20 – Carne no apta – trefo

01- Las prohibiciones de ingerir nevelot y trefot

La Torá autorizó ingerir carne de los animales domésticos, no domésticos y aves que sean puros a condición de que sean faenados conforme la Halajá. Pero en caso de que un animal muriera por causa de una enfermedad, un accidente o fuera faenado de un modo contrario a la Halajá –ha de ingresar en la categoría de ‘nevelá’ y quedará prohibido ingerir su carne. Incluso si fuera correctamente faenado, si en alguno de sus órganos se encontrare un defecto o una herida que pudieran provocar la muerte del animal, la faena ritual no podrá tornar la carne apta para su ingestión dado que la muerte ya estaba consumiendo su cuerpo, y por ello ingresa en la categoría de ‘trefá’. Tal como fue dicho (Shemot-Éxodo 22:30): “Hombres consagrados habréis de ser para Mí. Carne devorada en el campo (trefá) no habréis de comer, a los perros habréis de arrojarla”.

Dijeron nuestros sabios (Tratado de Julín 43(A)): “Ocho tipos de trefá (defectos inhabilitantes) le fueron comunicados a Moshé en Sinai”. Ellos son: 1) Drusá – que el animal fue muerto por las garras de un ave de rapiña. 2) Nekuvá – que surgió un orificio (nekev) en uno de sus órganos vitales como el pulmón, el cerebro, el esófago o el corazón. 3) Jaserá – que carece congénitamente de uno de los órganos vitales, por ejemplo, uno de los lóbulos pulmonares. 4) Netulá – que carece de uno de sus órganos vitales -por ejemplo, el hígado- a raíz de una enfermedad o un accidente. 5) Kru’á – que ocurrió un desgarro en partes vitales de su cuerpo, por ejemplo, la carne que recubre el abdomen. 6) Nefulá – que sus órganos resultaron aplastados a raíz de una caída. 7) Psuká – que sus órganos vitales fueron cortados a lo ancho, por ejemplo, su columna vertebral o la tráquea. 8) Shvurá – por ejemplo, si se quebraron la mayoría de las costillas del animal o si el muslo se salió de su lugar.

En forma más detallada, nuestros sabios señalaron que existen dieciocho tipos de trefá (Tratado de Julín 42(A)) y más detalladamente aún, el Rambám escribió (Hiljot Shejitá 10:9-11) que hay setenta tipos de trefá en el animal doméstico (behemá) y en el no doméstico (jaiá), y setenta y dos en las aves (Hiljot Trefot están explicadas en el Shulján Aruj, Yoré Deá 29-60).

Animales domésticos y aves que agonizan por causa de su vejez, o porque perdieron sus bríos sin que adolezcan de un defecto específico en ninguno de sus órganos, no son considerados trefá ya que están por morir tal como el resto de los seres vivos, y tras faenarlos es posible comer de su carne. Esto y más, incluso un animal que se hubiese enfermado y se encontrase en estado peligroso al grado de que se apresuran en faenarlo para que no se muera por sí solo y resultase prohibido en su carácter de nevelá, estará permitido ingerirlo por cuanto que no hay certeza absoluta de que habría de morir. No obstante, el abstenerse de ingerir su carne es una práctica piadosa (Tratado de Julín 44(B), Rambám Hiljot Maajalot Asurot 4:11-12).

Se puede explicar la prohibición de ingerir una trefá diciendo que en la carne de las bestias anidan fuerzas animales que pueden arrastrar al ser humano que la ingiera hacia un escalón inferior, hacia la materialidad, alejándolo de la espiritualidad y la santidad. Cuando el cuerpo de un animal está completo, el precepto de la faena ritual (shejitá) tiene la capacidad de elevar su carne del nivel animal para que pueda ayudar a los hijos de Israel a vivir una vida de santidad dentro de este mundo. No obstante, cuando el animal no está entero a raíz de un defecto, la muerte comienza a carcomerlo, entonces, la faena ritual no puede elevar su carne, y en caso de que los hijos de Israel lo ingieran, sus almas se verán afectadas y no podrán ser hombres sagrados.

02- Reglas generales referentes a las trefot

A pesar de que los ocho tipos de defectos invalidantes fueron entregados a Moshé en Sinai, los sabios tanaítas debatieron respecto de cuánto tiempo puede continuar viviendo un animal taref. Hay quien sostiene que solamente treinta días. Por otra parte, están los que entienden que puede vivir hasta dos o tres años. Según la opinión mayoritaria de los sabios, un animal que ingresó en la categoría de taref puede seguir viviendo hasta doce meses, no más. Además, nuestros sabios debatieron si una hembra que ingresó en la categoría de ‘trefá’ puede o no quedar preñada y dar a luz, y en caso de tratarse de un ave, de portar huevos y ponerlos. Algunos opinan que sí y otros que no (Tratado de Julín 57(B)).

A los efectos de la Halajá se sentenció que cada vez que dudemos si un animal determinado ingresó o no a la categoría de taref, esto es, si habrá de vivir o no doce meses más, o en el caso de la hembra, si podrá o no quedar preñada y dar a luz, o en el caso de la hembra de las aves si podrá o no portar huevos y ponerlos –esto es señal de que no se trata de una trefá, ya que la enorme mayoría de las trefot no pueden vivir doce meses ni dar a luz. Pero cuando resulta claro que el animal o el ave fueron afectados por un defecto que los vuelve trefá, ingresarán en esa categoría aunque continúen viviendo más de doce meses, den a luz o pongan huevos, ya que las reglas de trefá que le fueran entregadas a Moshé en Sinai y los detalles halájicos que nuestros sabios aprendieron de ellas son la norma principal, mientras que la regla de que una trefá no vive más de doce meses y no da a luz, únicamente está destinada a ayudar en casos de duda (Shulján Aruj 57:18).

De igual manera, si los veterinarios sostienen que uno de los tipos de trefá establecidos por nuestros sabios no causa la muerte del animal dentro de los siguientes doce meses, este conservará aun su carácter de poseedor de un defecto inhabilitante -trefá. Y por el contrario, si afirman que padece de un tipo de defecto que según nuestros sabios no le otorga al animal el carácter de taref y en realidad le provoca la muerte en el lapso de un año, según la Halajá ese defecto en cuestión no le otorgará el estatus de taref. Esto obedece a que la Torá les confirió a los sabios la autoridad de definir en cuestiones relativas a sus leyes, tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 17:11): “De acuerdo con la Torá que te hayan de enseñar y según el juicio que ellos te digan habrás de hacer; no te apartes -de la sentencia que te habrán de aclarar- ni a la derecha ni a la izquierda” (Rambám Hiljot Shejitá 10:12-13). Por lo tanto, aquello que los sabios establecieron que se trata de una trefá –lo es, y lo que fijaron que no –no lo es.

