Pninei Halajá

03 – Reglas relativas a las labores

01 – El motivo por el cual se prohíbe la realización de labores en Yom Tov

Tanto Shabat como las festividades son días sagrados en los que está prohibido realizar labores, pues en ellos nos elevamos por encima de las limitaciones de este mundo, con sus yerros e imprecaciones que llevan al ser humano a esforzarse con trabajos duros para asegurar su existencia y obtener su sustento.

En un inicio, cuando HaShem creó a Adám no tuvo la intención de que este tuviese que esforzarse y trabajar duro para su manutención (Talmud Babilonio Tratado de Kidushín 82(B)), ya que por medio del apego a D´s que es el origen de toda vida, el sustento humano debería ser accesible sin mediar esfuerzo. Una vez que Adám pecó e ingirió del árbol del conocimiento del bien y del mal y fue expulsado del Edén, la tierra fue maldita para él y le fue decretado que de ahí en más su sustento se lograría por medio del agotamiento y la angustia, tal como está escrito (Bereshit-Génesis 3:17-19): «Maldita será la tierra para ti, comerás de ella con sufrimiento todos los días de tu vida. Espinas y abrojos te dará, y comerás de las hierbas del campo. Con el sudor de tu frente comerás pan hasta que regreses a la tierra…». Por medio del trabajo pesado que le fue decretado para obtener su sustento, Adám corrige paulatinamente su pecado. Empero, por otra parte, a raíz del trabajo pesado el ser humano corre el peligro de sumirse en el mundo material y olvidar que posee un alma elevada. Por ello, HaShem nos otorgó días sagrados en los cuales nos elevamos trascendiendo el pecado y la maldición que nos obligan a trabajar en aras de nuestro sustento.

Existe no obstante una diferencia entre Shabat y las festividades ya que en el primero toda labor está prohibida, tal como está escrito (Shemot-Éxodo 20:10): «Y el día séptimo es Shabat para HaShem tu D´s no harás labor alguna«, mientras que respecto de Yom Tov las labores asociadas a la preparación de alimentos a ser ingeridos en el día están permitidas (tal como se explicará a continuación).

En Shabat ascendemos a un nivel muy elevado de la fe, y a partir de la comprensión de que todo está en manos de D´s nos anulamos ante la conducción Divina y cesamos de toda labor, para que todas nuestras energías se dediquen únicamente a la recepción del bien que HaShem nos prodiga. El alma se dedica al estudio de la Torá y al rezo, así como el cuerpo a la alimentación y al descanso. Por otra parte, la festividad se encuentra en un nivel más cercano a nosotros y expresa nuestra misión en la reparación del mundo.

También en el Edén, durante el Shabat Adám debía elevarse hacia una cesación absoluta de toda labor, al tiempo que los días festivos se asemejan más a los seis días de la semana que existen en el paraíso, los cuales D´s adjudicó para la labor humana, para hacerlo partícipe de la corrección del mundo y su mantenimiento, tal como está escrito (Bereshit-Génesis 2:15): «Y tomó HaShem Elokim a Adám y lo colocó en el Edén para trabajarlo y cuidarlo«. Allí, toda su labor debía ser realizada de manera apacible y alegre, y el resultado de esta se percibía de inmediato, ya que por su intermedio el mundo se perfeccionaba. En correspondencia con esa realidad, en Yom Tov está permitido preparar alimentos, ya que esta es una ocupación amena que genera alegría.

Si bien el Shabat es más sagrado que Yom Tov, ya que en este día no se realiza labor alguna, la alegría de la festividad es mayor que la sabática, dado que la santidad del Yom Tov se halla más próxima a nosotros.  Más aún, por el mérito del pueblo de Israel las festividades son consagradas, por lo que corresponde que en estos días esté permitido realizar labores destinadas a las comidas festivas del pueblo judío.

