Pninei Halajá

01. Síntesis de los preceptos que aplican a las mujeres.

Según la opinión de la mayoría de los juristas, las mujeres están equiparadas a los hombres en la obligación de rezar, por lo que deben recitar la Amidá en Shajarit y Minjá, siendo la de Arvit únicamente opcional. Hay quienes opinan que la mujer debe rezar solamente una Amidá al día y es bueno que lo haga en el rezo matinal de Shajarit para así iniciar el día con plegarias. Además, hay quienes opinan que las mujeres pueden cumplir con su deber mediante una plegaria breve, por lo que alcanza  con que reciten las bendiciones matinales y las relativas a la Torá.

A priori, es bueno que las mujeres recen Shajarit y Minjá diariamente por cuanto que va en concordancia con la opinión mayoritaria de los juristas (poskim). En caso de que reciten un solo rezo, se les considera como cumplido su deber y en caso de necesidad o apremio cumplen con su obligación recitando solamente las bendiciones matinales y las de agradecimiento por el recibimiento de la Torá. Una mujer ocupada en el cuidado de sus hijos, en principio queda eximida recitando las bendiciones matinales y las de la Torá.

De todas maneras, una mujer que reza la Amidá debe también recitar las bendiciones matinales y de agradecimiento por el recibimiento de la Torá (ver adelante 6:1 y 7:3).

Hubo mujeres que acostumbraban recitar a diario la ofrenda de sacrificios («Korbanot») y hay quienes opinan que las mujeres deben recitar la ofrenda diaria permanente  («Tamid»). Sin embargo, según la halajá no están obligadas  a ello (ver adelante 15:1).

Hay quienes sostienen que las mujeres deben, también, recitar los salmos de alabanza («Pesukei de Zimrá») ya que son un preparativo para la plegaria de la Amidá, empero de acuerdo a la halajá no están obligadas a hacerlo (ver adelante 15:4).

Las mujeres están exentas del recitado del Shemá y sus bendiciones por cuanto que se trata de un precepto sujeto a un tiempo fijo, siendo bendecida la mujer que lo haga.  Sin embargo, hay quien opina que las mujeres están preceptuadas de recordar la salida de Egipto de día y de noche por lo que es bueno que lo hagan recitando las bendiciones de «Emet Veiatziv» en Shajarit y «Emet Veemuná» en Arvit. De todas maneras la opinión mayoritaria de los juristas exime a la mujer de estos recitados. Si bien la mujer está exenta del precepto del recitado del Shemá, es bueno que recite a diario los dos primeros versículos, a saber,  «Shemá Israel» y «Baruj Shem» para aceptar, por su intermedio, el Yugo Celestial (ver adelante 16:1).

Las mujeres están exentas de recitar todas las súplicas de perdón y los diferentes pasajes posteriores al rezo de Amidá.

Las mujeres deben recitar el Shemá antes de ir a dormir así como la plegaria «Hamapil» (se explicará más adelante 19:1).

Las mujeres están exentas de rezar la plegaria de Musaf en Shabat, días festivos («Iamim Tovim«) y novilunios («Rosh Jodesh«). Si bien hay quienes opinan que así como la mujer tiene el deber de rezar Shajarit y Minjá, también debe rezar Musaf.  Si bien, a priori, es bueno actuar según esta opinión, de todas maneras la mayoría de los juristas considera que las mujeres están exentas del deber de rezar Musaf. Todos coinciden en cuanto a que las mujeres están eximidas del recitado del Halel (ver adelante 2:9).

 

Hay quien opina que las mujeres deben escuchar la lectura de la Torá en Shabat, empero en la práctica la halajá es según la opinión de la mayoría de los juristas que consideran que las mujeres están exentas de ello (ver adelante 2:10).

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