03-Leyes dudosas respecto del estatus de trefá

En el caso de un veterinario que realizó una operación en el curso de la cual efectuó un corte en un sitio que transforma al animal en trefá, y luego lo cosió de modo que no le infligió daño alguno, hay juristas que sostienen que el animal ingresó en la categoría de trefá por cuanto que lo fue durante una hora y por tanto, la costura efectuada por un humano no lo devuelve a su estado inicial de aptitud. Otros juristas entienden que por cuanto que el veterinario cosió el corte, de modo tal que no le infligió al animal daño alguno, éste no ingresará en la categoría de trefá.

Cuando el corte de la cirugía se encuentra en un sitio respecto del cual las autoridades halájicas debatieron si le genera o no inaptitud al animal, por ejemplo, si se le realizó una cesárea o si se le perforó el abdomen para que salgan de éste gases acumulados que hacen peligrar su vida (como se explicará en el inciso 10), si en la práctica el animal operado continuó viviendo doce meses o parió, incluso según la opinión de los juristas más estrictos se lo puede considerar apto (kasher). Esto y más, para la mayoría de los juristas, en caso de que se sepa que todos los animales que pasan por esta cirugía continúan viviendo doce meses y pueden quedar preñados, tal como ya ocurriera con miles de bestias, entonces la realidad define la discusión en cuanto a que el dictamen final sea conforme a la opinión más flexible y no resulte necesario esperar doce meses después de este tipo de intervención quirúrgica.

Sin embargo, por otra parte, hay quienes adoptan una actitud más estricta y entienden que solamente aquellos animales que ya vivieron más de doce meses o quedaron preñados, salieron del carácter de trefá y se volvieron aptos. Pero no se debe determinar sobre la ‘base de miles de casos’ que la halajá final es conforme la opinión más flexible (mekelím). Y hay quienes son aún más estrictos y entienden que si el estatus del animal está debatido por los juristas, no cabe adoptar la actitud flexible ni siquiera en el caso de un animal que continuó viviendo doce meses y logró la preñez, sino que se debe fijar la halajá final únicamente según las reglas de dictamen halájico (psiká). Esto es así ya que según la opinión de quienes lo prohíben, estos animales son comprobadamente trefá, y en un caso así, aunque el animal viva doce meses y alcance la preñez, continuará detentando ese estatus. Esta cuestión es decisiva en la discusión respecto de las mucosidades adheridas al pulmón (sirjot) y el estatus de “kasher” y “jalak” (adelante halajá 8).

04- La revisación de las señales de inaptitud y la examinación de los pulmones

Todo animal que es faenado conforme la Halajá detenta el estatus de ‘permitido’ (heter), y su carne puede ser ingerida a priori sin que sea necesario revisar las señales de inaptitud o trefá que enumeraran nuestros sabios. Si bien en un pequeño porcentaje de los animales existen defectos que conllevan a su inaptitud, mientras que no sepamos de su existencia -no están prohibidos. Esto es así ya que la norma indica que nos guiamos de acuerdo con la mayoría, y dado que la mayoría absoluta de los animales carece de defectos que los inhabiliten, todo animal que haya sido faenado de acuerdo con la Halajá es considerado kasher. Si bien por lo general, cuando cabe la posibilidad de revisar si algo en particular está permitido o prohibido nuestros sabios nos ordenaron que adoptemos una actitud estricta y no nos apoyemos en la mayoría, en este caso, en el que por una parte la mayoría absoluta de los animales son aptos, y por la otra revisarlos a todos resulta un trabajo excesivo, nuestros sabios no adoptaron la actitud estricta de revisar cada animal respecto de cada uno de los defectos inhabilitantes (trefot) posibles. Solamente si se despertare una duda concreta respecto de un órgano determinado, será preciso revisar al animal. Por ejemplo, en el caso de un animal que resultó alcanzado por una flecha, es menester revisar la zona afectada no sea que se haya generado una perforación que lo inhabilite. Otro tanto en el caso de un animal que se hubiere caído, es preciso revisar si sus órganos se han dañado o no. Asimismo, si de manera casual, mientras se corta la carne quedare a la vista algún defecto, será preciso revisar si este resulta o no inhabilitante. Empero de no despertarse una duda concreta, no resulta necesario revisar a los animales en busca de los defectos inhabilitantes enumerados por nuestros sabios. Asimismo, aprendemos del principio de la prohibición de defectos inhabilitantes (trefá) de la Torá, como fue dicho (Shemot-Éxodo 22:30): “Hombres consagrados habréis de ser para Mí, y carne devorada en el campo no habréis de comer”. Esto es, cuando una bestia salvaje ataca a un animal, pero no logra matarlo, este último precisa ser revisado, no sea que padezca de un defecto que lo inhabilite. De esto se desprende que cada vez que surgiere una duda respecto de si el cuerpo del animal sufrió o no algún daño, será preciso revisarlo para saber si quedó inhabilitado o no, pero de no despertarse sospecha alguna, no es necesario revisar (Tratado de Julín 9(A)).

Sin embargo, en lo que respecta a los pulmones, la instrucción es que deben ser revisados por si hay en estos unas mucosidades o adherencias llamadas sirjot (tejido benigno) que podrían indicar la existencia de un orificio en el pulmón. Si bien la mayoría de los animales no son inaptos y por ello a todas las vacas las consideramos a priori como aptas -motivo por el cual todos los hijos de Israel pueden beber leche vacuna sin temor a que en el pulmón de alguno de los animales ordeñados hubiere algún tipo de sirja que los inhabilite- no obstante, una vez que el animal es faenado se instruye que sus pulmones sean revisados. Ello obedece a dos motivos: 1) Los defectos inhabilitantes en los pulmones son más frecuentes y se los considera como una ‘minoría que es dable de encontrar’ (mi’ut hamatzui) la cual, según los sabios, en caso de resultar posible es obligatorio revisarla (Rashi). 2) Dado que las adherencias (sirjot) son visibles y prominentes, el no revisarlas podría conducir a situaciones complicadas, ya que cuando sean detectadas por los consumidores estos precisarán acudir a un rabino para consultarle, y en caso de que la carne no resulte ser apta, resultará necesario llegar a todos los compradores de la carne del animal en cuestión para evitar que transgredan una prohibición. Y aquel que comience a cocinar de esta carne precisará arrojar a la basura todo cuanto cocinó con esta y kasherizar la olla utilizada (mediante la hag’alá), y quizás en virtud del daño económico y el esfuerzo que implica hacerlo la persona en cuestión podría llegar a conducirse negligentemente. Por lo tanto, nuestros sabios ordenaron que no se coma ni se comercialice carne de un animal doméstico o no doméstico si sus pulmones no fueron previamente revisados.  Además, los pulmones son visibles y prominentes, y de no ser revisados parecerá como si se hiciera caso omiso de una prohibición (Rashbá al Tratado de Julín 9(A)).

