Pninei Halajá

05. “Jametz Nukshé”

El jametz prohibido por la Torá es denominado “jametz gamur” o “jametz completo” por cuanto que en este concluyó el proceso de leudado y ya es apto para el consumo humano. Empero, si el proceso de fermentación se ha iniciado y aun no concluyó por lo que es apto para consumo humano en situación de gran necesidad se denomina “jametz nukshé”, el cual en la opinión mayoritaria de los juristas no está prohibido por la Torá. Los sabios lo prohibieron para evitar que las personas lo consuman por equivocación y al final terminen ingiriendo jametz. Por ejemplo, en el caso de pegamento elaborado por los escribas para pegar papeles a base de agua y harina, por cuanto que su leudado no llegó a término y no es apto para el consumo humano salvo en caso de gran necesidad, se lo considera “jametz nukshé” el cual está prohibido ingerirlo o retenerlo durante Pesaj por orden rabínica (Mishná Berurá 442:2). Sin embargo, si el pegamento en cuestión cambió de forma, por ejemplo, si ya fue empleado para adherir papeles se lo puede retener. Hay quienes adoptan una actitud más estricta y piensan que si el pegamento sobresale de entre las hojas consideran que no cambió de forma y no lo retienen en Pesaj (Shulján Aruj 459:2).

Asimismo, una masa que había comenzado en ella el proceso de leudado hasta el punto de que alcanzó una coloración platinada, empero no se agrietó su superficie tal como ocurre en el caso del «jimutz completo» se lo considera como «jametz nukshé», y por la ordenanza de los sabios está prohibido comer de ella y dejarla en nuestra posesión en Pesaj (Shulján Aruj 459:2).

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