Tfilát Nashim (La Plegaria Femenina)

09. ¿Cuándo está permitido interrumpir para responder a cuestiones vinculadas a la santidad (Devarim Shebakdushá)?

Vimos anteriormente (16:14, 15:6) que no se debe interrumpir hablando en medio del recitado de los Cánticos de Alabanza así como del recitado del Shemá y sus bendiciones. Sin embargo en caso de gran necesidad ya sea a los efectos de evitar un agravio o un daño está permitido hacerlo. Ahora bien, así como está permitido interrumpir en caso de gran necesidad de la misma manera se permite hacerlo a los efectos de responder a cuestiones relativas a la santidad. Por lo tanto, quien se encuentra en medio del recitado de los Cánticos de Alabanza o el recitado del Shemá y sus bendiciones, y escuchó Kadish, Barjú, Kedushá o Modím puede responder.

Sin embargo no tiene la obligación de interrumpir para responder ya que quien recita los Cánticos de Alabanza se ocupa de cuestiones relativas a la santidad y el continuar haciéndolo no implica una afrenta a la Gloria Celestial. Sin embargo si la señora en cuestión se encuentra en medio de otras mujeres que responden al Kadish o la Kedushá, es apropiado que interrumpa su recitado y responda junto a éstas ya que ellas acompañan su pronunciación con hechos concretos, por ejemplo, pararse con los pies juntos durante la Kedushá o ponerse de pie e inclinarse en «Modim». Si ella se mantuviera sentada parece como si se apartara  de la comunidad, por lo que es preferible pararse junto a las demás, y por cuanto que ya se paró  corresponde también que responda  con éstas.

Lo que dijimos anteriormente en cuanto a que se puede interrumpir para responder al Kadish era referido al Medio Kadish, empero no aplica a los agregados posteriores respecto de los cuales no se ha de interrumpir otro recitado de una cuestión de santidad para responder, ya que no se trata de las secciones fundamentales del Kadish. Asimismo es claro que no se interrumpe para responder «Baruj Hú Baruj Shemó» ya que se trata únicamente de una costumbre.

Respecto de responder «Amén» a bendiciones tales como las de la repetición de la Amidá por parte del oficiante, durante los Cánticos de Alabanza se puede interrumpir para responder, mas durante el recitado del Shemá y sus bendiciones no (Peninei Halajá Tefilá 14:4, 16:5).

10. Pasajes del rezo en los cuales no se puede interrumpir.

Lo establecido que está permitido responder en medio del recitado de las bendiciones del Shemá se refiere al tiempo que se pronuncia el contenido de la bendición, desde el comienzo y hasta su conclusión,  empero una vez que se dijo el «Baruj Atá Ad-onai» correspondiente al final de la bendición no se puede interrumpir pues esto la cercena (Beur Halajá 66:3).

Cuando se recitan los versículos «Shemá Israel» y «Baruj Shem Kevod» etc. en los que se acepta el Yugo Celestial no se debe interrumpir ya que equivalen en su normativa al rezo de Amidá (Shulján Aruj 66:1).

Aquella mujer que en medio del recitado de las bendiciones del Shemá o de los Cánticos de Alabanza duda respecto de si le es permitido o no responder a alguna cuestión de santidad o bendición es mejor que no responda, ya que vimos anteriormente que en los casos en que está permitido interrumpir para responder esto no es obligatorio, por lo que en caso de duda mejor no hacerlo.

En medio de la Amidá está prohibido responder a cualquier cuestión vinculada a la santidad incluidos Kadish y Kedushá. Sin embargo está permitido mantenerse en silencio y poner intención de escuchar Kadish o Kedushá de boca del oficiante, ya que el oír concentrado se considera equivalente a recitar. Sin embargo, si la interrupción para escuchar al oficiante afecta la concentración de la Amidá es mejor continuar (Peninei Halajá Tefilá 17:15).

En los días de la semana, entre la bendición por la redención de Israel («Gaal Israel«) y la Amidá no se puede interrumpir para ninguna cuestión vinculada a la santidad, ya que como hemos visto, el adjuntar la redención al rezo libera de contratiempos (tzarot). Empero en Shabat que no es considerado un día apto para contratiempos o percances no es tan indispensable adjuntar la redención al rezo, y por lo tanto en opinión de la mayoría de los juristas se permite interrumpir para responder a cuestiones vinculadas a la santidad. En los días festivos (iamim tovim), por cuanto que son días de juicio (en Sucot somos juzgados respecto del agua, en Pesaj por la cosecha y en Shavuot por los frutos de los árboles, Tratado de Rosh Hashaná 16(A)) está prohibido interrumpir entre la redención y el rezo (Shulján Aruj 66:9, Ramá 111:1).

11. La bendición sacerdotal («Birkat Cohanim»)

Es un precepto positivo de la Torá que los cohanim bendigan al pueblo de Israel, tal como está escrito (Bamidbar – Números 6:22-27): «Y le dijo el Eterno a Moisés: «Dile a Aharón y a sus hijos: ‘Así bendeciréis a los hijos de Israel, diciéndoles: Que el Eterno te bendiga y te guarde. Que el Eterno haga resplandecer Su rostro sobre ti y te de Su merced. Que el Eterno alce Su faz sobre ti y te conceda la paz. Y pondrán Mi Nombre sobre los hijos de Israel y Yo los bendeciré».

En la bendición sacerdotal aprendemos un hecho fundamental, y es que D´s es quien Nos bendice y por lo tanto el hecho de presenciarla a diario arraiga en nosotros esa convicción (Moré Nevujim III cap. 44, ver en Jinuj 378, Haakedá 74). Cuanto mayor sea nuestra conciencia del hecho de que el Santo Bendito Sea es quien bendice al pueblo de Israel con amor, más receptivos habremos de estar para recibir dicha bendición. El libre albedrío es el fundamento del mundo, y por ende la bendición que recibimos del Creador es proporcional a nuestro esfuerzo. En palabras de la Kabalá, «El despertar superior depende del despertar inferior». Esto significa que al despertarse en nuestro seno el deseo de recibir Su bendición, se activa la Voluntad Superior de bendecir al pueblo de Israel. Mediante el cumplimiento del precepto de la bendición sacerdotal, el pueblo de Israel expresa su deseo de recibir la Bendición Celestial.

En los días del sagrado Templo, los cohanim recitaban la bendición sacerdotal al concluir la ofrenda de los sacrificios. La Torá nos describe el octavo día posterior a la inauguración del tabernáculo y aquel en el que los cohanim comenzaron a servir en este, de la siguiente manera: «Y alzó Aharón sus manos hacia el pueblo y los bendijo, y descendió después de ofrecer la ofrenda por el pecado, la ofrenda ígnea que ascendía en su totalidad al Cielo (Olá) y el sacrificio pacífico» (Vaikrá– Levítico 9:22). De aquí vemos que la bendición sacerdotal tuvo lugar al concluir los sacrificios. Esto se debe a que tras la ofrenda de los sacrificios que expresan nuestra disposición a anularnos y entregar nuestras vidas en pos de D´s, somos dignos de recibir Su bendición.

Los sabios establecieron que fuera del área del Templo la bendición sacerdotal fuese recitada durante el rezo, ya que este suplanta a los sacrificios. Existe una similitud entre los sacrificios y el rezo en cuanto a que en ambos se manifiesta el anhelo de la cercanía con D´s, y así como los cohanim bendecían después de ofrendar los sacrificios, se estableció que realicen su bendición  al concluir la Amidá.

12. Reglas referentes a la bendición sacerdotal.

La bendición sacerdotal debe ser recitada en hebreo, en voz alta, los cohanim deben estar de pie y con sus manos extendidas hacia la congregación. Un cohen que no pueda cumplir con alguna de estas cuatro reglas no habrá de bendecir (Shulján Aruj Oraj Jaím 128:14, Peninei Halajá Tefilá 20:4).

Antes que los cohanim reciten la bendición sacerdotal deben lavarse las manos. Esto lo encontramos insinuado en los Salmos (134:2): «Alzad vuestras manos con santidad y bendecid al Eterno». Aquel cohen que no se haya lavado las manos no podrá recitar la bendición  (Talmud Babilonio Tratado de Sotá 39(A)).

Rabí Iojanán Ben Zakai estableció que un cohen que no se quite su calzado  no podrá ascender a la tarima y bendecir a la congregación (el motivo está explicado en Peninei Halajá Tefilá 20:8).

Este es el orden de la bendición sacerdotal: el oficiante o el gabay (encargado de la sinagoga) anuncian en voz alta «cohanim» tal como está escrito (Bamidbar 6:23) » diciéndoles». Si sube un solo cohen a la tarima a bendecir no se declara «cohanim» ya que la Torá indica «diciéndoles» en plural de lo cual se infiere que el anuncio se hace, únicamente, si hay dos o más cohanim (Shulján Aruj 128:10). Asimismo, los cohanim tampoco recitan la bendición sacerdotal por sí solos sino que repiten palabra por palabra lo que les dicta el oficiante. El público debe responder Amén al final de cada uno de los versículos.

13. Reglas referentes a los destinatarios de la bendición.

El autor de Sefer HaJaredim (12:18) escribió que no sólo los cohanim cumplen el precepto de la Torá de bendecir a la congregación sino que los israelitas que están parados frente a éstos en silencio, concentrados y responden «Amén» son socios activos en el cumplimiento del mandato.

Cuando los cohanim recitan la bendición, los destinatarios de la misma deben estar parados frente a estos, tal como está escrito (Bamidbar 6:23): «Así bendeciréis a los hijos de Israel, diciéndoles». De aquí nuestros sabios infirieron que la bendición debe ser «dicha» como quien habla con su prójimo, de frente y en voz alta para que los destinatarios puedan oírla.

Si bien los cohanim que bendicen deben estar de pie, según la estricta letra de la ley los destinatarios de la bendición pueden permanecer sentados, aunque la costumbre aceptada es recibirla de pie. Sin embargo, en el caso de una persona enferma a quien le resulta difícil mantenerse de pie, podrá recibir la bendición sentado (Mishná Berurá 128:51, Tzitz Eliezer 14:18).

Quien por causas de fuerza mayor como ser obligaciones laborales  no pudo asistir al servicio, queda igualmente incluido en la bendición. Lo mismo ocurre en el caso de las mujeres y los niños que no suelen asistir a la sinagoga, quedan incluidos en la bendición dirigida a la generalidad del pueblo de Israel. Solamente quienes por negligencia o desidia no asisten y no se presentan ante los cohanim, no son incluidos en la bendición.