Dado que Yom Tov es un día común transformado por el pueblo de Israel en sagrado (1:3), su influencia sobre los días de la semana es más notoria. Y esto se debe a que la cesación de labores en el día de Shabat no tiene por cometido encauzar a los seis días hábiles, sino que estos se elevan por sí mismos en virtud de la santidad sabática. En el caso de los días festivos que acontecen en días hábiles, estos están más ligados al mundo de la acción, durante los cuales agradecemos al Creador por la bendición que ha derramado sobre nuestro hacer, y en razón de ello dirigimos nuestro trabajo y reconsideramos nuestra misión en el mundo. Sobre esto, nuestros sabios dijeron que los días festivos son días de juicio sobre nuestras acciones, ya que en virtud de nuestro esmero habremos de ser prodigados con bendición (ver arriba 1:2).

Por medio de la realización de las labores permitidas en Yom Tov – las cuales están destinadas a generar alegría en el cumplimiento de los preceptos -podremos depurar todas las labores que realizamos en los días comunes. El ser humano materialista se halla amarrado por los lazos del pecado del primer Adám, y precisa trabajar arduamente para obtener productos suntuarios que espera le produzcan alegría, cuando en realidad no lo alegran. Así continúa en su afán por obtener más y más posesiones transformándose en un esclavo de sus pasiones y de su trabajo esforzado. Sin embargo, quien tiene el mérito de alegrarse con la santidad de Yom Tov, con el estudio de Torá y las comidas festivas, no requiere de productos suntuarios, pues se siente feliz con la porción que le tocó en suerte. Una persona así no es esclava de su trabajo, sino que ve su valor intrínseco y su provecho obteniendo de este satisfacción y bendición.

02 – Las labores que fueron permitidas en Yom Tov

En Shabat todas las labores están prohibidas, tal como está escrito (Shemot-Éxodo 20:10): «Y el día séptimo es Shabat para HaShem tu D´s no harás labor alguna«, mientras que en Yom Tov una labor destinada a preparar alimentos a ser ingeridos en el día está permitida, tal como está escrito (ídem 12:16): «Convocatoria sagrada tendréis, en ella no se hará labor alguna, salvo únicamente aquello que habrán de comer todas las personas, solamente esto se hará para vosotros«. Asimismo, está escrito (Vaikrá-Levítico 23:7): «Convocatoria sagrada tendréis, ninguna obra de trabajo habréis de hacer (melejet avodá)». De aquí se desprende que solamente se prohíbe la «obra de trabajo», empero una labor que la persona realiza común y habitualmente en su hogar para la preparación de alimentos – está permitida (Rambán allí).

Por lo tanto, está permitido amasar y hornear jalot y pasteles o tortas. Asimismo, se puede también cocinar pescado, carne, frutas, verduras y demás alimentos. De igual manera, se permite faenar animales y aves para las necesidades alimentarias del día. Se permite subir o bajar la intensidad del fuego con la finalidad de cocinar u hornear. Se puede también transportar alimentos de un dominio a otro.

Sin embargo, está prohibido segar la cosecha de cereales en el campo, realizar la vendimia en los viñedos, trillar espigas, airear granos, limpiar la cosecha de tierra y piedras, moler la cosecha, atrapar animales, peces o aves; exprimir uvas para elaborar vino o prensar aceitunas para obtener aceite – ya que todas estas son «obras de trabajo» prohibidas en Yom Tov. Una señal de que se trata de una obra de trabajo es si por lo general es realizada por medio de obreros y si de una sola vez se preparan grandes cantidades para muchos días y con uso comercial. Por el contrario, las labores permitidas para la preparación de alimentos (ojel nefesh) son aquellas que la persona acostumbra realizar en su hogar para sus necesidades diarias.