Si previo a que se alcanzó a revisar los pulmones, estos fueron arrojados a la basura por equivocación o vino un perro y se los comió, se permitirá ingerir la carne del animal doméstico o no doméstico en cuestión ya que en una situación así se regresa a la regla fundamental que debemos seguir a la mayoría, y la mayoría de los animales resultan ser aptos. Hay quienes adoptan a este respecto una actitud flexible únicamente en caso de que se produjese una pérdida económica de importancia (Shulján Aruj y Ramá 39:2). En caso de que previo a su revisación se perdieren los pulmones del animal intencionalmente, estará prohibido ingerir la carne del animal en cuestión (Siftei Cohen 6).

05- ¿Qué son las adherencias en los pulmones

Las sirjot son tejidos que se pegan, aferran y expanden por la pared del pulmón generando adherencias que se extienden desde un sitio a otro sobre la pared del pulmón, o generan adherencias entre la pared del pulmón y la pared del tórax o alguno de los órganos contiguos a los pulmones.

El motivo por el cual esta adherencia inhabilita es que surge a partir de un orificio que se encontraba en el pulmón, y si bien la sirja lo tapa, posteriormente se separa, lo cual hace que el orificio vuelva a estar abierto causando así la muerte del animal (Rashi). Hay quienes dicen que la sirja no tiene su origen en esa perforación, sino que, al sufrir una tensión, la sirja puede desprenderse del pulmón dejando debajo de sí un orificio que cause la muerte del animal (Tosafot). Sin embargo, la sirja resulta inhabilitante únicamente cuando es “irregular” (sheló kesidrán), porque se extiende entre dos sitios que no están contiguos, lo cual hace que la pared del pulmón se tense cada vez que el animal respira, hasta que al final la sirja se desprende y bajo esta queda una perforación que es la que causará la muerte del animal. Pero si la sirja es “regular” (kesidrán), esto es, si se extiende entre dos sitios que sí son contiguos, será apta, ya que la respiración del animal no provocará una tensión no natural de la pared del pulmón y por ende no cabe temer que se genere un orificio (Tratado de Julín 46(B)).

En términos generales, existen dos controversias (majlokot) en lo que concierne a la norma de la sirja. La primera, ¿dónde se encuentran las adherencias regulares que son aptas (kesidrán) y dónde las irregulares que inhabilitan (sheló kesidrán)? La segunda, y es la principal a los efectos prácticos, es si la sirja irregular (sheló kesidrán) es siempre inhabilitante (trefá) o solo cuando tiene debajo suyo una perforación, y para aclararlo es preciso realizar la revisión del burbujeo (bitzbutz), o la revisión del aplastamiento (mi’uj) y la del palpado (mishmush). En lo que respecta a la primera discusión, Rabí Yosef Caro adopta la actitud flexible y el Ramá la actitud estricta. En lo que respecta a la segunda -que es la que define el destino de la mayoría de los animales- Rabí Yosef Caro adopta la actitud estricta y el Ramá la flexible.

La primera controversia: el pulmón del animal está dividido en lóbulos (onot), esto es, espacios en los cuales ingresa el aire. El vocablo ‘oná’ (singular de onot) es arameo y significa ‘oreja’, en virtud del parecido existente entre las partes del pulmón y las orejas cuando están caídas. Del lado derecho hay cuatro lóbulos y del izquierdo tres, al tiempo que en cada uno de los lados hay un lóbulo más grande que es denominado “uma”, vocablo que proviene de la palabra “em”, madre, ya que es la madre de los lóbulos. Cuando el pulmón se llena de aire los lóbulos se acercan entre sí y solo se ve una fina ranura entre estos.

Hay quienes dicen que mientras que las adherencias (sirjot) se extiendan entre dos partes contiguas de modo tal que no se perciba desde afuera -por ejemplo, dos lóbulos que están pegados el uno al otro, o si en el sitio angosto del tórax las sirjot pegan el pulmón a la caja toráxica- no inhabilitan en absoluto y no resulta necesario revisarlas (Rashbá, Shulján Aruj 39:4, 18).

Por otra parte, hay quienes detentan una opinión estricta y entienden que solo si la sirja conecta dos lóbulos contiguos en la mitad interior de la hendidura que los separa, se la considera regular y no puede inhabilitar. Pero si se encuentra en la mitad exterior o si se extiende desde el pulmón a la pared del tórax, incluso en la parte delantera que es estrecha, al respirar el animal puede generarse un determinado tensado en la pared del pulmón, y por ello se la considera irregular (sheló kesidrán) e inhabilitante (matrifá) (Rabí Ya’aov ben Yehudá Weil y Ramá 39:4, 18).

06- Revisión por medio del burbujeo

La segunda controversia está vinculada a las sirjot irregulares (sheló kesidrán), que son las inhabilitantes, y está asociada a dos cuestiones: 1) Si resulta o no posible pelar la sirja y revisar si debajo de esta hay una perforación, determinando tras dicha revisación si se puede declarar apta a la sirja. 2) Si las sirjot que pueden ser retiradas por medio del aplastamiento (mi’uj) y el palpado (mishmush) son consideradas o no inhabilitantes (matrifot).

Comencemos por la primera cuestión. Hay autoridades halájicas que sostienen que cuando una sirja es irregular, de todas maneras, el animal queda inhabilitado. Y aun cuando se retire la adherencia y se descubra que debajo suyo no hay perforación, el animal queda inhabilitado porque, aunque ahora el orificio haya sido ocluido, en un futuro volverá a abrirse (Rabenu Guershom, Rif, Rashi y Tosafot al Tratado de Julín 48(A)).

