros por miles, y todo el mundo sabe que no es de rapiña, se puede comer de ella de acuerdo con las señales estipuladas por los sabios (Arugot Habosem 16, Meshiv Davar 2:22).

07- Peces

Todo pez que posee aletas y escamas es puro, tal como fue dicho (Vaikrá 11:9-11):

“Esto podréis comer de entre todos los que están en las aguas: todo el que tiene aletas y escamas, en las aguas, en los mares o en los ríos, ellos podréis comer.  Empero todo el que no tiene aletas y escamas en los mares y en los ríos, de todo lo que pulula en las aguas, y de todo lo que vive en las aguas, abominable será para vosotros y abominables serán para vosotros, de su carne no podréis comer y su cadáver abominaréis” (otro tanto vemos en Devarim-Deuteronomio 14:9-10).

La aleta se encuentra al costado del pez y le ayuda a navegar. Las escamas son la cobertura que crece sobre la superficie del pez y le sirven como protección suplementaria. Cada escama está a su vez conectada de un lado a la piel del pez y del otro reposa sobre la piel sin estar unida a esta. Alcanza con que el pez posea una sola aleta y una sola escama para que sea considerado apto para su consumo (Tratado de Julín 59(A), Shulján Aruj 83:1), a condición de que sepamos a ciencia cierta que la escama estaba conectada al cuerpo y no se cayó de otro pez quedando adherida a este (Siftei Cohen 83:1).

Dijeron nuestros sabios que es sabido que todo pez que posee escamas posee también aletas, por lo cual, de hecho, la señal de las escamas es la definitoria (Tratado de Julín 66(B), Shulján Aruj 83:3).

Hay peces que cuando son jóvenes poseen escamas y luego las pierden, y hay peces cuyas escamas se caen al momento de sacarlos del agua. Todas estas especies son aptas para su consumo ya que todo pez que posee escamas por un período de tiempo es puro (Tratado de Julín 66(A), Shulján Aruj 83:1).

En caso de que las escamas fuesen sumamente finas, mientras sean distinguibles a la vista – el pez será apto. A veces, en virtud de lo fino de la escama y la coloración del pez resulta difícil distinguirlas, para lo cual se permite enrollar al pez sobre una prenda para posteriormente revisarla, y de hallarse sobre esta una sola escama – el pez será puro (Tratado de Avodá Zará 39(A), Shulján Aruj 83:2).

Naturalmente, las escamas están unidas al cuerpo del pez, pero su conexión no es muy fuerte, por lo que es dable pelarlas con la mano o por medio de un utensilio y dejar entera la piel que se encuentra bajo estas. Pero si para quitar las escamas fuese preciso cortarlas, ello implicará que son parte de la piel, por lo que el pez será impuro (Ramá 83:1). Por este motivo muchos juristas prohíben ingerir el pez espada, ya que las escamas que se ven sobre él son parte de su piel.

No es preciso faenar los peces, ni recae sobre ellos la prohibición de comer un trozo de un animal vivo. Por lo tanto, se permite cortar un órgano del pez y comerlo mientras este está aún vivo. Sin embargo, se prohíbe morder a los peces mientras estén con vida, en virtud de la prohibición de no incurrir en abominaciones (bal teshaketzú) (Ramá 13:1), ya que se trata de una acción sumamente cruel (Da’at Cohen 12).

08- Langostas o saltamontes (jagavim)

Entre las especies de bichos alados (sheretz ha’of) prohibidos se incluyen todas las que poseen tres pares de patas amén de alas, entre ellas, las avispas, las abejas, las moscas, los grillos, la mantis y las langostas. Entre las langostas, cuya característica saliente es que saltan o rebotan sobre la tierra, hay algunas especies que son puras, tal como fue dicho (Vaikrá 11:20-21): “Todo bicho alado que anda sobre cuatro patas, abominable es para vosotros. Empero éste podréis comer entre todos los bichos alados que andan sobre cuatro patas: el que tiene zancas por sobre sus patas, para saltar con ellas sobre la tierra”.

De la Torá aprendimos dos señales de pureza en la langosta: 1) Que posee dos pares de patas comunes. 2) Patas traseras, un tercer par de patas traseras y elevadas destinado a rebotar. Nuestros sabios agregaron según la tradición dos señales más: 3) Poseen cuatro alas. 4) Sus alas cubre la mayor parte de su cuerpo (Tratado de Julín 59(A)).

En la Torá se mencionaron cuatro especies puras, tal como fue dicho (Vaikrá-Levítico 11:22): “De éstos podréis comer: el arbé en todas sus especies y el sol’ám en todas sus especies y el jargol en todas sus especies y el jagav en todas sus especies”. Nuestros sabios aprendieron que cada una de estas cuatro posee una especie adjunta, al arbé la acompaña la espora de los viñedos, al sol’ám la acompaña la yojaná yerushalmit, al jargol la artzubiá, y al jagav la razbanit (Tratado de Julín 65(A), Rambám Maajalot Asurot 1:22).

Aunque a la langosta no le hubiesen surgido aun estas señales, si en un futuro habrán de hacerlo, se trata de una especie pura cuya ingestión está permitida.

Hay quienes sostienen que el nombre genérico de todas las especies puras es ‘jagav’, y cada especie que posee señales de pureza, pero su nombre general no es jagav – es impura y está prohibido ingerirla (Rabí Ytzjak ben Meir, Rosh, Rambán, Rashbá según la opinión de Rabí Yosei). Por ello, en la actualidad no se ingieren langostas por medio de la mera identificación de sus señales de pureza, sino que es preciso que exista una tradición según la cual se la denomine ‘jagav’ (Shulján Aruj 88:1). En caso de existir una tradición específica respecto de que una especie determinada es pura, es sabido que se llama ‘jagav’.

En las últimas generaciones se ha transmitido una tradición que las permite tanto en el Yemen como en Marruecos, que es donde se encuentra el jagav. El jagav está permitido según la tradición, es la especie que se denomina arbé en sus diferentes variaciones, que a veces se junta en imponentes bandadas que acaban con todo el manto vegetal.

Al igual que los peces, los jagavim no precisan ser faenados, ni se aplica sobre estos la prohibición de ingerir un trozo de un animal vivió (ever min hajai). Por lo tanto, está permitido cortarles un órgano y comerlo mientras están aún con vida. No obstante, se prohíbe morderlos mientras aún están vivos en virtud de la prohibición de “no incurrir en abominaciones”, y porque además se trata de una acción sumamente cruel (Da’at Cohen 12). Incluso, se prohíbe pasarlo junto a la boca como si se estuviese por consumirlo, para “no incurrir en abominaciones”, prohibición en virtud de la cual nos abstenemos de realizar acciones desagradables (Tratado de Shabat 90(B), Ramá 13:1).

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