Es importante destacar que las labores consideradas «obras de trabajo» están prohibidas en Yom Tov aunque se realicen fácilmente y a los efectos de comer en el día. Por ejemplo, está prohibido arrancar unas pocas frutas del árbol del jardín para la comida festiva, así como también se prohíbe pescar un pez del estanque de peces que posee en su patio con el mismo propósito. Sin embargo, los juristas debatieron respecto de la gravedad de esta prohibición: algunos sostienen que cuando estas labores se realizan con la finalidad de proveer de alimentos para la comida festiva, no pende sobre estas la prohibición de la Torá y los sabios las vedaron porque una persona corre el riesgo de pasar mucho tiempo realizándolas al punto de esforzarse de sobremanera el día entero, haciendo de su Yom Tov un día común y dejando sin efecto tanto el estudio de Torá como la alegría de la comida festiva. Además, dado que este tipo de labores suelen realizarse con el objetivo de obtener alimentos para muchos días, se teme que si se permiten para Yom Tov las personas se equivoquen y las efectúen con la finalidad de abastecerse por períodos prolongados transgrediendo así la prohibición de la Torá (Rambám, Rosh, Rabenu Nisim, Shulján Aruj 495:2). Otros juristas entienden que de todas maneras estas labores están prohibidas por la Torá pues esta autorizó únicamente aquellas cuyo principal objetivo es la preparación de alimentos para el mismo día, mientras que aquellas que sirven para elaborar alimentos para muchos días las prohibió (Rashí, Rambán, Sefer Mitzvot Gadol, y esto se entiende del Talmud Jerosolimitano Tratado de Beitzá 1:10).

En resumen, se autorizaron siete labores destinadas a la preparación de comida para Yom Tov (ojel nefesh) y estas son: 1) Amasar; 2) Hornear y cocinar; 3) Faenar; 4) Desollar; 5) Transportar; 6) Encender y 7) Apagar fuego. Nuestros sabios limitaron el permiso de encender y apagar fuego (adelante 5:1-2).

Hay labores que mientras son realizadas en su modo habitual y casero están permitidas, mas cuando se realizan de un modo comercial están prohibidas. Estas son: 1) Moler (adelante 4:2); 2) Seleccionar (adelante 4:4-5); 3) Apilar (ver Shulján Aruj 501:3).

Hay labores por medio de las cuales se preparan alimentos y están absolutamente prohibidas. Estas son: 1) Segar; 2) Trillar – en el marco de esta labor se prohíbe también desgranar y exprimir (adelante 4:1); 3) Aventar; 4) Cazar. Sin embargo, las prohibiciones rabínicas que fueron establecidas como limitantes para la realización de labores fueron a veces permitidas para la preparación de alimentos (ojel nefesh) (ver adelante 7:3).

03 – La regla de Mitoj

Una regla fundamental en todo lo concerniente a las labores permitidas para preparar alimentos (ojel nefesh), es que una vez que fueron permitidas (mitoj) para este menester, lo son también para otros propósitos. Por lo tanto, una vez que la Torá permite realizar una labor determinada para preparar alimentos su intención no fue la de permitirla únicamente para esa finalidad sino también para preparar otras cuestiones de las cuales podemos disfrutar en Yom Tov. Aquello que está escrito (Shemot-Éxodo 12:16): «Salvo únicamente aquello que habrán de comer todas las personas, solamente esto se hará para vosotros«, refiere a que solamente las labores permitidas en Yom Tov para preparar alimentos para el día fueron autorizadas para los demás menesteres festivos, empero labores que no están destinadas a la preparación de alimentos no fueron permitidas. Tal como está escrito (Vaikrá-Levítico 23:7): «no haréis obra de trabajo (melejet avodá) alguna«, una labor que se suele realizar a los efectos de ganarse el sustento fue prohibida en Yom Tov, empero labores que una persona suele realizar diariamente en su hogar a los efectos de preparar sus alimentos no son consideradas «de trabajo» y están permitidas incluso para otros menesteres festivos que tiene una persona en Yom Tov (Talmud Babilonio Tratado de Beitzá 12(A), Shulján Aruj 518:1, Mishná Berurá 1).

