Pninei Halajá

02. Reglas generales del precepto

El precepto consiste en que el hombre se una a su mujer con gran amor y alegría, la deleite cuanto más pueda hasta que esta llegue a su máxima alegría, se conecte con ella de modo completo hasta que su esperma ingrese en ella en el sitio específico en el cual ella puede concebir (adelante 2:1). Respecto de esto dice la Torá (Shemot-Éxodo 21:10): «No la privará de manutención, vestimenta y satisfacción». Dado que el hombre es limitado en sus posibilidades corporales, el cumplimiento del precepto de Oná se estipula conforme a sus capacidades físicas y lo que su rutina laboral le permite. Por lo tanto, las personas sanas que poseen una ocupación liviana deben cumplir el precepto a diario, los obreros comunes dos veces a la semana y quienes trabajan fuera de la ciudad una vez a la semana. Además, cuando uno  de los miembros de la pareja lo desea intensamente, el precepto de Oná indica que su cónyuge debe complacerle (adelante 2:7-8).

Este precepto es el fundamento central del matrimonio y quien cesa en su cumplimiento a los efectos de afectar a su mujer trasgrede la prohibición de la Torá «no la privará de… satisfacción». Si omitió el cumplimiento por descuido mas sin intención de afectarla, trasgrede una prohibición rabínica. Hay juristas que opinan que en este caso también se trata de una trasgresión a la Torá.

Además, mediante la Oná el marido y la mujer cumplen de modo completo con el precepto de «Amarás a tu prójimo como a tí mismo» (Vaikrá-Levítico 19:18), el cual consiste en que cada cónyuge se preocupe y dedique al bienestar del otro cuanto pueda. Dado que el mayor placer que experimenta el ser humano está vinculado al precepto de Oná, si el hombre priva a su mujer de este placer que le da alegría la perjudica pues nadie más que él puede brindarle este regocijo. Si ella lo priva a él de este placer ella lo perjudica ya que nadie más que ella puede brindárselo (adelante 2:1).

Dejar sin efecto este precepto constituye un causal central de divorcio. Si el hombre declara ante tribunales que siente hastío hacia su mujer y ya no está interesado en unirse a esta y alegrarla en los tiempos específicos en los que debe hacerlo, la mujer tiene derecho de demandar el divorcio y recibir la compensación estipulada en la «Ketuvá». Incluso en caso de que el hombre esté dispuesto a unirse a su mujer pero únicamente si cada uno de los dos se mantiene vestido con sus ropas, deberán divorciarse y el marido habrá de desembolsar el monto estipulado en la «Ketuvá», pues no está dispuesto a unirse a su esposa con amor sin que medie una prenda entre ambos. Asimismo, cuando la mujer es quien no está dispuesta a unirse a su marido en los tiempos específicos o si está dispuesta a hacerlo solamente si ella está vestida, el marido está en su derecho de divorciarla sin abonar el importe estipulado en la «Ketuvá» (Talmud Babilonio Tratado de Ketuvot 48(A), Shulján Aruj Even Haezer 76:13). El hombre o mujer que se niegan a cumplir con el precepto de Oná son llamados «rebeldes» («mored» o «moredet») pues se rebelan contra el deber sagrado que asumieron al contraer matrimonio (ídem Ketuvot 63(A), Shulján Aruj Even Haezer 77. Ver más adelante 2:7-8, 2:11-12).

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