Pninei Halajá

25. Labores realizadas por un gentil.

01 – La prohibición de pedirle a un gentil que realice una labor en Shabat.

El precepto del Shabat pertenece únicamente a los hijos de Israel, tal como está escrito (Shemot 31:13): «porque es señal (del Pacto) entre Mí y vosotros por vuestras generaciones para recordar siempre que Yo soy el Eterno que os ha consagrado». Además, nuestros sabios dijeron en el Talmud Babilónico (Tratado de Sanhedrín 58(B)) que «un no judío que cuida Shabat (es como si) merece pena de muerte», esto es, si un no judío inventa para sí una nueva religión y fija el Shabat como día sagrado merece recibir un castigo Celestial (ver Rashí allí y Rambám Melajim 10:9).

Si bien un no judío puede realizar labores en Shabat, los sabios prohibieron que un judío pida a un gentil que haga para él labores en este día. Los sabios respaldaron esta regla en la redacción especial del versículo bíblico (Shemot 12:16): «ninguna labor será hecha», no dice que «no harás» sino que no «será hecha», de lo cual se desprende que ninguna labor sea realizada para un judío en sábados o días festivos. Tal como afirmaron nuestros maestros (Mejilta allí): «no será hecha, no la harás tú ni la hará tu compañero ni tampoco un gentil». Esta prohibición se extiende inclusive a aquellas labores prohibidas rabínicamente, empero se permite pedir en caso de que se trate de una gran necesidad o a los efectos de cumplir con un precepto (tal como se verá en las halajot 4 y 5).

En caso de que la labor se ejecute sobre un objeto propiedad de un judío, se prohíbe decirle al gentil que la realice aunque sea para su beneficio. Por ejemplo, está prohibido decirle: «cocina para ti mi carne». Asimismo, se prohíbe decirle a un no judío que se hospeda en la casa «enciéndete la luz». Sin embargo, si la carne pertenece al gentil se le puede decir que la cocine por cuanto que lo hace para su propio beneficio, por lo que queda excluido de la  prohibición rabínica (Shulján Aruj 307:21, Mishná Berurá 73).

Además, los sabios prohibieron también disfrutar o beneficiarse en Shabat de la labor que el gentil realiza para un judío. Por ejemplo, si se apagó la luz en la casa del judío y viene el vecino gentil y se la enciende, el judío tiene prohibido disfrutar de la misma. Esto y más, los demás judíos también tienen prohibido beneficiarse de esta por cuanto que fue encendida en Shabat para un judío (Shulján Aruj 276:1). Si se trata de una labor que demandó tiempo para su realización, se prohíbe disfrutar de ella también una vez salido el Shabat, hasta que pase el tiempo que insumió su ejecución. Por ejemplo, si un no judío pesca o recolecta frutas para un judío, al salir el Shabat no se pueden comer hasta que pase el tiempo que insumen estas labores (Shulján Aruj 325:5-6).

Si la labor realizada por el gentil para un judío está prohibida rabínicamente – otros judíos para los cuales esta no se realizó pueden disfrutar  o beneficiarse de ella inclusive en Shabat. Sin embargo, el judío para quien esta fue realizada no podrá beneficiarse de la misma hasta que concluya el Shabat y pase el tiempo que demandó la ejecución de la labor (Shulján Aruj 325:8, Mishná Berurá 41). Cuando se trata de una tarea que se realiza en función de una necesidad importante o a los efectos de cumplir con un precepto se puede disfrutar de la misma en Shabat (ver halajot 4 y 5).

02 – Se permite disfrutar de la labor realizada por un gentil para sí mismo.

Lo que estudiamos hasta el momento aplica al caso de que un gentil realiza una labor para un judío en Shabat, empero, si la realiza para sí o para otro gentil, todo judío puede disfrutar de la misma. Por ejemplo, si un no judío encendió la luz para leer un libro, cualquier judío puede disfrutar de ella (Shulján Aruj 276:2). Esto y más, aunque el gentil la haya encendido  para sí y para un judío, dado que de todas maneras necesitaba encenderla para sí mismo, el judío puede beneficiarse de esta (Jaiei Adám, Aruj HaShulján 276:8, El Beur Halajá tiende a esta opinión  276:2 ‘ואם’, a diferencia de Maguén Abraham).