De un modo más detallado podemos decir que, así como se permitió la labor de «transportar» (Hotzaá) de un dominio a otro con el objeto de preparar la comida festiva, esto es, se permitió llevar alimentos y utensilios de un lugar a otro para el banquete de Yom Tov, de igual manera se permitió para otras cuestiones de las que una persona disfruta en la festividad. Por lo tanto, se pueden transportar libros y vestimentas, y también se puede salir a pasear por el dominio público con un bebé sentado en su carriola o cochecito (Shulján Aruj 518:1, ver adelante 6:1, 6:3).

Lo mismo ocurre respecto al «encendido de fuego» (Hav’ará). Así como se permitió encenderlo a los efectos de cocinar y hornear para Yom Tov, de igual manera se permite hacerlo para otros menesteres de los cuales la persona disfruta en la festividad. Por ello, se permite encender una vela para iluminar y un horno para calefaccionar la casa en días fríos (Shulján Aruj 511:1, 514:5, ver adelante 5:3).

Otro tanto ocurre con la labor de «cocinar» («Bishul»), así como está permitido hacerlo para la comida festiva, de igual manera se permite también calentar agua para lavarse las manos o lavar los platos (Shulján Aruj 511:2).

04 – El permiso de realizar labores es sólo para Yom Tov

Todas las labores que fueron autorizadas en Yom Tov, fueron permitidas para los menesteres festivos, pero según la Torá está prohibido realizar en Yom Tov labores para los menesteres de los días comunes. Por lo tanto, quien cocina poco antes de que concluya el Yom Tov de modo tal que el platillo preparado no habrá de estar listo para su ingestión durante la festividad – transgrede una prohibición de la Torá, ya que cocinó en Yom Tov para los días de la semana. Si esa comida en cuestión estará lista para su ingestión antes de la conclusión de la festividad – no se habrá transgredido la prohibición de la Torá, ya que en caso de que llegaran invitados podrían comerlo en Yom Tov, por lo que no se tiene la certeza de que lo cocido sea para los días de la semana. Sin embargo, dado que se tenía la intención de que lo cocinado sea para la semana – se habrá transgredido una prohibición rabínica (Talmud Babilonio Tratado de Beitzá 17(A), Rabá BePesajim 46:2, Shulján Aruj 503:1).

Está también prohibido cocinar en Yom Tov para Shabat, empero los sabios permitieron hacerlo por medio de un Eruv Tavshilín (lit. «Fusión de comidas o platillos») tal como se explicará adelante (8:1).

Está también prohibido realizar en Yom Tov acciones para la semana o para Shabat que conlleven esfuerzo, aunque no impliquen la realización de labores, tal como poner la mesa y lavar platos (tal como se explica en Pninei Halajá Shabat 22:15-16).

Quien desee preparar milanesas o schnitzel para la comida festiva puede preparar de más para asegurarse que no falte y el sobrante podrá ingerirse al día siguiente. Sin embargo, está prohibido preparar a priori porciones para que queden para el día siguiente.

Quien desee calentar agua para beber un vaso, puede llenar una olla para que quede agua caliente para la noche. Asimismo, quien desee cocinar puede preparar una olla grande para que le sobre alimento para la noche, por cuanto que al colocarla sobre el fuego de una vez – no está prohibido agregar comida. En un caso así deberá cuidar de no decir que agrega alimentos para que quede para los días de la semana. Una vez colocada la olla sobre el fuego estará prohibido agregar cualquier cosa para los días de la semana (Shulján Aruj 503:2, Mishná Berurá 15).

En el caso de un platillo que se sabe que agregarle más carne o pescado mejora su sabor, aunque ya haya sido puesto sobre el fuego – estará permitido hacerlo. Si bien la intención central es la de ingerir estos trozos agregados durante la semana – se permite agregar porque en la práctica se desea el mejoramiento del platillo para su ingestión en Yom Tov (Shulján Aruj 503:1, Mishná Berurá 6) (Ver adelante 8:5 respecto del caso de quien olvidó colocar «Eruv Tavshilín», qué alimento le está permitido agregar a la olla en Yom Tov).

