Pninei Halajá

09. La preparación corporal previa al rezo.

01. La ablución de manos («Netilat Iadaim»)

Una mujer que se dispone a rezar la oración individual silenciosa («Amidá») debe purificarse, por lo tanto es preceptivo que haga «netilat iadaim» antes del servicio. Empero existe una diferencia entre quien tiene la certeza de que sus manos están sucias y quien ignora si sus manos se ensuciaron.

Quien tiene la certeza de que sus manos están sucias, como en el caso de quien fue al baño o tocó partes habitualmente cubiertas del cuerpo que suelen estar sucias por efectos del sudor, debe lavarse las manos antes de rezar. A priori, es bueno lavarlas con un recipiente («kelí») tal como se lavan antes de comer, empero a posteriori si las lavó con agua y sin recipiente cumplió igualmente con el deber de preparación previa al rezo ya que lo principal del precepto es que las manos estén limpias de cara a la oración.

Si no hay agua en las inmediaciones, la mujer en cuestión  deberá esforzarse y caminar hasta una distancia equivalente a un «mil» (912 mts.) para hacer la ablución anterior al rezo. Si a esa distancia tampoco hay agua o si la hay mas  por hacerlo se le puede hacer tarde para rezar, es decir pasará la hora establecida para el rezo, habrá de frotar sus manos en la arena o sobre su ropa para quitar de éstas todo resquicio de suciedad y así habrá de rezar (Shulján Aruj 92:4, Mishná Berurá 92:20, Peninei Halajá 5:2).

Los juristas debatieron si debe o no lavarse las manos en un caso neutro, en el que por un lado la mujer que se dispone a rezar no lavó sus manos últimamente, y por el otro no recuerda si tocó cosas sucias o partes cubiertas del cuerpo. Por lo tanto, si hay agua en las cercanías, que se las lave, de no haberla no precisa lavárselas y puede respaldarse en aquellos juristas que entienden que manos en estado normal no requieren ablución antes de rezar. Para mayor seguridad es bueno que frote sus manos sobre su ropa (Shulján Aruj 92:5, 233:2, Mishná Berurá 92:26, Beur Halajá «ואם «).

En el caso de una mujer que salió del baño, se lavó las manos y después tuvo el cuidado de no tocar ninguna parte cubierta del cuerpo, no precisa hacer la ablución para rezar. Empero si no prestó atención debe volver a hacerla y de no haber agua en ese lugar, dado que no tiene la certeza de que sus manos estén sucias puede rezar sin ablución de por medio.

02. Preparación corporal previa a la Amidá.

«Dijeron nuestros sabios: quien tiene necesidades fisiológicas tanto mayores (defecar) como menores (orinar) no habrá de rezar» (Talmud Babilonio Tratado de Berajot 23(A)). Esto obedece a dos razones: a) La necesidad de evacuar puede distraer (Rambám); 2) No corresponde presentarse a rezar ante D´s con el cuerpo sucio del excremento que contiene (Hagahot Maimoniot). En caso de duda, nuestros sabios indicaron que, a priori, hay que revisar si se tiene alguna necesidad fisiológica antes de empezar a rezar (Tratado de Berajot 16(A)). Nuestros sabios basaron sus palabras en el versículo (Amos 4:12): «Prepárate para encontrarte con tu Dios, oh Israel», además está escrito (Kohelet-Eclesiastés 4:17): «Pon atención a tu pie cuando entres a la Casa de D´s», entendiéndose que la intención refiere a cuidarse de no tener necesidades fisiológicas durante el rezo.

Quien sufre de catarro habrá de sonarse la nariz antes del rezo para no hacerlo durante el mismo. Si tiene flemas en su garganta que le molestan, habrá de expectorarlas antes para que no le molesten (Shulján Aruj 92:3). Si necesita sonarse la nariz habrá de hacerlo de la manera más educada posible. Quien precisara bostezar, cubrirá su boca con la mano. Todo esto se debe a que quien ora debe ser muy cuidadoso en el respeto a D´s, y todo aquello que se considera inapropiado hacer delante de las personas  está prohibido durante el rezo (ver Shulján Aruj 97:1 y 2).

03. Necesidades fisiológicas durante el rezo.

Existen dos niveles de necesidad fisiológica: a) Gran necesidad, al punto de que la persona no puede aguantar el periodo de tiempo que lleva caminar una «parsá» (unos 72 minutos), b) Cuando la persona tiene una gran necesidad fisiológica pero puede esperar más de setenta y dos minutos para hacer sus necesidades.

