Pninei Halajá

07- Estropear o destruir.

La Torá prohíbe realizar labores destinadas a construir (o arreglar) como las realizadas para erigir el tabernáculo, tal como está escrito (Shemot 35:33): «para realizar toda labor planificada». Sin embargo, quien realiza una labor mediante destrucción o estropeo no trasgredió una prohibición de la Torá sino una prohibición rabínica. Sobre esto dijeron nuestros sabios en la Mishná (Shabat 13:3) «todos los que destruyen (es decir destrozan o averían algo) están exentos» y en cada pasaje en el que los sabios declaran a la persona exenta («patur«) – se refieren a exención de un castigo fijado por la Torá empero la acción misma está prohibida rabínicamente (Talmud Babilonio Tratado de Shabat 3(A)).

Por lo tanto, quien rasga una tela a los efectos de coserla – trasgrede la prohibición de la Torá de no coser en Shabat, empero quien rasga una tela sin intención de coserla trasgrede una prohibición rabínica (ver adelante cap. 13 inc. 11). Quien demuele una casa o destruye un utensilio a los efectos de volver a construirlo mejor – trasgrede una prohibición de la Torá, empero quien demuele o destruye sin intención de volver a construir trasgrede una prohibición rabínica (ver adelante  cap. 15 inc. 1). Quien borra letras a los efectos de escribir otras en su lugar trasgrede una prohibición de la Torá, y quien borra sin intención de reescribir –  trasgrede una prohibición rabínica (ver adelante cap. 18 inc. 1).

Lo mismo ocurre en el caso de la labor de encender fuego. Quien lo hace a los efectos de cocinar, calentar, iluminar u obtener las cenizas – trasgrede una prohibición de la Torá, y si enciende un fuego a los efectos de destruir – trasgrede una prohibición rabínica (Tratado de Shabat 106(A), Rambám 12:1, ver adelante cap. 16 inc. 1). Otro tanto ocurre con la labor de «jovel» ‘חובל’, que significa producir daño o matar; si ha degollado un animal a los efectos de obtener su carne o su piel – trasgrede una prohibición de la Torá, mientras que si lo degüella a los efectos de simplemente matarlo – trasgrede una prohibición rabínica (ver adelante cap. 20 inc. 8). La persona que pisa hormigas o mata mosquitos, dado que esa acción no es correctiva («ein bazé tijkún»), infringe una prohibición rabínica (más adelante 20:8).

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