Pninei Halajá

06 – Permisos especiales para calzar buen calzado.

Un enfermo o una parturienta que pueden resfriarse si caminan descalzos pueden calzar zapatos (Shulján Aruj 614:3).

Quien camina en un sitio en el cual se teme que haya alacranes o  similares, puede calzar zapatos. Quien camina en un sitio de fango y estiércol puede calzar zapatos para no ensuciar sus pies. Asimismo, un soldado en servicio activo puede calzar botas militares (Shulján Aruj 614:4). Esto obedece a que la prohibición de calzar zapatos de cuero aplica cuando la finalidad es caminar confortablemente, empero cuando se usan con otras finalidades la prohibición no aplica.

Quien necesita usar plantillas y sufre mucho si prescinde de estas, puede mantenerlas dentro de la pantufla o calzado sencillo de goma en Yom Kipur aunque sean de cuero. Esto se debe a que los plantillas no tienen por finalidad la obtención de placer sino paliar un dolor específico (Jelkat Yaakov 2:83).

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