Por otra parte, otras autoridades halájicas entienden que el hecho de que la adherencia o sirja sea irregular no implica que sea inhabilitante, sino que es necesario revisarla, y en caso de que bajo esta se encuentre una perforación, entonces el animal será trefá (quedará inhabilitado). A los efectos de revisarla es posible pelarla con un cuchillo o cortarla en franjas y pelarlas manualmente con mucho cuidado, ya que la sirja se asemeja al nylon y es posible deshacerla en finos hilos y tensarlos hasta que estos son despegados de la superficie del pulmón. Una vez que la superficie del pulmón queda lisa, este es inflado e introducido en el agua, en caso de que haya burbujeo, ello indicará que hay un orificio y el animal quedará inhabilitado. En caso de que no haya burbujeo (bitzbutz), ello indicará que no hay una perforación y el animal será apto ya que la única sirja inhabilitante es aquella que tiene debajo suyo una perforación (Maharitz según Rambám Hiljot Shejitá 11:6-9, Aruj HaShulján 110-111).

07- La revisación de la sirja mediante aplastado y palpado

La segunda controversia está vinculada a las sirjot irregulares (sheló kesidrán), que son las inhabilitantes, y está asociada a dos cuestiones: 1) Si resulta o no posible pelar la sirja y revisar si debajo de esta hay una perforación, determinando tras dicha revisación si se puede declarar apta a la sirja. 2) Si las sirjot que pueden ser retiradas por medio del aplastamiento (mi’uj) y el palpado (mishmush) son consideradas o no inhabilitantes (matrifot).

Comencemos por la primera cuestión. Hay autoridades halájicas que sostienen que cuando una sirja es irregular, de todas maneras, el animal queda inhabilitado. Y aun cuando se retire la adherencia y se descubra que debajo suyo no hay perforación, el animal queda inhabilitado porque, aunque ahora el orificio haya sido ocluido, en un futuro volverá a abrirse (Rabenu Guershom, Rif, Rashi y Tosafot al Tratado de Julín 48(A)).

Por otra parte, otras autoridades halájicas entienden que el hecho de que la adherencia o sirja sea irregular no implica que sea inhabilitante, sino que es necesario revisarla, y en caso de que bajo esta se encuentre una perforación, entonces el animal será trefá (quedará inhabilitado). A los efectos de revisarla es posible pelarla con un cuchillo o cortarla en franjas y pelarlas manualmente con mucho cuidado, ya que la sirja se asemeja al nylon y es posible deshacerla en finos hilos y tensarlos hasta que estos son despegados de la superficie del pulmón. Una vez que la superficie del pulmón queda lisa, este es inflado e introducido en el agua, en caso de que haya burbujeo, ello indicará que hay un orificio y el animal quedará inhabilitado. En caso de que no haya burbujeo (bitzbutz), ello indicará que no hay una perforación y el animal será apto ya que la única sirja inhabilitante es aquella que tiene debajo suyo una perforación (Maharitz según Rambám Hiljot Shejitá 11:6-9, Aruj HaShulján 110-111).

08- Las costumbres prácticas de las diferentes comunidades

En todos los alrededores de la tierra de Israel -incluidos Siria, Irak y Egipto- se acostumbró a adoptar la actitud estricta de no aplastar ni pelar las adherencias o sirjot, sino que inhabilitaron a cualquier animal que poseyese adherencias irregulares (sirjot sheló kesidrán). Por otra parte, en el Yemen, en Persia, Marruecos y muchas comunidades de Libia y Túnez, así como en muchas de las comunidades ashkenazíes, se acostumbró a adoptar la actitud flexible de pelar las sirjot y cuanto menos aplastarlas y palparlas.

Aparentemente, las diferentes costumbres entre los distintos países surgieron en su mayor parte a causa de la pérdida económica que ello involucraba. Dado que la cuestión de las sirjot fue controversial tanto en tiempos de los sabios amoraítas (del tiempo de la Guemará) como en el de los rishonim (de la Edad Media) y dado que la duda aplica a una prohibición de la Torá, la instrucción más común fue adoptar una actitud estricta. Sin embargo, en lugares en los cuales no resultaba posible vender los animales no aptos a un gentil, la inhabilitación (declarar al animal como trefá) podía reportar desgracia y asolación para el dueño del animal, ya que declarar al animal ‘taref’ equivalía a perder el salario de uno o varios meses, y para los pobres ello era una cuestión vital. Por lo tanto, en caso de premura o gran necesidad, se respaldaban en la opinión de las autoridades que habían adoptado una actitud flexible.

En lugares en los cuales residían musulmanes sunitas, todos procedían según la actitud estricta ya que los musulmanes locales estaban dispuestos a adquirir los animales inhabilitados, tal como lo atestigua el Rambám (Hiljot Shejitá 11:11). Empero, en los sitios gobernados por musulmanes chiitas como el Yemen o Persia, consideraban a todo alimento tocado por un judío como impuro, por lo que no estaban dispuestos a adquirir los animales inhabilitados y en virtud de la necesidad imperante las comunidades de esos países acostumbraron a proceder conforme las opiniones flexibles (el Maharitz en Makor Jaím 31:96).

Otro tanto ocurrió en los países cristianos de Ashkenaz en los que la situación de los judíos en tiempos de los sabios medievales o rishonim era muy precaria y a menudo les resultaba difícil vender los animales inhabilitados a los gentiles por lo que acostumbraron a adoptar una actitud flexible, revisando las sirjot finas y medianas por medio de aplastado y palpado y las sirjot gruesas por medio del burbujeo. En España, mientras la guerra entre cristianos y musulmanes no se definió para uno u otro bando, los cristianos solían tener una actitud relativamente tolerante hacia los judíos por lo que estos podían conducirse de acuerdo con la actitud estricta, tal como lo demuestra la sentencia halájica del Rashbá (vivió en Barcelona y falleció aproximadamente en 1310). Sin embargo, en la medida en que los cristianos se fortalecieron, creció la hostilidad y el odio hacia los judíos, al grado que, en caso de gran necesidad, precisaron respaldarse en la actitud de las autoridades halájicas más flexibles y revisaban las sirjot por medio de burbujeo (Beit Yosef Yoré Deá 39:22).

En los países norafricanos, se procedió durante muchas generaciones de acuerdo con la opinión de las autoridades halájicas que habían adoptado una actitud estricta, pero una vez que los monarcas españoles católicos expulsaron a los judíos (5252 – 1492), y muchos de ellos emigraron al Norte de África, entonces volvió a despertarse el debate de cómo proceder. En Marruecos, donde se desarrolló la mayor comunidad judía de todos los países islámicos, el debate se generó en su máxima expresión. Los residentes con mayor antigüedad en el país desearon conducirse de acuerdo a la actitud estricta tal como era su costumbre ancestral, pero los expulsados de España entendieron que la halajá debía ser conforme la opinión de las autoridades que adoptaron una actitud flexible, de modo tal que aunque no medie una gran necesidad o situación de apremio, se revisen todas las sirjot pelándolas y aplicándoles la prueba del burbujeo. Esta controversia se prolongó por unos cincuenta años hasta que se impuso la opinión de los rabinos de los judíos expulsados y la halajá se definió en favor de la opinión más flexible, y por ende se revisan las sirjot. Así, esta es la costumbre extendida entre las comunidades norafricanas, salvo en los casos de Argelia y la isla de Djerba en Túnez, donde se acostumbró a adoptar la actitud estricta.

