Pninei Halajá

03. Reglas referentes a la kashrut en Pesaj según las usanzas ashkenazí y sefaradí

Existen dos enfoques centrales respecto a las halajot de kashrut en Pesaj. Según la mayoría de los juristas las reglas de jametz durante la fiesta se asemejan a las restricciones que rigen sobre los demás alimentos prohibidos con una sola diferencia: que todos los alimentos prohibidos se anulan en sesenta y el jametz no. Empero, todas las demás reglas de mezclas de alimentos permitidos con prohibidos recaen igualmente sobre el jametz en Pesaj, por lo que mientras que según las reglas de la halajá no haya que temer que el sabor de la comida se haya visto afectado por el del leudado, el alimento es apto para Pesaj. De igual manera, cuando un jurista es más estricto y la mayoría de los demás eruditos son más flexibles, la halajá se define conforme a estos últimos.

Sin embargo, en Ashkenaz se acostumbró a ser muy estrictos en las prohibiciones vinculadas al jametz y aunque un jurista difiera en absoluta minoría de la mayoría más flexible, en muchos casos se definirá la halajá conforme a la opinión estricta. Incluso en situaciones en las cuales de acuerdo con las reglas de la halajá, no corresponde tener especial precaución, sí se la tiene en el caso del jametz. De todas maneras, incluso en Ashkenaz hay un límite para la actitud estricta y se tiene el cuidado de no decretar una prohibición rabínica sobre otra previamente existente («ligzor gzerá ligzerá»). Empero, la actitud general es de tomar recaudo de cualquier posible duda y en caso de presentarse inclinarse por la opción más estricta. El fundamento de este razonamiento se deriva de las precauciones especiales que tomaron los sabios al prohibir el jametz aunque este sólo se presente en una ínfima cantidad y por lo tanto, así como una migaja no se anula y prohíbe a toda la mezcla que la contiene, de igual manera corresponde tomar en cuenta las opiniones minoritarias más estrictas.

Esta es la raíz de la diferencia sistemática existente entre las decisiones halájicas del Shulján Aruj -que se guía por las reglas aceptadas de sentencia- y las de Ramá quien toma en cuenta, a priori, los enfoques más estrictos. Sin embargo, en caso de gran necesidad Ramá también adopta una actitud más flexible semejante a la del Shulján Aruj, pues la idea principal en la halajá es la compartida por la mayoría de los juristas.

En general los sefaradíes se guían de acuerdo con el Shulján Aruj y los ashkenazíes según Ramá. De todas maneras, entre los rabinos sefaradíes hay también quienes comparten un enfoque más estricto y sus conductas han sido adoptadas por algunas de sus comunidades.

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