Pninei Halajá

05) «HaGomel» en el caso de una parturienta, de mujeres y niños

Una parturienta es considerada como persona enferma y por ello debe recitar «HaGomel» una vez que se recuperó del parto, ya que cada nacimiento reporta para la madre un cierto riesgo, y como prueba de ello se profana el Shabat para atender a una parturienta. Por lo general, una semana después del nacimiento la parturienta suele estar recuperada y puede recitar «HaGomel». A veces, la debilidad resultante del parto se prolonga por treinta días y en un caso así la parturienta habrá de bendecir una vez pasado este lapso.

En muchos lugares las mujeres no repararon en recitar «HaGomel» ya que por cuestiones de recato se sentían incómodas de pararse ante diez hombres y bendecir (Mishná Berurá 219:3). Hay juristas que propusieron que una mujer se pare en la sección de las mujeres en la sinagoga, que su marido recite la bendición y ella responda tras él «Amén» con la intención de cumplir con el deber de bendecir por medio del recitado del esposo (Mishná Berurá 219:17). Sin embargo, hay quienes entienden que el marido no debe recitar la bendición en lugar de su mujer (Beit Iosef) por lo que no se debe seguir esta práctica, siendo entonces la mujer quien se encuentra ante el deber de recitar «HaGomel» por sí misma frente a un «minián».

Por lo tanto, una mujer que debe recitar «HaGomel» deberá acudir al rezo en la sinagoga y avisarle al encargado («gabai») para que este, antes o después del servicio religioso, le señale a la congregación que aguarde en silencio para que la señora en cuestión recite la bendición desde el sitio reservado a las mujeres y la congregación le responda. Si le resulta cómodo, es mejor que asista a un rezo que incluye lectura de la Torá y tras esta que recite «HaGomel». Si se encuentra en un sitio en el cual hay presente un «minián», como en el caso de la parturienta durante el «Brit Milá» («la circuncisión») de su hijo – que recite la bendición ante este quórum y entonces no precisará asistir a la sinagoga.

Según la opinión de muchos juristas, un niño que se salva de un peligro no recita «HaGomel» ya que el texto de la bendición refiere a que HaShem «retribuye bondades a culpables», esto es, que D´s salvó a la persona a pesar de que esta era pasible de o merecía un castigo. En el caso de un menor de edad (trece o doce), este todavía no es pasible de pena por sus malas acciones y si le ocurre una adversidad es en virtud de las transgresiones de sus mayores e incluso por culpa directa de estos que no lo cuidaron como correspondía. Por lo tanto, no es apropiado que el niño diga que sus padres son «culpables» (Maharam Mintz 14, Maguén Abraham, Kneset Haguedolá, Mishná Berurá 219:3). Si bien hay juristas que entienden que un niño que llega a la edad a partir de la cual debe ser instruido en los preceptos debe recitar «HaGomel» (Lajmei Todá, Birjei Iosef, Jazón Ovadiá), dado que esto resulta dudoso o es objeto de debate – no habrá de bendecir (Ben Ish Jai, Kaf HaJaím 2).

Libros de Pninei Halajá a precios especiales

Índice de halajot en el capítulo

Índice de capítulos

Conjunto de libros Peninei Halajá en español /11 volúmenes
Ordenar ahora
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.