Pninei Halajá

06. Venta de Jametz

01. La preservación del jametz mediante su venta a un gentil

Todo judío debe eliminar su jametz hasta el mediodía del día 14 de Nisán. A los efectos de no perder una gran cantidad de este, los judíos solían planificar sus compras y la preparación de sus alimentos de modo tal que pudiesen terminar sus leudos hasta Pesaj, y el pequeño restante usarlo para cumplir con excelencia el precepto de la eliminación del jametz mediante el quemado.

Empero, a veces la planificación no es exitosa y un judío puede llegar a una situación en la cual se queda con una gran cantidad de alimentos jametz antes de Pesaj. Entonces, si no le importa la pérdida económica puede eliminarlo mediante su quema o regalárselo a un gentil honesto merecedor de tal presente. Sin embargo, si el judío no quiere perder el valor económico del jametz, puede vendérselo a un gentil antes de Pesaj, pues mientras no llega la hora en la cual se torna prohibido obtener beneficio del jametz se permite venderlo y recibir por este su valor. La prohibición de obtener beneficio del jametz comienza a la sexta hora del día 14 de Nisán y hasta entonces está permitido venderlo.

Esta posibilidad es de gran importancia para los comerciantes de alimentos que llegan a Pesaj con un stock importante de jametz y precisan vendérselo a un gentil para salvarse de la importante pérdida. Incluso si no se encuentra un gentil realmente interesado en adquirir todo el jametz, nuestros sabios dijeron que está permitido decirle a este: «aunque usted no necesite una cantidad tan importante de leudo, compre todo mi jametz a su precio habitual y si quiere – se lo compraré de vuelta después de Pesaj» (según Tosefta Pesajim 2:7).

02. La popularización de la práctica de la venta del jametz

Hace unos cuatrocientos años muchos judíos en Europa comenzaron a ganarse el sustento mediante la producción y venta de aguardiente. Esto se debió a que los nobles que gobernaban esas comarcas acostumbraban a confiar la dirección de sus negocios a los judíos y se habituaron a arrendarles las licencias para la producción y comercialización de alcohol a cambio de un pago fijo más un porcentaje de las ventas. Este tipo de bebida se elabora a partir de granos de trigo y cebada, y es considerada como completa o absolutamente leudada («jametz gamur»). A los efectos de no perder un capital tan importante en cada Pesaj, era necesario vender este jametz a un gentil y tras la fiesta volver a comprárselo para poder continuar con la comercialización al público.

A lo largo del tiempo los grandes maestros de Israel vieron que a veces este tipo de venta se llevaba a cabo de un modo reñido con la halajá por lo que se despertaban graves problemas, ya que si la venta del jametz había sido errónea este se quedaba bajo la posesión del judío y trasgredía entonces a cada momento las dos prohibiciones de poseer y ver jametz («Bal Ieraé Ubal Imatzé»). Siendo así, una vez concluido Pesaj estaba prohibido obtener beneficio de este y era necesario destruirlo. Por lo tanto, los rabinos adoptaron la práctica de realizar ellos mismos la venta del jametz para de esa manera cerciorarse que el jametz efectivamente sea vendido de acuerdo con la halajá. Dado que la venta se llevaba a cabo de un modo organizado, otros judíos se sumaron a la misma para rescatar así su leudo y de esa manera la venta de jametz se tornó más y más extendida.

Empero, algunos de los grandes rabinos expresaron sus reservas respecto de esta práctica por cuanto que según su opinión no se trata de una venta real sino ficticia, pues es claro que tras concluido Pesaj el jametz retorna a la posesión del judío. Además, no se paga impuestos por esta venta como en todas las otras transacciones y normalmente quien adquiere algo paga la totalidad de su importe y se lleva consigo la mercadería, mientras que en la venta del jametz el gentil adquirente no paga el importe completo y no se lleva su adquisición.

Sin embargo, según la opinión mayoritaria de los juristas se puede confiar en la venta del jametz pues tiene vigencia como cualquier otra, y de acuerdo con la ley el gentil puede no venderle de nuevo el jametz al judío tras concluido Pesaj, por lo que se trata de una transacción plena, legal, formal y no ficticia. Empero, para que la venta no parezca un engaño, nuestros sabios fueron muy detallistas en sus términos. En la jurisprudencia halájica existen diferentes ideas de cómo un gentil adquiere propiedad de manos de un judío y entonces los rabinos decidieron hacerlo de un modo tal que tome en cuenta todas las diferentes opiniones para que sea claro que tiene vigencia de acuerdo con la totalidad del abanico de ideas expresadas. Además, se pone énfasis en que la venta se lleve a cabo de acuerdo con la normativa legal vigente del país (ver Mishná Berurá 448:17, 19, y Beur Halajá).