05 – Cocinar para quienes no están preceptuados

Las labores permitidas en Yom Tov fueron autorizadas para cumplir con el precepto de la alegría festiva, por lo tanto, se puede cocinar para judíos ya que están preceptuados de alegrarse en ese día, mas no se podrá para gentiles o para animales por no estarlo. Tal como está escrito (Shemot-Éxodo 12:16): «Salvo únicamente aquello que habrán de comer todas las personas, solamente esto se hará para vosotros«, lo cual fue explicado por nuestros sabios: ‘Para vosotros y no para gentiles, para vosotros y no para animales’. Por ello nuestros sabios dijeron que es mejor invitar gentiles a una comida sabática pues no se teme que se cocine para ellos, ya que en Shabat no se cocina. Empero está prohibido invitar gentiles a una comida de Yom Tov, no sea que se termine cocinando para ellos (Talmud Babilonio Tratado de Beitzá 21(B)).

Si un gentil viene a lo de un judío sin haber sido invitado, en caso de llegar después de que la comida fue preparada se le puede ofrecer sumarse a la mesa, pues no hay peligro de que se cocine de más para él. Y aunque se trate de una persona importante, dado que llegó sin invitación previa y ya se terminó de preparar la comida, mientras el judío no le insista que se quede a comer – no se teme que se cocine de más para él (Shulján Aruj 512:1, Turei Zahav 42:10).

En el caso de un sirviente gentil que habita en la casa de un empleador judío, este último puede invitar al primero a sumarse a la comida festiva y antes de colocar la olla sobre el fuego puede agregar alimentos para este. Esto obedece a que, dado que es su sirviente, el judío no se ha de preocupar tanto por honrarlo y no se teme que transgreda por este una prohibición, o sea, no se teme que una vez que la olla ya esté sobre el fuego el judío agregue alimentos para el gentil (Ramá 512:1, Mishná Berurá 11).

Por medio de un decreto, nuestros sabios equipararon el estatus de quien profana el Shabat públicamente con el de un gentil para quien está prohibido cocinar en Yom Tov (Mishná Berurá 512:2). Los juristas de las últimas generaciones dictaron que este decreto aplica en la actualidad únicamente para aquel judío que profana públicamente el Shabat con ánimo de provocación. Empero, un judío secular común que no observa Shabat sin intención provocativa alguna, se asemeja a todos los demás judíos que transgreden preceptos y está permitido cocinar para él en Yom Tov (Pninei Halajá Shabat 1:15).

Está prohibido cocinar para animales, pero, tal como aprendimos en la halajá anterior, quien cocina para sí, antes de colocar la olla sobre el fuego puede agregar más alimentos para los animales que están bajo su responsabilidad (Shulján Aruj 512:3). El resto de las reglas referentes a la alimentación de animales se asemeja a las de Shabat (Pninei Halajá Shabat 20:3).

06 – Apropiado al gusto mayoritario

Los alimentos que se permitió preparar en Yom Tov destinados a la alimentación de las personas (ojel nefesh) y demás placeres del día festivo, fueron autorizados con la condición que los mismos agradan o son apropiados al gusto mayoritario de las personas. Aquellos platillos que solamente personas muy excéntricas o enfermas suelen disfrutar no está permitido prepararlos, tal como está escrito (Shemot-Éxodo 12:16): «Salvo únicamente aquello que habrán de comer todas las personas, solamente esto se hará para vosotros«. No es necesario que todas las personas estén habituadas a ingerir el alimento en cuestión y alcanza con que la mayoría de estas se alegre de disfrutarlo cuando esto les resulta posible. Por lo tanto, si bien pocos son quienes logran atrapar o cazar un ciervo y disfrutar de su carne, dado que la mayoría de las personas estarían contentas de poder ingerirla, su faena es considerada una necesidad acorde al gusto mayoritario. Asimismo, se permite sazonar los alimentos con especias costosas que la mayoría de las personas no alcanza a adquirir, pues la mayoría estarían contentas de poder condimentar con ellas sus platillos.