Por lo tanto, cuando se apaga la luz en la casa, un judío tiene prohibido pedirle al vecino gentil que la encienda, pero sí se permite manejar la situación de modo tal que este la encienda para sí por propia iniciativa y luego el judío podrá beneficiarse de ella. Así hará: invitará al gentil a comer en su casa y cuando vea este que el lugar está oscuro, entenderá por sí mismo que es conveniente encender la luz. Dado que el gentil encendió la luz para sí y para poder ver el alimento que se le sirve, el judío también puede disfrutar de ella (Aruj HaShulján 276:9).

Asimismo, cuando un judío tiene ayuda doméstica de un gentil, y lo envía a la cocina a lavar los platos este encenderá la luz por su propia iniciativa cuando ingrese a ella. Siendo así, posteriormente el judío también podrá disfrutar de la luz encendida. Inclusive, el judío puede pedirle que tras terminar su trabajo no la apague (Mishná Berurá 276:27, Shmirat Shabat Kehiljatá 30:57). Sin embargo, quien tiene que caminar en la oscuridad tiene prohibido pedir a su sirviente gentil que venga con él para que encienda una linterna, pues en este caso es claro que realiza una labor para el judío (Shulján Aruj 276:3).

Un judío no podrá disfrutar del agua que un gentil hirvió para su uso en Shabat, ni siquiera de la que sobre. Esto es así para evitar que el gentil hierva agua de más para que el judío disponga de ella o, al ver que el judío usó las sobras, al sábado siguiente hierva más agua para uso de ambos. Empero, si el gentil no conoce al judío, este puede usar el agua caliente sobrante pues no se teme que en un futuro el gentil caliente más agua para ambos (Shulján Aruj 325:11, Mishná Berurá 66). Si el gentil arrancó una fruta del árbol, pescó u ordeñó una vaca para sí, aunque no conozca al judío y dado que estos alimentos no eran aptos para su consumo al iniciarse el Shabat, se los considera «Muktzé» y un judío no puede consumirlos el sábado  bajo ninguna forma (Shulján Aruj 325:5).

03 – ¿Cuándo puede un judío beneficiarse de la labor realizada por un gentil en Shabat?

Si en la casa del judío está encendida una luz que permite a duras penas comer, ordenar la casa y lavar los platos pero no leer y viene un gentil y enciende una luz suplementaria, el judío podrá comer, ordenar y lavar  los platos beneficiado por esta luz pero no podrá emplearla para leer. Esto se debe a que se pueden realizar las acciones que eran posibles antes de que el gentil encendiese la luz suplementaria, mas no aquellas que era imposible ejecutar sin esta (Shulján Aruj 276:4, Mishná Berurá 32).

Si en la habitación había luz y el gentil la apagó para que el judío pueda conciliar el sueño, si bien la acción se realizó en beneficio del judío, este podrá dormir por cuanto que no disfruta de algo concreto creado por la labor del gentil sino del haber apagado la luz.

Si bien se permite disfrutar de la luz suplementaria que agregó el gentil o de la oscuridad generada por el apagado, no se le puede pedir que lo haga. Por ejemplo, en caso de que falte luz, está prohibido decirle «hazme un favor, no hay luz en la habitación». Ni siquiera se puede señalar la luz con el dedo pues esto insinúa una orden (Jaiéi Adam 62:2). Asimismo, si la luz molesta para dormir, no se le puede decir al gentil: «haz aquello que debe hacerse» o «hazme un favor, no puedo dormir aquí» o señalar la luz con el dedo.