Si la persona comenzó a rezar cuando sentía necesidades fisiológicas mayores y no puede esperar setenta y dos minutos, su rezo es considerado una abominación y no cumplió con su deber, por lo que debe volver a rezar luego que evacúe. Quien rezó cuando sentía necesidades fisiológicas menores, al punto que no podía esperar setenta y dos minutos, si bien es claro que no procedió correctamente, los juristas de las últimas generaciones (ajaronim) discutieron respecto de si su rezo es  considerado o no una abominación. Dado que no se ha podido definir esta discusión, no es obligatorio volver a rezar luego de orinar, empero es bueno hacerlo a modo de rezo voluntario o «nedavá» (Peninei Halajá Tefilá 5:8).

Sin embargo, si la persona que rezó podía aguantar sin ir al baño setenta y dos minutos dado que su necesidad no era tan apremiante, su plegaria es considerada aceptable. De todas maneras, quien tiene necesidades fisiológicas aunque puede esperar setenta y dos minutos, a priori no habrá de rezar. Empero si por ir al baño se le ha de pasar el tiempo del rezo en cuestión, será mejor que rece para no perder completamente la plegaria pública (Shulján Aruj 92:1, Mishná Berurá 92:5).

El parámetro de medida para saber si la persona puede o no esperar setenta y dos minutos es ella misma. Si antes del rezo la persona pensó que podía aguantarse ese lapso de tiempo y tras el servicio se da cuenta de que estaba equivocado y no podía, dado que en el momento de empezar a orar pensó que sí podía hacerlo, su rezo es aceptado (Beur Halajá 92:1, שיעור פרסה).

04. Cuando se necesita ir al baño en medio del rezo.

Si una mujer comenzó a rezar sin sentir necesidad fisiológica alguna y en medio del rezo le urge ir al baño, dado que comenzó a rezar autorizadamente, mientras pueda aguantarse puede continuar orando.

Si al momento de empezar a rezar la mujer sabía que tenía una necesidad fisiológica pero pensaba que podía aguantarse por setenta y dos minutos, si bien, a priori, debería haber ido al baño antes del inicio, de todos modos, si ya comenzó su plegaria y en el medio se da cuenta que no podrá contenerse durante este lapso, dado que comenzó a rezar pensando que sí podía deberá terminar su rezo.

Si su necesidad es tan aguda que no puede aguantarse más, que vaya de inmediato al baño. Si la interrupción demora más que la totalidad del tiempo que ella suele destinar a la Amidá que vuelva a rezar desde el comienzo, mas si la interrupción es breve que vuelva a rezar desde donde dejó.

05. Reglas respecto de la mujer que tiene necesidades fisiológicas a la hora de cumplir con las demás cuestiones referentes a la santidad.

Así como la persona que siente necesidades fisiológicas y no puede postergarlas setenta y dos minutos no puede rezar, de la misma forma no puede recitar bendiciones, ni el «Shemá» o estudiar Torá ya que no es correcto dedicarse a asuntos relativos a la santidad estando el cuerpo sucio. Empero, existe una diferencia significativa entre el rezo y las demás cuestiones relativas a la santidad. Esta radica en que durante el rezo es como si estuviéramos de pie ante el Rey y si se ora de un modo impropio se ofende a D´s resultando la plegaria detestable. Por lo tanto, quien reza cuando no podía resistir setenta y dos minutos, su plegaria no es válida. No así resulta el caso de las demás cuestiones de santidad en las que no se considera que la persona esté de pie ante el Rey  y por lo tanto, a posteriori, quien recitó una bendición o el «Shemá» cuando no podía aguantarse setenta y dos minutos igualmente cumplió con su deber (Mishná Berurá 92:6, Beur Halajá אפילו בד»ת, Kaf HaJaím 3).

En opinión de la mayoría de los  sabios de las últimas generaciones (ajaronim) quien puede aguantar setenta y dos minutos, puede, a priori, recitar bendiciones o estudiar Torá, y hay quienes dicen que es mejor que primero evacúe (Mishná Berurá 92:7). De todas maneras, si a los efectos de evacuar la persona precisa esforzarse, no es su deber evacuar primeramente.

Una mujer que comienza a estudiar cuando no sentía necesidad fisiológica alguna, y durante su estudio la siente al punto de que no puede esperar setenta y dos minutos, a priori, debe ir a evacuar. Si se encuentra en el medio del análisis de un tema, hay quienes opinan que puede continuar en su estudio hasta concluirlo (Beur Halaja´92:2 קורא, Ialkut Iosef II pág. 338) y otros que consideran que debe ir a evacuar de inmediato (Kaf HaJaím 3:48).

En el caso de una mujer que enseña Torá en público, primero habrá de terminar la lección y luego irá al baño, pues el respeto a las demás personas antecede a la prohibición de «no tener el cuerpo sucio a la hora de rezar» que es de origen rabínico (Mishná Berurá 92:7). Asimismo en el caso de un alumno o alumna que se encuentran en clase, mientras su necesidad fisiológica no sea aguda es bueno que se aguanten y no salgan en el medio por respeto a sus compañeros.