Quien se  para detrás de los cohanim no está incluido en la bendición, empero quien está parado a los costados de estos, que gire su rostro hacia ellos y entonces quedará incluido. Quienes se sientan en las primeras filas de la sinagoga deben calcular su posición relativa respecto a los cohanim para evitar adelantárseles. Si se encuentran frente a éstos o a sus lados podrán quedarse en sus asientos y dirigir sus rostros hacia ellos. Empero si su ubicación tiende a estar por detrás de los cohanim, deberán moverse a otro sitio durante la bendición (Shulján Aruj 128:24).

Todo aquel que se encuentra en la sinagoga frente a los cohanim queda incluido en la bendición. Incluso, si delante de la persona en cuestión está parado alguien de gran estatura o una columna se interpone entre ésta y los cohanim, dado que se encuentra frente a éstos, queda incluida en la bendición, pero si se para de espaldas a ellos no lo estará.

Aquella mujer que se encuentre en medio del recitado de la Amidá cuando los cohanim comienzan a bendecir, que se detenga un poco y escuche la bendición sacerdotal que es precepto de la Torá y luego continúe con su rezo. Empero debe tener cuidado de no responder «Amén» tras las bendiciones para no interrumpir su rezo.

14. ¿Qué cohanim pueden bendecir a la congregación?

El precepto de la bendición sacerdotal recae sobre todos los cohanim, justos y malvados por igual. Por lo tanto, un cohen que trasgredió ingiriendo alimentos prohibidos o tuvo inconductas sexuales y demás (salvo las trasgresiones que se listarán a continuación) debe subir a la tarima a bendecir. En caso de que se abstenga de recitar la bendición sacerdotal estaría sumando otra trasgresión a las ya realizadas. Tal como dijo Rambám (Hiljot Tefilá 15:6): «No se le dice a un malvado que cometa otra maldad y se abstenga de cumplir un precepto».

Si el cohen cometió trasgresiones que alteran su carácter de tal, por ejemplo si desposó una divorciada o si no se cuida de no impurificarse con muertos, se le prohíbe subir a la tarima a bendecir. Un cohen que trasgredió cometiendo idolatría o si profana Shabat en público en señal de desafío, no puede bendecir a la congregación. En todos estos casos, si el cohen en cuestión se arrepiente y retorna a la senda del bien podrá volver a bendecir (Shulján Aruj Oraj Jaím 128 incisos 37, 40, 41 y Peninei Halajá Tefilá 20:10).

Un cohen que mató a una persona no puede recitar la bendición sacerdotal, tal como está escrito (Isaías 1:15): «Y cuando extendéis vuestras manos hacia lo alto, habré de ocultar Mis ojos de vosotros…vuestras manos llenas están de sangre» (Talmud Babilonio Tratado de Berajot 32(B)). El rol del cohen es incrementar la vida y la generosidad, tal como Aharón Hacohen que amaba la paz y la perseguía. Por lo tanto un cohen que mató, atentó contra su carácter de tal. Un cohen que atropella a alguien mortalmente, no podrá recitar la bendición sacerdotal. Los juristas debatieron respecto de si el arrepentimiento y el retorno habilitan o no para volver a bendecir. En la práctica, un cohen al que le ocurrió algo tan grave deberá acudir a su rabino para que éste le indique cómo actuar (Peninei Halajá Tefilá 20:11).

15. La lectura de la Torá.

En días de Moshé Rabenu se estableció que se lea la Torá de un rollo escrito con tinta sobre pergamino en Shabat, lunes y jueves, de modo tal que no pasen más de tres días sin que los judíos estudien Torá. Según los sabios (Talmud Babilonio Tratado de Baba Kama 82:1) este decreto fue establecido en virtud de lo que está escrito (Shemot-Éxodo 15:22): «y anduvieron tres días por el desierto sin hallar agua».

Moshé y sus alumnos los ancianos y los profetas, entendieron que la razón de la escasez de agua radicaba en que durante tres días no se habían dedicado al estudio público de la Torá. Ésta, ha sido comparada con el agua por cuanto que esta da vida a todos los seres vivos y a la vegetación, así también la Torá da vida y restaura al alma. Dado que el pueblo se desconectó un poco de la Torá, los manantiales dejaron de fluir. Sin duda que durante esos tres días los eruditos de la generación estudiaron, empero el grueso del pueblo de Israel no estudió de manera pública. Por esta razón, se estableció la lectura de la Torá todos los lunes jueves y sábados de modo tal que no pasen más tres días sin que ésta se lea en público.

Ezra el escriba estableció que la Torá se lea también los sábados por la tarde, para que la escuchen los «ioshvei hakranot» o «aquellos sentados en las esquinas» (Baba Kama 82(A)). Hay quienes entienden que se trata de comerciantes y artesanos que no podían oír la lectura los lunes y los jueves, por lo que les dispuso un complemento en Minjá de Shabat. Otros juristas opinan que «ioshvei hakranot» se refiere a las personas ligeras que una vez concluido el rezo de Shajarit de Shabat podrían dedicarse a beber hasta la embriaguez y la holgazanería, por lo que estableció que lean la Torá nuevamente por la tarde (Peninei Halajá Shabat 5:8). Además, los sabios establecieron que en cada una de las fiestas o novilunios se lea en la Torá un pasaje relativo al día.

Los días lunes y jueves son invitados a subir a la Torá tres personas, en Rosh Jodesh y Jol Hamoed suben cuatro, en días festivos de la Torá («iamim tovim«) suben cinco, en Yom Kipur seis y en Shabat siete (Talmud Babilonio Tratado de Meguilá 21(A)). Al principio se estableció que quien subía a la Torá debía leer él mismo, con el correr del tiempo la mayoría del pueblo adoptó la costumbre de nombrar un lector que lea por todos los que suben, para que de esta forma no dejar en evidencia a quien no sabía leer correctamente, además de asegurar una lectura más clara y exacta (Peninei Halajá Likutim I 4:2, 4:6).

La regla básica establece que en Shabat se puede llamar a la Torá a más de siete personas siempre y cuando cada uno lea, por lo menos, tres versículos. Sin embargo, por diferentes razones es mejor no hacerlo y solo en caso de gran necesidad, por ejemplo: si hay un novio y muchos de sus familiares acudieron al bet kneset y en caso de no ser llamados  a la Torá podrían ofenderse, se puede llamar a más de siete (Shulján Aruj 282:1-2, Mishná Berurá 4-5, Peninei Halajá Shabat 5:6).

La lectura de la Torá se debe llevar a cabo  de un rollo apto o casher. Esto implica que el mismo haya sido escrito a los efectos de cumplir con el precepto («leshem shamaim«) con tinta sobre un pergamino, tal como fue escrito el primer rollo de mano de Moshé por indicación Divina. La lectura debe ser llevada a cabo en presencia de un «Minián» por cuanto que ingresa en la categoría de una cuestión relativa a la santidad (ver arriba 2:10 que las mujeres están exentas de la lectura de la Torá, ver más adelante 22:4-6 respecto de la lectura de la Torá en Shabat y Peninei Halajá Likutim I cap. 4 y Peninei Halajá Tefilá cap. 22).

16. El oficiante.

El oficiante es quien conduce las plegarias. Algunas veces toda la congregación recita junto a este el rezo siendo él quien marca el ritmo; otras veces el oficiante recita sólo él el rezo y la congregación responde «Amén», tal como en la repetición de la «Amidá» o en los diferentes «Kadish». Por lo tanto es necesario que el oficiante sea una persona apropiada, de buena reputación, humilde, querido por sus semejantes, de voz agradable y que lee a menudo la Torá, los Profetas y los Hagiógrafos (Talmud Babilonio Tratado de Ta´anit 16(A), Shulján Aruj 53:4).

En especial, es importante tener estas precauciones respecto del oficiante durante los días de Rosh Hashaná, Yom Kipur y días de ayuno público ya que en estas ocasiones le rogamos a D´s que perdone nuestros pecados, nos salve de nuestras desgracias y acerque nuestra redención. De haber alguna falta moral en la persona del oficiante, la plegaria no se elevaría satisfactoriamente (Ramá Oraj Jaím 581:1).

En los días de nuestros sabios -de bendita memoria-, estaba prohibido escribir «Sidurim» (libros de rezos) ya que sólo obras escritas como el Tanaj  estaba permitido hacerlo, empero cuestiones transmitidas oralmente, y entre estas los rezos y las bendiciones que redactaron los sabios, estaba prohibido escribir (Talmud Babilonio Tratado de Temurá 14(B)). Entonces, el rol del oficiante era crucial ya que debía recordar todas las plegarias de memoria y recitarlas en voz alta para que la congregación cumpliese con el deber de rezar. En esos días se escogía un oficiante permanente para tan encumbrado rol y todo lo que se estableció respecto del oficiante del rezo en días de ayuno público, fue referido también al oficiante permanente. A priori era necesario que cada uno de los miembros de la congregación aceptase el nombramiento del oficiante, ya que éste le hacía cumplir con su deber, empero hoy día que todos poseen y rezan de  un «Sidur», el rol del oficiante es menos importante y por lo tanto no se acostumbra a escoger uno fijo para todo el año, sino que cada día otra persona dirige el servicio, y por lo tanto se pone menor énfasis o cuidado en la elección del mismo (Shulján Aruj 53:19, Mishná Berurá 53:53).

A pesar de esto, los encargados de la sinagoga deben procurar que los oficiantes sean personas de bien, que observen el cuidado de la Torá, cumplan sus preceptos y que además la comunidad acepte que sean sus enviados ya que estos recitan la repetición de la «Amidá» y los diferentes «Kadish» (ver Kaf HaJaím 53:86). Tanto en  los servicios de Shabat como los de Iom Tov, en los cuales se acostumbra que los oficiantes canten partes del rezo, se debe procurar que tengan facultades musicales y voz agradable.

17. La pureza de intención del oficiante («le shem shamaim»)

Los oficiantes deben tener como intención de su servicio el incrementar la Gloria Celestial, empero si prolongan su canto con la intención de presumir su bonita voz, sobre ellos reza el versículo (Jeremías 12:8): «Como ella alzó su voz contra Mí, Yo la aborrecí». Estos oficiantes hacen del sagrado rezo una herramienta para su prestigio personal. Incluso aquel oficiante cuya intención es incrementar la Gloria Celestial no habrá de prolongar demasiado su canto, a fin de no incomodar al público (Rashbá, Shulján Aruj 53:11).

Los oficiantes no habrán de repetir palabras tanto en las bendiciones como durante el «Kadish», pues esto implica modificar la redacción original («matbea shel jajamim«) que establecieron nuestros sabios. Si la repetición de vocablos altera el significado original de la bendición, las palabras adicionadas se consideran una interrupción y el oficiante debe volver a recitar la bendición en cuestión desde el comienzo. Si la repetición de un vocablo no altera el significado, el oficiante no habrá de repetir la bendición  ya que no se considera que hubo interrupción (ver Igrot Moshé Oraj Jaím 2:22, Iabía Omer 6:7).