Sin embargo, está prohibido colocar especias sobre brasas para perfumar la casa o prendas de vestir sobre ellas colgadas ya que la mayoría de las personas, aun teniendo la posibilidad, no lo hacen. Entonces, colocar fragancias aromáticas sobre las brasas de esta manera está prohibido por la Torá porque transgrede las prohibiciones de encender y apagar fuego (Talmud Babilonio Tratado de Beitzá 22(B), ídem Ketuvot 7(A), adelante 5:10).

07 – Se permite cocinar más de lo estrictamente indispensable

Si bien se puede cumplir con el precepto de la comida festiva con un solo guiso o comida, quien desee cumplir con excelencia el mandato de la alegría de Yom Tov, puede cocinar manjares varios, tal como se suele hacer para las más refinadas comidas.

Quien prefiera comer jalot calientes recién salidas del horno, aunque ya posea otras horneadas el día anterior, puede hornear nuevas en Yom Tov (Mishná Berurá 506:37). Dado que en Yom Tov está prohibido encender un fuego nuevo, se prohíbe encender el horno, por lo que el modo de activarlo es por medio de un timer (reloj de Shabat) que esté programado desde antes de la festividad (ver adelante 5:7).

En Yom Tov se permite preparar alimentos cuya elaboración requiera un ingente esfuerzo, como el caso de pastas rellenas hechas a partir de una masa fina que requirió de gran amasado. Asimismo, se permite también cocinar frutas para darles mayor sabor, a pesar de que se las podría ingerir crudas. De igual manera, se permite realizar esfuerzos importantes destinados a la elaboración de un platillo con la intención de potenciar su sabor o su aroma.

Quien desee sumergir jalá en una salsa elaborada a partir de un guiso cárnico, puede cocinar este platillo en Yom Tov aunque sólo desee la salsa ya que no tiene la posibilidad de prepararla de otro modo.

Dado que está prohibido encender un fuego nuevo en Yom Tov, previo al comienzo de la festividad se enciende una vela de la cual se tomará el fuego necesario para encender la hornalla destinada a cocinar. Si tras haber cocinado se desea apagar la hornalla, esto se realiza de un modo tal que ocurra por sí mismo (grama) o por medio de un dispositivo que limita el gas y se explicará más adelante (5:5).

08 – Alimentos que pudieron haber sido preparados en la víspera de Yom Tov

El fundamento del permiso para realizar labores en Yom Tov radica en que estas tienen por cometido preparar alimentos sabrosos que alegren la fiesta. Esto se debe a que no es igual el sabor del pan que sale caliente del horno y el de aquel que fue horneado el día anterior. No se asemeja el sabor de una milanesa o schnitzel frito o de papas al horno que se preparan en el día con el de aquellos preparados el día anterior. También los guisos que fueron cocidos en el día saben mejor que los cocidos el día anterior. Dado que se permite preparar alimentos en Yom Tov para intensificar así la alegría festiva, no es necesario tratar de prepararlos en el día de la víspera. Asimismo, se permite también cocinar en la noche de Yom Tov para la cena festiva a pesar de que si los alimentos hubiesen sido cocinados en la víspera poco antes de comenzar la festividad los platillos sabrían prácticamente igual de bien. Esto obedece a que no se diferencia entre las comidas, y todo alimento cuyo sabor es mejor si es preparado contiguamente a la festividad – está permitido cocinarlo en Yom Tov. Incluso hoy día que poseemos refrigeradores que nos permiten mantener lo cocido u horneado en buen estado, el permiso de cocinar en Yom Tov se mantiene en pie ya que los alimentos mismos, de no mediar la influencia exterior de diversos aparatos o utensilios, saben mejor si son cocinados poco antes de la comida festiva.