Otro tanto ocurrió en Ashkenaz, en los días de los sabios de las últimas generaciones o ajaronim ya era posible venderles a los gentiles un animal inhabilitado, y hubo rabinos que salieron rotundamente contra la práctica más flexible del aplastamiento y el palpado de las sirjot (Shnei Lujot Habrit, Gaón de Vilná), y hubo otros que, si bien se inclinaron por adoptar una actitud más estricta, no quisieron dejar sin efecto la costumbre más flexible (Ramá, Kretí Upletí, Levushei Srad). Por otra parte, hubo autoridades halájicas que entendieron que en esta cuestión la opinión principal de la Halajá era la de los flexibles (Rabí Shlomó Luria, Siftei Cohen 39:33, Simlá Jadashá 36). Muchos continuaron permitiendo pelar las sirjot gruesas y revisarlas por medio del burbujeo tal como se acostumbra en el Yemen y en Marruecos (Jatam Sofer, Beit David, Aruj HaShulján 39:110).

O sea, en los días de los sabios de las últimas generaciones, incluso cuando no se trataba de una situación de gran necesidad o apremio, se acostumbró en muchos países a proceder conforme a la opinión flexible ya que se consideró que se trataba de la opinión central o principal de la Halajá. Esto es así ya que la regla indica que un animal inhabilitado (trefá) no sobrevive más de doce meses, y en la práctica, se percataron que la mayor parte de las adherencias pulmonares no devienen en la muerte de los animales. El hecho es que en el 80% de las vacas adultas se encuentran sirjot, y se sabe que, de no faenarlas, estas seguirán viviendo durante años hasta morir de vejez. E incluso en el caso de los terneros jóvenes, a veces se les encuentran sirjot al 50% de los animales, y es claro que de no ser faenados continuarán viviendo muchos años. Y ya aprendimos (halajá 3 nota al pie de página 4 solo en la edición hebrea) que, según la opinión mayoritaria, en caso de haber una controversia entre los juristas respecto de si un defecto determinado inhabilita o no, si se percatan que en la práctica los animales no suelen morir a causa del mismo, se debe definir la halajá de acuerdo con la realidad, en cuanto a que la norma es de acuerdo a la opinión de los juristas que detentan una actitud flexible. Por su parte, los que detentan una opinión más estricta responden que no se debe dictaminar la halajá según la realidad, ya que lo que se estableció con claridad como inhabilitante, habrá de inhabilitar a ese animal, aunque resulte que los animales no mueren a raíz del defecto en cuestión.

Así continuó el debate hasta nuestros días. Sin embargo, la costumbre del pueblo de Israel es Torá, por lo que se acostumbra a denominar a la carne apta según la opinión flexible “kasher” y a la que resulta apta según la opinión más estricta “jalak” o “glatt” (lit. ‘lisa’).

09 – Kasher y Jalak – Glatt

Resulta entonces que existen tres niveles de kashrut en la carne de los animales domésticos y no domésticos: 1) Kasher según la usanza ashkenazí, yemenita y marroquí –se adopta la actitud flexible, por lo que se pelan las sirjot y solo si resulta que debajo de estas había una perforación, el animal es declarado inhabilitado (trefá). 2) Jalak ‘Beit Yosef’, según el método de Rabí Yosef Caro. En este nivel se adopta la actitud estricta y no se aplastan, palpan ni pelan las sirjot en absoluto. Sin embargo, cuando estas se encuentran en determinados sitios del pulmón -no inhabilitan al animal. 3) Glatt (que en idioma yiddish significa ‘liso’) y es la tradición ashkenazí según el dictamen del Ramá –se adopta una actitud estricta en cuanto a que no se aplastan, palpan ni se pelan la sirjot en lo más mínimo, e incluso se tiene el recaudo de inhabilitar al animal por sirjot que según el Beit Yosef son aptas por ser consideradas regulares (kesidrán) (arriba 6). Sin embargo, si la sirja es endeble o floja y se desprende con gran facilidad, aunque se la considere irregular, se la retira, al tiempo que, según la opinión del Beit Yosef, solo en circunstancias muy especiales se puede flexibilizar en un caso así, pero como regla general no se retiran las sirjot endebles o flojas.

En la práctica, en la actualidad se acostumbra a dividir la kashrut de la carne de los animales domésticos en dos niveles: 1) “Kasher” según la opinión de los que adoptaron la actitud más flexible y tal como acostumbraron numerosas comunidades en Ashkenaz, Yemen, Persia, Marruecos y la mayoría de las comunidades del Norte de África. 2) “Jalak” (o ‘glatt’ en yiddish), en este nivel es preciso tener el recaudo de cuidar simultáneamente las exigencias de las opiniones del Beit Yosef y el Ramá ya que si se atiende solamente las ‘jumrot’ (los aspectos rigurosos) del Beit Yosef, resultará que muy esporádicamente se habrá de dar con animales que considerados ‘trefot’ (inhabilitados) por los ashkenazíes de opinión estricta. Y en caso de atender únicamente las exigencias del Ramá, habrá animales que solamente en caso de gran necesidad o apremio (sheat hadjak) resultarán aptos o kasher según la opinión del Beit Yosef.

Si bien existen tribunales rabínicos que proceden solamente de acuerdo con la opinión del Ramá y otros que lo hacen únicamente según la opinión del Beit Yosef, en caso de necesidad (sheat hatzorej) quien acostumbra a comer jalak solo según una de estas dos opiniones podrá respaldarse en la otra, debido a que se trata de un caso de duda doble (sfek sfeika).

A los efectos de la halajá práctica, una persona puede conducirse de acuerdo con la opinión de las autoridades halájicas que detentan la opinión más flexible o leve, ya que esta se sostiene sobre razonamientos sólidos y por eso esta carne recibe el nombre de “kasher” (apta). A priori, es bueno cumplir con excelencia y tener el recaudo de comer “jalak”, ya que este detalle es el más importante en lo que refiere a la excelencia en el cumplimiento de las leyes de la kashrut, y quien se apegue a esta práctica evitará incurrir en numerosas situaciones dudosas, ya que en todos los sistemas de kashrut la observancia de jalak significa una supervisión seria y responsable en todas las áreas. Esto es así especialmente en el caso de quien los miembros de su congregación o sus padres acostumbran a comer jalak –que continúe haciéndolo.