Los juristas debatieron respecto de si se pueden emplear melodías de canciones impropias para los rezos o poemas litúrgicos. En la práctica, cuando la letra de una canción impertinente es desconocida por el público se puede aplicar un criterio más flexible y permitirla haciendo arreglos musicales que adapten la melodía a la plegaria. Empero si la canción es conocida por el público, no se habrá de emplear su melodía para el rezo pues a la hora de emplearla las personas se habrán de acordar del contenido impropio y la concentración de la congregación podría verse afectada.

Está prohibido designar como oficiante a un cantante habituado a ejecutar canciones impropias (Ramá Oraj Jaím 53:25).

No es correcto que una persona pretenda ser oficiante, por lo tanto cuando se acerque el encargado a pedirle que oficie, en primera instancia debe declinar un poco por cuestión de educación y modales mas no debe negarse en demasía (Shulján Aruj 53:16, Peninei Halajá Tefilá 4:3).

En el caso de quien puede oficiar pero declina más veces de las que indicaron nuestros sabios, atenta contra el honor del rezo y la Gloria Celestial. Asimismo, quien fue dotado por D´s con habilidad musical y voz agradable no habrá de declinar a oficiar en sábados o días de fiesta, en los cuales los servicios son embellecidos mediante melodías y cánticos. En caso de que decline a oficiar por obstinación o haraganería y no alaba a D´s con su voz, se le considera como si mejor no hubiese nacido (Sefer Jasidim 768).

Nuestros sabios, de bendita memoria, nos cuentan que Navot el Izreelita (proveniente del Valle de Izre´el n. de t.) poseía una voz bella y agradable y peregrinaba en las fiestas al Templo de Jerusalem y todos los israelitas se reunían a escucharlo cantar. Una vez no peregrinó porque quería cuidar de su viña en virtud de este pecado fue aprehendido, mientras otros malvivientes testimoniaron contra él que se rebelaba contra el rey, siendo más tarde ejecutado (Pesikta Rabatí 25).

18. El rezo de quienes están de luto y el recitado del Kadish de los huérfanos.

Quien se encuentra de duelo por el fallecimiento de uno de sus padres debe recitar «Kadish» durante el primer año. Esto implica un gran beneficio para el alma del difunto al salvarlo del rigor del «Guehinom» (infierno), ya que su hijo que le sobrevive santifica el Nombre Divino  al recitar el «Kadish». Esto aumenta los méritos del fallecido pues queda en evidencia que ha perdurado el valor eterno de la santidad en su vida.

Si el hijo del difunto sabe oficiar el servicio, es bueno que lo haga durante los días de la semana, ya que esto resulta beneficioso para el fallecido. Asimismo cada año en el día del aniversario del fallecimiento, sus hijos dicen Kadish y procuran oficiar el rezo. Cuando en la sinagoga se encuentran varios dolientes acostumbran a recitar Kadish conjuntamente. A los efectos de oficiar el rezo existe un orden de preferencias, por ejemplo, un deudo dentro de los primeros treinta días del fallecimiento antecede a quien está dentro del año (se detalla en Peninei Halajá Tefilá 4:5-7).

Un hombre o mujer que fallecieron dejando en el mundo un hijo menor de edad, aunque este no llegó a la edad de cumplir preceptos habrá de recitar «Kadish». A estos efectos se instituyó el «Kadish Iatóm» («Kadish» del huérfano) ya que en el caso de un mayor de edad, es mejor que oficie el servicio en memoria del alma de sus padres, empero para el menor de edad que no puede oficiar se estableció un «Kadish» especial (Ramá Ioré Deá 376:4). Inclusive, si el menor no llegó aun a la edad de «jinuj» en la que se le debe comenzar a enseñar a cumplir los preceptos, se le dicta el «Kadish» palabra por palabra y el público habrá de responder «Amén»

En el caso de un hijo adoptado, corresponde que recite «Kadish» por sus padres. Por supuesto que así corresponde que sea en el caso de que los fallecidos carezcan de otros hijos ya que es «mitzvá» para el hijo adoptado recitar «Kadish» en memoria de sus padres adoptivos fallecidos. En el caso de un converso, es bueno que recite «Kadish» por sus padres gentiles fallecidos (Responsa Zakán Aharón Ioré Deá 87).

19. En el caso de quien no dejó un hijo que diga por él Kadish.

En el caso de un hombre o una mujer que fallecieron sin poder dejar un hijo en el mundo o que dejaron un hijo mas este no es temeroso del cielo y no está dispuesto a asistir a la sinagoga a recitar por ellos «Kadish», en caso de tener un nieto temeroso, éste habrá de recitar «Kadish» todo el año. Un nieto por parte de un hijo, antecede a un nieto hijo de la hija. En caso de que aún no haya un nieto pero sí un yerno, que éste recite el «Kadish». El nieto o el yerno pueden recitar «Kadish» cuando uno de sus padres está fallecido o cuando éstos dan su consentimiento. Empero si los padres no consienten en que su hijo recite «Kadish» estando ambos aún con vida no habrá de hacerlo por su suegro o su abuelo.

Cuando el fallecido carece de yerno, el padre habrá de recitar por su hijo. Cuando el padre no está con vida recitará «Kadish» por éste su hermano o su sobrino.

En caso de que ninguno de estos parientes pueda recitar «Kadish» habrán de contratar a cuenta del dinero de la herencia, una persona temerosa para que lo haga y es bueno contratar a quien es estudioso de la Torá. En caso de que haya en la familia un estudioso de la Torá, éste antecede a un extraño. Es importante que se pague por el «Kadish» para asegurar que sea recitado. Además, si se le paga para recitar «Kadish» a quien es estudioso de la Torá o a un pobre con hijos a su cargo, se le suma  al difunto un mérito suplementario.

Hoy día se acostumbra que cuando el fallecido tiene sólo una hija, se contrata a un hombre que diga Kadish por éste.

01. El precepto de construir un Beit Kneset.

En todo lugar donde viven diez judíos deben dedicar un sitio especial en el cual rezar y que sea para ellos un pequeño santuario. A este recinto se le llama «Beit Kneset» o sinagoga (Rambám Hiljot Tefilá 11:1).

Es importante destacar que la sinagoga no es solamente un sitio que posibilita llevar a cabo rezos con «Minián» sino que tiene un valor propio e intrínseco pues se trata de un recinto destinado a cuestiones relativas a la santidad y la Divina Presencia reposa en él. Construir una sinagoga es un precepto muy importante, tal como está escrito (Shemot 25:8): «Y Me harán un santuario y moraré en medio de ellos». Este versículo se refiere principalmente al precepto de construir el sagrado Templo de Jerusalém, pero un desprendimiento de este mandamiento refiere al deber de construir sinagogas (Peninei Halajá Likutim 1:1). Sobre esto dijo el profeta Ezequiel (11:16): «He sido para ellos como un pequeño santuario o santuario en miniatura» y Rabí Itzjak explica (Talmud Babilonio Tratado Meguilá 29(A)) que se refiere a las sinagogas y casas de estudio.

Las sinagogas y casas de estudio cobraron una especial importancia tras la destrucción del Templo de Jerusalém, por cuanto que al salir al exilio junto con la Divina Presencia ya no podemos peregrinar y presentarnos ante Hashem y por lo tanto en estos recintos tenemos la posibilidad de preservar el recuerdo de la revelación de la Divinidad que experimentábamos antaño. Asimismo, los rezos que se recitan en las sinagogas fueron establecidos de acuerdo con las ofrendas que se sacrificaban en el Templo de Jerusalem. De esto inferimos que la construcción o establecimiento de una sinagoga cumple un doble propósito: por una parte ayuda a que se lleven a cabo regularmente los diferentes rezos y por la otra funge como «pequeño santuario», esto es, como suerte de recuerdo de la santidad que irradiaba el sagrado Templo de Jerusalém (ver Peninei Halajá Likutim I cap. 6 sobre leyes referentes  a la sinagoga y aquí se traen únicamente aquellas que corresponden a la mujer).

Dada la gran importancia que encierra la institución sinagogal todos los miembros de la congregación están obligados a participar en el financiamiento de su construcción. En caso de haber judíos que no están interesados en aportar para la construcción, los líderes comunitarios pueden  forzarlos a hacerlo (Shulján Aruj 150:1, ver allí que se acostumbraba a dividir los aportes según el nivel de ingresos y en otros sitios según el tamaño de la familia).

Entendemos que la mujer también forma parte del precepto de construir la sinagoga y es bueno que haga aportes económicos con este fin. Si bien la mujer no está preceptuada de rezar en la sinagoga, como es considerada miembro de la comunidad debe participar del precepto de erigir el «pequeño santuario». En la generación del desierto las mujeres donaron sus joyas para el tabernáculo. Además, las mujeres asisten de tanto en tanto a la sinagoga y tal como vimos anteriormente (20:2) ello realza y eleva particularmente sus plegarias. De todas maneras, si una mujer no quiere participar del financiamiento de la construcción de una sinagoga, entendemos que no se le puede obligar a contribuir por cuanto que no está preceptuada de rezar en ella.

02. ¿Cómo elegir sinagoga?

Es preceptivo escoger un sitio fijo en el cual rezar, esto aplica también para la mujer que debe tener una sinagoga fija a la cual asistir en sábados y días festivos, y de ser posible es bueno tener un sitio fijo dentro de la misma (Peninei Halajá Tefilá 3:2).

Cuando existe la posibilidad de rezar en más de una sinagoga es bueno elegir de acuerdo con las reglas estipuladas por nuestros sabios. Una casa de estudio (Beit Midrash) es más sagrada que una sinagoga (Shulján Aruj Oraj Jaím 90:18). Una sinagoga en la cual se llevan a cabo más clases de Torá antecede a aquella en la que se estudia menos. Además, es preferible asociarse a aquella congregación en la que se estudia más Torá.

En un sitio donde hay dos sinagogas, en una rezan muchos y en la otra pocos, es preferible escoger la más concurrida pues «a mayor presencia popular mayor es la Gloria del Rey» (Mishná Berurá 90:55). Sin embargo, si en la sinagoga más grande es difícil escuchar con claridad al oficiante, es mejor escoger aquella en la que se lo pueda oír cabalmente (Mishná Berurá 90:28). Vemos entonces que la regla es la siguiente: es preferible que las sinagogas sean lo más grandes posible ya que de esa manera aumenta la Gloria Celestial. Empero hay un límite a partir del cual, por ser tantos los feligreses, no se oye bien al oficiante.