Respecto del pago por la transacción, se redacta un documento de compraventa sobre el valor real del jametz y el gentil abona un adelanto, tal como se acostumbra a hacer entre comerciantes, y el resto de la suma queda bajo la forma de deuda la cual no actúa como impedimento para que la transacción se efectivice. Una vez concluido Pesaj el gentil tiene derecho a decidir si sigue poseyendo el jametz y paga el resto de la deuda o vender el jametz de nuevo al judío. En este último caso, el judío le abonará un adelanto y a cambio de la recepción del leudo le condonará la suma que el gentil le adeudaba desde antes de Pesaj. Respecto del argumento de que esta venta no pagaba impuestos, se responde que el gobierno o el rey entienden que se trata de una transacción que no tiene un móvil comercial sino religioso por lo que renuncian a recibir impuestos por la misma.

A los efectos de reforzar esta práctica y hacerla parecer como una transacción más, los sabios estipularon que el judío venda o alquile al gentil la tierra sobre la cual está ubicado el jametz y de esa manera este pasa a propiedad del gentil (Mishná Berurá 448:12). En la tierra de Israel está prohibido vender tierra a un gentil por lo que se le alquila el sitio. Hay juristas que sostienen que también en el extranjero es mejor alquilar que vender el sitio donde se encuentra almacenado el jametz.

03. ¿A quién está destinada actualmente la venta del jametz?

En las últimas generaciones se han innovado nuevos métodos de almacenamiento por medio de los cuales se puede preservar alimentos por largos períodos y por lo tanto los productores y los comercializadores tienen siempre consigo un gran stock. Nuevamente surge la necesidad de vender el jametz de cara a Pesaj para no perder ni el stock ni los mercados en los días posteriores a la fiesta, ya que si los comercializadores tienen la precaución de vender toda su mercadería jametz antes de Pesaj, pasarán luego días y hasta semanas hasta que los productores de alimentos puedan volver a producir y reponer los alimentos leudos. Además del daño que sufrirían los productores y los comercializadores, también los consumidores sufrirían ya que no podrían adquirir productos jametz durante días y semanas. Es por ello por lo que los dueños de las fábricas y las cadenas de tiendas venden su jametz antes de Pesaj a un gentil e inmediatamente terminada la fiesta lo vuelven a comprar de este y vuelven a comercializarlo.

Formalmente toda persona puede vender su jametz a un gentil mediante la venta que realizan los rabinos, aunque se trate únicamente de pequeñas cantidades. Por ejemplo, se puede vender un poco de polvo de sopa jametz o un paquete de pasta, ya que no hay diferencia si se vende mucho o poco. De todas maneras, una vez que el leudo es vendido ya no se trasgrede con este ninguna de sus prohibiciones.

Hay juristas que son más estrictos en esta materia y a priori ordenan no utilizar esta venta ya que aparenta ser engañosa, por cuanto que el jametz permanece en la casa del judío y es muy probable que el gentil que lo compra no venga a tomar posesión de este, e inmediatamente después de Pesaj el judío en cuestión volverá a hacer uso del leudo. Por lo tanto, estos juristas consideran que se puede recurrir a este procedimiento únicamente en caso de gran pérdida económica. Sin embargo, cuando el jametz en cuestión es de poco valor no se lo debe vender para no incurrir en una duda de trasgresión.

En la práctica, actualmente se recomienda a todos participar de la venta del jametz pues hay muchos productos alimenticios y medicinas con sabores agradables que se sospecha puedan contener algo de jametz y no corresponde eliminarlos solamente en virtud de una duda, pero por otra parte no se los puede preservar en la casa por cuanto que quizás contengan leudo. Por ello, lo adecuado es venderlos y de esa manera resolver la incertidumbre. Asimismo, hay juristas que consideran que personas que detentan acciones de empresas que poseen jametz deben vender su participación en las mismas, por lo que en la venta del jametz incluyen sus acciones.

Empero, en el caso del jametz absoluto (“jametz gamur”) se aconseja no venderlo siempre y cuando se trate de pequeñas cantidades para no aprovechar la venta del mismo si la necesidad o pérdida potencial no es importante, pero si se trata de una pérdida significativa se recomienda a priori venderlo. Cada persona define qué es para ella una pérdida importante o insignificante y no corresponde consultar rabinos ni sobre qué es una pérdida significativa ni sobre cuál jametz es dudoso y cuál es certero, pues básicamente la halajá permite vender artículos que se sospecha sean leudados y valen poco. Esto se debe a que la venta de jametz es correcta o válida a priori y se puede confiar en los rabinos que la llevan a cabo sin temor o sospecha alguna.