Sin embargo, se permite insinuar mediante un relato, de modo tal que si  hace falta más luz se puede decir «me resulta difícil ordenar la casa o leer cuando la luz es tenue» o «la casa no está suficientemente iluminada pues está encendida una sola lámpara». De esta manera la insinuación no contiene un pedido para que el gentil haga algo, sino que se trata de un comentario y el gentil a raíz de su deseo de colaborar con el judío decide por propia iniciativa encender una luz suplementaria. Asimismo, si hay una luz encendida que impide dormir, se le puede comentar a un no judío «me cuesta dormir con luz» y este habrá de entender solo que si quiere colaborar con el judío sería conveniente que la apague.

En ese sentido, si falta papel higiénico cortado se le puede comentar a un no judío mediante un relato: «no tengo papel higiénico» y este habrá de cortarlo. En estos casos no se tiene beneficio de la labor realizada por un gentil en Shabat pues se podría haber usado el papel, no sin cierta dificultad, aunque este no lo hubiese cortado. Empero no habrá de ordenarle «hazme un favor, no tengo papel higiénico». Otro tanto ocurre cuando el horno funciona estando vacío; se le puede decir al gentil: «qué lástima por la electricidad malgastada» y este habrá de entender por sí mismo la insinuación y lo habrá de apagar. Empero, se prohíbe decirle con tono de orden «quien lo apague no habrá de perder».

En resumen, se permite recibir la ayuda de un gentil a condición de que no se trasgredan las dos prohibiciones estipuladas por los sabios: la primera no decirle que haga una labor para un judío sino que se le insinúe mediante un relato o comentario; la segunda, no disfrutar de una acción de un gentil que necesariamente implica la realización de una labor prohibida. El permiso es a insinuar mediante un relato el encendido de una luz allí donde ésta ya existe aunque exiguamente, o apagar una luz o un horno, pues entonces no se tiene un disfrute directo de la labor en cuestión.

Todos los permisos que aprendimos hasta ahora aplican en situaciones a priori; en caso de no disponerlos, y de existir necesidades importantes o si se requiere cumplir con un precepto, los sabios permitieron pedir a un gentil de modo explícito cuando se trata de una labor prohibida rabínicamente y a veces hasta realizar labores prohibidas por la Torá tal como se aprenderá en las siguientes halajot.

04 – En caso de necesidad importante («tzorej gadol») o a los efectos de cumplir con un precepto («letzorej mitzvá»).

Los sabios permitieron pedir a un gentil que realice para un judío una labor prohibida rabínicamente en caso de necesidad importante o para evitar una pérdida económica o un malestar o sufrimiento. Este tipo de prohibición se denomina «Shvut Deshvut» o «doble prohibición rabínica», esto es, una prohibición compuesta por dos prohibiciones rabínicas: a) La labor está prohibida sólo rabínicamente, b) La prohibición de pedir a un no judío que realice una labor es de origen rabínico. Sin embargo, los sabios también prohibieron pedir a un gentil que realice una labor prohibida por la Torá aunque sea con la finalidad de cumplir con un precepto. Solamente a los efectos de cumplir con el precepto de poblar la tierra de Israel o en caso de gran necesidad y en pos del cumplimiento público de un precepto permitieron pedir a un gentil la realización de una labor prohibida por la Torá. Asimismo, los sabios permitieron pedir a un gentil la realización de una labor prohibida por la Torá cuando se trata de una pérdida económica cuantiosa, pues temieron que de no hacerlo, el mismo judío profanaría el sábado por sentirse presionado. Las reglas referentes a estas situaciones fueron ya ampliamente explicadas (9:11-12, 16:5).

Recordemos algunos ejemplos de este tipo de permiso: se permite que un no judío baje un Shofar de un árbol para tocarlo en Rosh Hashaná pues la prohibición de usar el árbol es de origen rabínico (Shulján Aruj 307:5, arriba 19:7). De la misma forma, se permite pedir a un gentil que traiga vino para el Kidush o libros de rezo a la sinagoga atravesando el «carmelit» ya que la prohibición de cargar en esta área es de origen rabínico (Mishná Berurá 325:60, arriba 21:3). También se permite pedir a un gentil que cargue a través del «carmelit» los principales alimentos de la comida sabática pues por su intermedio se cumple con el precepto de deleitar el Shabat, sin embargo, se  prohíbe pedirle que transporte por el «carmelit» alimentos que no son indispensables (Mishná Berurá 325:62).