Si en una sinagoga se acostumbra a hablar durante el rezo  y en la otra no, es preferible rezar en aquella en la que se respeta más el servicio ya que es más fácil concentrarse durante el mismo (Sefer Jasidim 770).

La regla más importante indica que lo principal es la concentración o intención (kavaná) y por lo tanto más allá de todas las reglas estipuladas por nuestros sabios, el sitio donde la persona logra concentrarse mejor es el preferido (ver Ridbaz III: 702).

Es preferible elegir un beit kneset en el cual se ora según la costumbre de los padres. Pero cuando la mujer sabe con certeza que podrá concentrarse mejor en uno en el cual se reza según otras costumbres, que vaya al que se pueda concentrar mejor.

En el caso de que el marido prefiera una sinagoga y la esposa otra y éstas tengan diferentes horarios de rezo, la mujer debe ir junto a su marido ya que él reza fijo en su sinagoga por estar preceptuado de hacerlo. Además en todo lo referente a costumbres y halajot se actúa de acuerdo a la usanza del marido, tal como se verá más adelante (24:4).

La mujer es recompensada por cada paso que da al ir a la sinagoga. Por lo tanto, si la sinagoga predilecta se encuentra un poco distante de su casa es mejor asistir a ésta y no debe lamentarse del esfuerzo que implica la caminata, ya que a cada paso recibe un gran  beneficio. Esta cuestión fue revelada a una mujer, tal como lo vimos anteriormente (20:2, Tratado de Sotá 22(A)).

03. La santidad de la sinagoga.

Es preceptivo conducirse con temor reverencial en la sinagoga de acuerdo con lo que reza el versículo (Vaikrá 19:30): «Y mi santuario habréis de temer» ya que la santidad de la sinagoga se deriva y asemeja en cierta forma a la del Templo de Jerusalém.

Todo aquel que hace uso de la sinagoga para necesidades profanas denigra su santidad, ya que este recinto tiene como único cometido albergar cuestiones relativas a la santidad, estudio de Torá, rezo y cumplimiento de preceptos. Por esta razón no se debe hablar de temas económicos en el Beit Hakneset y por supuesto que no se pueden hacer bromas o contar chismes. Está permitido llevar a cabo en una sinagoga reuniones por cuestiones relativas al cumplimiento de un precepto por ejemplo: colectar dinero para los pobres o juntar donativos para una Yeshivá.

Es preceptivo honrar el espacio físico de la sinagoga y mantenerla siempre limpia. Quien tiene barro en las suelas de sus zapatos debe quitarlo antes de entrar (Shulján Aruj 151:6-7).

No se debe entrar a la sinagoga si no es a los efectos de estudiar Torá o rezar. Incluso si afuera llueve no se puede entrar para tomar resguardo. En verano está prohibido entrar para sentarse en un sitio sombreado. Si la mujer que entra tiene la intención de estudiar o rezar, aunque también procura ponerse a resguardo de las inclemencias del tiempo, tiene permitido ingresar.

Una persona que necesita ingresar a la sinagoga para llamar a alguien por una cuestión urgente puede hacerlo, pero antes de ello, deberá sentarse unos instantes y recitar algún versículo, de modo que no haya entrado únicamente por sus asuntos privados (Meguilá 28, Shulján Aruj Oraj Jaím 151:1).

En una sinagoga en la que no se acostumbra a llevar a cabo comidas alusivas al cumplimiento de preceptos, es preferible, a priori, guiarse según la opinión del «Maguén Abraham» en cuanto a que no se deben celebrar banquetes por el cumplimiento de preceptos, tales como Brit Milá, Rescate del Primogénito, Bar Mitzvá o banquete nupcial (Sheva Berajot) en los que se sirva vino. Sin embargo según esta opinión se permite servir un bocadillo para celebrar la finalización del estudio de un tratado del Talmud. En caso de que en la sinagoga en cuestión se acostumbra, desde su fundación, a celebrar banquetes de celebración por el cumplimiento de preceptos, éstos pueden ser llevados a cabo según todas las opiniones. Esto siempre y cuando se tenga cuidado de evitar toda conversación vana, conductas inapropiadas y el abuso del alcohol. Asimismo se debe tener cuidado de no sentar juntos hombres y mujeres en la sinagoga. Aquellos que procuran actuar de un modo más flexible, pueden llevar a cabo banquetes de celebración por el cumplimiento de preceptos también en sinagogas en las que no se acostumbró a hacerlo desde su fundación, ya que la mayoría de los juristas lo permite (Peninei Halajá Likutim I 6:8, ver allí todo el capítulo).

04. No traer a la sinagoga niños que puedan perturbar el rezo.

Una mujer no puede pararse a rezar con un niño delante suyo pues éste puede distraer su concentración (Mishná Berurá 96:4). Obviamente, tampoco se puede traer a la sinagoga en horario de rezos a bebés o niños pequeños que no saben rezar  pues pueden molestar a los orantes.

Quien trajo a su hijo a la sinagoga y éste comienza a molestar al rezo público, aunque se encuentre en medio de la Amidá deberá tomarlo de la mano, retirarlo y continuar rezando afuera. Otro tanto ocurre con la señora que trajo a su hijo a la sección de las mujeres de la sinagoga (ver arriba 14:2).

Si bien se considera una costumbre piadosa traer niños a la sinagoga para que absorban el ambiente de santidad que de ésta se desprende, la tradición aplica en los horarios en los que no hay rezos.

A los efectos de clarificar la importancia de esta cuestión, he de recordar aquí los conceptos de Rabí Ieshaiahu Horowitz (השל»ה הקדוש) quien escribió en nombre del autor del libro «Orjot Jaím»:

«La conversación de los niños en la sinagoga es una gran prohibición. En nuestros días los niños pequeños vienen a la sinagoga a los efectos de traer castigo sobre quienes los traen, ya que con su asistencia profanan la santidad de la casa de nuestro D´s al jugar en esta como si se tratase de una calle cualquiera de la ciudad. Un niño juega con el otro, otro golpea a su compañero, uno ríe y otro llora, uno habla y el otro grita, uno corre para aquí y el otro corre para allí. Hay incluso quienes hacen sus necesidades en la sinagoga haciendo que todos comiencen a gritar «¡agua!  ¡agua!». En otros casos el padre le da al niño un libro y este lo tira al piso o lo rompe en una docena de pedazos. En resumen, los juegos de los niños en la sinagoga devienen en la pérdida de concentración de quienes rezan, profanándose así el Nombre Divino. Por lo tanto, quien trae un niño pequeño a la sinagoga no debe de esperar recibir por ello recompensa, sino más bien le es dable esperar una desgracia. Lo peor de todo es que estos niños pequeños al crecer continuarán faltando el respeto a la sinagoga y luego a la Torá; de modo tal que una trasgresión constantemente repetida se transforma a ojos del trasgresor, en permitida y en hábito que no abandonará ni siquiera en su vejez. Para concluir, no se debe traer a los niños muy pequeños a la sinagoga pues al hacerlo se perjudicará y no se beneficiará. Empero una vez que el niño llega a la edad en la que se le comienza a enseñar el cumplimiento de los preceptos (jinuj), habrá de traerlo a la sinagoga y le enseñará a sentarse allí con temor reverencial y respeto sin permitirle moverse del mismo, y le instará a responder «Amén», al «Kadish» y a la  «Kedusha» (Shnei Lujot Habrit, Tratado de Tamid Ner Mitzvá, Mishná Berurá 98:3).

05. Mujeres con tzitzit.

Las mujeres están exentas del tzitzit pues se trata de un precepto positivo marcado por el tiempo, ya que el deber rige durante el día y no durante la noche (Talmud Bailonio Tratado de Menajot 43(A), Shulján Aruj Oraj Jaím 17:2, arriba 2:7).

Aquella mujer que quiera vestir un talit puede hacerlo en privado. Según la usanza ashkenazí habrá de recitar la bendición correspondiente y según la sefaradí no habrá de recitarla.

06. Mujeres con tefilín.

Las mujeres están exentas del precepto de colocar tefilín ya que se trata de un precepto positivo sujeto al tiempo. Es preceptivo colocarlos en días de la semana y en Shabat está prohibido hacerlo (arriba 2:7).

Si bien hay casos de varios preceptos positivos marcados por el tiempo como  el caso de lulav o shofar, donde muchas  mujeres acostumbran a participar de los mismos si bien no están obligadas, si lo hacen voluntariamente se les cuenta como cumplimiento.

De todas maneras en el caso del tefilín la costumbre es que mujeres no los coloquen ya que los judíos temieron grandemente por la honorabilidad de sus filacterias. A tal punto fueron cuidadosos que si bien se pueden llevar colocadas las filacterias todo el día, dado que portarlas requiere de concentración continua sólo las usaban durante el rezo de Shajarit, con la finalidad única de cumplir con el precepto. Entonces, las mujeres que no están preceptuadas de colocar tefilín, ¿para qué precisan entrar en el área de duda respecto de si los respetaron o no suficientemente? Por lo tanto la costumbre es que mujeres no los colocan (Maguén Abraham, Aruj Hashulján).

Por lo tanto, si una mujer quiere superarse en el cumplimiento de los preceptos y consulta si es bueno para ella colocar tefilín la instrucción es que no los coloque. Si de todas formas su deseo es muy intenso  y quiere colocárselos en privado, no corresponde reprenderla ya que muchos juristas opinaron que se le debe reprochar por esto y otros opinan que no y la regla general es que no se debe reprender a alguien cuya conducta está avalada por alguna autoridad halájica.

Hay mujeres que no observan los preceptos relativos al recato y muchos otros y solamente quieren perfeccionarse mediante el uso de talit y tefilín. En este caso se les debe objetar el hecho de transformar el cumplimiento de un precepto en un ámbito de conflicto social, ya que el cumplimiento de los preceptos debe ser con pureza de intención (leshem shamaim), esto es para cumplir con la Voluntad Celestial y no como herramienta para la promoción de todo tipo de otros intereses.

01. El rezo de Shabat.

La Amidá de Shabat contiene siete bendiciones. Las tres primeras y las tres últimas son idénticas en su redacción a las que se recitan durante la semana y en lugar de trece bendiciones intermedias recitamos una especial que se refiere a la santidad sabática.

Si bien cabría recitar en Shabat todas las bendiciones que se dicen en los  días de la semana agregando una especial por Shabat, los sabios no quisieron agobiar al público con una plegaria extensa en demasía por lo que abreviaron la Amidá. De esta manera las trece intermedias son sustituidas por una sola. Empero, si quien reza en Shabat y por error comienza a recitar las bendiciones de los días de la semana tal que en la mitad del recitado se acuerda que es Shabat, que termine primero la bendición en la que se encuentra para posteriormente pasar a la versión sabática del rezo. Esto se debe a que, por la base de la ley, correspondería recitar las bendiciones intermedias también en Shabat,  así que como ya comenzó a recitarlas es correcto que termine aquella en la que se encuentra (Shulján Aruj Oraj Jaím 268:2).