Si en el caso de la prohibición de ocuparse de temas relativos a la santidad con el cuerpo sucio («bal teshaktzú») somos flexibles por respeto a la clase, con mucha más razón («kal vajomer») hay que evitar entrar y salir en medio de  la misma de no mediar una necesidad imperiosa, y por supuesto que no se debe conversar o molestar.

06. El borracho y el ebrio («entonado»).

Quien reza debe hacerlo con completa lucidez. A diferencia de muchos de los ritos paganos que se llevan a cabo en estado de éxtasis inducido por el alcohol y las drogas, nuestro encuentro con D´s se lleva a cabo con seriedad y profundidad de pensamiento. Esto es lo que la Torá ordenó a los cohanim (sacerdotes) en cuanto a que no ingresen a servir en el Sagrado Templo tras haber bebido vino (Vaikrá 10:8-11). De esto aprendieron nuestros sabios que el borracho y el ebrio tienen prohibido rezar.

Borracho es quien bebió mucho al punto de que no es capaz de hablar delante del Rey. El ebrio es quien está levemente influenciado por el alcohol y por ende le cuesta un poco concentrarse y focalizar su pensamiento, empero aún es capaz de hablar delante del Rey sin menoscabar su Real Honor.

Un borracho que por error comenzó a rezar, debe detenerse de inmediato ya que su plegaria es una abominación. Aunque haya culminado con su rezo,  no cumplió con su deber. Si recupera la sobriedad antes de finalizar el horario del rezo debe volver a rezar como corresponde (Shulján Aruj 99:1). Empero en el caso del ebrio que reza, dado que podría hablar delante del Rey cumplió con su deber. Asimismo si empezó a rezar y en la mitad se da cuenta que está ebrio que termine su rezo (Eliahu Rabá, Kaf HaJaím 99:2).

En cuanto al recitado de las demás bendiciones como ser las del disfrute («nehenín») o la posterior al baño («Asher iatzar«), el ebrio podrá a priori recitarlas, mientras que el borracho a priori no lo hará. Empero en el caso de bendiciones en las que si el borracho no las recita habrá de perder la oportunidad de hacerlo, podrá recitarlas. Esto se refiere, por ejemplo, a si alguien se emborracha durante la comida, que recite la bendición de agradecimiento por los alimentos («Birkat Hamazón«) y si fue al baño que recite la bendición posterior de «Asher iatzar» (Ramá 99:1, Mishná Berurá 11).

Quien está en muy avanzado estado etílico («borracho como Lot») al punto de que no es consciente de qué le ocurre, se le considera incapacitado mental (shoté) lo cual lo exime del cumplimiento de los preceptos. Aunque recite bendiciones, en ese estado, no se consideran válidas en lo más mínimo (Mishná Berurá 99:11).

07. El caso de la mujer «Nidá» (durante el período menstrual).

Una mujer «Nidá» debe cumplir con todos los rezos, todas las bendiciones y puede estudiar Torá, ya que las palabras de la Torá no adquieren nunca impureza, tal como está escrito (Irmiahu 23:29): «¿No es mi palabra como fuego-dice el Eterno-?», de lo cual nuestros sabios infirieron: así como el fuego no se impurifica tampoco lo hacen las palabras de Torá (Tratado de Berajot 22(A)).

Hay mujeres que acostumbraron a conducirse de un modo estricto y durante su período menstrual no ingresaban a la sinagoga ni tocaban el rollo de la Torá. Si bien desde un punto de vista estrictamente halájico no existe tal prohibición, estas mujeres se abstenían de asistir por respeto a la sinagoga. Actualmente, la costumbre extendida es que las mujeres entran a la sinagoga durante su período menstrual y algunas se abstienen de mirar las letras del rollo de la Torá a la hora de ser alzado y mostrado al público.

A propósito, es oportuno recordar aquí las diferentes costumbres respecto de la asistencia de mujeres al cementerio. Hay quienes sostienen que en términos generales no corresponde que las mujeres visiten el cementerio en ocasión alguna; otros opinan que mujeres durante el período de la «nidá» y que aún no se purificaron no asistan al mismo; otros consideran que corresponde abstenerse de visitar el cementerio  sólo durante los días de la menstruación mientras que otros juristas permiten en todas las circunstancias. Hay mujeres que se abstienen de visitar el cementerio durante el embarazo mientras que otras lo visitan. Cada mujer tiene que conducirse de acuerdo a su tradición familiar o la de la familia de su marido. En el caso de las que acostumbran a conducirse de un modo estricto, en caso de necesidad pueden flexibilizar su conducta. Por ejemplo, si a una mujer le va a pesar no visitar la tumba de uno de sus padres a los treinta días de fallecidos o en la fecha del aniversario de su deceso, o si teme que se enojen con ella si no asiste o teme que su ausencia se interprete como que recibió el período, puede flexibilizar su conducta y asistir. Si la mujer en cuestión teme quebrar la costumbre, que asista pero que no se acerque a las tumbas.