Se permite pedir a un gentil que cargue «Muktzé» a los efectos de evitar una pérdida económica. Por ejemplo, se le puede pedir que recoja dinero que se dispersó para que no se pierda o sea robado. De la misma manera, se permite pedirle que ingrese bolsas de cemento del patio al interior de la casa para que no se mojen con la lluvia y se estropeen (307:19, ver Mishná Berurá 69).

Si una puerta chirría al punto que es difícil conciliar el sueño se le puede pedir a un gentil que aceite las bisagras pues la prohibición de aceitar es de origen rabínico, ya que sin hacerlo igualmente la puerta se puede usar (Melajim Omanaij 6:1). Si pululan mosquitos en la habitación y molestan para conciliar el sueño, se le puede pedir que los fumigue, pues mientras se los mate sin el propósito de comer su carne se trata de una prohibición rabínica (arriba 20:8).

Cuando se duda respecto de si una labor está prohibida por la Torá o rabínicamente, se le puede pedir a un gentil que la realice si es por una gran necesidad, o a los efectos de cumplir con un precepto, ya que pedir al no judío está prohibido rabínicamente  y por lo tanto, en caso de duda respecto de una norma rabínica se opta por la actitud más flexible («Safek Derrabanán Lekula»).

Si se apagó la luz en la casa de estudio o en la sinagoga, se puede pedir de un modo diferente al habitual que la encienda, ya que hacerlo su rutina está  prohibido rabínicamente. Si no la puede encender de un modo diferente al habitual, en caso de gran necesidad y en pos de cumplir con un precepto relativo al público, se le puede pedir que la encienda del modo habitual. De ser posible es mejor darle de comer allí para que  encienda la luz en su propio beneficio y de esa manera esto se permite – aunque no sea con la finalidad de cumplir con un precepto.

05 – Se permite que un gentil realice una labor para un enfermo o alguien que padece malestar (aire acondicionado).

Los sabios prohibieron pedir a un gentil que realice una labor en Shabat si se  trata de una situación normal o de rutina. Sin embargo, se permite pedirle la realización de cualquier labor en beneficio de una persona enferma, inclusive una tarea prohibida por la Torá. Todo esto se refiere a un enfermo que no está en peligro de vida, ya que de estarlo, un judío también puede profanar el Shabat para salvarlo puesto que preservar la vida («pikuaj nefesh») antecede al Shabat (Shulján Aruj 328:17). Las reglas referentes a la persona enferma se explicarán en los capítulos 27 y 28.

Un niño muy pequeño que está muy necesitado de algo específico se lo  considera como un enfermo que no está en peligro («jolé sheeinó mesukán»), y se le puede pedir a un gentil que cocine alimentos para él si no tiene qué comer. Asimismo, se le puede pedir a un gentil que encienda la luz en una casa en la que hay niños que tienen miedo a la oscuridad  (Ramá 276:1, Mishná Berurá 6, Ramá 328:17, arriba 24:6).

En los países fríos del norte de Europa se generó un problema permanente de calefacción de las casas en Shabat ya que estas se calentaban mediante estufas a leña y carbón las cuales se apagaban hasta la mañana del sábado. Dado que un caso así todos son considerados personas enfermas que no están en inminente peligro de vida, se permitió pedirle a un gentil que venga a encender el fuego los sábados por la mañana (Shulján Aruj 276:5). A quien realizaba esta función se le llamaba «gentil de Shabat» («goi shel Shabat»). Sin embargo, hoy día se pueden emplear otros métodos de  calefacción tales como estufas eléctricas o a gas las cuales no se apagan durante el día de descanso por lo que quedó sin efecto el permiso de emplear al «gentil de Shabat». Únicamente en caso de que la estufa se apague y el frio sea intenso, aunque no haya niños pequeños en la casa, se le puede pedir a un gentil que la encienda. En el caso de un hogar en el cual hay niños pequeños muy necesitados de que funcione la calefacción, aunque el frio no sea intenso se le puede pedir que encienda la estufa (Shmirat Shabat Kehiljatá 23:28, ver observación 87).

