Pninei Halajá

03- La prohibición rabínica de realizar una labor de a dos o de una manera diferente a la habitual («shinui«).

Tal como ya vimos en el inciso 1, la Torá nos prohíbe realizar en Shabat una labor de manera habitual o tal como los artesanos la llevaban a cabo en el Tabernáculo, de acuerdo a lo escrito en la Torá (Shemot 35.33): «para realizar toda labor planificada» («melejet majshevet«). Empero si realizó la labor casual o descuidadamente («keleajar iad«) esto es, de un modo diferente al habitual («beshinui«) no trasgredió la prohibición de la Torá y por ende no es pasible de pena. De acuerdo a esta idea, podríamos suponer que se pueden realizar en Shabat todas las labores de un modo no habitual. Empero, lo sabios levantaron un cerco protector en torno a los preceptos de la Torá y prohibieron la realización de labores de modo no habitual. Por ejemplo, quien transporta un objeto del dominio privado al público de la manera en como se acostumbra a transportar, sea con la mano o en su seno o regazo, trasgrede la prohibición de  la Torá. En cambio, si transporta el objeto de una manera diferente a la habitual, como por ejemplo, con el pie, la boca, el codo, la oreja o su cabello – trasgrede únicamente una prohibición rabínica (Tratado de Shabat 92(A)). Quien acostumbra a escribir únicamente con la mano derecha, al hacerlo en Shabat trasgrede una prohibición de la Torá; mientras que si lo hace con la mano izquierda trasgrede una prohibición de origen rabínico (Talmud Babilonio Tratado de Shabat 103(A), ver adelante cap. 18 inciso 2). Quien corta sus uñas con tijeras trasgrede una prohibición de la Torá, mientras que quien lo hace con sus manos o dientes trasgrede una prohibición rabínica (Tratado de Shabat 94 (B), ver adelante cap. 14 inciso 2).

Si dos personas participan conjuntamente de la realización de una labor que puede ser realizada por cada uno de ellos por separado, como por ejemplo, tomar juntos una pluma y escribir, no trasgreden una prohibición de la Torá. Esto se debe a que está escrito (Vaikrá 4:27): «Y si un alma cualquiera del pueblo pecare por error haciendo algo que el Eterno prohibió hacer e incurriendo así en culpa» lo cual es interpretado por nuestros sabios (Talmud Babilonio Tratado de Shabat 92(B)) de la siguiente manera: ‘haciendo’ implica que incurre en culpa aquél que realiza la labor en su totalidad y no sólo una parte de la misma. Es así que cuando dos personas realizan conjuntamente una labor, cada uno hizo sólo una parte de la misma. Empero, si realizan una labor que ninguno de los dos puede hacerla solo, como por ejemplo, transportar un mueble de un dominio a otro, ambos trasgreden la prohibición de la Torá. Si uno de los dos puede cargar solo el mueble y su amigo no, el que puede hacerlo trasgrede la prohibición de la Torá, y el otro que no puede cargarlo solo – trasgrede una prohibición rabínica (Rambám 1:15).

La diferencia entre una prohibición de la Torá y una rabínica radica en que en caso de duda respecto de la primera se adopta la postura más estricta, mientras que en caso de duda de la segunda se puede optar por la opción más flexible. En caso de gran necesidad, cuando surge la duda respecto de si una acción determinada está permitida o no, se la puede realizar de un modo diferente al habitual («beshinui«) pues de esta manera se transforma en una duda de una prohibición rabínica, por lo que se puede adoptar una actitud más flexible (ver adelante incisos 11 y 12 en la cuestión referida a «Shvut de Shvut» para cumplir un precepto en caso de gran necesidad).

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