Nuestros sabios establecieron una redacción especial para cada rezo del día sabático, «Atá Kidashta» para el rezo de Arvit, «Ismaj Moshé» para Shajarit y «Atá Ejad» para Minjá. En caso de que, por error, quien reza cambia una bendición por otra tal que, por ejemplo, recitó en Minjá el texto correspondiente a Arvit, dado que todas se ocupan del mismo tema que es la santidad sabática igualmente cumplió con su deber. Empero, si por error, la persona rezó toda la Amidá con la versión de día de semana, no cumplió con su deber por no haber mencionado el Shabat y deberá volver a rezar. Si la persona se acuerda antes de terminar la Amidá, debe volver a la bendición relativa al Shabat y de allí continuará hasta terminar el rezo (Shulján Aruj 268:5-6).

02. El recibimiento del Shabat, Kabalat Shabat.

Hace más de cuatrocientos años los kabalistas de Tzfat (Safed) comenzaron a recibir el Shabat mediante el recitado de cánticos y poemas. Como el pueblo de Israel quería darle expresión al alma adicional que se agrega con el inicio del santo día, se arraigó la costumbre en toda la nación y este es el rezo de «Kabalat Shabat«. En esos días vivía Rabí Shlomó Alkabetz quien compuso el maravilloso poema «Lejá Dodí» (Vayamos amado mío a recibir al Shabat) con el que se acostumbra hoy a recibir el Shabat en todas las sinagogas.

Rabí Itzjak Luria Ashkenazi (el Arí z»l) acostumbraba  recibir el Shabat en el campo y allí él y sus alumnos miraban hacia occidente donde el sol se pone ya que nuestros sabios, de bendita memoria, dijeron (Talmud Babilonio Tratado de Baba Batra 25(A)) que en el oeste la Divina Presencia se revela más intensamente. Es así que en la mayoría de las sinagogas se arraigó la tradición de mirar hacia occidente al recitar el último párrafo del poema «Lejá Dodí» en el cual se invita a la novia a ingresar («Boi Kalá«). Es así que aunque la puerta de la sinagoga esté ubicada en otra dirección las personas miran hacia occidente. Algunos acostumbran mirar hacia la entrada de la sinagoga aunque esta no esté orientada hacia el oeste, para expresar así el hecho de que el Shabat es un huésped que entra por la puerta (algunos de los sefaradíes miran hacia occidente durante el recitado de «Mizmor LeDavid» y durante todo el «Lejá Dodí«).

En muchas sinagogas se comienza a rezar relativamente tarde, llegando entonces a «Lejá Dodí» después de la puesta del sol, y para cumplir con el precepto de agregar tiempo profano al sagrado («Tosefet Shabat«) deben recibir el Shabat antes de este horario recitando «Boí Kalá Shabat Hamalká» (ven novia, la reina el Shabat). Es bueno que después de concluido el rezo de Minjá el encargado pronuncie esta frase antes que se ponga el sol.

Las mujeres acostumbran a recibir el Shabat mediante el encendido de velas y de esta manera agregan tiempo profano al sagrado de manera excelente. Aquella mujer que acostumbra a rezar Minjá, el viernes debe tener cuidado de hacerlo antes del encendido de las velas ya que de acuerdo a la opinión de muchos juristas una vez recibido el Shabat con el encendido, ya no se puede rezar Minjá de día viernes (Mishná Berurá 263:43). A posteriori, si no alcanzó a rezar Minjá antes de encender las velas puede apoyarse en los juristas que entienden que a pesar de que ya recibió el Shabat y no puede ya realizar labor alguna, tiene la posibilidad de rezar una plegaria correspondiente al viernes (Tzitz Eliezer 13:42, ver Peninei Halajá Shabat 3:5).

03. «Vaijulú» y «Maguén Avot»

En el rezo de Arvit de Shabat se recita el pasaje de «Vaijulú» que son los tres versículos del final del capítulo de la creación que se refieren al Shabat (Bereshit 2:1-3): «Y así fueron acabados el cielo y la tierra y todos sus ejércitos. Y habiendo terminado D´s el día séptimo la obra que había hecho descansó el día séptimo  de todo el trabajo realizado. Y bendijo D´s al séptimo día  y lo santificó porque en él descansó de toda la obra que había creado»

Dijeron nuestros sabios (Talmud Babilonio Tratado de Shabat 119(B)) que todo aquél que recita «Vaijulú» en el rezo de víspera de Shabat es como si se transformase en socio del Eterno en la obra de la creación. D´s creó el mundo intencionalmente incompleto para que podamos ser socios de su perfeccionamiento. Esta sociedad implica, primeramente, que creamos en el Creador y  en virtud de ello actuemos a los efectos de mejorar el mundo y revelar en éste Su gloria.

Además, nuestros sabios dijeron que todo aquél que recita «Vaijulú» en víspera de sábado es acompañado por dos ángeles que apoyan sus manos sobre él y le dicen: «Él quitará tu pecado y tu trasgresión expiará». El Shabat está relacionado con la teshuvá y ello se manifiesta en el hecho de que los vocablos «Shabat» y «Teshuvá» (retorno, arrepentimiento) en hebreo están conformados por las mismas letras. En Shabat ratificamos la fe en el Creador y en virtud de ello retornamos a las aspiraciones de elevación que anidan en nuestra alma. Todo aquél que recita «Vaijulú» el viernes por la noche expresa el significado profundo del Shabat, y a raíz de ello puede alcanzar el completo retorno espiritual y sus trasgresiones se ven así expiadas.

En la sinagoga el público recita «Vaijulú» por segunda vez  tras la Amidá. Hay quienes dicen que el hacerlo es brindar testimonio de la creación del mundo (ver Peninei Halajá Shabat I 4:3). Además, recitamos por tercera vez «Vaijulú» durante el Kidush. Vemos comúnmente que cosas de importancia se suelen repetir tres veces (como en el caso de «Ashrei» o la «Kedushá«).

Nuestros sabios establecieron que una vez concluida la Amidá de Arvit el oficiante recite una bendición que es una suerte de resumen de las siete bendiciones ya rezadas, a modo de repetición en voz alta (a los efectos de ampliar ver Peninei Halajá Shabat I 4:2).

Esta bendición corresponde al oficiante, y por lo tanto cuando el público canta el fragmento que inicia con las palabras «Maguén Avot«, el oficiante debe volver a hacerlo en voz solista (Mishná Berurá 268:22).

04. Cánticos de alabanza («Pesukei Dezimrá»), la lectura de la Torá y Musaf.

Desde la Edad Media (tiempo de los «rishonim») se acostumbra agregar Cánticos de Alabanza («pesukei dezimrá«) antes de la Amidá de Shajarit para lo que se eligieron salmos que mencionan la creación del mundo o la entrega de la Torá. Esto obedece a que el Shabat rememora la acción creadora del universo y la Torá fue entregada un día sábado. Antes de la bendición de «Ishtabaj» que finaliza la sección de los «Cánticos de Alabanza» se adiciona la plegaria «Nishmat Kol Jai» en la cual se recuerda la salida de Egipto, puesto que el Shabat rememora el Éxodo (Tur Oraj Jaím 281, Levush, ver Peninei Halajá Shabat I 4:4).

 

Tras el rezo de Shajarit se lee la Torá y luego la Haftará de uno de los profetas. Respecto de la lectura de la Torá ya estudiamos anteriormente (20:15) que se acostumbra invitar a subir a siete personas. Cabe aquí agregar que la intención de esta lectura es completar a lo largo de un año toda la Torá. En días del Talmud se acostumbraba, en la tierra de Israel a completar la lectura de la Torá en tres años mientras que en Babilonia se acostumbraba a hacerlo en un año solamente, tal como se acostumbra hoy día. Si un Shabat no se leyó la porción correspondiente, el siguiente sábado se deben leer dos para completar aquella que faltó (Shulján Aruj Oraj Jaím 135:2).

Tras la lectura de la Torá y la Haftará se reza Musaf. Este rezo fue establecido por las ofrendas suplementarias que se sacrificaban en el Templo de Jerusalem en virtud de la santidad especial del Shabat. Asimismo, en días festivos se reza Musaf en virtud de las ofrendas suplementarias que se nos ordenó sacrificar en esos días de especial santidad (ver adelante la halajá 6).

05.  Haftará (la porción de lectura de los profetas).

Nuestros sabios dispusieron que además de la Torá, se lea también un pasaje de los profetas que esté vinculado a lo que se leyó de la ley de Moshé, recitándose una bendición antes y cuatro bendiciones después de la lectura.

Esta lectura fue instituida en virtud de una medida persecutoria que prohibía a los judíos leer la Torá en días del segundo Templo. Dado que este decreto no incluía la prohibición de la lectura de los profetas, los sabios de esa generación ordenaron sustituir la lectura original de la Torá de Moshé por los de los libros proféticos de un modo semejante a la de la primera, con siete personas que pasan a leer y con el recitado de bendiciones antes y después. Una vez que el decreto persecutorio fue derogado y los judíos volvieron a leer la Torá, se estableció que se continúe leyendo a los profetas cada sábado e inclusive se instituyeron bendiciones a recitar antes y después de la lectura. Dado que en días de la persecución pasaban a leer al profeta siete personas y cada uno leía como mínimo tres versículos, en esta nueva etapa se definió que la Haftará no podía consistir de menos de veintiún versículos. En caso de que el pasaje a ser leído contenga un número de versículos menor al mínimo se lee de todas maneras hasta concluir con el mismo (Shulján Aruj 284:1, Mishná Berurá 2).

A los efectos de que la lectura de la Haftará no parezca similar en jerarquía a la de la Torá, nuestros sabios dispusieron que quien pasa a leer a los profetas debe primeramente leer algunos versículos de la Torá («maftir»), para que de esa manera quede claro que la segunda lectura no es una unidad independiente y equivalente a la primera, sino que en virtud de lo que leyó primeramente puede luego adicionar la lectura de los profetas.

Hay quienes opinan que la lectura de la Haftará debe ser llevada a cabo de un libro de los profetas escrito con tinta y sobre un pergamino, similar al de un rollo kasher de la Torá (Levush). Muchos juristas de las últimas generaciones escribieron que también se puede leer la Haftará de un libro impreso y bueno es leerla de uno en el cual están impresos todos los capítulos del profeta en cuestión. Empero si no hay disponible semejante tomo, se puede leer la Haftará de un libro en el cual figuran únicamente los versículos a leer como es el caso de nuestros «jumashim» (Mishná Berurá 284:1).

