Pninei Halajá

08) Quien se salva de un peligro o de un accidente

Los sabios mencionaron cuatro personas que deben recitar «HaGomel»: los que navegaron, los que atravesaron un desierto, un enfermo que sanó y un recluso que fue liberado (Talmud Babilonio Tratado de Berajot 54(B)). Los juristas debatieron respecto de si aquella persona que se salvó de otros peligros tales como ser atacado por maleantes o por terroristas en la ciudad, o a quien se le derrumbó encima un muro, o si se salvó de un incendio, debe también recitar o no «HaGomel».

Hay quienes opinan que no debe recitar «HaGomel», porque esta bendición fue instituida solamente para los cuatro tipos de peligro antes mencionados (Rabí David Abudarham en nombre de Rabí Guershón). La opinión mayoritaria de los juristas es que toda persona que se salva de un peligro debe agradecer a D´s recitando «HaGomel» (Rambán, Meiri, Rabí Ieshaiahu ben Eliahu de Trani, Rabí Itzjak Bar Sheshet, Tashbetz y otros). Así actúan en la práctica los judíos de origen ashkenazí, algunos de los sefaradíes y de los judíos orientales (Mishná Berurá 219:32, del Yemen – Shtilei Zeitim 16, de Argelia – Responsa Beit Iehudá Aiash 6, de Turquía – Emet LeYa´akov y Responsa Lev Jaím Palagi 3:53, de Marruecos – Shemesh Umaguén III Oraj Jaím 63:10).

Según la costumbre de parte de los sefaradíes, por cuanto que el tema es objeto de debate, todo aquél que se salva de un peligro que no está incluido en las cuatro categorías que mencionan los sabios en el Talmud recitará «HaGomel» sin mencionar el Nombre Divino («Leló Shem Umaljut») (Shulján Aruj 219:9, Kaf HaJaím 52, Yalkut Iosef 29). Consideramos que una persona que sufre un accidente de tránsito o es víctima de un atentado y se salva, incluso según esta tradición debe recitar «HaGomel», ya que el peligro acaeció estando en el camino y en virtud de lo ocurrido este se tornó peligroso para la persona, y los viajeros que transitan por caminos riesgosos están incluidos en las cuatro categorías originales. Lo mismo ocurre con quien es picado por una víbora peligrosa – se lo considera como una persona enferma que se curó y según todas las opiniones deberá bendecir por haberse salvado.

El establecer si el accidente o el atentado implicaron o no riesgo de vida depende de la opinión mayoritaria de las personas razonables, tal que si estas consideran que hubo riesgo – se habrá de bendecir. Por el contrario, si consideran que no hubo riesgo – no se habrá de bendecir, aunque la persona haya sentido gran temor. Por ello, por ejemplo, quien pasó junto a una serpiente o quien no prestó atención y estuvo a punto de ser atropellado, dado que en la práctica no entró en situación de riesgo – no habrá de bendecir. En caso de duda, por ejemplo, si se sufrió un accidente mediano – la sensación subjetiva de la persona es la que determina, y si se sintió en riesgo – habrá de bendecir, y si no – no lo hará.

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