El permiso de pedir a un gentil que realice en Shabat una labor prohibida por la Torá es justamente para una persona enferma, en cambio, si se trata únicamente de alguien que padece malestar («mitztaer») esto no se permite. Sin embargo, para quien padece malestar se puede pedir a un gentil que realice una labor prohibida rabínicamente. Hay juristas que dicen que según esto, en un día caluroso se le puede pedir a un gentil que encienda el aire acondicionado, ya que opinan que esto sólo está prohibido rabínicamente. Según esta idea, se le puede pedir que encienda el aire acondicionado en pos de cumplir con el precepto de deleitar el Shabat y eliminar un gran malestar. Empero, dado que hay otros juristas que consideran que encender el aire acondicionado está prohibido por la Torá (arriba 17:2), es bueno pedir a un gentil que lo encienda de un modo diferente al habitual, por ejemplo, oprimiendo el botón del control remoto con una cucharita, transformándose así en un caso de «doble prohibición rabínica» («Shevut Deshvut»).

Si se encendió el aire acondicionado y la temperatura del ambiente no es agradable, se le puede pedir al gentil que lo apague. Es preferible decirle que está demasiado frio/caliente para que entienda la insinuación del comentario en cuanto  a que sería conveniente apagarlo. Si no entiende solo, se le puede decir expresamente que lo apague.

06 – Personal a sueldo, aparceros, arrendatario de un campo o una fábrica.

Un judío tiene prohibido contratar obreros para que trabajen para él en Shabat, pues todo aquello que un judío tiene prohibido hacer no puede pedirle a un gentil que lo haga. Por lo tanto, un judío tiene prohibido emplear a un gentil para que trabaje para él en el campo, la fábrica o la tienda. Empero, tiene permitido contratar un empleado que le ayude a servir la comida o lavar los cubiertos,  puesto que estas actividades están permitidas para un judío (no es necesario incluir la paga sabática en la percibida por trabajo en días de la semana, Tehilá LeDavid 243:1, Shmirat Shabat Kehiljatá 28:63, ver arriba 22:14).

Si un gentil realiza en Shabat una labor para un judío, está prohibido disfrutar de la misma ese día y una vez concluido el día, habrá de esperar el lapso de tiempo que hubiese sido necesario para su realización de un modo permitido. Si la labor que realizó el gentil es de pública notoriedad, por ejemplo la construcción de una vivienda, los sabios decretaron que no se la habite nunca, mas se la puede vender a otro judío (en caso de gran necesidad o «sh´at hadjak» se le permite habitar la casa. Shulján Aruj 244:3-4, 325:14, Mishná Berurá 244:19-20, 325:73).

Todo esto se refiere a un empleado a sueldo, empero si el gentil es aparcero en el campo de un judío, esto es, la tierra pertenece al judío y el gentil asume la completa responsabilidad de trabajarla y a cambio recibe porcentajes de la cosecha, puede trabajar en Shabat ya que es socio en las ganancias y por lo tanto trabaja para sí.

De igual manera, un judío que posee una fábrica o una tienda puede permitir a un gentil que las trabaje en Shabat a cambio de un porcentaje de las ganancias. Si bien el judío gana de la labor del gentil en Shabat, dado que este trabaja para ganar su dinero no se considera que lo hace para un judío y este último puede disfrutar de un porcentaje del beneficio obtenido.

Un judío que posee un campo, una fábrica o una tienda fuera de Israel, puede arrendarlos a un gentil a cambio de un pago fijo y este podrá trabajar  en Shabat. Esto se permite pues el judío recibe una paga fija y el gentil trabaja para sí. Además se permite a condición de que la tienda no se arriende sólo para ser usada el día sábado, pues entonces el judío estaría interesado en que el gentil trabaje en Shabat. La tienda debe ser arrendada por una semana, mes, o año, de modo tal que el importe por el sábado quede  incluido en el alquiler total.