Dado que el jametz que se vende permanece en la casa del judío, se teme que pueda consumirlo por equivocación. Por ello se debe erigir un tabique de diez palmos de altura (unos 80 cm.) que se interponga entre nosotros y el jametz o se lo debe almacenar en un armario y mantener la llave en un sitio no visible. Asimismo, se puede pegar las puertas del armario con cinta adhesiva y es bueno escribir sobre esta “jametz vendido” para no abrirlo por equivocación durante Pesaj (ver Shulján Aruj 440:2).

04. Leyes referentes a la venta del jametz

Es bueno que cada judío que vende su jametz lea el poder que firma para que de ese modo entienda que nombra al Rabinato como encargado para la venta y que esta es de carácter completo y efectivo. Sin embargo, aunque la persona no haya leído el poder, si confía en el rabino su venta es válida, pues si durante Pesaj el gentil adquiriente va a presentarse en su casa para retirar el jametz y el rabino que efectuó la venta le habrá de decir que efectivamente debe entregarlo – lo hará.

En el documento de venta del jametz debe anotarse claramente el nombre del vendedor y su dirección, para que en caso de que el gentil quiera tomar el producto pueda hacerlo. A priori, se le debería dar al gentil en cuestión la llave del sitio donde se almacenó el jametz para que pueda ir y apropiarse del mismo. Empero, en la práctica nos conformamos con anotar el número de teléfono para que en caso de que el gentil desee tomar el leudo pueda llamar al judío que lo vendió y coordinar el traspaso. Este es un principio muy importante, todos los vendedores deben saber que durante Pesaj el jametz pertenece al gentil y se le debe permitir entrar a la casa y tomarlo (Mishná Berurá 448:12).

A priori, correspondería detallar en el documento de venta todos los tipos de jametz que se venden e inclusive especificar su valor, y hay quienes tienen el recaudo de hacerlo. Sin embargo, en la práctica esto es muy difícil y por ello se acostumbra a escribir que todo el jametz del vendedor está incluido en la transacción y su valor es acorde al precio de mercado tal como lo establecieron los tasadores (ver Beur Halajá 448:3, בדבר מועט).

Es bueno escribir en el contrato dónde exactamente está almacenado o depositado el jametz, por ejemplo: “en el armario de la cocina del lado izquierdo”, o “en el cuarto de la derecha en el cajón que esté marcado”. Se puede también detallar varios lugares y, a posteriori, sin ello la venta es también válida, pero el jametz debe ser concentrado en un solo sitio y marcado. Todo lo que se ingresa al sitio específico destinado a ser vendido hasta dos horas antes de entrar en vigor la prohibición del jametz queda incluido en la venta. Tal como ya estudiamos (halajá 2), a priori se le alquila al gentil el sitio donde el jametz está depositado para que este se encuentre en su dominio y la venta sea como todas las demás, esto es, que la mercancía pase a poder del adquirente.

Se puede vender el jametz por medio de un enviado que escriba todos los detalles relevantes y firme en representación del propietario. En caso de ser necesario se puede vender el jametz por teléfono, fax o internet. Si bien es correcto que el dueño del jametz firme el contrato en persona y realice la ceremonia o gesto tradicional de aceptación pública del contrato (“kinián”) a los efectos de dar mayor vigencia a la venta, a posteriori, si no se hace así no estamos ante un impedimento pues el traspaso de propiedad más importante es aquel que se lleva a cabo cuando el Rabinato vende el jametz al gentil, y este acto de traspaso de propiedad es el que incluye a todos aquellos que desean vender su leudo. En el caso de comedores públicos el director de estos o alguien designado por la dirección deberá ser quien efectúe la venta del jametz.

No se vende el jametz que se encuentra absorbido en las paredes de los utensilios o adherido a las mismas, ya que como vimos se tiene en cuenta varias formalidades a los efectos de que la venta sea y se vea real, e incluir en la redacción del contrato el leudo adherido o absorbido en los utensilios parece una ironía o una broma pues este carece de valor alguno y no existe gentil que esté interesado en adquirirlo. Por esta razón, este leudo no debe ser incluido en la redacción de los contratos de venta de jametz.

05. Final del horario de venta del jametz y el caso del judío de la diáspora

La venta debe llevarse a cabo antes del horario de entrada en vigor de las prohibiciones de disfrute del jametz, pues si ya se inició la sexta hora del día 14 de Nisán, su disfrute pasa a estar prohibido y ya no se lo puede vender por lo que debe ser destruido. A los efectos de que la gente pueda sumarse a la venta hasta el último día, se acostumbra llevarla a cabo el día 14 poco antes de la entrada en vigor de la prohibición de disfrute del jametz.