Todo esto se refiere a alimentos cuyo sabor se ve perjudicado en cierto grado si son cocinados el día anterior, empero aquellos cuyo sabor no empeora con el pasar de un día – deben ser preparados en la víspera de la festividad. Por ejemplo, quien desee comer helado o frutas cocidas (compota) en Yom Tov, dado que su sabor no se estropea en absoluto – deben ser preparados en la víspera de la festividad. En caso de no haber preparado estos platillos en la víspera de Yom Tov – podrá hacerlo durante la festividad, empero mediando alguna modificación (shinui). Este cambio no tiene que ser de magnitud, ya que su cometido es el de recordarnos que el día es festivo y evitar que realicemos labores prohibidas (Levush 504:1). Por ejemplo, si alguien acostumbra preparar los alimentos sobre una determinada mesa, podrá realizar un cambio extendiendo sobre esta un mantel o una bandeja y cocinar sobre ellos. Quien no pudo preparar estos alimentos en la víspera de Yom Tov por causas de fuerza mayor podrá prepararlos en Yom Tov sin que medie cambio alguno (Mishná Berurá 495:10, Shaar Hatziún 8).

Esta es también la norma a aplicar respecto de la labor de seleccionar (Borer) o las otras labores permitidas con la finalidad de preparar alimentos para la comida festiva (ojel nefesh), todo aquello que se pueda realizar en la víspera de Yom Tov sin que implique afectar el alimento – debe ser hecho entonces. En caso de no haberse realizado la labor en cuestión en la víspera de Yom Tov – se permite realizarla en Yom Tov por medio de un cambio (shinui).

09 – Utensilios destinados a la preparación de alimentos para la comida festiva

Según la norma básica, se permite reparar en Yom Tov utensilios necesarios para la preparación de alimentos para la comida festiva. Empero, en la práctica, por efecto de la confluencia de diferentes motivos, casi no existe circunstancia en la cual esto se permita. En primer lugar, cuando pudo ser posible repararlo en víspera de Yom Tov, quedará prohibido por la Torá hacerlo una vez iniciada la festividad (Talmud Babilonio Tratado de Beitzá 28(B)). En segundo término, según la opinión de algunos juristas (Rabí Zerajiá Haleví y Rabenu Nisim), el permiso existe en caso de que la reparación del utensilio fuese parcial, empero una reparación completa se prohíbe, y en muchos casos es difícil establecer cuándo esta es completa y cuándo parcial. Por ejemplo, se debatió respecto del afilado de cuchillos, y en opinión de muchos esto está prohibido porque se considera elaborar un utensilio completo (Shulján Aruj 509:2). En tercer lugar, cuando la reparación no es indispensable ya que los alimentos pueden ser preparados, no sin cierta dificultad, sin efectuar la reparación – se prohíbe reparar el utensilio por tratarse de un esfuerzo o molestia no forzosamente necesaria (Ramá 509:1). En cuarto lugar, se permite reparar únicamente un utensilio que sirva para la preparación de alimentos para la comida festiva pero no un «utensilio de utensilios». Por ejemplo, está prohibido enderezar una llave para abrir un depósito que contiene alimentos, porque esta no es un utensilio que prepara directamente los alimentos sino una herramienta que permite llegar hasta ellos.

Además, también en los casos en los que resultaba claro que se podía reparar un utensilio para la preparación de alimentos para la comida festiva los sabios solían no autorizarlo, no sea que al facilitar la reparación de utensilios que no pudieron ser reparados en la víspera de Yom Tov se termine reparando utensilios que sí podían haber sido reparados en ese momento transgrediendo así una prohibición de la Torá (Talmud Babilonio Tratado de Beitzá 28(B), Ramá 509:1). Por lo tanto, quien estudia la halajá según el orden prioritario establecido y sabe cuándo esto está permitido – puede actuar según lo estudiado. Empero quien acude a consultar por esta cuestión sin haber estudiado la totalidad de la halajá relevante al caso – no se le autoriza hacerlo, no sea que en virtud del permiso obtenido adopte una actitud permisiva en cuestiones prohibidas.

