Los sebos son parte de las grasas del animal, y cuando se ofrenda uno de estos a HaShem, es preceptivo quemarlos y asperjar la sangre de la bestia sobre el altar. A modo de continuación de este mandato, la Torá prohibió también ingerir tanto el sebo como la sangre, ya que el primero es digno de ser ofrendado a HaShem y la segunda se debe asperjar sobre el altar, por lo tanto, los hijos de Israel no pueden ingerirlos. Tal como fue dicho (Vaikrá-Levítico 3:14-17): “…y rociarán los hijos de Aharón su sangre sobre el altar en derredor. Y acercará de él su sacrificio -sacrificio ante HaShem-: el sebo que recubre las entrañas y todo el sebo que está sobre las entrañas, y los dos riñones y el sebo que está sobre ellos, que está sobre los flancos, y el lóbulo cuadrado del hígado, con los riñones habrá de quitarlo y los hará consumir el cohen en el altar, alimento para el sacrificio al fuego para aroma grato, todo el sebo ante HaShem. Ley perpetua por vuestras generaciones en todas vuestras residencias, ni sebo ni sangre habréis de comer” (esta prohibición será explicada en el capítulo siguiente).
La prohibición del sebo recae sobre tres tipos de animal doméstico: el toro, el cordero y la cabra los cuales son aptos para ser ofrendados en el altar, tal como fue dicho (ídem 7:23): “Habla a los hijos de Israel diciendo: ningún sebo de toro, ni de cordero ni de cabra comeréis”. Sin embargo, la prohibición del sebo (jelev) no aplica sobre las grasas de las siete especies de los animales no domésticos (jaiá) que son puros, ya que de estos no se ofrendan sacrificios. Asimismo, la prohibición del sebo no aplica a las especies de aves puras, y si bien algunas de estas son aptas para la ofrenda de sacrificios, sus grasas carecen de singularidad, ya que la ofrenda de olá (holocausto) se consume completamente sobre el altar, y en el caso del ave que se trae como ofrenda expiatoria por un pecado (jatat haof), los cohanim ingieren la totalidad de su carne (Tratado de Julín 117(A)). Respecto del sebo, está prohibido ingerirlo, pero se permite obtener beneficio del mismo realizando con éste labores o efectuando transacciones comerciales (ver adelante 37:10).
Las prohibiciones de la ingestión del sebo y de la sangre son más graves que las de los demás alimentos vedados, ya que el castigo aplicado por la ingesta de animales no domésticos impuros o reptiles, conlleva la pena de azotes (malkot), al tiempo que quien consume sebo y/o sangre el castigo es de caret, dado que son dignos de ser ofrendados sobre el altar como sacrificio ante HaShem, y quien los come denigra las ofrendas sagradas (kodashim) y desconecta (coret) su alma de la fuente de la vida. Tal como fue dicho (Vaikrá-Levítico 7:25-27): “Ya que todo el que comiere sebo del animal del cual se ofrece sacrificio consumido por el fuego ante HaShem, será truncada la persona que lo comiere de entre su pueblo… Toda persona que comiere alguna sangre, será truncada de entre su pueblo”.