07 – La apariencia («mar´it áin») y la posibilidad de hacer incurrir a los demás judíos en un error.

Todo lo que aprendimos respecto a que se permite alquilar una tienda o una fábrica a un gentil, o tomar un gentil como aparcero, aplica específicamente cuando no se teme que la apariencia («mar´it ain») lleve al error. Sin embargo, si todos saben que la propiedad pertenece a un judío y al verla activa en Shabat pueden sospechar que este contrató obreros que trabajen para él, no se podrán arrendar las instalaciones a un gentil o asignárselas bajo la forma de aparcería.

Respecto de esto nuestros sabios dijeron que un judío no puede arrendar o dar en régimen de aparcería su casa de baños a un gentil, debido a que se acostumbraba a hacerlos funcionar con obreros jornaleros. La razón de esto es que quien ve los baños abiertos sospecha que un judío está quebrando Shabat al contratar empleados y se teme que esto pueda llevar a que se derrumbe el «muro» del Shabat y otras personas contraten personal en sábado. Empero, si es de público y notorio conocimiento que el judío le alquiló la casa de baños a un gentil – esto se permite. Asimismo, si la costumbre del lugar es otorgar el  usufructo de la casa de baños bajo régimen de arriendo, se lo puede adjudicar a un gentil (Shulján Aruj 243:1-2).

Esta misma regla se aplica respecto de una tienda. Si es de pública notoriedad que pertenece a un judío no se la puede alquilar a un gentil que la haga trabajar en sábado en virtud del problema de la apariencia. Empero, si se publicita que la tienda está arrendada a un gentil esto se permite.

Aunque existe el riesgo de que judíos que no cuidan Shabat entren a la tienda el sábado y compren – no se prohíbe arrendársela a un gentil ya que los judíos que no cuidan Shabat pueden comprar en otro comercio y el judío no los está ayudando a trasgredir. Empero, si la mayoría de los clientes de la tienda en Shabat han de ser judíos, se prohíbe alquilarla a un gentil que tiene la intención de abrirla este día (ver Tzitz Eliezer 13:39).

08 – Un gentil que trabaja como contratista.

Todo lo que aprendimos en la halajá 6 respecto de que está prohibido contratar obreros gentiles para que trabajen en Shabat aplica cuando son asalariados, pero si trabajan como contratistas, esto está permitido. El acuerdo de contratista implica que el contratado se compromete a realizar una tarea en un plazo determinado a cambio de una suma de dinero acordada. En este caso no importa qué días trabaja el contratista, mientras finalice la tarea dentro del plazo estipulado ha de recibir su paga completa. Dado que el gentil puede alcanzar a realizar la tarea sin trabajar en Shabat, si lo hace, aunque el judío se beneficie de ello pues el trabajo se terminó antes, no se prohíbe ya que el gentil trabajó para sí para terminar el trabajo que se le encomendó.

Por ejemplo, un judío puede acordar con un gentil que le cosa una prenda o le confeccione calzado a cambio de una suma determinada y si este trabaja en Shabat no se incurre en prohibición alguna. Sin embargo, un judío no puede pedir a un gentil el día viernes que le cosa una prenda o le confeccione calzado para el sábado en la noche, ya que en este caso debe necesariamente trabajar en Shabat y se considera que el judío le pidió que trabaje para él el día sábado.

Asimismo, un judío tiene permitido llevar su automóvil al taller mecánico de un gentil el viernes a pesar de que sabe que este lo reparará el sábado ya que el mecánico trabaja como contratista a cambio de una suma de dinero y el judío no le pidió que trabaje el sábado. Aunque el tallerista le avise al judío el sábado por la noche que el automóvil está listo, este podrá retirarlo y usarlo. Empero, está prohibido acordar con el tallerista que termine el trabajo en un plazo tal que forzosamente lo hace trabajar en Shabat, pues de esta forma el gentil trabaja el sábado para un judío (Shulján Aruj 244:1, Mishná Berurá 2).

