Pninei Halajá

16 – Peregrinar a Jerusalém en nuestros días

Desde que el Templo de Jerusalém fue destruido quedó sin efecto el precepto de peregrinar ya que este depende de la ofrenda de sacrificios. De todas maneras, muchos hijos de Israel han acostumbrado ascender a Jerusalém en la festividad. El Talmud nos relata de hombres y mujeres que ascendían a pie a la ciudad sagrada después de la destrucción del Templo (Talmud Babilonio Tratado de Nedarim 23(A), Shir Hashirim Rabá 4:2, Kohelet Rabá 11:1). Asimismo, en tiempos de los gaonitas había judíos que ascendían a pie a Jerusalém en las festividades tal como se relata sobre Rav Hai Gaón que peregrinaba desde Babilonia en Sucot. De igual manera, en tiempos de los eruditos medievales (rishonim) y de los de las últimas generaciones (ajaronim) hubo quienes ascendían a Jerusalém en las festividades desde países cercanos a la tierra de Israel (Kaftor Vaferaj 86, Maharit 1:134).

Hay juristas que escribieron que si bien actualmente no es obligatorio quien peregrina a Jerusalém visitando las zonas contiguas al Templo – cumple un precepto, ya que la santidad no se ha apartado del Monte del Templo (Jatam Sofer, Shai Cohen II pág. 523).

Un precepto adicional se daba en días que el Templo existía otro precepto y es el de purificarse previo a la peregrinación por medio de una inmersión ritual (Talmud Babilonio Tratado de Rosh Hashaná 16(B)) puesto que solo las personas puras podían acceder al patio del Santuario y comer de la carne de las ofrendas. Empero, en la actualidad que el Templo está destruido y no podemos ascender para ofrendar los sacrificios que nos fueron preceptuados y no poseemos ceniza de vaca roja para purificarnos por su intermedio de la impureza de la muerte quedó sin efecto la obligación de realizar una inmersión ritual purificadora previo a la peregrinación. Si bien hay juristas que consideran que también en la actualidad es preceptivo realizar una inmersión ritual previo a la festividad de peregrinación (Beit Shemuel Even Haezer 55:10, Shoel Umeshiv Talita 1:123), de todas maneras, la mayoría de las autoridades halájicas considera que en la actualidad no es obligatorio realizar la inmersión previo a la festividad y la costumbre de sí hacerlo es una práctica piadosa. En el caso de aquella persona a la que se le dificulte realizar la inmersión puede cumplir con la práctica piadosa bañándose con nueve kavin de agua, esto es, pararse bajo la ducha hasta que haya corrido a través suyo un volumen de nueve kavín de agua lo cual equivale a unos once litros, cuidando que ésta lave todo su cuerpo.

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