Pninei Halajá

05 – Ocuparse de cuestiones angustiantes

Cuando una persona fallece durante una festividad se llevan a cabo todos los preparativos necesarios para su entierro, y, de ser necesario, se cosen mortajas y se cava una tumba (Shulján Aruj 547:10, adelante 12:11). No se pronuncian, sin embargo, discursos fúnebres (hespedim) ya que la alegría de festiva es precepto de la Torá, por lo que se debe tener el cuidado de no abundar en llanto o en luto (ídem Mo’ed Katán 27(A), Shulján Aruj 547:1).

Si el fallecido era un erudito de la Torá se pronuncian discursos fúnebres durante el funeral, ya que el honor de la Torá se sobrepone al mandato de alegría festiva (Maguén Abraham, Mishná Berurá 547:12). En la práctica, se acostumbra a pronunciar discursos fúnebres en festividades únicamente en el caso de un erudito eminente, de quien se sabe o se asume que enseñaba Torá y sentenciaba halajá para multitudes. Sea como fuere, los discursos fúnebres deben abreviarse.

También durante Jol HaMo’ed, los parientes más cercanos del difunto que deben guardar luto, han de rasgar sus vestimentas durante el funeral (Shulján Aruj 547:6). Muchos de los oriundos de Ashkenaz y Sefarad acostumbran a rasgar sus vestimentas en Jol HaMo’ed únicamente por sus padres y no por los demás familiares (Ramá allí, Kaf HaJaím 30).

Tras el funeral, los deudos vuelven a vestir sus vestimentas festivas y no se conducen con prácticas luctuosas porque la alegría festiva desplaza al duelo, y una vez concluida la festividad habrán de cumplir la Shiv’á. Si bien no se realiza la Shiv’á en la festividad, los amigos cercanos vienen a la casa de los dolientes para consolarlos (Shulján Aruj 548:6)

Nuestros sabios establecieron que los cohanim no revisen afecciones de Tzaraat durante las festividades, no sea que la afección resulte impura y su fiesta se transforme en duelo, por lo que se pospone la revisación para después de la festividad (ídem Mo’ed Katán 7(A), Rambám Yom Tov 7:16).

Está prohibido ayunar en las festividades, incluidos los ayunos destinados a expiar transgresiones (Shulján Aruj HaRav 288:3, Mishná Berurá 529:1).

Si resulta necesario abstenerse de la realización de labores destinadas al cumplimiento de un precepto por resultar dolorosas o angustiosas – como en el caso del recitado de discursos fúnebres o revisión de afecciones -, cuánto más debe cuidarse toda persona de evitar decir palabras que puedan causar dolor, como hablar de sus seres queridos ya fallecidos o de cuestiones que le irriten (Ruaj Jaím 529:4).

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