Quien sube a la Torá como «Maftir» debe ser quien lea la Haftará y el público debe prestar atención a su lectura. Aquél que quiera leer en voz baja junto al «Maftir» puede hacerlo siempre y cuando no impida a quienes están sentados junto a él escuchar la Haftará en voz alta (Mishná Berurá 284:11 y Beur Halajá).

06. Las mujeres y el deber de rezar en Shabat.

Tal como ya vimos (2:2-5) a priori es bueno que las mujeres recen la Amidá de Shajrit y Minjá diariamente y en Shabat lo hagan con las variantes correspondientes en el rezo. Si una mujer reza una Amidá por día cumple con su deber y es mejor que sea en Shajarit. En caso de apremio se puede confiar en la opinión de aquellos que sostienen que la mujer cumple con su deber mediante el recitado de las bendiciones matinales y de la Torá. En el caso de mujeres ocupadas en la crianza de niños pequeños pueden a priori apoyarse en esta idea.

Sin embargo, es correcto que aquellas mujeres que en los días de la semana solamente recitan bendiciones matinales y de la Torá, en Shabat reciten la Amidá de Shajarit puesto que generalmente en este día tienen más tiempo libre. Muchas mujeres incluso van a la sinagoga  y rezan junto a la congregación, tanto el viernes por la noche como Shajarit de Shabat, cumpliendo así su deber con gran excelencia.

En cuanto a la lectura de la Torá, vimos anteriormente (2:10) que en opinión del «Maguén Abraham» (282:6) las mujeres están preceptuadas de oír la lectura de la Torá de Shabat ya que deben completar la audición de todo el libro a lo largo del año. Sin embargo, en opinión de la mayoría de los juristas las mujeres están exentas de oír la lectura de la Torá en Shabat por tratarse de un precepto marcado por el tiempo, y así es la halajá final. Sin embargo, aquella mujer que desee cumplir con especial excelencia, es bueno que escuche la lectura de la Torá de Shabat, ya que de acuerdo a todas las opiniones, si bien está exenta, si lo hace tiene en ello un gran mérito (Si la mujer debe o no escuchar la porción de «Zajor» lo veremos más adelante 23:5).

En cuanto al rezo de Musaf vimos (2:9) que hay juristas que opinan que las mujeres deben rezar Musaf (Maguén Guiborim), mientras que otros consideran que no están preceptuadas (Tziún Lenefesh Jaiá). En la práctica, dado que se trata de un precepto de origen rabínico, la halajá es de acuerdo con la opinión más flexible, por lo que las mujeres no están obligadas a rezar Musaf, y quien de todas maneras quiera hacerlo tiene en ello un gran mérito.

07. ¿Es correcto que una mujer se saltee secciones del rezo para alcanzar a rezar la Amidá junto al «Minián»?

Una pregunta frecuente es cómo debe actuar una mujer que llega a la sinagoga a rezar Shajarit en Shabat cuando el público se dispone a recitar la Amidá. A este respecto, los hombres tienen instrucciones detalladas en cuanto a que, por un lado, deben saltearse los Cánticos de Alabanza para alcanzar a rezar junto al resto de la congregación, pero por el otro no pueden saltearse el recitado del «Shemá» y sus bendiciones para así adjuntar el rezo a la bendición por la redención (ver Peninei Halajá Tefilá 14:5, 25:4). Sin embargo, las mujeres no están preceptuadas de recitar el «Shemá» y por lo tanto no deben adjuntar la bendición por la redención al rezo, pero por otra parte no tienen el deber de rezar con «Minián».

La respuesta es que desde el punto de vista estrictamente halájico cada mujer puede escoger qué hacer. Si así lo quiere puede rezar todo el orden del rezo que incluye Cánticos de Alabanza, el recitado del «Shemá» y sus bendiciones y la Amidá o si lo prefiere, que saltee secciones y comience la Amidá junto al público.

Esto obedece al hecho de que las mujeres están exentas de recitar los Cánticos de Alabanza y el «Shemá» con sus bendiciones,  así como de rezar la Amidá en público. Por lo tanto estamos aquí ante dos virtudes y cada mujer tiene el derecho de escoger cuál de éstas prefiere. Lo principal es que escoja aquella opción que le asegure una mejor concentración en el rezo.

En el caso de que la mujer en cuestión venga a consultar, me parece que corresponde recomendarle que saltee los Cánticos de Alabanza y las bendiciones del recitado del «Shemá» para así alcanzar a rezar la Amidá junto a la congregación, ya que el principal deber de la mujer es rezar únicamente  la Amidá, y entonces corresponde que lo haga de la mejor manera, o sea junto a la congregación. De esta manera tendrá el mérito de responder «Amén» y Kedushá durante la repetición del oficiante, así como también podrá escuchar la lectura de la Torá. Sin embargo, es importante que tenga cuidado de recitar primeramente las bendiciones matinales y de la Torá. En caso de disponer de más tiempo es bueno que recite también el «Shemá» y «Emet Veiatziv» para así cumplir con el precepto de recordar la salida de Egipto, así como también adjuntar  la bendición por la redención al rezo.

08. El Kidush y las comidas de Shabat.

Dos preceptos básicos de la Torá expresan el sentido básico del Shabat: el positivo de «recordar» (Zajor) y el restrictivo de «cuidar» (Shamor). El precepto de «cuidar» implica abstenerse de la realización de labores, mientras que «recordar» se refiere a tener presentes los fundamentos de la fe judía. El primer fundamento que recordamos en Shabat es la creación del mundo y el segundo es la salida de Egipto.

Si bien el precepto de recordar el Shabat es positivo y marcado por el tiempo, las mujeres deben cumplirlo igual que los hombres. Esto obedece a que «recordar» viene asociado a «cuidar» pues ambos fueron enunciados en una sola expresión, y por lo tanto sus reglas son idénticas. Así como las mujeres deben cumplir con el precepto restrictivo de «cuidar» ya que todas las prohibiciones de la Torá recaen sobre ellas igual que sobre los hombres aunque estén marcadas por el tiempo, de la misma forma deben cumplir con el de «recordar». Por lo tanto una mujer puede, por medio de su Kidush, hacer cumplir a un hombre con el precepto  pues ambos están igualmente preceptuados. Empero en el caso de un niño o niña que aún no llegaron a la edad de cumplimiento de preceptos no pueden hacer cumplir a los adultos ya que aquellos menores de edad que entienden el significado del Shabat están preceptuados de recitar Kidush sólo rabínicamente, mientras que los adultos están preceptuados por la Torá (Shulján Aruj Oraj Jaím 271:2).

Nuestros sabios dispusieron que se cumpla el precepto de «recordar» el viernes por la noche mediante el recitado del Kidush con una copa de vino. El Kidush de la noche contiene dos bendiciones, la primera sobre el vino y la segunda por la santidad del sábado. El recitado del Kidush con vino junto a la comida nos enseña que la santidad sabática se revela en todos los niveles, no solamente en los aspectos espirituales de la vida, sino también en las facetas materiales de la misma.

Además, nuestros sabios dispusieron que se recite Kidush durante el día, previo a la comida. De esa forma recordamos la santidad del sábado junto a una comida que se percibe importante. Dado que el Kidush que se recita de día se deriva de una ordenanza rabínica, no se le asignó una bendición especial en honor al Shabat sino que se recita la bendición por el vino «Boré Perí Haguefen«, y previo a ésta se acostumbra a agregar algunos versículos referidos a la santidad sabática. Este Kidush recibe el nombre de «Kidusha Raba» lo cual significa Kidush grande y es un eufemismo antónimo para especificar que posee menos importancia que el de la noche (ver en detalle la explicación de estas halajot en Peninei Halajá Shabat I 5:1-3).

Las mujeres están preceptuadas igual que los hombres de cumplir con las tres comidas sabáticas y bendecir «Hamotzí» sobre dos panes (Lejem Mishné) (Shulján Aruj 291:6, Mishná Berurá y Beur Halajá allí).

09. La ingestión de alimento o bebida previa al Kidush en la noche del viernes.

Es preceptivo recitar el Kidush el viernes por la noche con diligencia porque llegó ya el momento de cumplir con el precepto al haber entrado el Shabat. A los efectos de que no haya negligencia en el cumplimiento los sabios prohibieron ingerir alimentos o bebidas antes del Kidush, incluso agua. Empero está permitido enjuagar la boca con agua o tomar una medicina (Shulján Aruj 271:4, Mishná Berurá 13, Shmirat Shabat Kehiljatá 52:3).

Esta prohibición entra en rigor desde el momento del encendido de las velas. Por lo tanto, una mujer que ya recibió el Shabat mediante el encendido de velas no puede beber hasta que cumpla con el precepto del Kidush. Una chica que no enciende velas debe cumplir con el agregado de tiempo profano al sagrado mediante le recitado de «Boi Kalá Shabat Hamalká«, y desde este momento no puede comer o beber hasta el Kidush. En el caso de un hombre que agregó tiempo profano al sacro no puede comer o beber hasta que cumpla con el precepto del Kidush (Mishná Berurá 271:11, ver Peninei Halajá Shabat 5:9).

10. La ingestión de alimento o bebida previa al Kidush del sábado por la mañana.

En Shabat, a partir del momento en que corresponde recitar el Kidush, está prohibido comer, y recién después de recitarlo se podrá hacerlo. Una mujer que no acostumbra rezar Shajarit de Shabat (ver arriba 2:2-5) no puede comer o beber desde que se levanta hasta que no haya recitado las bendiciones matinales y por la Torá, amén de cumplir con el precepto del Kidush.

En el caso de una mujer que suele rezar Shajarit en Shabat, el momento de recitar Kidush comienza para ella a partir de que culminó su plegaria, y por lo tanto desde entonces no puede comer o beber hasta el Kidush. Tampoco ha de beber o comer antes de rezar. Si bien esto no lo tiene prohibido en virtud del precepto de Kidush, existe otra prohibición y es la de ingerir alimentos o bebidas antes de rezar para que así la persona no anteceda las necesidades del cuerpo a honrar a Dios. De todas maneras se puede beber agua o tomar una medicina, ya que su ingestión no implica una afrenta sino que se trata de una necesidad.

Una mujer que sabe que si no bebe té o café por la mañana no logrará concentrarse en su plegaria puede hacerlo antes de rezar ya que la ingestión no implica soberbia sino que obedece a una necesidad. En caso de ser posible, es mejor que beba el té o el café sin leche o azúcar. En caso de quien teme que si no ingiere algún alimento estará muy hambrienta y no podrá concentrarse en el rezo, puede comer un trozo de pastel o alguna fruta antes de rezar.