10 – Otras cuestiones vinculadas a los animales domésticos

Las autoridades halájicas debatieron respecto del caso de la hembra de un animal doméstico (behemá) a la cual se le dificulta parir al grado de que entra en situación de peligro, y por medio de una cesárea se le abre el útero y se le retira su cría. La Halajá indica que un animal al cual se le retira su útero es apto (kasher) (Shulján Aruj Yoré Deá 45:1). Sin embargo, en lo que respecta a la situación en la cual el útero ha sido cortado y perforado hay quienes detentan opiniones más estrictas o rigurosas (Bait Jadash), y hay quienes consideran que a priori corresponde adoptar una actitud estricta y en caso de gran necesidad o apremio (sheat hadjak) se puede adoptar una actitud más flexible (Ramá), mientras que otros adoptan una actitud más flexible a priori (Prí Jadash y Gaón de Vilna). Y hay otras eminencias que sostienen que también aquellos que adoptan una actitud estricta en el caso de una perforación en el útero habrán de flexibilizarse si este fuese efectuado en el marco de una intervención quirúrgica realizada por un veterinario (Hagahot Isur Veheter HaAroj 55:7:2). A los efectos de la halajá práctica, consideramos que estas hembras son aptas a priori, dado que de hecho continúan viviendo doce meses, quedan preñadas y paren, y según la opinión de muchos de los juristas se puede habilitar a la generalidad de las hembras que pasan por una cesárea. Además, hay quienes sostienen que todo animal que fue intervenido quirúrgicamente por un veterinario y que finalmente habrá de recuperarse, aunque el corte fuese en un sitio que provocaría su inhabilitación, el animal no resulta prohibido (arriba halajá 3).

Surgió otra interrogante respecto de un animal doméstico que comió hierbas que le produjeron una acumulación de gases que en caso de no poder liberarlos provocarían la perforación de su vientre y en consecuencia su muerte. En estos casos, la práctica común es realizar una punción en la zona de las costillas para liberar así los gases y tras esto el animal continúa viviendo, y en el caso de la hembra, esta queda preñada y pare.

El problema es que existe una controversia sobre si ese orificio en el vientre inhabilita o no al animal y la opinión mayoritaria de las autoridades es adoptar una actitud estricta.

En la práctica, también en este tema la halajá es de acuerdo con la opinión más flexible (arriba halajá 3), dado que cuando existe una duda de trefá (safek trefá), si el animal continúa viviendo por espacio de doce meses o si la hembra quedó preñada, no se los considera inhabilitados o trefá. Y si se constató que esta es la situación para con todos los animales, se debe establecer la halajá de acuerdo con la opinión más flexible o leve (ver arriba halajá 3). No obstante, en la práctica, por temor a la opinión de los que detentan la actitud estricta, se desarrollaron métodos de liberación de los gases peligrosos que no perforan el estómago, sino que introducen un tubo a través del esófago. Y así se procede en la actualidad con todos los animales domésticos que se crían para su consumo en Israel.

Cuando se crían animales domésticos junto a una residencia humana, estos comen todo cuanto se presenta ante ellos, y por eso pueden tragar clavos que lleguen hasta lo que se denomina “beit hakosot” (uno de los estómagos de la vaca). Entonces, si el clavo en cuestión perfora completamente la pared del “beit hakosot” (nekev mefulash) el animal quedará inhabilitado (Shulján Aruj 48:1, 6y7) y es oportuno que quienes revisen los pulmones le presten atención a esta cuestión.

11 – La kashrut del ave y la cuestión de las vacunas

A raíz de la necesidad existente de vacunar a las aves contra diferentes enfermedades, surge el temor de que el pinchazo de la inyección en el pecho del ave llegue al esófago, al estómago o a los pulmones y la inhabilite (Shulján Aruj Yoré Deá 33:3 y 35:1). En efecto, hubo casos en los que trabajadores no experimentados aplicaron las inyecciones y numerosos polluelos murieron a causa de estas. Sin embargo, en virtud de los problemas que se dieron en un inicio, los criadores de aves mejoraron las directivas y establecieron que la inyección sea aplicada en la nuca del polluelo de modo tal que la posibilidad de que lo dañe sea prácticamente nula. En virtud de esto, los grandes rabinos han ordenado que no se debe temer que las inyecciones inhabiliten a las aves ya que los criadores y las empresas dedicadas a su inoculación desean ganar dinero, por ende, se preocupan de aplicar las inyecciones de acuerdo con la normativa vigente, de modo tal, que no afecten a los polluelos (Yabía Omer VII Yoré Deá 3).

Aun así, hay quienes temen que las inyecciones inhabiliten a las aves y por ello hay comités de kashrut que ordenaron que se aplique la inyección en el muslo del polluelo y nombran un supervisor que lo fiscalice. Por otra parte, hay comités de kashrut que encontraron que inyectar en el muslo puede generar infecciones que llegan a disolver los tendones en su punto de unión en la pata inhabilitando así al ave (ver adelante halajá 14). Por ello, ordenaron aplicar la inyección con una aguja corta, en el pecho que es donde hay abundante carne y nombran además a un supervisor que lo fiscalice.

Si bien la opinión principal es de acuerdo con la de los grandes rabinos en cuanto a que no es necesario temer por las inyecciones, en la práctica, en virtud de los temores de los que detentan una actitud estricta, se estableció que las inyecciones sean aplicadas con agujas cortas que no pueden inhabilitar al ave.

12 – El transporte de las aves y el cuidado de que no se caigan

Cuando llega el momento de transportar las aves al matadero es preciso introducirlas en una jaula, cargarla a un camión, descargarla al llegar a destino y llevar a cabo todas estas acciones con calma, ya que si un animal doméstico o un ave se caen de una altura superior a los diez palmos (unos 76 cm.) o son arrojados desde una altura menor, se teme que alguno de sus órganos pudiese resultar dañado lo cual devendría en su inhabilitación. Si el animal que resultó caído pudiese luego caminar bien por sí mismo –esto será señal de que es apto. En caso de que no pudiera caminar, pero sí pudiera pararse o sobrevivir por veinticuatro horas, será preciso revisar todos sus órganos con posterioridad a la faena. En caso de que el animal o el ave fueran faenados antes de pasadas las veinticuatro horas posteriores a su caída, quedarán inhabilitados (trefá) y no servirá de nada revisación alguna, pues se teme que adolezcan de un defecto que los inhabilite y no pueda ser descubierto en la revisión (Shulján Aruj 58:1-6).