Sin embargo, cuando la reparación resulta indispensable para la preparación de alimentos destinados a la comida festiva, los sabios indicaron explícitamente que se debe adoptar una actitud flexible (Rambán). Por lo tanto, permitieron rastrillar el revoque o cal que cayó al horno y provoca que se chamusque el pan o lo que se esté asando en su interior, a condición de que el dueño del horno no lo pudo haber hecho en víspera de Yom Tov tanto sea porque el revoque cayó una vez iniciada la festividad o porque no se había percatado de ello en el día de la víspera (ídem Beitzá 28(B), Shulján Aruj 507:4). Tal como parece, los sabios entendieron que la autorización en este caso resulta comprensible y no se teme que se deduzca a partir de ellos un permiso para acciones prohibidas.

10 – La kasherización de utensilios en víspera de Yom Tov

Está prohibido kasherizar en Yom Tov un utensilio que quedó fuera de uso, ya sea porque absorbió conjuntamente sabores de carne y leche o bien el sabor de carne no kasher. No cambia si la absorción tuvo lugar en una olla por medio de líquido cuya kasherización es por inmersión en agua hirviendo («hag´alá») o si la absorción tuvo lugar por medio del fuego como en el caso de una bandeja o molde de horneado o una brocheta cuya kasherización requiere de un calor intenso (libún jamur) – en todos los casos está prohibido kasherizar los utensilios porque esta acción se asemeja a su reparación (Shulján Aruj y Ramá 509:5). Empero, si no se pudo kasherizar el utensilio en cuestión antes de Yom Tov, en caso de necesidad se permite hacerlo en la festividad tal como en el caso de la reparación de un utensilio empleado para la preparación de alimentos para la comida festiva. Sin embargo, esta directriz no se imparte al público en general, no sea que adopten una actitud flexible en otras cuestiones para las cuales no existe autorización (Mishná Berurá 509:24 y 26).

Como es sabido, utensilios de comida que pertenecen a un gentil y pasaron a posesión de un judío deben ser sumergidos en la mikvé y mientras no se los haya sumergido, no se permite comer con ellos. Los sabios medievales debatieron respecto de si se los puede sumergir en Shabat o en Yom Tov. Hay quienes lo prohíben porque esta acción se asemeja a la reparación de un utensilio (Rosh) y hay quienes lo permiten porque esta acción no implica una completa reparación, ya que a posteriori, si se usan los utensilios sin haber sido sumergidos – la ingestión del alimento está permitida (Rif). En la práctica, si hay en el lugar un gentil de confiar, es correcto obsequiarle el utensilio y pedirle luego permiso para usarlo, ya que un utensilio que es propiedad de un gentil no requiere de inmersión para su uso (Pninei Halajá Shabat 22:6).

Sin embargo, cuando no hay un gentil, la discusión queda en pie. Empero en el caso de Yom Tov, incluso los juristas estrictos coinciden en que por el requerimiento halájico, de no haber posibilidad de sumergir el utensilio en cuestión en la víspera de la festividad – está permitido hacerlo una vez iniciada esta, pues ya estudiamos que está permitido reparar en Yom Tov utensilios destinados a la preparación de alimentos para la comida festiva. Empero en la práctica, según la opinión de quienes prohíben sumergir utensilios en Shabat – tampoco se le ha de autorizar hacerlo en Yom Tov a quien se acerca a consultar no sea que no entienda cabalmente los límites del permiso y se equivoque, permitiéndose así acciones prohibidas (Maguén Abraham, Eliah Rabá, Mishná Berurá 509:30).

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