Todo lo que vimos respecto de que se permite que un gentil realice labores en Shabat bajo la forma de contratista aplica únicamente cuando no resulta visible que están destinadas a un judío, pero si esto resulta evidente, si por ejemplo las labores se realizan en la casa del judío, esto se prohíbe por tratarse de una apariencia que puede inducir al error («mar´it ain»). Por lo tanto, los sabios estipularon que quien tome a un gentil como contratista para que le construya una casa, no acepte que trabaje en sábado pues quienes lo vean pueden pensar que el judío está quebrando Shabat al emplear obreros  en ese día (Shulján Aruj 244:1). Actualmente se acostumbra que las casas las construya un contratista por lo que aparentemente hay lugar para flexibilizar la norma, ya que quienes vean a los obreros trabajando pensarán que lo hacen para el empresario constructor no judío y no se teme que estemos ante una apariencia que induzca al error («mar´it ain»). Empero, en la práctica, se acostumbra a adoptar la opinión más estricta conforme a aquellos juristas que consideran que igualmente la gente al mirar la obra puede pensar que el judío emplea directamente a los obreros en Shabat (Ran). Además, se teme que judíos que saben que sus casas están siendo construidas el sábado, vengan a la obra a revisar cómo avanzan los trabajos y trasgredan así el Shabat. Sin embargo, en caso de gran necesidad y urgencia («Sh´at hadjak» y «tzorej gadol»), si se teme que si los gentiles no trabajan en Shabat la obra podría suspenderse o quedar sin efecto, se permite flexibilizar la norma  bajo las indicaciones de una autoridad rabínica.

09 – Una sociedad de accionistas y el banco.

Si un judío y un gentil son socios en una fábrica o tienda deben acordar al inicio de la sociedad que el día sábado es responsabilidad del gentil y todas las ganancias de ese día son suyas. A cambio, un día hábil estará bajo entera responsabilidad del judío y este recibirá todas las ganancias generadas en el mismo, y el resto de los días se dividirán por partes iguales. Esto es así a condición que se lleve a cabo un registro diario de ventas y de acuerdo a este se pueda establecer qué monto de dinero le corresponde al judío y cuánto al gentil. Si las ganancias de todos los días son más o menos parejas o si no se puede establecer con claridad cuánto se vendió cada día, se puede dividir todo por partes iguales partiendo de la suposición que la ganancia de todos los días es similar y por lo tanto cada uno recibe su parte por el día que está  bajo su entera responsabilidad (Shulján Aruj 245:1, Shulján Aruj HaRav 5, Mishná Berurá 5-6, Igrot Moshé Oraj Jaím 2:65).

Todo esto es así a condición de que no se tema que quienes lo vean crean que el gentil trabaja a sueldo para el judío en Shabat, sino que les sea claro que son socios o que se considere normal tomar un asociado en ese tipo de negocio.

Se permite comprar acciones de una empresa dirigida por gentiles y que trabaja el sábado ya que estos trabajan en Shabat para su propio beneficio y el judío accionista se ve beneficiado indirectamente (Shulján Aruj 245:4). Esto se permite aunque se pueda pensar que la compañía emplea judíos en Shabat, pues el accionista no es responsable de ello ya que el empleado judío en cuestión de todas maneras trasgrede el Shabat y la adquisición de las acciones no contribuye a ello directamente. Sin embargo, si la compañía está dirigida por judíos o si su actividad principal es llevada a cabo por judíos mediante la profanación del Shabat, quien adquiere las acciones se transforma en socio de esta profanación por lo que está prohibido comprarlas.

Si un banco es de propiedad judía y tiene clientes gentiles, puede acordar con otro banco de propiedad gentil que realice el sábado todas las acciones necesarias para los clientes no judíos. En este caso, no se considera que el segundo banco trabaja para un judío en Shabat ya que este gana de cada operación y trabaja en pos de su propio beneficio (Melamed Leho´il 1:33).