En la práctica, la labor de cargar las aves es complicada, porque estas pueden alborotarse y provocar rasguños a los empleados. Hay trabajadores que pierden la paciencia y desquitan su enojo (por el alboroto y los rasguños) conduciéndose con estas con violencia, pisándolas y arrojándolas a la jaula, y en un caso así, todas las aves tratadas por estos funcionarios en cuestión deberán ser revisadas.

En la medida en que la supervisión sea más especializada, los empleados tendrán mayor recaudo de conducirse con moderación y tendrán más cuidado a la hora de cargar y descargar las jaulas para que estas no se caigan. En el año 5772 el Ministerio de Agricultura estableció directivas respecto de cómo deben ser recogidas y transportados los pollos a los efectos de minimizar su sufrimiento y dejar sin efecto las dudas respecto si padecen de defectos inhabilitantes. En la práctica, en la actualidad una buena supervisión de kashrut debe fiscalizar que se cumplan efectivamente con las directivas estatales.

13 – El ritmo de la faena y la revisación de los cuchillos

La instrucción principal en lo referente a la revisación de los cuchillos especialmente diseñados para la shejitá era que con anterioridad y posterioridad a la faena el matarife revisara el cuchillo en sus tres lados con gran concentración y atención (kavanat halev), de ida y vuelta, tanto por medio de la uña como de la yema del dedo. Si tras la faena se encontrase un defecto en el cuchillo y se temiese que la piel o el cuero del animal doméstico o del ave lo hubiesen afectado, la faena realizada resulta desechada (arriba 18:6). Sin embargo, en el caso de los pollos, no resulta conveniente revisar el cuchillo tras cada faena ya que el costo del tiempo de la revisación supera al de muchas aves, por lo tanto, es preferible que en caso de que apareciese un defecto en el cuchillo se inhabiliten todos los pollos faenados desde la última revisación. Por ello, se estableció que se revise el cuchillo cada media hora. En la medida que la supervisión de la kashrut resulte más estricta se acortará el lapso que medie entre las revisaciones del cuchillo y se tendrá el recaudo de mantener por separado a los pollos que cada matarife faenó, para que en caso de que se encontrase que un cuchillo es defectuoso, se sepa qué aves resultaron inhabilitadas.

No obstante, en la práctica, mientras que el matarife sea confiable y temeroso del cielo no es preciso ser tan puntillosos en esa cuestión ya que los cuchillos que utilizamos en la actualidad están elaborados con metal resistente y casi que no hay probabilidad de que resulte inapto para la faena. Esto es así ya que el defecto que desecha al cuchillo para ser utilizado en la faena es el denominado “ogueret”, esto es, que si se pasa un cabello por el cuchillo este se tranca en el lugar del defecto (Tratado de Julín 17(B), Shulján Aruj 18:2) y por lo tanto, la probabilidad de que a lo largo de las distintas faenas le sobrevenga al cuchillo un defecto de este tipo tiende a cero.

Nuestros sabios se extendieron en las leyes de la revisación de los cuchillos porque según la halajá esencial, en caso de necesidad, está permitido faenar con cuchillos de piedra o madera y era necesario tener el recaudo de que estos no tuviesen defecto alguno. En el pasado, ni siquiera los cuchillos de metal eran bien filosos, prueba de ello es que nuestros sabios nos ordenaron revisarlos con la uña y la yema del dedo y en las últimas generaciones se revisan únicamente con la uña porque hacerlo con la yema del dedo produce cortes (arriba 18:6).

Otra cuestión respecto de la cual se duda es el ritmo de la faena. Por una parte, en la medida que se faena más rápido, se reduce el costo del ave. Por la otra, en la medida que la faena es más veloz, aumenta el temor de que en vez de que el corte se realice en un movimiento (holajá) sin presión alguna, el matarife presione con el cuchillo sobre el pescuezo e inhabilite al pollo bajo el criterio de derisá (Shulján Aruj 24:1-6, arriba 18:2). Asimismo, tras la faena el matarife precisa ver que procedió correctamente (Shulján Aruj 25:1, arriba 18:2:1) y en la medida que se apresure más, más difícil le resultará cerciorarse si faenó como corresponde.

En la actualidad, en los mataderos comunes se faenan entre 15 y 20 aves por minuto y en los sitios que aplican normas de excelencia halájica 12, y los que lo hacen con mayor excelencia (mehadrín) llegan a faenar 10. Además, tienen el recaudo de que los matarifes faenen media hora de corrido y luego descansen la siguiente media hora. En las organizaciones de supervisión de la kashrut más exigentes se tiene el recaudo de que los matarifes trabajen un máximo de seis horas diarias de modo que puedan descansar de su labor y concentrarse adecuadamente a la hora de ejercer su función. De todas maneras, en las supervisiones de kashrut comunes, siempre y cuando el matarife sea confiable, aunque faene a gran velocidad, no cabe temer que presione el cuchillo sobre el pescuezo o que no corte la tráquea y el esófago (shnei simanim), y dado que en la actualidad los chuchillos son filosos y resistentes la acción de la faena se efectúa con gran facilidad sin que resulte necesario presionar.

Por lo tanto, se puede confiar en la supervisión de cualquier rabinato autorizado y solo en casos muy raros, cuando resulta que un determinado ente supervisor procede incorrectamente, se publicita que no se debe confiar en él.

14 – La revisación del cruce de tendones – tzomet haguidim

El tzomet haguidim es un grupo de tendones que provienen de los músculos del muslo y se prolongan hacia la parte inferior de la pata. En el caso de la pata del ave, este cruce incluye a dieciséis tendones por medio de los cuales el pollo dirige el movimiento de su pata y sus dedos. En caso de que uno de los tendones se rompa –el pollo resultará inhabilitado (taref) (Shulján Aruj Yoré Deá 56:8). Sin embargo, desde los tiempos de nuestros sabios y hasta hoy no surgió la necesidad de revisarlos, y la actitud hacia estos no difirió de la que se tuvo hacia la generalidad de los 72 defectos inhabilitantes (trefot) del ave, esto es, se procede de acuerdo con la mayoría absoluta que es apto (kasher).

