Pninei Halajá

02. El tiempo de prohibición de jametz de la Torá y el rabínico

Si bien las prohibiciones de jametz aplican principalmente para los siete días de Pesaj, esto es, desde el 15 hasta el 21 del mes de Nisán, la Torá nos ordena eliminarlo de nuestros hogares desde el mediodía del día 14.

De igual manera, la prohibición de ingerir jametz comienza al mediodía del día 14, tal cual está escrito (Deuteronomio 16:2-3): “Y sacrificarás Pesaj para HaShem tu D´s… no comerás con ella pan con levadura”, esto quiere decir que se debe dejar de ingerir jametz desde el momento en el cual se puede ofrendar el sacrificio pascual, o sea, desde el mediodía del 14. Por ello, desde el mediodía de la víspera de la fiesta de Pesaj se prohíbe ingerir jametz incluida la prohibición de la obtención de beneficio de este.

A los efectos de alejar a las personas de una posible trasgresión, los sabios adelantaron en una hora la entrada en vigor de la prohibición de la obtención de beneficio del jametz, y en dos la de ingerirlo pues en un día nublado (cuando se carece de reloj) es fácil errar en los tiempos.

Así se calculan estos horarios: se dividen las horas de luz en doce partes iguales y cada una de estas recibe la denominación de “hora temporal” (“shaá zmanit”). De esto resulta que en las primeras cuatro horas del día 14 aún se permite ingerir jametz y a partir del inicio de la quinta esto estará vedado rabínicamente, pero se podrá todavía obtener beneficio del mismo, por ejemplo, se podrá usar para alimentar con éste una bestia o venderlo a un gentil. Al comenzar la sexta hora la obtención de beneficio queda prohibida rabínicamente y quien olvidó vender los restos a un gentil deberá eliminarlo. Al llegar el mediodía, o sea, al finalizar la sexta hora, queda prohibida por la Torá tanto la ingesta de jametz como la obtención de beneficio del mismo y es menester apresurarse para eliminarlo, y cada hora que pasa sin hacerlo deja sin efecto un precepto positivo (ver adelante 3:6).

Al comenzar la fiesta se incorporan dos prohibiciones más, la de poseer jametz y la de ver el jametz que se posee («Bal Ieraé Ubal Imatzé»). Además, a partir de este momento la prohibición de ingerir se torna más grave, pues quien come jametz a partir del mediodía del día 14 de Nisán es pasible únicamente del castigo de azotes mientras que quien lo hace a partir del inicio de la festividad es pasible del castigo de “Caret”, tal cual está escrito (Shemot-Éxodo 12:15): “Siete días pan ázimo comeréis, empero en el día primero haréis desaparecer la levadura de vuestras casas”.

Una vez concluido Pesaj se permite volver a usar jametz, empero, nuestros sabios prohibieron el jametz que un judío poseyó durante la fiesta, ya que al mantenerlo consigo trasgredió las prohibiciones de no poseer y de no ver el jametz que se posee por lo que nuestros sabios lo vedaron para su ingesta o para la obtención de beneficio. En cambio, el jametz que un gentil poseyó durante Pesaj se puede ingerir y por lo tanto un judío puede adquirirlo para su consumo (Shulján Aruj 448:1-3).

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