En caso de gran necesidad una mujer que no sepa recitar el Kidush o leerlo,  y está sedienta y le es difícil esperar hasta escucharlo de boca de su marido puede recitar las bendiciones matinales y por la Torá y posteriormente beber antes del Kidush. En caso de premura y que esté hambrienta podrá también ingerir algún alimento. Esto se permite ya que hay juristas que consideran que las mujeres están exentas del Kidush de la mañana del Shabat, (Maharam Jalava) y en caso de necesidad se puede confiar en su opinión.

Una mujer casada cuyo marido rezó temprano por la mañana, regresó a su casa y quiere recitar Kidush para  comer con ella, a pesar de que tiene pensado ir a rezar Shajarit más tarde puede comer junto a su esposo. Según la halajá, la correcta rutina familiar indica que la mujer come junto a su marido. De todas maneras, antes de sentarse a la mesa debe recitar las bendiciones matinales y de la Torá (ver arriba 8:10).

En el caso de una niña pequeña que llegó a la edad en la cual se le debe comenzar a instruir en los preceptos («Guil Jinuj«) a priori se la debe acostumbrar a no comer ni beber antes del Kidush, pero en caso de que esté sedienta o hambrienta se permite hacerlo (Shmirat Shabat Kehiljatá 52:18, Yalkut Yosef 271:17).

11. Havdalá

Las mujeres están preceptuadas de realizar la Havdalá igual que los hombres. Si bien se trata de un precepto positivo marcado por el tiempo en opinión de la mayoría de los juristas la Havdalá está incluida en el precepto de «recordar» el Shabat cuando comienza mediante el Kidush y al concluir mediante la Havdalá. Dado que tal como vimos anteriormente (halajá 8) «recordar» fue equiparado a  «cuidar», las mujeres están preceptuadas de cumplir tanto con el Kidush como con la Havdalá. Incluso para aquellos que consideran que la Havdalá es un precepto rabínico, los sabios lo establecieron también para las mujeres al igual que en el caso del Kidush.

Hay quien opina que la Havdalá es un precepto en sí mismo establecido por los sabios y no forma parte del precepto de «recordar», y al estar marcado por el tiempo las mujeres están exentas de su cumplimiento (Orjot Jaím). A los efectos de tomar en cuenta esta opinión es mejor que, a priori, la mujer escuche la Havdalá de boca de un hombre que con certeza está preceptuado de realizarla. En caso de que no haya un hombre que puede recitar Havdalá la mujer puede hacerlo para sí recitando las cuatro bendiciones correspondientes, de acuerdo con la opinión mayoritaria de los juristas.

01. Rosh Jodesh y la bendición por la renovación del ciclo de la luna («Birkat Halevaná»)

En Rosh Jodesh es preceptivo comer abundantemente (Shulján Aruj Oraj Jaím 419:1) y está permitido realizar todo tipo de trabajo. Si bien las mujeres acostumbraron disminuir un tanto sus labores en este día, se trata de una buena costumbre, ya que en cierta forma es un día festivo para ellas. Éstas fueron más privilegiadas que los hombres en Rosh Jodesh por no haber participado del pecado del becerro de oro (Shulján Aruj 417:1, esto está ampliado en Peninei Halajá Zmanim 1:6-7).

Las mujeres están exentas de recitar la bendición por la renovación del ciclo de la luna por tratarse de un precepto marcado por el tiempo. Según la usanza ashkenazí, las mujeres pueden recitar bendiciones por el cumplimiento de preceptos marcados por el tiempo, pero de todas formas la costumbre más extendida es que no reciten ésta específicamente (Mishná Berurá 426:1).

02. Shofar y Musaf en los «Días Solemnes» («Iamim Hanoraím»)

Las mujeres están exentas del precepto de oír el toque del Shofar  ya que se trata de un precepto positivo marcado por el tiempo, pero aquellas que quieran cumplirlo son recompensadas. La costumbre extendida entre las mujeres judías es que sí escuchan el toque del Shofar. Si una persona que ya lo oyó  toca para señoras, no debe recitar la bendición para ellas. Si entre las presentes hay una mujer que se conduce según la usanza ashkenazí, que ella la recite previo al toque. Si hay más mujeres presentes, que respondan Amén al escuchar la bendición. En caso de que todas las mujeres presentes sigan la usanza sefaradí, cumplen con el precepto sin que se recite la bendición (Shulján Aruj 589:6, ver arriba 2:8).

Tal como vimos anteriormente (2:9) los juristas debatieron respecto de si las mujeres deben o no rezar Musaf. Hay algunos que consideran que como en el rezo de Musaf se pide clemencia a Hashem su status es idéntico al de los demás servicios obligatorios y por lo tanto según Rambán y la mayoría de los juristas, las mujeres tienen el deber de recitarlo. Además, dado que Musaf fue redactado en honor a la santidad del día las mujeres están preceptuadas de recitarlo al igual que deben recitar Kidush en Shabat (Maguén Guiborim). Otros juristas opinan que las mujeres están exentas de rezar Musaf ya que se trata de un precepto marcado por el tiempo (Tziún Lenefesh Jaiá). En la práctica, dado que se trata de un precepto de origen rabínico, la halajá final es de acuerdo a la opinión más flexible y por lo tanto las mujeres no tienen la obligación de rezar Musaf, empero aquella que quiera hacerlo puede y tiene en ello un gran mérito. En Rosh Hashaná y Yom Kipur corresponde que toda mujer rece Musaf pues en esta plegaria se encuentra el núcleo principal de las peticiones de clemencia ante Hashem en los días solemnes.

Las mujeres cumplen con el deber de anular votos y compromisos mediante el rezo de Kol Nidrei en la víspera de Yom Kipur. Por esta razón las mujeres acostumbran a llegar a la sinagoga para esta plegaria. Una mujer casada puede nombrar a su marido como su emisario de modo tal que cuando él libere sus propias promesas, anule también las de su esposa. Una mujer soltera, no tiene la posibilidad de nombrar a alguien que libere las promesas en su nombre (Shulján Aruj 239:56, Rav Pealim IV Oraj Jaím 34:5).

03. Sucot

La fiesta de Sucot posee dos preceptos marcados por el tiempo: habitar la sucá y sostener las cuatro especies («netilat lulav«), estando las mujeres exentas de ambos. En caso de que deseen cumplir con los mismos, son recompensadas. Según la usanza ashkenazí las mujeres deben recitar las bendiciones correspondientes  por el cumplimiento de ambos preceptos. Según la usanza sefaradí no deben recitar bendición por habitar la sucá, empero respecto de las cuatro especies algunas recitan y otras no y cada cual debe mantener su tradición.

Es preceptivo que las mujeres se alegren en los días festivos mediante el uso de ropa y joyas elegantes, ingestión de carne, vino, demás manjares y todo aquello que les provoque alegría (Shulján Aruj 529:2, Peninei Halajá Moadim 1:10). Es también preceptivo estar contentos en los días festivos intermedios («Jol Hamoed») y manifestarlo mediante el uso de ropa elegante y la ingestión de exquisiteces (Rambám Hiljot Iom Tov 6:17 y 22, Mishná Berurá Oraj Jaím 530, Peninei Halajá Moadim 10:3).

04. «Ellas también participaron del milagro en cuestión»- Pesaj, Purim y Jánuca.

Dijo Rabí Iehoshúa Ben Leví: las mujeres deben beber cuatro copas de vino en la noche del Seder (Talmud Babilonio Tratado de Pesajim 108(B)), leer la Meguilá de Esther en Purim (ídem Meguilá 4(A)) y encender velas de Jánuca (ídem Shabat 23(A)) ya que «ellas también participaron del milagro en cuestión».

Esto fue explicado de dos maneras: según Rashí y Rashbam (comentarios a Pesajim 108(B) y Shabat 23(A)) la obligación se deriva del hecho de que fueron socias activas en el milagro, ya que respecto de la salida de Egipto nuestros sabios dijeron que (ídem Sotá 11(B)): «en mérito de las mujeres justas del pueblo de Israel aquella generación fue redimida de Egipto». Esto obedece a que a pesar de los sinsabores de la opresión, las mujeres nunca perdieron la esperanza de que llegue la anhelada redención, consolaban a sus maridos y permitieron la aparición de la siguiente generación. En cuanto al milagro de Purim fue impulsado por una mujer, la Reina Esther y el de Jánuca comenzó con la acción de una mujer llamada Iehudit que valientemente cortó la cabeza del opresor, y de esa manera llevó a la derogación del decreto persecutorio contra las mujeres judías solteras (derecho de pernada n. de t.). En cierta manera vemos que en estos tres milagros la participación de las mujeres precedió a la de los hombres.

Muchos comentaristas entienden que la expresión «ellas también» implica que la principal obligación del cumplimiento del precepto recae sobre los hombres, y las mujeres «también» participan del cumplimiento junto a éstos por cuanto que en su momento «también participaron» del milagro (Tosafot Pesajim 108(B), Meguilá 4(A), así escribieron Rashbá, Ritbá, Rabenu Nisim, Hameiri y otros).

05. Janucá.

Tal como vimos, las mujeres están preceptuadas de encender velas de Jánuca ya que también participaron del milagro en cuestión. Una mujer casada cumple mediante el encendido de su marido y la hija con el de su padre. En caso de que éstos no enciendan por ausentarse del hogar o cualquier otro motivo, la mujer o la hija deben encender las velas. De más está decir que una mujer que vive sola enciende las velas por sí misma.

Una hija que vive en casa de su padre, según la usanza ashkenazí puede encender sus propias velas y recitar la bendición aunque su padre haya encendido. Según la usanza sefaradí, el dueño de casa es el único que enciende en su hogar (Peninei Halajá Zmanim 12:3-4).

Las mujeres acostumbran no realizar labores durante el lapso que las velas de Jánuca permanecen encendidas para así manifestar que fueron encendidas para cumplir un precepto y no para fines utilitarios. Además, el milagro de Janucá comenzó con la acción de Iehudit y por lo tanto, para las mujeres, tiene un significado especial y más elevado aún, equiparable al de Jol Hamoed (días festivos intermedios) en los cuales no se deben realizar labores.

Según la primera razón, las mujeres tienen prohibido cocinar o freír mientras las velas están encendidas ya que se teme que utilicen la luz de éstas para esos efectos. Según la segunda razón, no se permite realizar, mientras las velas están encendidas, aquellas labores vedadas en Jol Hamoed, por ejemplo coser o lavar ropa, empero sí se puede cocinar o freír, siendo ésta la usanza extendida. Aquellas familias en las que se acostumbra a no cocinar durante el encendido que mantengan su usanza.