Solamente en caso de que surgiera un problema específico en el aspecto de una parte determinada del cuerpo del ave (ri’uta) resulta necesario revisarlo. Sin embargo, en la última generación comenzaron a presentarse más casos de rotura de tendones del tzomet haguidim. Ello obedece a una enfermedad contagiosa que genera infecciones en los tendones, y cuando se crían las aves con alto grado de hacinamiento la afección puede llegar a extenderse y contagiar a muchas de las aves.

En la práctica, incluso en la actualidad que este problema se ha tornado más frecuente, solamente un pequeño porcentaje de las aves de gallinero tienen algún tendón roto y la mayoría de las crías se mantienen limpias de este problema, y muy infrecuentemente se encuentran algunas en las que la incidencia de esta afección alcanza a decenas de puntos porcentuales.

Hay quienes dicen que dado que el porcentaje general de los casos afectados entra en la categoría de “minoría que no es dable encontrar” (mi’ut sheeinó matzui), y dado que se trata de un defecto difícil de detectar, no es preciso revisar el tzomet haguidim en absoluto (Minjat Yehudá 8:65). Por otra parte, hay quienes sostienen que dado que a veces hay crías o bandadas en las cuales la afección en el cruce de los tendones es un ‘caso minoritario’ que sí es dable encontrar, es preciso revisar todas las aves (Shevet HaLeví 4:81). En la práctica, consideramos que, dado que a veces aparecen crías o bandadas en las cuales se presentan problemas de este tipo y no resulta difícil efectuarle la revisación a un muestreo de las aves, corresponde llevarla a cabo, tal que en caso de encontrarse ejemplares con los tendones rotos se deberán checar la totalidad de las aves de la cría, y en caso de que el muestreo no arroje casos de pollos afectados, no se precisará revisar a la totalidad de la bandada. Quienes adoptan una actitud más estricta de todas maneras revisan a todas las aves.

Surgió otra interrogante y es cómo revisar el tzomet haguidim. Hay quienes se toman el trabajo de cortar las patas de todas las aves y tensar sus tendones para cerciorarse que están enteros. Por otra parte, hay rabinos y expertos que sostienen que este tipo de revisación no resulta efectiva pues en la medida que haya un tendón roto el corte dificulta verlo. E incluso hay quienes entienden que, dado que son pocos los expertos en la revisión del tzomet haguidim desde el interior, es preferible no abrir la pata para revisarla, sino que es mejor mirar desde afuera, y en caso de que mediante la vista y el palpado parezca que la pata se ha ensanchado, ello indicará que se ha infectado y hay en su interior tendones rotos. En la práctica, ambas metodologías desechan el mismo porcentaje de pollos, pero en opinión de los que revisan desde el exterior, las decisiones de quienes revisan por medio del corte del muslo resultan menos exactas.

15 – Revisaciones suplementarias

Una interrogante semejante surgió respecto de la revisación de los pulmones de las aves. En principio, la instrucción básica fue que no se revisan los setenta defectos inhabilitantes del animal doméstico ni los setenta y dos de las aves salvo en el caso de los pulmones del animal doméstico (Shulján Aruj 39:1). Sin embargo, esporádicamente se producen epidemias que afectan los pulmones de las aves endureciéndolos como la madera, o inflamándolos, o cambiando su aspecto, adjudicándoles color carne o produciéndoles burbujas o tumores que los inhabilitan (Shulján Aruj 36-38). Sin embargo, el porcentaje de inhabilitaciones (trefot) producidas por este fenómeno es muy bajo, inferior al 1%, por lo que desde la perspectiva de la Halajá no es necesario revisar los pulmones de las aves. No obstante, dado que en crías o bandadas determinadas el porcentaje de inhabilitaciones es mayor, y no resulta difícil efectuar la revisación de un muestreo, corresponde hacerlo.

En la actualidad, existe una máquina que extrae los órganos internos del ave y los cuelga sobre una cinta transportadora y el supervisor puede fácilmente mirar los pulmones, así como el resto de las menudencias. Si en la revisación de un muestreo se ve que la bandada no padece de problemas pulmonares, no resultará necesario continuar revisando. En caso de constatarse que existe un porcentaje determinado de casos problemáticos, se deberán revisar todas las aves. Quienes adoptan a este respecto una actitud estricta acostumbran a revisar los pulmones de todos los pollos, habiendo supervisores que realizan la inspección a mayor y menor velocidad.

Hay quienes proceden con excelencia (mehadrim) y revisan las patas de los pollos para ver si se salieron de su sitio (buka deatma), y en caso de que sí –el ave queda inhabilitada o taref (Shulján Aruj 55:2). Sin embargo, en la práctica, dado que se trata de un problema infrecuente, no es preciso revisar para descartarlo y solo si durante el tratamiento de los pollos se viera a uno afectado por este problema será preciso inhabilitarlo.

16 – Preguntas respecto de pollos que se venden con supervisión

A veces, quien compra un pollo con sello de kashrut encuentra en uno de sus huesos una de las fracturas que lo inhabilita. Sin embargo, dado que muchas de las fracturas son causadas con posterioridad a la faena, mientras los pollos son desplumados o a raíz de una caída, las roturas no son problemáticas. No obstante, en casos muy esporádicos percibimos que el sitio que se encuentra alrededor de la fractura tiene un color intensamente negro o rojo por efecto de la abundante sangre que allí se acumuló (nitzrar) y entonces, se teme que la fractura se hubiera producido mientras el pollo estaba aún con vida y quizás esto lo inhabilite. Por ello, de no mediar la consulta de un rabino que sea entendido en esta materia, no se debe autorizar un pollo de este tipo.

Quien compra un pollo que fue salado y kasherizado y le encuentra un sitio en el cual la sangre se encuentra acumulada, es preciso cortarlo y tirarlo (adelante 22:4). En caso de haber duda respecto de la veracidad de la acumulación de sangre, o si se trata únicamente de un color rojo que quedó con posterioridad al salado, no será preciso cortar el sitio en cuestión.

En caso de que la acumulación de sangre sea real, si la persona se equivocó y no cortó la parte en cuestión y cocinó el pollo –este será apto (kasher). Ello obedece a que no se tiene la certeza de si la acumulación de sangre se produjo con anterioridad a la kasherización del pollo –ante lo cual su consumo estaría prohibido- o si el sangrado tuvo lugar después de la kasherización por lo que no habría prohibición alguna. Dado que la sangre cocida está prohibida por prescripción rabínica (adelante 22:4:4), en caso de duda corresponde adoptar la actitud flexible.

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Conjunto de libros Peninei Halajá en español /11 volúmenes
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