Pninei Halajá

8 – Lámparas eléctricas.

Tras el descubrimiento de la electricidad, surgió el interrogante de si es posible encender velas de Januca con focos eléctricos. De hecho, la opinión de la mayoría de los juristas, es que no se cumple con el precepto con lámparas eléctricas, ya que no se consideran velas y no tienen ni aceite ni mecha. Además, por cuanto que su luz es muy fuerte, pueden ser consideradas antorchas y no velas. El Rav Kuk -de bendita memoria- escribió que dado que la electricidad no se había aún descubierto en los días en que los sabios establecieron el precepto, no se puede considerar a los focos como uno de los aceites o mechas permitidos (Mitzvot Raiá Oraj Jaím 673).

Sin embargo, en lo referente a las velas de Shabat, la mayoría de los juristas opinan que en caso de necesidad, se puede cumplir con el precepto y recitar la bendición correspondiente, con el encendido de lámparas eléctricas, pues el cometido principal de las velas sabáticas es iluminar. Por el contrario, las velas de Januca tienen por cometido recordar el milagro y por lo tanto corresponde que sean similares a las que ardieron en el Templo. La lámpara eléctrica no se parece a una vela y por lo tanto no es apta para el encendido en Januca.

Sin embargo, en caso de que la persona carezca de una vela apta, puede encender un foco eléctrico sin recitar bendiciones y de esa manera recuerda el milagro, y según la opinión de algunos sabios inclusive cumple formalmente con el precepto.

Hay quienes acostumbran a emplazar «janukiot» grandes en sitios públicos y encienden lámparas eléctricas que se divisan desde lejos, y si bien no se cumple de esta manera con el precepto dispuesto por nuestros sabios, tiene la virtud de que publicita el milagro de Januca.

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