Hay juristas que opinan que las mujeres están preceptuadas de recitar el Halel en Jánuca ya que ellas también participaron del milagro y por lo tanto deben agradecer. Empero según la mayoría de los juristas, no están preceptuadas de hacerlo, y esta es la costumbre extendida. Aquellas mujeres que deseen cumplir con excelencia y recitar el Halel serán bendecidas. En este caso, según la usanza ashkenazí el recitado incluye también la bendición correspondiente, mientras que según la sefaradí se dice el Halel sin recitarla.

06. La lectura de la porción de «Zajor».

Los juristas debatieron respecto de si las mujeres están o no preceptuadas de escuchar la lectura de la porción de «Zajor«. Según la opinión mayoritaria las mujeres están exentas pues la lectura de la porción está asociada al precepto de erradicación de Amalek, y dado que no están preceptuadas de ir a la guerra tampoco tienen la obligación de recordar lo que nos hicieron los amalecitas (Hajinuj 603). Otros opinan que las mujeres tienen participación en el precepto de ir a la guerra ya que pueden ayudar a los combatientes y por lo tanto deben también recordar a Amalek. Si bien los sabios establecieron un tiempo específico para leer la porción de «Zajor«, que es el Shabat anterior a Purim, la Torá no fijó un momento de cumplimiento del precepto por lo que no se trata de un precepto marcado por el tiempo, y por ende recae también sobre las mujeres (Minjat Jinuj allí).

En la práctica, la mayoría de los juristas considera que las mujeres están exentas  de escuchar la lectura de «Zajor«. De todas maneras a priori es bueno que la mujer la escuche para así cumplir con todas las opiniones. En el caso de una mujer que quiera cumplir el precepto pero se le dificulte asistir ese día a la sinagoga puede leer la porción del «jumash» (Torá impresa en un libro) en su casa, ya que según muchas opiniones de esa forma cumple con el precepto bíblico original. En aquellas sinagogas en las que se llevan a cabo clases para señoras, se puede extraer un rollo de la Torá y leer para estas la porción de «Zajor«. Aunque no haya un «Minian» presente, es excelente que escuchen la porción leída de un rollo de la Torá «casher«.

07. Purim

Las mujeres están preceptuadas de cumplir los cuatro preceptos de Purim que son: la lectura de la Meguilá (libro de Esther), envío de porciones de comida, dar presentes a los pobres y el banquete.

Respecto del envío de porciones de comida, la mujer cumple enviando dos de éstas a una amiga. La entrega de presentes a los pobres la cumple entregando dos presentes a dos necesitados. Las mujeres casadas también están preceptuadas de enviar porciones y entregar presentes a los pobres. Por lo tanto, cada matrimonio debe realizar dos envíos con dos porciones en cada uno, uno de parte de la mujer y el otro de parte del marido. Lo mismo ocurre con los presentes a los pobres: conjuntamente se deben entregar cuatro presentes, dos presentes a dos pobres de parte del marido y otro tanto de parte de la esposa (Mishná Berurá 695:25). Hay juristas que consideran que dado que se trata de una pareja, cumplen con sus deberes juntos mediante un solo envío de porciones de comida y dos presentes a necesitados solamente, sin embargo según esta opinión hijos e hijas mayores de edad no cumplen con su deber mediante la acción de sus padres (Aruj Hashulján). En la práctica, la halajá se estableció de acuerdo a la opinión mayoritaria y según esta la mujer casada debe realizar su propio envío de porciones y entregar presentes a los pobres (ver Peninei Halajá Zmanim 16:6).

Es preceptivo para las mujeres alegrarse en Purim mediante la ingestión de vino, empero deben evitar la embriaguez ya que ésta es más ignominiosa en las mujeres que en los hombres y además quiebra las normas de recato que realzan al género femenino (Talmud Babilonio Tratado de Ketuvot 65(a), Peninei Halajá Zmanim 16:11).

En cuanto a la costumbre de donar dinero en recordación del precepto del medio siclo de plata («Majatzit Hashekel«) que se entrega en víspera de Purim, hay quienes sostienen que las mujeres están exentas de hacerlo y quienes consideran que lo deben hacer. Hoy en día la costumbre extendida es dar, por lo menos, el equivalente a medio siclo de plata por miembro de la familia incluidos los embriones en el vientre materno (Peninei Halajá Zmanim 14:10).

08. Las mujeres y la lectura de la Meguilá (libro de Esther).

Según las opiniones de Rashí y Rambám las mujeres deben escuchar la lectura de la Meguilá al igual que los hombres e incluso una mujer puede leerla a su marido. Por otra parte, Baal Halajot Guedolot y Rabenu Jananel consideran que el deber femenino difiere del masculino ya que los hombres están preceptuados a cumplir con la lectura de la Meguilá mientras que las mujeres están preceptuadas a escucharla. Por lo tanto, cuando un hombre lee la Meguilá recita la bendición «Al Mikrá (lectura de) Meguilá» mientras que si una mujer la lee para sí recita «Lishmoa (escuchar) Meguilá«.

Según esta opinión, una mujer no puede hacer cumplir a su marido con el deber mediante su lectura. En el libro de responsa «Avnei Nezer» (Oraj Jaím 611) se explica que las mujeres deben escuchar la Meguilá a los efectos de publicitar el milagro por lo que están preceptuadas a escuchar y no a leer, mientras que los hombres están preceptuados de publicitar el milagro y de recordar a Amalek para proceder a su erradicación, y por lo tanto deben también leerla.

Dado que el debate respecto de la norma final entre los sabios medievales se encuentra emparejado, la mayoría de los sabios de las últimas generaciones indicó que la mujer no lea para su marido a los efectos de hacerlo cumplir con su deber. Sólo en un caso extremo en el que el hombre no pueda leer ni tenga la posibilidad de que otro lea para él, se acepta que su mujer lo haga, conforme a la opinión que entiende que una mujer puede hacer cumplir a un hombre con el precepto.

Según la opinión mayoritaria de los juristas, una mujer puede hacer cumplir a otras mujeres con el deber de la lectura de la Meguilá. Hay otros que opinan que una mujer no puede leer para muchas compañeras pues la lectura multitudinaria de la Meguilá se asemeja a la de la Torá en cuanto a su normativa y por lo tanto así como una mujer no lee la Torá tampoco debe llevar a cabo una lectura multitudinaria de la Meguilá. Otros opinan que si una mujer lee para otras mujeres no debe recitar la bendición correspondiente (Ben Ish Jai 301 Tetzavé 1, Kaf HaJaím 689:19).

La halajá final de acuerdo a la opinión mayoritaria de los juristas indica que una mujer puede leer para otras mujeres y hacerlas cumplir con su deber. En caso de que se trate de diez mujeres la lectora debe recitar la bendición posterior «Harav et Ribeinu«. A priori, es mejor que una mujer escuche la lectura de boca de un hombre para así cumplir con todas las opiniones. La manera más excelente de cumplir es escuchando la lectura de la Meguilá junto a los hombres en la sinagoga, ya que «la presencia multitudinaria de sus siervos es la Gloria del Rey».

09. La noche del Seder.

Las mujeres están preceptuadas de cumplir con todos los deberes de la noche del Seder: el relato de la salida de Egipto, la ingestión de matzá (pan ácimo) y maror (hierbas amargas), y beber las cuatro copas de vino ya que ellas también participaron del milagro en cuestión (Talmud Babilonio Tratado de Pesajim 108(B), Shulján Aruj 472:14, Mishná Berurá 479:9, ver arriba halajá 4).

Además, están preceptuadas de recitar esta noche el Halel, siendo la única oportunidad del año en que lo están (Tosafot Sucá 38(A)).

A priori, las mujeres deben sentarse reclinadas sobre el lado izquierdo a la hora de comer matzá y beber las cuatro copas empero si se olvidaron de hacerlo no deben volver a repetir la acción. Mujeres distinguidas que se olvidaron de ingerir la matzá reclinadas, es bueno que vuelvan a ingerirla en la posición correcta.

10. Conteo del Omer

Las mujeres están exentas del conteo del Omer ya que se trata de un precepto positivo marcado por el tiempo. Aquella mujer que desee cumplir con el precepto tiene en ello un gran mérito. Tal como vimos anteriormente (2:8) según la usanza sefaradí la mujer no habrá de recitar la bendición correspondiente al conteo mientras que la ashkenazí puede hacerlo.

Sin embargo, también entre los ashkenazíes hay juristas que piensan que como la mujer no se encuentra en la sinagoga a la hora del conteo del Omer corresponde temer que se olvide algún día de contar y continúe posteriormente contando y recitando la bendición previa sin darse cuenta. Según la halajá quien se olvida de contar un día no puede continuar haciéndolo con el recitado de la bendición, pues hay quienes opinan que si la recita posteriormente se trata de una bendición en vano. A los efectos de no ingresar en un área de duda, hay quienes opinan que según la usanza ashkenazí es mejor que las mujeres no reciten la bendición previa al conteo (Mishná Berurá 589:5). Otros juristas opinan que de acuerdo con la kabalá las mujeres no deben contar el Omer (Rav Pealim I Sod Iesharim 12). Por otra parte hay quienes sostienen que de acuerdo a la usanza ashkenazí las mujeres cuentan el Omer (Maguén Abraham 589:1).

Por lo tanto, en el caso de las ashkenazíes, aquella mujer que sabe que puede contar el Omer a lo largo de todo el período y si un día se olvida de hacerlo sabe que no puede recitar la bendición previa de allí en más, sí puede contarlo y seguir recitando la bendición. Esto aplica de modo especial para aquellas mujeres que rezan Arvit a diario o cuyos familiares les recuerdan contar, y por lo tanto el temor a que se olviden es menor. En el caso de una mujer que dude respecto de si habrá de acordarse todos los días de contar, es mejor que lo haga sin recitar la bendición.

11. La bendición por los árboles frutales («Birkat Hailanot»).

Quien sale en los días de Nisán y ve árboles frutales en flor debe recitar la bendición: «Baruj Atá Ad-onai E-lo-heinu Melej Haolám Sheló Jisar Beolamó Klum Ubará Bo Briot Tovot Veilanot Tovot Lehanot Bahem Benei Adam» (Shulján Aruj Oraj Jaím 225:1).
Es correcto que también las mujeres reciten esta bendición, y si bien está vinculada al mes de Nisán los juristas explicaron que no está marcada por el tiempo, ya que según varias opiniones se puede bendecir por los árboles en flor en otros meses. Aquellos juristas que opinan que la bendición se debe recitar en Nisán no piensan que esté vinculada necesariamente al mes en cuestión, sino que sencillamente es entonces que las flores aparecen. Por lo tanto, la bendición está marcada por la aparición de las flores y no por el correr del tiempo.

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Conjunto de libros Peninei Halajá en español /11 volúmenes
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