Un residente de los Estados Unidos que se encuentra en Israel deberá vender su jametz en Israel, pues si lo vende en América la venta al gentil tendrá lugar después del horario en el cual entren en vigor para esta persona las restricciones al jametz. Esto se debe a que la prohibición recae sobre la persona dependiendo de su ubicación geográfica y el inicio de la sexta hora en la tierra de Israel acaece unas siete horas antes que en los Estados Unidos. Respecto de la finalización de Pesaj parecería surgir una problemática ya que si la persona en cuestión necesita celebrar en Israel el segundo día festivo de las diásporas (Pninei Halajá Moadim 9:8), resulta que la prohibición del jametz recae sobre esta hasta el final del octavo día mientras que en Eretz Israel compra de nuevo el jametz al finalizar el séptimo día. De todas maneras puede vender su jametz en el marco de la venta de Israel, pues aunque el gentil lo vende de vuelta al finalizar el séptimo día, por cuanto que él todavía está en día festivo y no tiene interés en volver a adquirir el leudo – resulta que este queda sin propietario o bajo la tutela del tribunal rabínico y volverá a su posesión sólo después de que concluya el segundo día festivo de las diásporas.

Si la familia de este judío residente en los Estados Unidos que está de visita en Israel permanece en América durante la fiesta y tiene la intención de comer el jametz cuando en la tierra de Israel ya entraron en vigor las prohibiciones, que el visitante americano renuncie a su parte en ese leudo y sus parientes habrán de venderlo en Estados Unidos.

En el caso de un residente en Israel que viaja a los Estados Unidos antes de Pesaj puede vender su jametz en América ya que los deberes relativos al jametz, según la mayoría de los juristas, dependen de la ubicación geográfica de la persona y no de la del jametz. Empero, a priori debe venderlo en Israel para cumplir correctamente con la norma según la opinión de aquellos juristas que entienden que se debe eliminar el jametz de acuerdo con su ubicación geográfica y no la de la persona. Por lo tanto este israelí debe vender el jametz en Israel antes que entren en vigor las prohibiciones del jametz en este país.

06. El status del jametz vendido antes de Pesaj una vez que la fiesta concluye

Una vez concluida la festividad de Pesaj, antes de volver a usar el jametz vendido se debe esperar un tiempo prudencial que permita al Rabinato comprarlo nuevamente. En caso de necesidad, se puede tomar el jametz inmediatamente después de concluida la fiesta siempre y cuando se tenga la disposición a abonar al gentil el importe correspondiente en caso de que lo reclame. Por ello es bueno que los rabinos, al efectuar la venta del jametz, acuerden con el gentil una condición por medio de la cual si un judío quiere utilizar el jametz vendido podrá hacerlo si paga por él, y así no habrá problema alguno que un judío tome del jametz inmediatamente salida la fiesta.

Hay quienes son más estrictos y acostumbran a no comer del jametz que fue vendido, pues ellos consideran que la venta misma no es válida y por ende entra en la categoría de jametz que pasó la fiesta en posesión de un judío (“jametz sheavar alav HaPesaj”), el cual está vedado para su consumo y la obtención de beneficio.

De todas maneras, no es necesario temer por ello ya que la prohibición de emplear un jametz que estuvo en posesión de un judío durante Pesaj es de carácter rabínico y siempre en caso de duda en reglas de origen rabínico se opta por la opinión más flexible. Y mucho más aún debe ser esta la posición a adoptar si los juristas que opinan de modo estricto están en franca minoría, mientras que la opinión flexible que permite su uso es la mayoritaria. Hay algunos grandes eruditos que acostumbraban a comer después de Pesaj el jametz que fue vendido, para así demostrar que la venta fue realizada de acuerdo con la norma.

Quien compra en una tienda después de Pesaj debe revisar que el vendedor detente un cartel que declara que vendió su jametz antes de la festividad como corresponde, y de esa manera no trasgredió la prohibición de consumir jametz que pasó Pesaj en propiedad de un judío. En caso de que el vendedor no sea observante es necesario ser aún más cuidadoso en esta materia ya que si no entendió el significado de la venta que efectuó el Rabinato y continuó expendiendo jametz durante Pesaj, en opinión de algunos juristas (Sdei Jemed, Maharam Shik) la venta quedó sin efecto y por ende está prohibido consumir u obtener beneficio alguno de todo el leudo de su negocio. En un caso así, a priori es necesario tener en cuenta la opinión más estricta y esperar hasta que llegue a la tienda mercadería nueva que fue producida después de Pesaj. Empero, si resulta que el dueño de la tienda había vendido su jametz como corresponde y tomó precaución que durante Pesaj nadie se acercase al leudo vendido, se le puede comprar jametz inmediatamente terminada la fiesta.

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