Pninei Halajá

06. Kasherización para Pesaj de un utensilio que absorbió un sabor permitido

Lo que vimos anteriormente respecto de que cuando la absorción tiene lugar en ausencia de líquidos la kasherización requiere exposición al fuego se refiere a la absorción de un sabor prohibido, por ejemplo, si se usó una brocheta para asar carne no kasher. En este caso, por cuanto que absorbió sabor prohibido en ausencia de líquidos su kasherización es mediante exposición al fuego. Pero si la brocheta fue usada con carne kasher y sólo después se tornó prohibida se la puede kasherizar mediante inmersión en agua hirviendo. Un ejemplo de esto es una brocheta que fue usada para asar carne de una ofrenda del Templo, una vez pasado el día – esta carne se transforma en sobra o «notar» נותר en el lenguaje de la Torá, su ingestión se torna prohibida y por ende también el sabor impregnado en esta – entonces, la brocheta no puede volver a ser usada de no mediar kasherización. En un caso así no es necesario exponerla al fuego, sino que alcanza con sumergirla en agua hirviendo, pues al momento de absorber el sabor de la carne, esta era apta para ser consumida.

Según este criterio, torteras o moldes de pastel que por error se usaron una vez para hornear lácteo y otra para hornear cárnico, dependerá de si pasaron o no veinticuatro horas entre un horneado y otro. Si se horneó cárnico y antes de pasadas veinticuatro horas se horneó lácteo, estará prohibido ingerir el alimento resultante ya que este se mezcló con sabor a carne de buen gusto y la tortera a su vez absorbió sabor prohibido. Dado esto, debe ser kasherizada mediante exposición intensa al fuego. Empero si pasaron veinticuatro horas entre el horneado cárnico y el lácteo, el sabor a carne impregnado es desagradable y por lo tanto el alimento lácteo horneado es apto para ser ingerido. Si bien los sabios establecieron que la tortera o molde del pastel debe ser kasherizado, como no absorbió un sabor prohibido, el procedimiento puede ser llevado a cabo mediante inmersión en agua hirviendo. Sin embargo, por cuanto que acostumbramos introducir la tortera en el horno, es mucho mejor kasherizar la tortera en cuestión colocándola en este durante media hora a la temperatura máxima.  Además, ya vimos que una exposición moderada al fuego es mejor que la inmersión en agua hirviendo.

Los sabios medievales están divididos respecto del jametz, algunos sostienen que la absorción del jametz es considerada como una absorción permitida – «beli´at heter» – ya que está permitido ingerirlo a lo largo del año y por ende se pueden kasherizar las torteras o moldes de pasteles mediante inmersión en agua hirviendo solamente. Por otra parte, en opinión de la mayoría de los juristas, el jametz entra en la categoría de alimento prohibido, y si bien durante todo el año se puede a priori comer de este, para Pesaj siempre se lo considera alimento prohibido pues un alimento que leudó antes de Pesaj se lo considera jametz durante toda la fiesta y su ingestión está prohibida. Por ello, según esta opinión las torteras deben ser kasherizadas mediante una exposición intensa al fuego, siendo este el dictamen final del Shulján Aruj (451:4). Empero, en caso de gran necesidad y ante la presencia de motivos suplementarios que permitan adoptar una actitud más flexible, se puede proceder conforme a la opinión de los primeros juristas (Mishná Berurá 451:28).

10. Reglas referentes a la kasherización de utensilios para Pesaj mediante inmersión en agua hirviendo ("Hag´alát Kelím")
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